domingo, 26 de abril de 2009

La Fiscalía encuentra un atajo para disolver los 42 ayuntamientos de ANV

La Fiscalía General del Estado ha comunicado al Gobierno la fórmula con la que cree que el Estado puede disolver los 42 ayuntamientos gobernados por Acción Nacionalista Vasca (ANV) en el País Vasco y Navarra, según confirmó ayer Cándido Conde-Pumpido
El informe técnico del Ministerio Público sugiere una reforma legal que declare causa bastante para ordenar la disolución de un ayuntamiento que esté gobernado por concejales elegidos en las listas de un partido o candidatura que con posterioridad ha sido ilegalizada por el Supremo por su vinculación a ETA.
Se trata de añadir una nueva causa de disolución de las corporaciones locales «por decisiones gravemente dañosas para los intereses generales» a las que ya contempla el artículo 61 de la Ley de Bases de Régimen Local.
La sugerencia de la Fiscalía será discutida ahora por el Gobierno, junto con las aportaciones de la Abogacía del Estado, antes de decidir si la envía al Parlamento para su aprobación. El Gobierno y el PSOE se comprometieron en diciembre pasado a traer lo antes posible al Congreso la reforma legal. De hecho, llegaron a poner como fechas febrero o marzo.
Todos los municipios con alcalde de ANV, 33 en el País Vasco y 9 en Navarra, encajarían en la fórmula legal propuesta por la Fiscalía, con lo que, de llevarse a la práctica, supondría el desalojo a corto plazo de los últimos cargos públicos que los partidos vinculados a la banda tienen poder en las instituciones.
Más de 110 listas de ANV, de las 245 con las que quiso concurrir a las elecciones municipales del 27 de mayo de 2007, no fueron anuladas por el Supremo por no existir indicios de su vinculación a ETA. Fue con las plataformas que pasaron el filtro de la Ley de Partidos con las que la formación obtuvo 337 concejales en el País Vasco y 93 en Navarra. Sin embargo, en septiembre de 2008, el alto tribunal decretó su ilegalización.
El ejemplo de Marbella
La ley de Régimen Local establece la manera por la que se lleva a cabo el proceso de disolución de las corporaciones que violan la norma, la misma que se aplicó en 2006 al Ayuntamiento de Marbella. La disolución se realiza mediante un Real Decreto aprobado por el Consejo de Ministros tras haber informado a la comunidad en la que está enclavado el municipio y después de que el Senado refrende un acuerdo favorable a la medida.
Las corporaciones disueltas se renuevan con la convocatoria de elecciones parciales en una plazo de tres meses, un tiempo en el que están dirigidas por una gestora designada por las instituciones provinciales. .
Hacer una modificación legal es la única forma de desalojar a los alcaldes y concejales del partido proscrito según la Abogacía del Estado, ya que la simple ilegalización de la formación no les afecta porque los elegidos en las urnas lo son a título personal.
Según los servicios jurídicos del Estado, tampoco les es de aplicación en este momento a los 42 ayuntamientos la causa de disolución ya prevista en la ley para las corporaciones que apoyan al terrorismo o a quienes lo ensalzan, porque no hay pruebas de actuaciones «graves y reiteradas», que son las que exige la norma.

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