sábado, 11 de septiembre de 2010

UPyD SE UNE A LA PETICIÓN DE LAS ORGANIZACIONES AGRARIAS PARA IMPEDIR EL ATROPELLO QUE SUPONE EL DESLINDE DE LOS CAUCES PUBLICOS EN LA PROVINCIA

Ante el deslinde que la administración está realizando en ramblas y ríos de la provincia, a los agricultores afectados no les valen ni sus escrituras, ni títulos de propiedad; la Junta de Andalucía hace prevalecer los resultados de un programa informático.


LAEDICION.NET.-D.M.-Ya desde nuestra formación política y como consecuencia de las resoluciones de los expedientes de deslinde del Rio Adra, alentábamos a los ayuntamientos de Adra y Berja que apoyasen a los vecinos afectados en sus reivindicaciones (Teleprensa.es 30/03/2010); Así mismo y tras aquel llamamiento, poníamos de manifiesto la que este deslinde solo afectaba a los agricultores, dado que se hacía hasta la desembocadura; daba la impresión de que para la administración el rio, antes de inundar, mirará si el terreno es rustico o urbano (La Gaceta de Almería 16/04/2010).
Nos parece oportuno reconocer el derecho que tiene la administración (el que tenemos todos) a recuperar aquellas partes de nuestro patrimonio si ha sido usurpado; pero no podemos permanecer impasibles cuando se alteran los derechos de propiedad de miles de agricultores, se obvian en el mismo cauce otro tipo de propiedades y no se reconocen frente al derecho de recuperar el patrimonio común, el derecho a conservar el patrimonio individual.
Pero el derecho de recuperar el patrimonio, no puede sustentarse en la unilateralidad de los argumentos, según indicó Jose Luis Raya, Coordinador local de Almeria; para este, la administración hace oídos sordos de las alegaciones de los afectados, quienes muestran sus escrituras, inscripciones catastrales, etc.… pero la administración andaluza, según establece en el BOJA de 19 de marzo del corriente “…el Registro de la Propiedad por sí sólo no lleva consigo ni produce una verdadera y auténtica identificación real sobre el terreno, teniendo en cuenta que dicho Registro tiene un simple contenido jurídico, no garantizando, en consecuencia, la realidad física y concreta situación sobre el terreno de la finca…” desde UPyD entendemos que puede que esta justificación se ajuste a derecho, pero para que el terreno sea publico la administración utiliza el resultado de un programa informático, llamado HEC-2; y no se contrasten los resultados del mismo con los obrantes en poder de los agricultores, nos parece del todo improcedente, según el coordinador de UPyD.
UPyD no entra en que los datos presentados por los agricultores sean correctos o no, pero la nulidad de los mismos por “el artículo 33” y la sustitución del derecho de la propiedad en base a los resultados de un programa informático que tiene como principal característica el que es americano y de difusión gratuita, no nos parece de recibo.

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