Así lo ha ordenado la sección sexta de la sala de lo Contencioso-Administrativo de este tribunal en sendas sentencias en las que desestima los recursos presentados por ambos contra la resolución por la que el Ministerio de Economía aprobaba la sanción propuesta por el supervisor. Respecto a Contreras, el tribunal confirma las dos multas que se le fijaron: una de 39.000 euros por las deficiencias en los mecanismos de control interno y otra de 10.000 euros por incumplimiento de la normativa en materia de riesgos.
La resolución concluye que "del conjunto de los hechos y circunstancias descritas se ha acreditado el elemento objetivo de la infracción por la que se impone sanción, por haberse probado el hecho base" y por resultar el razonamiento por el que se le multó "coherente, lógico y racional".
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