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martes, 23 de abril de 2013

El ex alcalde de Oria adjudicó la localización de construcciones ilegales a una empresa en "sospecha de fraude de contratación"




La mercantil que resultó adjudicataria se había encargado de presentar su oferta y la de otras dos más "de forma simultánea", además no consta que el Ayuntamiento girara invitación a ninguna de ellas

LAEDICION.NET.-Una misma empresa se encargó de presentar las tres ofertas imprescindibles para que el proceso de adjudicación de unas obras en Oria, según recoge la auditoría municipal que ha servido de base a las diligencias previas abiertas por el juzgado de Purchena contra el ex alcalde socialista José Pérez Pérez.
De ese modo, resulta que el 19 de septiembre de 2008, la junta de gobierno local de Oria, adjudica a Proyme Ingenieros Consultoría SL nada menos que algo tan sensible como la “catalogación de construcciones en suelo no urbanizable”, es decir, localizar las construcciones ilegales. Por ello pagó 158.166 euros.
A diferencia de otros casos, puestos de manifiesto en la auditoría, aquí si hubo otras ofertas concurrentes, pero se da la circunstancia de que fue la propia empresa que resultaría adjudicaria, la que se encargó de presentar en el Registro General, las otras dos propuestas.
Así resulta que fue Proyme quién el 16 de septiembre de 2008, hace efectivas las tres propuestas, y de forma tan simultánea que los números de registro son correlativos (1720,1721 y 1722). “Lo cual fundamenta la sospecha de fraude en la contratación” según puede leerse.
Además se la circunstancia de que una de las mercantiles, Ramos Consultores SL, no abarca en su objeto social la prestación objeto de contratación, que es un requisito imprescindible para licitar. En caso de no ser válida esa oferta, y a pesar de la sospechas anteriores, sólo habría habido dos, lo que invalidaría el procedimiento.
Por otro lado, tampoco consta que hubiera en el expediente municipal un pliego con las cláusulas administrativas particulares y prescripciones técnicas, ni la fiscalización previa de la intervención, ni los criterios de selección, y tampoco consta que se invitara a ninguna empresas a participar, aunque se presentaran las tres mencionadas.

jueves, 18 de abril de 2013

Diputación inicia el ciclo 'Cortos en ruta' en Oria y Carboneras



D.M. El Área de Cultura de la Diputación de Almería inicia hoy el II Ciclo Provincial Cortos en Ruta, que en su edición 2013 llegará hasta 16 municipios de la provincia de Almería. Las proyecciones comienzan hoy día 17 de abril en Carboneras y se prolongarán hasta el 10 de mayo por los municipios de Alboloduy, Antas, Arboleas, Cantoria, Fines, Huércal de Almería, Nacimiento, Oria, Paterna del Río, Purchena, Serón, Sorbas, Tíjola, Urrácal y Vélez-Blanco.

Este circuito pretende, por un lado, aportar contenidos para reforzar las programaciones culturales de los ayuntamientos de la provincia que no superen los veinte mil habitantes; y por otro, facilitar los medios para en la provincia se puedan conocer películas que hayan participado o hayan sido premiadas en el Festival Internacional de Cortometrajes 'Almería en Corto.

La principal novedad de este año es que el Circuito se divide en dos programas distintos con el objetivo de ofrecer un abanico más amplio de proyecciones a los ayuntamientos que también proyectarán títulos en versión original en Inglés.

De esta forma, la Diputación ha organizado el programa Cosecha Nacional, compuesto por 5 títulos que suman una duración de 42 minuto.

En esta modalidad se van a proyectar los títulos: La huida, de Víctor Carrey; El ataque de los robots de Nebulosa 5 de Chema García; Adiós, muñeca, de Hugo Sanz; Tierra estéril, de la almeriense Irene Garcés; y Río puerco, de Borja Cobeaga.

La novedad de esta edición es el programa Cosecha Inglesa, una sesión de 43 minutos de duración en la que se van a proyectar los siguientes títulos en versión original subtitulada como son I Love Luci (Reino Unido), de Colin Kennedy; Rite (Reino Unido), de Michael Pearce y After Tomorrow (Reino Unido), de Emma Sullivan.

El juzgado abre diligencias contra el ex alcalde de Oria a instancias de la Fiscalía por las irregularidades detectadas durante su mandato



El Ministerio Público se fundamenta en la auditoría que encargó el actual equipo de gobierno detectadas en al menos cuatro áreas

LAEDICION.NET.-El juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Purchena ha abierto diligencias previas contra el ex alcalde socialista de Oria, José Pérez Pérez, a instancias de la Fiscalía, por las presuntas irregularidades detectadas en base a la auditoría encargada por el actual equipo de gobierno, y de cuyo contendio Noticias de Almería ha venido informando.
El 18 de febrero fueron incoadas las diligencias tras la denuncia de la Fiscalía que tuvo lugar el 28 de enero, tras haber estudiado la documentación aportada por el primer edil Marcos Reche, con fecha 29 de octubre de 2012.
La denuncia presentada ante el fiscal Juan Sánchez, recoge las irregularidades detectadas en la auditoría encargada a la consultoría Graudi por el Ayuntamiento, y que se refiere al cuatrienio 2007-2011.
La Fiscalía incide en la contratación de personal, en la adjudicación directa de contratos de obras y servicios, el destino distinto al previsto para subvención concedida y la deuda existente en el Ayuntamiento sin consignación presupuestaria.
El fiscal deja constancia de que “existen indicios suficientes de que los hechos puedan ser constitutivos de uno o varios delitos”. Según lo aportado por el alcalde, dichos delitos podrían ser prevaricación, malversación, fraude en subvenciones, y falsedad documental.
Como ya ha informado este medio, el ex alcalde José Pérez, podría haber contratado “a dedo” a medio centenar de personas en su mandato, además realizó contratos a monitores deportivos sin darles da alta en la Seguridad Social y justificando los pagos únicamente mediante recibos, además algunas de esas gratificaciones se realizaban a funcionarios públicos -como es el caso de un guardia civil y varios maestros- que no pueden cobrar de dos administraciones.
Además, el ex alcalde llegó a adjudicar de modo irregular según la auditoría y la denuncia, hasta 400.000 euros de la obra de la guardería municipal, así como la compra de maquinaria y la redacción de informes, todo lo cual podría elevarse a 700.000 euros.

domingo, 7 de abril de 2013

La Fiscalía ve indicios de fraude en la gestión del exalcalde, José Pérez



Entiende que hay indicios para el inicio de un proceso penal por malversación de fondos públicos
LAEDICION.NET.-La Fiscalía provincial ha formalizado denuncia ante el Juzgado de Instrucción de Purchena contra el ex alcalde de Oria, José Pérez Pérez, por la presunta comisión de varios delitos contra la Administración Pública, de prevaricación, malversación de fondos públicos, falsedad documental y fraude en subvenciones. La Fiscalía Provincial de Almería entiende que hay indicios suficientes para el inicio de un proceso penal que determine si durante la gestión del alcalde socialista José Pérez Pérez, la administración local habría incurrido en uno o varios delitos contra la administración pública.

El proceso se iniciaba después de que el pasado 29 de octubre el actual equipo de gobierno del Ayuntamiento de Oria, entregara a la Fiscalía Provincial de Almería, un escrito en el que se denunciaban hechos "presumiblemente constitutivos de prevaricación" por parte del gobierno anterior del consistorio, a cargo de José Pérez Pérez. Una denuncia que se desprende a partir de los resultados obtenidos por la realización de una auditoria que determinó que existían "numerosas irregularidades graves en la gestión", en los ámbitos de los apartados correspondientes a "contratación, personal, subvenciones, urbanismo, prevención de riesgos laborales, protección de datos personales y patrimonio".

Según indica la denuncia, en el periodo comprendido entre junio de 2007 y junio de 2011, periodo de la anterior gestión municipal, se habría producido la contratación indefinida y a dedo en el Ayuntamiento de alrededor de 50 trabajadores y de 9 monitores sin contrato laboral ni alta en la Seguridad Social.

Por otra parte, se produjo la contratación directa, sin licitación, de obras y trabajos múltiples, "que han podido ocasionar al pueblo un enorme perjuicio económico" según el actual alcalde, Marcos Reche. Ahora es el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Único de Purchena quien en la fase de diligencias previas, solicita al Ayuntamiento que aporte la documentación complementaria de los hechos denunciados, particularmente la referida a contratos de trabajo, recibos de pago, contratos de obras y servicios realizados, resoluciones del Servicio Andaluz de Empleo, así como también si existieran acuerdos de órganos colegiados del Ayuntamiento sobre los hechos denunciados y quienes han sido los concejales que los han aprobado.

Por otra parte se ha solicitado al Secretario municipal que certifique los contratos realizados por el consistorio entre los años 2007 y 2011 en el que figure el número y el puesto del personal laboral y eventual contratado durante esos años, así como los expedientes administrativos de las contrataciones en los que se ha basado el informe de la empresa auditora. Además se solicita al SAE que aporte los expedientes relacionados con la subvención de 261.686 euros, que el organismo destinó a la realización de un Taller de Empleo y que éste informe si el dinero ha sido destinado para el fin deseado. Finalmente, el Fiscal ha determinado "imputar a José Pérez Pérez y cuantas otras personas puedan aparecer como responsables de los hechos".

Cabe recordar que esta nueva causa penal contra el ex alcalde se suma a la que ya se instruye en el mismo Juzgado contra José Pérez Pérez, por los presuntos delitos de falsedad documental y de malversación de fondos, que tendrían su origen en la compra de diverso material de construcción, por parte del Ayuntamiento, durante los años 2010 y 2011, muchos de cuyos materiales, al parecer, nunca fueron empleados en ninguna obra municipal

miércoles, 9 de enero de 2013

El PP registra una batería de preguntas sobre el estado de 54 avenidas y cauces de municipios de la provincia


LAEDICION.NET.-REDACCIÓN.-El grupo del PP en el Parlamento de Andalucía ha registrado una batería de preguntas con respuesta escrita relativas al estado de 54 puntos de riesgo de avenidas o inundaciones de distintos municipios de la provincia especialmente situados en la zona del Levante almeriense, donde el último temporal provocó graves daños en los municipios de Antas, Vera y Huércal-Overa.

   La preguntas formuladas por los parlamentarios populares Jesús Gázquez y Rosalía Espinosa se interesan por el estado de ejecución del plan de prevención de avenidas e inundaciones en los cauces urbanos andaluces, aprobado por Real Decreto 189/2002, en el que se señalan diversos puntos de la geografía almeriense.
   Así, según el texto consultado por Europa Press, los diputados autonómicos preguntan por el estado de conservación y mantenimiento de las zonas en orden de prevenir los riesgos de lluvias torrenciales, avenidas o inundaciones. Igualmente, se interesan por saber si se ha ejecutado o se va a realizar alguna actuación, por la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente, con el fin de prevenir daños en personas o cosas y bajo qué presupuesto.
   Entre los puntos señalados, los diputados pregunta la situación de 15 zonas de riesgo del municipio de Albox, el más señalado de la provincia dentro del plan de prevención, así como la Plaza de las Nieves, la rambla El Rulao, el barranco Los Moralicos, el barranco de La Fuensanta y el barranco de las Cuevas, todos ellos en Tíjola.
   De la misma forma, pregunta por la situación concreta de los planes de prevención del Río Andarax en Terque, el Barranco de Nacimiento, el barranco Orcajo y barranco Triasna en Somontín; el río de Los Molinos, la ramblilla de San Roque y la rambla del Pozo en Albánchez; la rambla Yeseras en Chercos; el río Líjar en la localidad del mismo nombre, la Plaza del Reverendo Molina, la rambla El Cañal y la rambla Zofre en Uleila del Campo; y el río de las Herrerías, la rambla del Rami y rambla San Marcos, en Serón.
   Los populares completan su batería de preguntas con la rambla El Arquillo en Partaloa; la rambla del Chaparral, rambla de Somontín, el río Almanzora, la rambla de Almería y barranco de Las Higueras en Purchena; la rambla de Oria y la rambla de La Tobaita en Oria; la cañada de las Cruces en Fines; la rambla de Los Yesares y río Sierro en Suflí; el río de Enmedio y río Gérgal; el río Legio en Bacares; la calle Calvario y rambla de Los Llanos en Taberno; y el barranco del Puente, el barranco del Pinar de Caja, el barranco La Ramblilla y el río Almanzora en Alcóntar.



miércoles, 14 de noviembre de 2012

Más de 200 móviles y tablets usados recogidos en los dos primeros meses campaña promovida por la Asociación de Síndrome de Angelman en Vícar



 En toda España se llevan  recogidos en el mismo periodo más de 4.500 unidades de estos aparatos
LAEDICION.NET.-:/ Redacción.-La campaña de la Asociación de Síndrome de Angelman (ASA) de recogida de móviles y tablets usados, va calando poco a poco entre los vicarios y los almerienses en general, y desde que se pusiera en marcha en Vícar hace dos meses se han recogido más de 200 unidades, que s ehan sumado a las 4.300 recogidas en toda la geografía nacional  y ya en poder de ASA. La citada enfermedad neurogenética asociada al cromosoma 15m, se caracteriza por retraso mental severo, afectación severa del habla, Ataxia y/0 temblores de las extremidades, un fenotipo conductual con un aspecto feliz que incluye carcajadas frecuentes, sonrisa y excitabilidad. Se trata por tanto de una actividad considerada rara ya que afecta a 1 entre 20.000-30.000 recién nacidos. 
Los fines que persigue esta camaña es destinar los fondos recaudados por su posterior venta a compañías que se dedican a comprar estos aparatos y reciclar sus componentes,  al  desarrollo de los programas y actividades de la asociación , así como para la investigación sobre la citada enfermedad. 
Sólo se necesita el aparato con la batería, no son necesarios los cargadores. Cualquier persona puede participar en la campaña, pidiendo colaboración a familiares, amigos, compañeros de trabajo, etc. El Ayuntamiento de Vícar, uno de los primeros en sumarse a la campaña, tiene establecido varios puntos de recogida de estos aparatos, uno de ellos en el Ayuntamiento (departamento de Informática) y otro en la Casa de la Juventud y el Deporte de Venta Gutiérrez (Oficina de Información Juvenil), además y dentro de la provincia la asociación cuenta con puntos de recogida en Pulpí, Oria, Almería y El Parador. Además los interesados pueden obtener información sobre el desarrollo de la campaña, a través de las redes sociales, www.facebook.com/recogidamoviles.sindromeangelman, donde además se ofrece un mapa con los puntos de recogida establecidos por todo el país.
Asimismo y para cualquier duda sobre la campaña, se puede poner en contacto con  el correo electrónico  recogidamovilesusados@gmail.com. En la provincia de Almería residen actualmente cuatro personas

viernes, 2 de noviembre de 2012

El ex alcalde de Oria llegó a un acuerdo “verbal” con la empresa del agua y le reconoció una deuda de 200.000 euros sin concretar motivo



En el expediente se indica que sobre el acuerdo “no existe constancia documental” y respecto a la deuda se apunta que “al parecer” corresponde a la gestión del servicio

LAEDICION.NET.-:/ Redacción.-El Ayuntamiento de Oria se ha encontrado con una deuda de 200.172 euros que tiene que pagar a la empresa concesionaria del servicio de gestión el agua, GESTIÓN Y TÉCNICAS DEL AGUA, S.A. (GESTAGUA) por razones que están poco claras, ya que según ha conocido Noticias de Almería, no ha constancia documental de cuando ni porqué se debe esa cantidad.

Según un expediente municipal de 22 de octubre de 2012 para al revisión de oficio de esta decisión, existía un “acuerdo verbal” -además se detalla expresamente que “no existe constancia documental”- alcanzado “en su día” -del mismo modo se indica explícitamente “fecha indeterminada”- entre el entonces alcalde de esta localidad, el socialista José Pérez Pérez, que actuaba como tal y la sociedad GESTAGUA, actual concesionaria del servicio de saneamiento de la localidad, “por el cual esta empresa, con efectos día 1 de febrero de 2010, deja de realizar las reparaciones de averías que se produzcan en el mencionado servicio público, y las asume el municipio.”
Con anterioridad, el 29 de septiembre de 2004, el entonces alcalde, y el representante legal de GESTAGUA, acuerdan que el Ayuntamiento reconozca una “deuda preexistente” con dicha sociedad, a 30 de junio de 2003, por importe de 200.172,97€, derivada “al parecer” de la gestión del mencionado servicio municipal, y se compromete a pagarla en diversas anualidades mediante la compensación con saldos deudores que GESTAGUA mantenga con el Ayuntamiento como resultado del cobro, por ésta, a los abonados al servicio, de los derechos de acometida y de un canon para determinados volúmenes facturados y cobrados.

El Ayuntamiento, por Acuerdo del Pleno de fecha 11 de octubre de 2012, ha decidido someter este asunto a información pública, y mientras, ha procedido a la suspensión del mismo, ya que podrían causar perjuicios de imposible o difícil reparación.

lunes, 18 de junio de 2012

El Consistorio llevará a su ex - alcalde a los tribunales

El Pleno celebrado el viernes acordó emprender acciones legales contra José Pérez por elegir cargos a dedo
Redacción / Almería, oria
El Pleno del Ayuntamiento de Oria acordó este pasado viernes emprender acciones legales contra el ex alcalde de la localidad, el socialista, José Pérez, tras el informe económico-jurídico de su gestión en los últimos cuatro años osolicitado por el nuevo equipo de gobierno (PP) en el que "aparecen gravísimas irregularidades", afirma el alcalde, Marcos Reche.

Las acciones legales aprobadas son un paquete de cuatro querellas criminales. La primera por varios presuntos delitos de prevaricación por la contratación de obras, servicios y suministros notoriamente ilegales así como la contratación de personal a dedo, recogido en el articulo 404 del Código Penal. Otra por presuntos delitos de malversación de fondos públicos recogido por el Código Penal en su articulo 433. La tercera por presunto delito de fraude en subvenciones, recogido en el articulo 308.2 del Código Penal y, la última, por delito de falsedad documental y de malversación de caudales públicos, por presuntas facturas falsas relativas a obras y suministros.

Reche explica que estas son las primeras medidas tras el análisis económico-jurídico durante el mandato de José Pérez, pero asegura que "la segunda parte del estudio, según me comentan los profesionales que la están realizando, puede ser demoledora".

Igualmente, el regidor defiende esta decisión alegando que "la actual Corporación, no puede hacerse responsable, ni ocultar, los presuntos delitos que nos hemos encontrado, ni de los desmanes de José Pérez pues mi pueblo merece saber que destino ha tenido el dinero publico, ya que este Ayuntamiento y sus vecinos se encuentran entrampados por muchos años a consecuencia de su gestión".

El alcalde también ha señalado que se le dio un plazo de quince días al alcalde tras presentarse el informe "pero pasado ampliamente el plazo, más de un mes, y no habiendo presentado ningún documento que rebata las conclusiones del mencionado informe hemos celebrado este pleno con ese único punto en el Orden del Día".



Diputación cede la gestión del Servicio de Ayuda a Domicilio a 23 ayuntamientos

Gabriel Amat y los alcaldes han firmado un convenio para que los municipios puedan adjudicar el contrato de prestación a empresas asentadas en su comarca con las transferencias provinciales


LAEDICION.NET.-:/ Redacción.-La Diputación de Almería ha cedido la gestión indirecta del Servicio de Ayuda a Domicilio a 23 ayuntamientos de la provincia. El presidente de Diputación Provincial, Gabriel Amat, y los 23 alcaldes han firmado sendos convenios de colaboración para que los municipios puedan gestionar de forma directa o adjudicar el contrato de prestación de este servicio asistencial a empresas asentadas en su municipio o comarca. Asimismo, los alcaldes y el presidente han estado acompañados por los secretarios municipales y provincial; así como por la diputada de Bienestar Social, Igualdad y Familia, Almudena Valentín.

Mediante estos acuerdos cada uno de los 23 Ayuntamientos se harán responsables –de forma exclusiva- de los medios humanos y materiales que se deriven de la prestación del servicio de ayuda a domicilio en sus respectivos municipios -Albox, Alhabia, Alhama de Almería, Alsodux, Beires, Canjáyar, Gádor, Huécija, Huércal de Almería, Illar, Instinción, Líjar, Macael, Olula del Río, Oria, Pechina, Rágol, Rioja, Serón, Tabernas, Tahal, Vélez-Rubio y Viator-.

Por su parte, la Diputación se compromete a realizar las transferencias a cada Ayuntamiento mediante un sistema de entrega a cuenta semestral y a coordinar, supervisar y evaluar el servicio a ayuda a domicilio que se ofrecerá en cada uno de los municipios.

Hay que destacar que durante el año 2011 se realizaron transferencias a los Ayuntamientos de la provincia que gestionan el SAD por valor de 7.677.800,98 €; y en 2012 les corresponde durante le primer semestre 4.065.461,06 €.

El presidente de Diputación ha destacado la importancia de este act o con el que se sella la colaboración institucional: “Con este convenio lo que queremos es que un servicio tan importante y fundamental para los municipios de la provincia de Almería esté coordinado por los propios Ayuntamientos y la Diputación Provincial y que, además, genere empleo en las empresas de la comarca. Me consta que los alcaldes están muy satisfechos con esta medida”, ha explicado.

sábado, 5 de noviembre de 2011

El alcalde de Oria afirma que la situación del Ayuntamiento es de “quiebra” y que “vamos a necesitar un rescate”

El PP ha heredado una deuda del anterior equipo de gobierno del PSOE de casi cuatro millones de euros

Marcos Reche afirma: “Estoy pasando momentos muy duros porque hombres como templos me suplican con lágrimas en los ojos que intente pagarles”.

LAEDICION.NET.-DANIELLA MONTENEGRO.-La semana pasada se celebró en el municipio de Oria un pleno en el que el alcalde, Marcos Reche, informo a los vecinos de las deudas dejadas por el socialista Jose Pérez a los vecinos de Oria.. Después de que se haya llevado a cabo un estudio de las cuentas, la situación es “más que preocupante” según el primer edil, ya que el Ayuntamiento está endeudado en 3.895.000 euros, o lo que es lo mismo 649 millones de las antiguas pesetas. Cada familia de Oria debe unos 6.000 euros.

Marcos Reche lamenta la “mala gestión” llevada a cabo por el Sr. Pérez durante sus años de gobierno, cuyo resultado ha sido que han dejado hipotecado el futuro del municipio y a los vecinos por muchos años.

El alcalde de Oria recuerda como nada más tomar posesión de su cargo el pasado 11 de Junio, encontró que no habían dejado dinero ni para pagar las nominas de ese mes. Pues bien, “pasados unos meses y después de haber analizado las cuentas minuciosamente hemos descubierto que la situación todavía es más crítica, ya que además de los préstamos bancarios a los que hay que hacer frente, la gran mayoría de la deuda está contraída con pequeños autónomos y comercios que tienen su negocio en peligro”.

“Estoy pasando momentos muy duros porque hombres como templos me suplican con lágrimas en los ojos que intente pagarles. La situación del Ayuntamiento es de quiebra y vamos a necesitar un rescate”, afirma el alcalde.

Las circunstancias han llevado incluso a que el primer edil y el teniente alcalde se hayan bajado el sueldo un 25%, una decisión que contrasta con “el gasto en marisquerías, restaurantes de lujo y vinos de la Ribera del Duero que no dudaban en consumir el anterior alcalde y su mujer, concejala también del Ayuntamiento”.


Por otra parte, en el pleno también se reprochó al ahora exalcalde que “una gran parte de los materiales de construcción que compraba el Ayuntamiento fueran al hermano de su esposa y concejala María Petronila Sánchez, la actual número 2 al Senado por Almería del PSOE para las próximas elecciones”.

“Estamos empezando a investigar por qué los metros cuadrados de adoquín modelo Holanda, de los que en Oria se han puesto muchísimos miles de metros, se han comprado a 19 euros cuando nosotros los vamos a comprar a 13, o por qué el mortero monocapa se compraba a 19 euros cuando en el municipio se compran a 8. No hemos tenido tiempo de revisar todas las facturas pero los vecinos del municipio tienen derecho a saber en que se han gastado sus impuestos”, señala.

Marcos Reche afirma que espera que si María Petronila sale elegida Senadora en las próximas elecciones generales, “su gestión no se parezca en nada a la realizada en este Ayuntamiento”.

Por último, el alcalde afirma que hemos iniciado un análisis del cumplimiento de la legalidad en los gastos habidos mientras el Sr. Pérez ha sido alcalde y que “las primeras conclusiones son demoledoras”.Cuando esté terminado informaremos a los vecinos.-

viernes, 23 de septiembre de 2011

El Diputado de Agricultura se interesa por las necesidades de los regantes de Oria

Óscar Liria destaca la “vital importancia” que tiene la buena gestión de los recursos hídricos para el desarrollo económico y agrícola de la provincia

LAEDICION.NET.-DANIELLA MONTENEGRO. El Diputado de Agricultura y Medio Ambiente, Oscar Liria, se ha interesado por las necesidades de los regantes de Oria. En este sentido, Líria ha visitado el municipio de Oria, acompañado por personal técnico de la Sección de Agricultura de Diputación Provincial, para conocer ‘in situ’ el estado de las distintas comunidades de regantes y brindarles apoyo técnico desde la Institución Provincial para la creación y legalización de las mismas.

El Diputado, que se ha mostrado desde su llegada a la Institución Provincial muy sensibilizado con los asuntos hídricos, les ha explicado a los regantes y al propio alcalde la “vital importancia” que tiene para el desarrollo agrícola del municipio una buena gestión del agua. “Tener actualizados los estatutos y las concesiones de agua por parte de los regantes, es condición necesaria para poder acceder a las distintas subvenciones para la mejora de los regadíos actualmente existentes, así como para otras ayudas para la modernización de explotaciones agrarias y para la instalación de jóvenes agricultores. Todo ello se va a traducir en riqueza y empleo”, ha explicado

El municipio de Oria cuenta con gran extensión de cultivos tradicionales en la provincia como el almendro y el olivo, así como otros de reciente implantación como la lechuga que es generador de empleo en el municipio. En la foto, el Diputado aparece junto al alcalde, Marcos Reche, y un técnico de la Diputación en una nueva plantación de olivar intensivo.

lunes, 8 de agosto de 2011

Preocupación en el pueblo por la posible suspensión de la ayuda a domicilio

El ayuntamiento debe 348.000 euros a la empresa de asistencia según el actual alcalde
El alcalde de Oria, Marcos Reche, asegura que el anterior equipo de gobierno presente en el ayuntamiento del municipio debe 348.165 euros a la empresa encargada de prestar ayuda a domicilio.

DANIELLA MONTENEGRO.-LAEDICION.NET.-La alarma y preocupación generada entre los empleados de esta empresa por el retraso en el cobro de sus nóminas, les llevó a todos ellos a transmitir la situación al actual alcalde. Al igual que estos trabajadores, los ancianos que se benefician de este servicio, también temen por que se suspenda.

Por su parte, el edil asegura que esta cantidad que hoy se sigue debiendo "fue ingresada en la cuenta bancaria del Ayuntamiento por la Junta de Andalucía en el año 2011 y anteriores" y, que tras el informe que solicitó al Secretario municipal cuando acceció al cargo, pudieron comprobar como dicha cantidad "se destinó a pagos que nada tienen que ver con la asistencia a domicilio".

Esta situación tan grave que vive tanto la empresa de asistencia como los ancianos de la localidad, ha sido califica de "muy grave" por el propio Reche, por lo que se ha comprometido a "investigar y aclarar el destino de esos pagos que han puesto en peligro el bienestar de nuestros mayores y de los trabajadores que los asisten", donde no duda en señalar como responsables a la hasta hace un año concejala de Asuntos Sociales y actualmente miembro de la Ejecutiva Provincial del PSOE, María Petronila Sánchez, y al anterior alcalde, José Pérez.

Para intentar calmar a todos los perjudicados, Marcos Reche, asegura que su equipo hará lo posible para que este importante servicio no se suspenda.

miércoles, 4 de mayo de 2011

"Castigos" a los menores de "Tierras de Oria"

La habitación de aislamiento tiene la luz encendida 24 horas y los menores son obligados a estar sentados en una silla todo el tiempo


LAEDIC ION.NET.-DANIELLA MONTENEGRO.-El Defensor del Pueblo Andaluz ha constatado la existencia de situaciones que podría calificarse de “castigos” a los menores internos en “Tierras de Oria”. Esto es lo que aparece en un extenso informe al que ha tenido acceso Noticias de Almería, elaborado tras recibir en 2010 un total de cinco quejas, lo que llevó a miembros de esta oficina a realizar una visita sorpresa al centro.

Entre las prácticas que podrían calificarse como “castigo” están tres, siendo una de ellas la inmovilización de los menores por tiempo que llegan a superar las ocho horas cuando tienen algún arrebato en el que pueden ser peligrosos. El Defensor entiende y acepta la inmovilización pero le parece que no puede ser por tiempo indefinido, como se extrae de las declaraciones tomadas a los menores.

También son definidos como “castigos” la situación a la que se somete a los internos cuando son trasladados a una habitación de aislamiento. En ella se mantiene encendida 24 horas al día un enorme tubo fluorescente que por tanto ilumina la estancia de modo permanente, haciendo casi imposible conciliar el sueño, pero es que además, el resto del día, el menor es obligado estar sentado en una silla todo el tiempo, de la que sólo puede levantarse cuando lo sacan a un patio aislado o a comer.

El Defensor del Pueblo considera que estas prácticas deben desaparecer del centro “Tierras de Oria” si bien, en términos generales la visita -según se asegura en el informe- fue satisfactoria tanto en lo relativo a las instalaciones, como al personal que trabaja con los menores y los programas que se les aplican.


INFORME COMPLETO DEL DEFENSOR DEL PUEBLO ANDALUZ SOBRE “TIERRAS DE ORIA”

Conforme al artículo 45 de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la Responsabilidad Penal de los Menores, corresponde a las Comunidades Autónomas la ejecución de las medidas adoptadas por los Juzgados de Menores en sus sentencias firmes. En el caso de Andalucía dicha competencia es ejercida por la Consejería de Gobernación y Justicia por mediación de su Dirección General de Justicia Juvenil y Servicios Judiciales, conforme a la atribución de competencias efectuada por el Decreto 132/2010, de 13 de abril, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia y Administración Pública.

Dicha Dirección General, con la correspondiente dotación de medios a nivel provincial, ejerce en relación con menores y jóvenes sometidos a medidas judiciales:
a) La ejecución de las medidas adoptadas por los órganos judiciales, en aplicación de la legislación sobre responsabilidad penal de los menores, excepto las que supongan la aplicación de protección de menores.

b) La organización, dirección y gestión de centros y servicios para la ejecución de las medidas judiciales.

c) La creación, dirección, coordinación y supervisión de programas en relación con menores y jóvenes sometidos a medidas judiciales.

d) La gestión necesaria para la ejecución de medidas judiciales.

e) La elaboración de informes, propuestas y comparecencias ante el Ministerio Fiscal y los órganos judiciales, en relación con la situación personal de los jóvenes y menores.

En relación con dichas actuaciones se reciben en la Institución quejas, normalmente presentadas por familiares de menores que vienen cumpliendo alguna medida impuesta por los Juzgados de Menores, mostrando su disconformidad con la decisión judicial o bien relatando posibles deficiencias en la organización o funcionamiento de los centros, en ocasiones también disconformes con la Administración de Justicia habilitada para dicha finalidad. Además de por la familia también se reciben quejas presentadas directamente por menores infractores, que
relatan de primera mano su disconformidad con vivencias en el centro o algunas vicisitudes de la medida que vienen cumpliendo.

De nuestras actuaciones relativas a los procedimientos de responsabilidad penal de menores destacamos los expedientes de queja 10/3846, queja 10/2493, queja 0/2856, queja 10/2494 y queja 10/855, en el curso de cuya tramitación efectuamos una visita de inspección al centro para menores infractores “Tierras de Oria”. Dicha visita se realizó sin previo aviso de nuestra llegada, en horario de tarde, procurando con ello que se encontrasen presentes el mayor número de internos.

Conforme a las indicaciones dadas en algunas de las quejas, solicitamos expresamente visitar los módulos núm. 2y núm. 10, así como el cuarto destinado al aislamiento y contención, para aquellos supuestos de altercados o comportamiento violento de los residentes.

En este contexto, debemos señalar que el centro “Tierras de Oria” se emplaza en la zona norte de la provincia de Almería, distanciado 7 kilómetros del municipio de Oria, y alejado en torno a una hora en coche de la capital. El centro se ubica en una zona de explotaciones agrícolas, sin núcleos de población en el entorno cercano.

Se trata de un centro con capacidad para 130 menores/jóvenes infractores, en el que se ejecutan medidas privativas de libertad en régimen cerrado y semiabierto impuestas por los Juzgados de Menores. En el momento de nuestra visita el centro estaba ocupado por 11 menores en régimen
cerrado, 62 en régimen semiabierto y 24 menores con medida de internamiento terapéutico.

El centro tiene unas dotaciones adecuadas para las diferentes actividades que realizan los menores, con medidas de seguridad que asemejan las de un centro penitenciario de adultos. Dispone de personal suficiente para garantizar el control de los menores y que se realicen con normalidad las actividades previstas en los correspondientes programas educativos.

Las instalaciones tienen aspecto limpio, con elementos decorativos que intentan evitar la sensación de entorno cerrado y aspecto de no sufrir deterioro por falta de mantenimiento.

La impresión general que obtenemos de las instalaciones de uso común y de las habitaciones de los menores es favorable.

Tras acceder al centro nos reunimos con el personal directivo del mismo, efectuando uncuestionario de preguntas del cual obtenemos la siguiente información:
1. En cuanto al procedimiento de ingreso/estancia del menor.

Tras el ingreso en el centro, los menores internos han de transitar por las fases denominadas de observación/adaptación, observación, desarrollo y finalista. El paso de una fase a otra se efectúa conforme al sistema de “economía de fichas”, previa valoración individualizada de la situación del menor por parte del equipo educativo que emite el correspondiente informe a fin de que sea valorado por la Dirección.

La fase de observación/adaptación es aquella en la que el menor está sometido a un mayor control y en la que éste tiene menores privilegios. La previsión es que esta fase no dure más de 3 meses y que se pueda avanzar a la siguiente conforme el menor vaya mejorando su autocontrol y comportamiento.

En esta fase se realizan actividades formativas y deportivas, además de impartir un programa de habilidades sociales y control de impulsos.

Por su parte, la fase de observación es similar a la anterior y se prevé que no dure más de 1 mes, pudiendo reducirse dicho plazo en función del comportamiento y evolución del menor.

Seguidamente, la fase de desarrollo, con una duración prevista de 2 meses, permite desarrollar al menor tareas formativas y talleres, en función del concreto módulo en que éste se encuentre. También dispone el menor de mayor tiempo libre y la posibilidad de participar en torneos o campeonatos deportivos.

En la última fase, denominada finalista, el menor podrá estar sin límite de tiempo. Se permite al menor acceder a la gran mayoría de actividades del centro, incluyendo, si la medida así lo permite, participar en salidas programadas e incluso trabajar en empresas del exterior.

En el momento de la visita la práctica totalidad de los menores se encontraba en fase finalista.

Normalmente las incidencias en la vida cotidiana del centro se resuelven mediante medidas correctivas –educativas– sin que sea preciso recurrir a medidas disciplinarias, que se reservan para supuestos de mayor gravedad.

La medida disciplinaria conlleva la incoación de un expediente con todas las garantías de defensa del acusado y proporcionalidad en cuanto a las posibles sanciones.

En el supuesto de que el menor se mostrara disconforme con determinada medida correctiva podría manifestar su disconformidad ante el personal educativo, o bien incluso ante la Dirección. El personal del centro nos indica que intentan siempre responder a las cuestiones que plantea el menor, aunque éste no siempre asume su responsabilidad y acepta de buen grado las medidas correctivas que se le imponen. Aún así, el personal educativo considera positiva la aplicación del sistema de economía de fichas.

En la entrevista nos informaron que se procuraba no adoptar medidas correctivas severas, tendiendo a cierta flexibilidad en la aplicación de la normativa interna.

Esta circunstancia se está viendo favorecida por el perfil actual de menores internos en el centro, mucho menos conflictivo que en años anteriores.

2. Actuaciones en caso de necesitar medidas coercitivas.

Según las manifestaciones realizadas por el personal del centro el uso de la fuerza se limita al estrictamente necesario para contener episodios violentos.

En ocasiones se ha de recurrir a la contención mecánica. En tal supuesto se procede a inmovilizar al menor en la cama mediante correas de cuero durante el tiempo necesario para que éste se calme y no llegue a producir daños a los demás o a si mismo.

También se recurre al confinamiento del menor en cuarto de aislamiento, bien en el propio módulo o en unas dependencias específicas habilitadas para dicha finalidad. En tales supuestos se deja al menor en el cuarto con una silla donde permanece sentado. La luz (fluorescente de gran tamaño) permanece encendida para posibilitar que el personal de seguridad que se encuentra
permanentemente vigilando la estancia pueda controlar las reacciones del menor y evitar que se autolesione.

El menor sale de la estancia para comer y durante el tiempo de patio. El patio al que accede es uno de pequeño tamaño para uso exclusivo de dichas dependencias en el cual el menor permanece también aislado.

3. Controles ordinarios del personal de seguridad en tales situaciones.

La intervención del personal de seguridad en supuestos de altercados o cualquier otro conflicto que afecte negativamente al régimen ordinario de convivencia en el centro se produce conforme a las indicaciones y protocolos establecidos por la Dirección del Centro.

De tales incidentes se elabora el correspondiente informe, que es trasladado a las autoridades responsables de la ejecución de la medida impuesta al menor afectado por dicho incidente.

Fiscalía y Juzgado, además, visitan periódicamente el centro y se entrevistan con los menores que así lo solicitan.

Existe la posibilidad de contactar con los menores por videoconferencia, circunstancia que algunos Juzgados aprovechan para entrevistarse con los menores bajo su supervisión.

Cámaras de videovigilancia.

El centro está dotado de cámaras de videovigilancia las cuales no están enfocadas hacia las habitaciones de los menores para preservar su intimidad. Dichas cámaras no están provistas de mecanismos de grabación
5. Intervención de abogados.

Los abogados pueden contactar con el centro cuando lo consideren pertinente, siendo atendidos en la medida de las disponibilidades de personal en esos momentos y la demanda concreta de información que requieran.

También, si ello es posible por las actividades que se estén realizando, se pueden entrevistar con el menor a quien estén representando.

Previo al contacto telefónico el centro comprueba que la persona que dice ser abogado lo es en realidad, su número de colegiado, y que es el abogado designado por el menor.

Los menores pueden contactar con el abogado siempre que tuvieran que realizar algún trámite legal.

También disponen de crédito para hablar por teléfono el cual pueden utilizar a su libre disposición en el tiempo habilitado para ello.

6. Control de la correspondencia.

En este aspecto el personal del centro dice intervenir conforme a las previsones legales. En consecuencia, la correspondencia del menor tiene carácter privado y no se procede a la lectura de su contenido en ningún caso. Sólo se registra la salida y la dirección a la que se ha de remitir.

Cuando llega correspondencia al menor, ésta se entrega a su destinatario, quien abre el sobre en presencia de personal del centro.

7. Control de las visitas de los familiares.

El centro dispone de un espacio con suficiente intimidad para las relaciones entre interno y familiares.

También, en función de la edad y circunstancias personales del interno, puede llegar a autorizarse un bis a bis con la persona que fuere pareja del menor.

La familia puede contactar telefónicamente con el menor un total de 1,30 horas a la semana en fase de desarrollo y 2 horas a la semana en fase finalista.

8. Denegación de permisos por el centro.

Cuando el menor efectúa una petición en tal sentido se responde a dicha solicitud conforme al concreto régimen de su medida, dando cuenta de ello al menor y al Juzgado encargado de la ejecución de la medida.

No suele ser frecuente que este trámite intervenga el abogado defensor del menor.

En el supuesto de que se produzca una suspensión de visitas y salidas por decisión del propio centro –una vez concedidas– dicha decisión es trasladada al Juzgado, aunque no suele ser frecuente recibir una respuesta expresa a dicha comunicación, debiendo entenderse que es tácitamente aceptada por el órgano jurisdiccional.

Una vez relatados estos antecedentes, hemos de destacar que del análisis del conjunto de quejas que
motivaron la visita de inspección al centro “Tierras de Oria”, de los informes recibidos en su tramitación y de los datos obtenidos in situ, en el día de dicha actividad inspectora no hemos obtenido elementos de prueba que corroboren las quejas relativas a posible maltrato
o trato vejatorio por parte del personal hacia los menores. Ciertamente, durante nuestra estancia en el centro pudimos acceder sin ninguna dificultad a los diferentes módulos y conversar de forma espontánea, sin ninguna cortapisa, con cuantos menores fuimos encontrando e incluso entrevistarnos de forma reservada con alguno de los menores afectados.

En el momento de la visita no había ningún menor en el cuarto habilitado para el aislamiento temporal.

Tampoco ninguno de los menores presentaba signos de haber recibido ningún tipo de maltrato, ni ninguno de los menores a los que nos dirigimos refirió ningún episodio similar ocurrido en fechas recientes.

Hemos de poner énfasis en que nuestra visita no fue anunciada con antelación, accediendo de improviso a las instalaciones y sin que a pesar de ello tuviéramos ninguna limitación fundamentada en motivos de seguridad o cualquier otro impedimento que hubiera dificultado nuestra tarea. Más al contrario, la colaboración del personal del centro fue absoluta, dándonos todas las facilidades posibles para visitar, in situ, las diferentes instalaciones del centro y acceder a los menores internos en las diferentes estancias en las cuales se encontraban.

También hemos de destacar que la impresión que obtuvimos de la relación de los menores con el personal directivo, educativo y de seguridad fue muy favorable, en un clima amigable, muy cercano, que denotaba unas pautas de convivencia ordenadas y que la relación entre los menores y el personal era fluida.

Ahora bien, también hemos de reseñar la coincidencia en las declaraciones de los menores, efectuadas en entrevistas privadas, en lo relativo al relato del empleo de medidas coercitivas por parte del personal. Los menores con los que nos entrevistamos hacían alusión a hechos ocurridos meses atrás, coincidiendo de forma aproximada en las fechas. Tal coincidencia en el relato efectuado por los menores hace que debamos albergar alguna duda en cuanto a la posible existencia de hechos aislados, que no responden al clima ordinario de convivencia en el centro, los cuales de haberse producido en las condiciones exactas en las que los menores se pronuncian no se corresponderían con las previsiones establecidas en la legislación reguladora de la responsabilidad penal de los menores.

En todos los casos, los menores afectados por tal incidente coincidían en lamentar el excesivo tiempo que permanecieron inmovilizados, sujetos por correas, así como el daño psicológico que les producía la iluminación continua de la habitación al no permitirles conciliar el sueño con facilidad.

A este respecto, hemos de señalar que el personal directivo del centro vino a reconocer tales hechos, discrepando en cuanto al periodo de inmovilización (reseñaban que este se limitaba al tiempo indispensable) y justificando la iluminación permanente de la estancia por motivos de seguridad, en prevención de posibles autolesiones.

En este punto hemos de aludir al tenor literal del artículo 55, del Real Decreto 1774/2004, de 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgá-nica 5/2000, de 12 de enero de 2000, reguladora de la Responsabilidad Penal de los Menores. Dicho articulo, en alusión a posibles “medios de contención” dispone lo siguiente:
«... artículo 55. Medios de contención:
1. Solamente podrán utilizarse los medios de contención descritos en el apartado 2 de este artículo por los motivos siguientes:
a) Para evitar actos de violencia o lesiones de los menores a sí mismos o a otras personas.

b) Para impedir actos de fuga.

c) Para impedir daños en las instalaciones del centro.

d) Ante la resistencia activa o pasiva a las instrucciones del personal del centro en el ejercicio legítimo de su cargo.

2. Los medios de contención que se podrán emplear serán:
a) La contención física personal.

b) Las defensas de goma.

c) La sujeción mecánica.

d) Aislamiento provisional.

3. El uso de los medios de contención será proporcional al fin pretendido, nunca supondrá una sanción encubierta y sólo se aplicarán cuando no exista otra manera menos gravosa para conseguir la finalidad perseguida y por el tiempo estrictamente necesario (...)
5. Cuando se aplique la medida de aislamiento provisional se deberá cumplir en una habitación que reúna medidas que procuren evitar que el menor atente contra su integridad física o la de los demás. El menor será visitado durante el período de aislamiento provisional por el médico o el personal especializado que precise (...)»
De la comparación del relato efectuado por los menores en sus quejas respecto de las previsiones establecidas en el texto reglamentario, nos asaltan dudas en torno a dos cuestiones principales.

Hemos de reflexionar en primer lugar en torno a la duración de las medidas de contención aplicadas sobre los menores, consistentes en sujeción mecánica y aislamiento provisional en dependencias específicas. Dichas medidas –según el relato de los menores– llegaron a prolongarse durante más de 8 horas (inmovilización mecánica) y varios días (aislamiento en cuarto), lo cual, de ser cierto, se apartaría del criterio establecido reglamentariamente que circunscribe el recurso a tales instrumentos de modo excepcional y con duración limitada al tiempo estrictamente necesario, y siempre que no existiera otra alternativa menos gravosa.

Otra de las cuestiones que debemos resaltar es la relativa a las condiciones en que se produce la estancia de los menores en el cuarto de aislamiento. Dicha estancia se produce –según el relato de los menores– debiendo permanecer inmóviles en una silla durante todo el período de su estancia, sólo interrumpida dicha actitud durante la salida al patio, el período de comida, y cuando se
sustituye la silla por una cama durante la noche. Tal obligación de permanecer inmóvil, sentado en la silla durante horas, e incluso días, puede ser considerada una forma de castigo, o al menos de reproche por la actitud que motivó dicha actuación excepcional, la cual estaría proscrita por la disposición reglamentaria antes transcrita que determina la necesidad de correlación proporcional
con el fin pretendido con la medida y que la misma no haya de suponer una posible sanción encubierta.

Y por último, hemos de referirnos a la permanente iluminación del cuarto de aislamiento con una luz fluorescente. Dichas condiciones se justifican en función de la necesidad de que el personal de seguridad pueda seguir las evoluciones del menor, evitando la posibilidad de autolesiones.

A sensu contrario de lo que refleja el informe de la Administración, en la visita que realizamos al centro se nos confirmó que en el cuarto destinado específicamente a la medida de aislamiento permanece iluminado durante la noche, ello por los motivos de seguridad reseñados.

Y a este respecto hemos de señalar que, aún siendo conscientes de la necesidad de ofrecer una protección integral a los menores internos, incluso de su propios actos y posible conducta autolesiva, creemos que se podría conciliar tal necesidad con la utilización de cualquier método que permitieran rebajar la intensidad lumínica durante el período de noche, tal como puede ocurrir en otros espacios públicos de internamiento como centros sanitarios o residenciales, en los cuales la necesidad de vigilancia permanente de la persona –por motivos sanitarios o de otra índole– se concilia con la necesidad biológica de un descanso reparador.

Sobre la base de lo señalado y de conformidad a la posibilidad contemplada en el artículo 29 de la Ley Reguladora del Defensor del Pueblo Andaluz, esta Institución decidió elevar a la Dirección General de Justicia Juvenil las siguientes Recomendaciones:
“Que se adopten medidas para garantizar que la aplicación de la separación de grupo y contención mecánica en el centro “Tierras de Oria” se limite al tiempo absolutamente indispensable para la solución del incidente y restablecer la vida normalizada en el centro.

Que se dicten Instrucciones al centro para evitar que durante la permanencia de los menores en cuarto de aislamiento se les exija permanecer inmóviles sentados en una silla, añadiendo restricción de movimientos a la ya de por si limitada medida de aislamiento del grupo en dependencias específicas.

Que se dicten instrucciones al Centro a fin de que se garantice el derecho al descanso de los menores sometidos a aislamiento, reduciendo la intensidad de la iluminación del cuarto durante el período de noche lo suficiente como para conciliar este derecho con la necesidad de vigilancia del interno por parte del personal de seguridad.”
Al momento de redactar el presente informe nos encontramos en espera de recibir la obligada respuesta a nuestra resoluciónDEJA TU COMENTARIO
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