martes, 11 de noviembre de 2008

EL AYUNTAMIENTO SOLICITA LA ANULACIÓN DEL DESLINDE DE LAS SALINAS, EN DEFENSA DE LOS ESPACIOS LIBRES LOCALES


El Ayuntamiento de Roquetas de Mar ha presentado un requerimiento solicitando la anulación de la Orden Ministerial de 11 de Junio de 2008, por la que se aprobó el deslinde de los bienes de dominio público marítimo terrestre de un tramo de costa de 2.600 metros de longitud, comprendido entre el extremo norte de la calle Antonio Machado y las inmediaciones de las ruinas del antiguo cuartel de Carabineros, junto a la playa de Los Bajos de La Romanilla.
Las consideraciones jurídicas en las que se basa dicho requerimiento son, fundamentalmente, por un lado la caducidad del procedimiento del deslinde, que fija un plazo de 24 meses para notificar la resolución, y por otro lado la falta de competencia del funcionario que firmó dicha orden, a la sazón el subdirector general en funciones de Sostenibilidad de la Costa.
En el primer caso, las servicios jurídicos municipales entienden que de acuerdo con la legislación, la notificación de dicha resolución debería haberse producido con anterioridad al 19 de mayo de 2006, y sin embargo se ha efectuado el 9 de octubre de 2008, es decir casi 52 meses después de la incoación del procedimiento.
Asimismo y como consideración jurídica destacada, se hace mención al criterio mantenido por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional , en base a la Doctrina del Tribunal Supremo, en la que señala que el cómputo de 24 meses para la tramitación de los expedientes de deslinde sería aplicable a aquellos procedimientos iniciados con posterioridad a 1 de enero de 2003, como es el caso que nos afecta y que fue iniciado de oficio el 19 de mayo de 2004 y notificado el 9 de octubre de de 2008, es decir con posterioridad al transcurso del plazo de 24 meses establecido en la Ley de Costas.
Por otro lado y referente a la falta de legitimidad del Subdirector General de Sostenibilidad de la Costa , el Ayuntamiento entiende, entre otros considerandos, que dicha Subdirección General no está adaptada a la estructura orgánica básica aprobada por el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, y por tanto no le corresponde el ámbito competencial en materia de deslinde de dominio público.
En definitiva, El Ayuntamiento pretende que dicho terreno sea para utilidad del municipio y del Estado de la nación, y que se destine al uso de espacios libres, como viene reflejado en el Plan General de Ordenación del Territorio del Poniente y el propio Plan General de Ordenación Urbana de Roquetas de Mar.

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