viernes, 7 de noviembre de 2008

Prisión para el farmacéutico que asestó martillazos a su mujer por infidelidad

La Audiencia Provincial de Almería ha condenado a seis años y medio de prisión a F.J.C.R., el farmacéutico de 46 años que en junio de 2005 asestó numerosos golpes con un martillo metálico a su esposa, a la que alcanzó en el cráneo después de "sorprenderla" en un trastero con un hombre con el que estaba manteniendo "una relación extra matrimonial" y que huyó del lugar "dejándola en situación de desamparo" y en un estado por el que precisó varias intervenciones quirúrgicas para "salvar su vida".

La sentencia de la Sección Tercera, a la que tuvo acceso Europa Press, considera al procesado autor de un delito de homicidio en grado de tentativa al que aplica, no obstante, la circunstancia atenuante de arrebato "plenamente justificada" -argumenta- por la práctica de la prueba forense durante la vista oral, que atribuyó F.J.C.R. "condiciones intelectivas y volitivas parcialmente mermadas por la concurrencia de un estado pasional intenso" una vez se percató de la "infidelidad conyugal de la que era objeto".

Aprecia, sin embargo, el tribunal, en contra de la calificación definitiva del Ministerio Fiscal, que el hombre abusó de su relación de parentesco de una "superioridad" que suma a la citada circunstancia agravante y que basa en el instrumento utilizado durante la agresión, que derivó a su vez en que la mujer -O.P.N.S, de 41 años- viese "disminuidas de forma importante sus posibilidades de defensa", máxime, según subraya, "cuando no podía recibir auxilio alguno tras la precipitada marcha de su compañero".

El fallo considera probado, además, que F.J.C.R. portaba el martillo desde que salió de casa para dirigirse al trastero en busca de su esposa, lo que interpreta como «una intención previa de aprovechamiento frente a quien sólo podía utilizar sus manos». Rechaza el tribunal que se produjera, no obstante, ensañamiento no porque el número de golpes infligidos a O.P.N.S. no se pudiera determinar «ni en partes médicos ni en informes forenses».

El tribunal impone, asimismo, a F.J.C.R. la pena de multa de 30 días a razón de 12 euros al día por una falta de lesiones contra el acompañante de su esposa, un hombre identificado como A.H.O., al que deberá indemnizar también con 120 euros.

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