El juez ha condenado a Banesto a devolver 10.500 euros, más intereses, a la empresa perjudicada.
LAEDICION.NET.-D.M.- ALMERÍA.- La Justicia vuelve a dar la razón a Ausbanc en su lucha contra la comercialización engañosa de productos tóxicos. La Asociación suma ya más de medio centenar de sentencias favorables para los clientes.
Los Servicios Jurídicos de Ausbanc han obtenido una nueva sentencia que pone de relieve los defectos en la comercialización de permutas financieras por parte de la banca. En este caso, Banesto ha sido la entidad que ha visto cómo el Juzgado de 1ª Instancia nº 8 de Almería declaraba la nulidad de dos contratos de permutas suscritos con una empresa.
En este proceso, que ha sido dirigido por José Andrés Serrano, letrado de los Servicios Jurídicos de Ausbanc, ha quedado patente la confusión que estos productos provocan en los clientes, confusión que los comerciales del banco y los documentos que se le aportan al cliente, se encargan de alimentar. Según indica el magistrado, el cliente creyó que contrataba un seguro contra la posible subida de tipos en los préstamos que tenía con Banesto, “y lo cierto es que fueron dos contratos de permuta financiera o swap, cuya esencia consiste en que las dos partes contratantes acuerdan intercambiar flujos monetarios, expresados en una o varias divisas”. Productos que en la sentencia se califican de “alto riesgo”.
Además, según la sentencia, “este perfil de inversor no se da en el caso que nos ocupa en la entidad actora, la cual se dedica al negocio de los neumáticos, por lo que a priori no cabe predicar de la misma que tenga conocimientos financieros suficientes para conocer en qué consiste un swap”.
Durante el proceso, se puso de manifiesto que el cliente sólo había firmado dos hojas del contrato y que no constaba que hubiera recibido una copia del mismo para estudiarla. Además, de la declaración del comercial de Banesto en el juicio se desprende que éste no tenía conocimiento de los términos del contrato que firmó el cliente, ni era capaz de indicar la fórmula mediante la cual se calculaban las liquidaciones. Por ello el Juez concluye que los contratos son nulos por existir vicio en el consentimiento e indeterminación del objeto, al dejar en manos de la entidad como calcular las liquidaciones, y condena a Banesto a devolver 10.500 euros, más intereses, al cliente. DEJA TU COMENTARIO
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