miércoles, 18 de julio de 2012

Vía libre a la aprobación inicial de la ordenanza reguladora de la ocupación de la vía pública con terrazas y estructuras auxiliares


No entrará en vigor al menos hasta el ejercicio de  2013 
LAEDICION.NET.-:/ Redacción.-Con el voto unánime de todos los concejales de la Corporación, en Ayuntamiento de Vícar ha dado su aprobación inicialmente a la ordenanza reguladora de la ocupación de la vía pública con terraza y estructuras auxiliares. El objeto de esta ordenanza de nueva implantación en Vícar, es regular las condiciones de instalación y uso en espacios públicos de terrazas, entendiendo por tales un conjunto de mesas con sus correspondientes sillas, que pueden ir acompañadas de instalaciones auxiliares, como elementos de delimitación o de  cobertura, donde los establecimientos de hostelería que desarrollan su actividad en el interior de un local comercial o quiosco legalmente autorizados, pueden prestar prestar servicio al público dentro del término municipal.
Por tanto la instalación y uso de las terrazas quedan sometidos a la previa obtención de la licencia municipal correspondiente, quedando expresamente prohibida el uso e instalación de terrazas en espacios públicos sin licencia municipal. Además no se permitirá la colocación de mostradores u otros elementos, como quioscos auxiliares, para el servicio de la terraza, que deberá ser atendida desde el propio establecimiento, ni tampoco de frigoríficos, máquinas expendedoras de productos, máquinas de juegos o cualquier otra de características análogas, así como barbacoas, heladeras o similares e incluso mesas o puestos semejantes para cocinas o preparar alimentos en el exterior.

Igualmente  queda prohibida la instalación y funcionamiento de equipos reproductores musicales, altavoces u otros elementos que produzcan emisiones acústicas de cualquier tipo, así como la realización de actuaciones en directo de carácter fijo o móvil en el espacio de la terraza, bien sean organizadas por el propio establecimiento como las permitidas por el mismo.
Tampoco podrán podrán efectuarse anclajes en el pavimento, salvo los autorizados en la propia ordenanza, ni se podrán  apilar mesas y sillas en la vía pública. Sólo las mesas y sillas de las terrazas de kioscos de hostelería y de las terrazas en espacios privados de uso público pueden permanecer en el exterior y las de terrazas con cortavientos laterales autorizados y marquesinas, dentro de los límites de los referidos elementos de delimitación. En cualquier caso, el referido mobiliario debe permanecer asegurado con mecanismos que garanticen que no puede ser utilizado en el horario en que el establecimiento permanece cerrado y la zona ocupada deberá quedar totalmente limpia a diario, siendo esta limpieza responsabilidad del titular de la licencia.
En cuanto a las sanciones por infracciones a esta ordenanza, el importe de las mismas oscila entre 750 euros de las consideradas leves, hasta los 3.000 euros de las muy graves , pasando por los 1.500 euros de las graves. Además las infraciones muy graves pueden llevar aparejada la suspensión de la licencia otorgada.

La nueva ordenanza deberá ahora someterse al trámite de exposición pública por un periodo d 30 días hábiles tras su publicación en el Boletin Oficial de la Provincia, a efectos de que cualquier interesado pueda examinar el expediente y formular las reclamaciones y sugerencias que estime oportunas. Si pasado dicho plazo no se presentara reclamación o sugerencia alguna, la ordenanza pasara a ser definitiva.
La entrada en vigor de la nueva ordenanza no tiene por tanto fecha de inicio , si bien se estima que todos los trámites podrán estar finalizados para diciembre de este año, al objeto de poder aplicarse para el ejercicio de 2013

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