La Audiencia ordena su internamiento durante seis años en un centro ocupacional
LAEDICION.NET.-REDACCIÓN.-a hablar de política, a las represalias sociales y económicas del Ayuntamiento. Sigue habiendo miedo.
La Audiencia Provincial de Almería ha condenado a seis años de internamiento en un centro para su tratamiento médico a un joven mayor de edad natural de Adra (Almería) quien padece una discapacidad psíquica del 48 por ciento por un delito de agresión sexual continuado después de haber violado a su hermano, quien también padece una discapacidad mental de menor grado, en la Nochevieja de 2007 como última ocasión.
Según la sentencia dictada por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial a la que tuvo acceso Europa Press, el agresor, a quien le constan antecedentes penales no computables en esta causa, entró en su domicilio familiar a las 1,00 horas del 31 de diciembre de 2007 y "con intención de satisfacer sus deseos libidinosos", llevó a su hermano al dormitorio de éste para abusar de él.
Así, una vez en el dormitorio, señala el texto judicial, el agresor le tapó la boca a su hermano con cinta aislante e, igualmente, le ató las manos a la vez que le pedía que se bajara los pantalones, a lo que su víctima se negó. De esta manera, el condenado le quitó los pantalones y lo penetró sin que su hermano pudiera hacer nada para evitarlo. Como resultado, la víctima sufrió una lesión que tardó cinco días no impeditivos en curar.
El tribunal, que tuvo en cuenta la discapacidad del agresor, señaló, no obstante que, pese a que éste padece "un retraso mental moderado, con un coeficiente intelectual del 48 por ciento, encontrándose por ello sus capacidades cognitivas y volitivas parcialmente disminuidas", llegó a su domicilio y "tuvo conocimiento de realizar el acto sexual contra la voluntad de la víctima", por lo que se le aplicó la eximente incompleta de enfermedad mental al considerar que está afectado "tanto en su capacidad mental para reconocer la maldad de los hechos como a su voluntad para evitarlo".
El informe médico-forense junto al testimonio presencial de la víctima, quien manifestó que la agresión sexual no sólo se produjo en esa ocasión sino "un puñado de veces", hicieron que el tribunal considerara que existe "suficiente prueba de cargo" para alcanzar la plena convicción de que el acusado se valió de su situación de convivencia en el mismo domicilio familiar y de la vulnerabilidad de la víctima para consumar varios ataques a la libertad sexual de su hermano.
El penado, quien también fue condenado por una falta de lesiones a un pago de seis euros diarios durante 45 días, a una indemnización por daños morales y físicos de 3.150 euros y a no acercarse a menos de 200 metros ni comunicarse con la víctima durante un periodo de diez años, deberá ingresar en un centro de actividad ocupacional para su tratamiento médico al considerar que, pese a no tener cura, "es una persona educable y puede adquirir ciertas habilidades sociales".
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