LAEDICION.NET.-REDACCIÓN.-"La Sección Octava de la Audiencia de Cádiz ha archivado definitivamente la denuncia presentada por el presunto cabecilla de la operación Karlos contra el matador Jesulín de Ubrique y sus padres -Humbero Janeiro y Carmen Bazán-, a los que imputaba delitos de estafa y apropiación indebida relacionados con la entrega de 42.000 euros correspondientes a la señal para la compra de una vivienda en la localidad de Ubrique.
La resolución de la Sección Octava de la Audiencia de Cádiz, desplazada en Jerez de la Frontera, confirma el sobreseimiento que decretó en su día un juzgado de Ubrique y llega a la conclusión de que, en este caso, "no hay indicios de que exista un engaño previo o inicial, ni una intención defraudatoria", requisitos de la estafa. Los magistrados señalan incluso que el denunciante, Carlos Carretero, no acierta "a decir dónde estuvo el engaño, ya que es evidente que cuando ambas partes conciertan el contrato de compraventa, ambas estaban dispuestas a cumplirlo".
La compraventa de la vivienda se remonta a marzo de 2006, un mes antes de que se desencadenara el escándalo de la operación Karlos, por el que fue enviado a prisión preventiva el propio Carlos Carretero. El tribunal considera, respecto a la apropiación indebida que también se imputaba al torero, que lo único que ha quedado acreditado es que existe un "incumplimiento contractual" entre el denunciante y los denunciados al no haberse elevado la compra-venta a una escritura pública, pero eso no puede imputarse a la familia del torero.
El auto de archivo definitivo recuerda que la investigación practicada ha acreditado indiciariamente que Jesulín recibió el importe de la señal según lo pactado y posteriormente, llegada la fecha para la formalización de la escritura pública, Carlos Carretero no dio señal alguna, puesto que se encontraba en situación de prisión preventiva en el marco de la operación Karlos. Los magistrados entienden que si bien Jesulín podía conocer que Carretero se hallaba encarcelado, "no consta que el denunciante [una vez fue puesto en libertad] se dirigiera al denunciado, quien en abril de 2007 vende la vivienda a una tercera persona". En esa fecha, añade el tribunal, ya hacía tiempo que Carlos Carretero se hallaba en libertad, pero no fue hasta marzo de 2008 cuando se puso en contacto con Jesulín mediante un burofax.
Por todo ello, los jueces concluyen que "desde luego no hay incumplimiento" por parte de Jesulín, porque "aún siendo discutible el que pueda quedarse con las arras, ello no deja de ser una cuestión civil, pero nunca criminal", por lo que emplaza al denunciante a que acuda al vía civil para reclamar los derechos "que estime tener sobre la cantidad en su día entregada".
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