
El concejal de Urbanismo niega que se haya declarado nula la licencia de 265 viviendas en Playa Serena
LAEDICION.NET.-Después de que se conociese que el Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de Almería ha declarado nula de pleno derecho la licencia de obras concedida para la construcción de un promoción de 265 viviendas en la zona de Playa Serena – la tercera acción judicial de este tipo en el municipio -, el Ayuntamiento de Roquetas de Mar sale a desmentir la información afirmando que ‘en ningún momento la sentencia se pronuncia sobre las supuestas vulneraciones de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía, ni sobre el Plan de Ordenación del Territorio del Poniente de Almería’.
El responsable de estas declaraciones es José María González, edil de Urbanismo, quien también afirma que no existe un informe desfavorable a la licencia de obras por parte de la Junta de Andalucía, ‘además de que a día de hoy la parcela cumple con todo lo recogido en el Plan General de Ordenación Urbana aprobado definitivamente y su uso es residencial y la tipología plurifamiliar’, declaraciones que no se corresponden con lo recogido en la sentencia publicada este miércoles y por la que el juez obliga al Consistorio a revisar de oficio el permiso, tal y como pretendía la Junta de Andalucía, administración que ha buscado la ‘restauración de la legalidad urbanística’ en el suelo afectado.
Según la sentencia, tanto la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA) como el Plan de Ordenación del Territorio del Poniente almeriense (POTPA) fueron vulnerados, teniendo en contra incluso un informe desfavorable de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, y sin embargo González afirma ‘el Juzgado no se ha pronunciado sobre la legalidad o no de la licencia” por lo que a su juicio carece de base alguna la afirmación de que la licencia es ilegal. “Es mas a todos los efectos –enfatiza- la licencia es legal hasta que no sea anulada por una sentencia judicial”.
Lo que González no dice es que el juez da la razón a la Consejería de Obras Públicas y Transportes, en detrimento de la empresa Carinaga SL representada por Vicente Fernández de Capel y el propio Ayuntamiento, codemandados por la dicha Consejería al interponer un recurso contra la resolución de Alcaldía del 29 de enero de 2007, el instrumento municipal por el que no se admitió la solicitud de la Junta de Andalucía para revisar el acuerdo de la Junta de Gobierno Local del 14 de febrero de 2005, por el que se concedió la licencia para la construcción de un sótano garaje y 265 viviendas en la parcela H-3 de UE 96 sito en la avenida Ciudad de Cádiz esquina con la calle Calandria del Paseo Marítimo de Playa Serena.
Aunque González asegure que ‘la única pretensión que estima la sentencia es que se incoe un expediente de revisión de oficio de la licencia de obras’ para determinar la nulidad de la licencia, el juez señala en su sentencia que hubo un cambio en el uso de suelo de la parcela - de hotelero-turístico a residencial – sin atender al artículo 73 del POTPA y sin crear unas dotaciones de ‘calidad y proporcionales’; una modificación del Plan Parcial que ‘adolece de vicio de nulidad de pleno derecho’.
La cuantía, el valor que se estima en sentencia sobre el contencioso administrativo es superior a los nueve millones de euros.
Tercer caso
Independientemente de los resultados de este proceso, desde está sentencia se suma a la anterior del caso de las 129 viviendas de Aifos, cuya licencia también fue anulada judicialmente y actualmente se halla recurrida por el Ayuntamiento. Algo que para algunos como IU indica que ‘la gestión urbanística de esta última década en nuestro municipio ha estado plagada de claroscuros y de posibles irregularidades’. Aunque tal vez la más conocida de estas actuaciones ha sido la del Centro Comercial Gran Plaza, promovido por el empresario Tomás Olivo, imputado en la operación Malaya y propietario de General de Galerías Comerciales, un centro sobre el que pesan diversas sentencias desfavorables.
Reacciones
Las primeras reacciones a la sentencia parten desde Izquierda Unida de Roquetas de Mar, que en su blog afirman que “todos estos casos, entendemos, están empezando a dar la razón a los que vemos que la gestión urbanística de esta última década en nuestro municipio ha estado plagada de claroscuros y de posibles irregularidades. Que el supuesto desarrollo de nuestro pueblo ha sido edificado sobre bases no demasiado sólidas, como vienen a demostrar estas sentencias. Izquierda Unida lamenta ante todo las posibles consecuencias económicas que tendrán estos procesos en las arcas locales, en el dinero de todos los vecinos en definitiva, amén de la incertidumbre que puede cernirse sobre las personas que estén residiendo actualmente en este edificio. Creemos y apostamos por unas prácticas urbanísticas más respetuosas y sosegadas que eviten este tipo de lamentables contratiempos para Roquetas de Mar”.
Por otro lado, Teleprensa.es ha intentado ponerse en contacto con Carinaga S.L., empresa promotora para conocer su versión de los hechos. Pese a ello no existen rastros en internet ni en las empresas gestoras de informes de empresas, tan sólo se conoce de ella que su abogado es Vicente Fernández Capel, un ex alto cargo del PP y gerente de la asociación de promotores inmobiliarios de la provincia de Almería, una asociación vinculada a Asempal.
Apelación
Tras todo lo expuesto, González dice que ‘no obstante la sentencia ha sido apelada por el Ayuntamiento de Roquetas de Mar, al entender que es contraria a derecho, estando pendiente de resolver por la Sala de lo Contencioso Administrativo de Granada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, ya que la licencia de obras no puede ser anulada en un expediente de revisión, al ser plenamente legal la Modificación del Plan Parcial en base al cual se concedió la licencia de obra y que no fue recurrido por la Junta de Andalucía”.
Por último ha señalado que “para el Ayuntamiento la petición de revisión de oficio de la licencia de obras por parte de la Junta de Andalucía, representa un fraude, ya que en su momento no recurrió ni la Modificación del Plan Parcial, ni la licencia de obras, pese a habérsele notificado ambos actos y al cabo de los años cuando las obras están terminadas es cuando solicita la revisión de la licencia en base a que según alega entiende que la Modificación del Plan Parcial es nula, cuando de ser cierto debería de haber impugnado dicha modificación del Plan Parcial”, finaliza diciendo.
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