LAEDICION.NET.-:/ Redacción.-El Ayuntamiento informa de que
el pasado 9 de julio de 2012 nos fue notificado Auto dictado por el Juzgado de
lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Almería por el que se desestimaba la
solicitud de medida cautelar realizada por el ex interventor accidental del
Excelentísimo Ayuntamiento de El Ejido, Don José Antonio Alemán Bracho.
Pretendía el Sr. Alemán que se dejase en
suspenso la ejecución de la resolución por la que se le impuso la sanción de
separación del servicio. O, dicho de otro modo, que no se llevase a
cumplimiento dicha resolución y reincorporarse a su puesto de trabajo como Jefe
de Área de Turismo, Comercio y Sanidad. Dicha solicitud se hace en el marco de
un nuevo recurso planteado contra la referida resolución, esta vez por la vía
ordinaria.
Es la segunda vez que se le deniega esa medida
cautelar, que ya solicitó ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1
de Almería, en el marco del recurso interpuesto contra la resolución que le
impuso la sanción en su día, por entender que vulneraba sus derechos
fundamentales, y que se encuentra pendiente de resolución.
Anteriormente, también recurrió la suspensión
cautelar de funciones que se acordó durante la tramitación del expediente
disciplinario, suspensión que fue declarada ajustada a Derecho por el Juzgado
de lo Contencioso-Administrativo nº 3 de Almería, y respecto de la cual también
se declaró no haber lugar a la medida cautelar solicitada por el Sr. Alemán por
la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de
Andalucía.
Así, ya se han pronunciado en contra de las
pretensiones del Sr. Alemán relativas al expediente disciplinario en su día
tramitado frente a él, su resolución y ejecución los tres Juzgados de lo
Contencioso-Administrativo de Almería y la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, a
través de cuatro resoluciones.
La resolución dictada por el Ayuntamiento de El
Ejido declaraba al Sr. Alemán autor de una falta administrativa disciplinaria
continuada y muy grave, consistente en el notorio incumplimiento de las
funciones inherentes al puesto de trabajo y funciones que, por entonces, como
interventor accidental, tenía encomendadas. La sanción que se le impuso, la
separación del servicio, supone que el Sr. Alemán ha dejado de ser funcionario
público y que no puede trabajar ni en el Ayuntamiento de El Ejido, ni en
ninguna otra Administración.
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