Asuntos:
JUSTICIA, IGUALDAD ANTE LA LEY, E INDEMNIZACIONES PARA 2.031 PERSONAS QUE
HAN ESTADO EN PRISIÓN CON CONDENAS DE MENOS DE DOS AÑOS DE PRISIÓN Y SIN
ANTECEDENTES, CONFORME A LA LEY ORGÁNICA 1/2004, DE 28 DE DICIEMBRE, DE MEDIDAS
DE PROTECCIÓN INTEGRAL CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO, CUANDO OTROS CIUDADANOS
NO HAN ENTRADO EN CIRCUNSTANCIAS PARECIDAS.
Burgos,
14 de enero de 2.013
Excmos.
Sres.:
Muy a
menudo, me hago la reflexión, que hizo Jesucristo: “EL QUE ESTÉ LIBRE DE
PECADO, QUE TIRE LA PRIMERA PIEDRA”. En efecto, uno no es perfecto, y lo
reconoce, pero, día a día, el cabreo de los ciudadanos de esté país, en plena
crisis, sube en temperatura, amenazando con hacer explotar la caldera de la
paciencia. Es por ello que, olvidando esa reflexión, pero sin perder un poco la
debida caridad que debemos al prójimo: PERSEGUIR EL PECADO, PERO PERDONAR AL
PECADOR, es por lo que se les hace esta petición, en base a la igualdad
ante la ley, que dice garantizarnos la Constitución Española vigente.
Y a uno le
empieza a faltar paciencia, pero no algo de caridad, a pesar de que en este
país es un ejercicio arriesgado el defender derechos de niños, o la presunción
de inocencia, y garantías, en historias de hombres y mujeres, por ejemplo, y he
sufrido por ello, estimo que bajo la divisa: MATEMOS AL MENSAJERO, Y ASÍ
NADIE SE ATREVERÁ A DENUNCIAR TODO LO QUE SE ESTÁ HACIENDO MAL. ¿ Hay
alguien que lo niegue y que se atreva a tirarme la primera piedra ?.
Creo que
el presidente de Estados Unidos de América Franklin Delano Roosevelt decía: HAY
QUE PERDER EL MIEDO A TENER MIEDO. Pero cuando no se cumple lo que de
tiempos de Cayo Julio César nos ha llegado, sobre lo que exigía a su esposa,
Pompeya: “NO BASTA QUE LA MUJER DEL CÉSAR SEA HONESTA; TAMBIÉN TIENE QUE
PARECERLO”, por lo menos se estima que es justo y necesario que al menos el
trato por parte de los poderes del estado sea para los otros igual que para los
unos, y notoriamente políticos, de diversos partidos y condición.
El pasado 18
de diciembre de 2.012 se les envió un escrito, en que una de las peticiones era
la siguiente:
- PETICIÓN DE INDULTO GENERAL PARA TODOS LOS
HOMBRES CONDENADOS EN VIRTUD DE LA LEY ORGÁNICA 1/2004, DE 28 DE DICIEMBRE, DE
MEDIDAS DE PROTECCIÓN INTEGRAL CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO, CON PENAS DE
PRISIÓN INFERIORES A DOS AÑOS, SIN ANTECEDENTES Y QUE ESTÉN EN PRISIÓN.
IGUALDAD ANTE LA LEY. LO MISMO PARA LOS QUE HABIENDO SIDO CONDENADOS A
PENAS DE HASTA TRES AÑOS DE PRISIÓN HAYAN YA CUMPLIDO UN AÑO, O MÁS DE PRISIÓN.
AMPLIABLE A MUJERES EN LAS MISMAS CIRCUNSTANCIAS.
En base a la documentación que
fue enviada con fecha 19 de junio de 2.012 por el Excmo. Sr.
Presidente de la Comisión de Peticiones de ese Congreso de los
Diputados, escrito contestación al expediente 280/000043/001, con
escrito del Ministerio de la Presidencia de fecha 27 de abril de 2.012,
con datos facilitados por el Ministerio del Interior, copia de lo cual
se envía, en que el asunto/petición era:
“Solicitud
de que se le informe si desde la vigencia de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de
diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género, ha
ingresado algún hombre, con condena de dos años o menos de prisión, sin
antecedentes, por temas relacionados con la citada ley”.
Y se
informaba:
“Desde
la entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre y hasta
diciembre de 2008 han ingresado en prisión para cumplir condenas inferiores a
dos años, por delitos de violencia de género y careciendo de antecedentes
penales, un total de 2.031 personas.”
En
dicho escrito, de diciembre pasado, se indicaba el caso de una mujer que aceptó
una condena de TRES AÑOS DE PRISIÓN, reconociendo el homicidio de su
marido. Mujer de la comunidad autónoma de Navarra. La llegó un indulto,
parcial, y no ha entrado en prisión. Otra que se va de rositas. Es como el
denunciar por parte de las mujeres. Lo normal es que no las pase nada a ellas,
pero sí a los hombres con los que ellas están libremente, y a sus hijos. Sea
correcta o no la denuncia, demostrable o no. Hace años en una publicación de
Valladolid, LA VOZ DE CASTILLA Y LEÓN, dos abogadas de Valladolid, Dª
MARÍA JOSÉ SÁNCHEZ y Dª VICTORA EUGENIA DELGADO, reconocían, en relación a
la situación de denuncias de violencia de género en Valladolid, incidían en su
alta utilización sobre todo con el elemento de extranjería, y que el concepto
de violencia de género se ha desnaturalizado, siendo frecuente que se
utilice la denuncia como presión o escarmiento. Se adjunta copia de
ello. Uso y abuso.
Estos
días me llegan noticias de otro caso en que se recomienda por parte de alguien
de la abogacía de poner una denuncia que lleve a un marido y padre a ser
detenido y pasar una o varias noches en un calabozo policial, para
“domar” al marido, en un posible divorcio, con bienes de cierta importancia, y
gente menor de edad no emancipada. También ha recibido esa mujer reflexiones de
hacerlo amistosamente, por gente ajena al mundo del derecho, tal como quiere el
pueblo español.
En
los últimos tiempos, es escandaloso el caso de persona del PARTIDO POPULAR
que sale de la cárcel nada más llegar a España, y con largas penas de prisión,
y dos muertos en una carretera de Cuba. Políticos y hombres de partidos que son
imputados de delitos que no son detenidos como los son muchos hombres ante una
denuncia no juzgada, hecha por una mujer, sabiendo los Cuerpos y Fuerzas
de Seguridad del Estado que esos hombres, compañeros o maridos, van a ser
liberados apenas comparezcan ante un juez. ¿ Sería bueno que esos políticos
fueran detenidos, antes de ser imputados en los juzgados, como los padres de
familia, duerman en un calabozo, y luego sean puestos en libertad en la primera
comparecencia ante un juez ?. Esa reflexión se le deja al Excmo. Sr.
Ministro de Justicia, ahora que parece que quiere cambiar algunas normas del
juego penal.
En
efecto, dos casos escandalosos han saltado a la palestra últimamente.
El
primero el caso el de un joven político del PARTIDO POPULAR, cuyo nombre
y caso están en la boca y mente de todos, que aceptó una pena de CUATRO AÑOS
DE PRISIÓN, en el extranjero, que suponía reconocer determinados
hechos, y ya está en la calle, a los pocos días de llegar a España.
El
otro es un caso de financiación de un partido político de la Comunidad de
Cataluña, con representación en ese Congreso de Diputados, en
base a dineros ajenos, ése que votó, por unanimidad, la LEY
ORGÁNICA 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra
la Violencia, por la cual muchos hombres han pasado por los calabozos de
diversos Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, y condenados a diversas
penas de prisión, aunque no todos los hombres que fueron detenidos fueron
condenados. Seguramente cierto diputado del partido que utilizó dinero ajeno
también aprobó, con su voto, esta ley. Los hombres, compañeros y maridos,
suelen ser rápidamente detenidos y juzgados, rapidísimamente. En este caso de
un partido catalán han pasado años y años antes de que lleguen a un acuerdo con
el Ministerio Fiscal, reconociendo hechos muy graves, y aceptando una pena
de prisión, que no van a cumplir. Pero 2.031 personas, con iguales
méritos, si han estado en prisión. Los posibles responsables de ese
partido político NO VAN A ENTRAR EN PRISIÓN, ni dimitir, ni na.
Ahora
se maneja la teoría en los medios de comunicación de que con dos años, o menos,
de prisión no se entra en prisión, pero 2.031 hombres, sin antecedentes,
y condenas inferiores a dos años, cumplieron penas de prisión, por la ley
mencionada, aprobada por unanimidad Sí, cumplieron penas de prisión, pero
políticos, o responsables de partidos, con penas de prisión de menos de dos
años, o esa mujer que ha reconocido un homicidio, no han entrado en prisión.
Esos son los hechos.
Esto
es lo que se contempla, actualmente, en el artículo 80 del Código Penal:
“1.
Los jueces o tribunales podrán dejar en suspenso la ejecución de las penas
privativas de libertad no superiores a dos años mediante resolución
motivada…….”
Y
esto es lo que se contempla en la citada LEY ORGÁNICA 1/2004, de 28 de
diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia, en su
artículo 35, sobre suspensión de penas:
El
párrafo tercero del apartado 1 del artículo 88 del Código Penal, en la
redacción dada por la Ley Orgánica 15/2003, queda redactado de la forma
siguiente:
«En
el caso de que el reo hubiera sido condenado por un delito relacionado con la
violencia de género, la pena de prisión sólo podrá ser sustituida por la de
trabajos en beneficio de la comunidad. En estos supuestos, el Juez o Tribunal
impondrá adicionalmente, además de la sujeción a programas específicos de
reeducación y tratamiento psicológico, la observancia de las obligaciones o
deberes previstos
en
las reglas 1.ª y 2.ª, del apartado 1 del artículo 83 de este Código.»
Ahora
que miles y miles de empleados, de bancos, cajas de ahorro, de empresas que
fueron públicas, de televisiones públicas, son expulsados de su trabajo.
Ante los millones y millones de euros a cargo de todos los españoles para tapar
agujeros financieros de los cuales nadie se reclama responsable, este escrito
tiene la osadía de pedir a ese CONGRESO DE DIPUTADOS justicia,
indemnizaciones, para esas 2.031 personas. Se desconoce si todos son hombres, o
también ha habido alguna mujer.
El
mayor problema de millones de mujeres en este país no es el marido o compañero.
Hay más de DOS MILLONES DE MUJERES que quieren buscar un trabajo
remunerado y no lo encuentran. Quieren tener medios económicos para ser
independientes en su relación de pareja y matrimonio, y no existen. ¿Cuánto
tardarán los señores políticos en crear o ayudar a crear las condiciones para
que esos millones de mujeres, y los millones de hombres en paro, o con
empleos precarios, puedan mejorar su dramática situación ?.
A
los ciudadanos españoles se nos han exigido unos gastos muy importantes para dejar
sin libertad a 2.031 personas, desconociendo si eran todos hombres, o había
alguna mujer, cuando otros muchos se van de rositas, en pactos con el MINISTERIO
FISCAL.
Tengo
presente el caso de un padre de familia portugués, que estuvo más de tres años
en prisión, en Burgos y en Monterroso (Lugo), hasta el último día, con la
intención de seguir en este país, pues el Ministerio del Interior, que
con tanta manga ancha libera a un convicto con cuatro años de prisión, a los
pocos días de pisar suelo español, ha exigido la expulsión de España por varios
años de este ciudadano portugués. ¿ Su peligrosidad ?. La mujer denunciante, de
un país hispano americano, a pesar de una orden de protección, reconoció
judicialmente que todos los días estaba con él. En una nueva denuncia, reconoce
que fue a la Comisaría a denunciar, y no había nadie especializado para
atenderla, y tenía tanto miedo a este hombre portugués que se fue al domicilio
del mismo. Señores, ¿ esto es lo que nos obligan a pagar con nuestros impuestos
?. ¿ No fue este hombre rehabilitado con tanto tiempo en prisión ?. ¿
Falló el sistema penitenciario español ?. Los gastos fueron enormes, para los
viejecitos a los que se les obliga a pagar un euro por receta.
Ante
los gravísimos problemas de este país habrá más de uno que piense que eso de
las penas de prisión son, principalmente, para los que roban refrescos en los
supermercados, pero no para políticos y otros que reconocen meter la mano en
fondos ajenos. Tampoco para los que han dirigido entidades financieras
que han dejado agujeros profundos que suponen millones y millones de euro a
euro por receta médica, a ancianos con pensión precaria, muchos de los cuales
pasan el balón de las responsabilidades al vecino. Yo no sabía nada, me fiaba
de otros, pero buenos dineros que recibían y que no devuelven. Miles y miles de
empleados están pagando sus irresponsabilidades, perdiendo su puesto de
trabajo. Miles de ahorradores salen a manifestarse por los productos
financieros que les vendieron, que si les responsabilizaban de la gestión de
esos señores que dicen no saber qué es lo que pasaba por sus manos. Directivos
que se han llevado millones en la mochila, pero han dejado sus entidades
en la ruina.
Ante
este panorama, el firmante de este escrito, solicita de todos Uds., de los
partidos firmantes de la ley por la cual esas 2.031 personas vieron su
libertad perdida, quizá su trabajo perdido, quizá la relación con
sus hijos interrumpida, que transmitan a los Ministerios de Justicia y
del Interior petición de que se les concedan indemnizaciones por sus días
privados de libertad, y por sus trabajos perdidos.
Propongo
que transmitan a dichos ministerios las siguientes peticiones de
indemnizaciones.
Primero.-
Por cada día privados de libertad DOSCIENTOS EUROS.
Segundo.-
Por posible trabajo perdido TREINTA MIL EUROS.
Es
en base al trato discriminatorio que han podido sufrir respecto a políticos de
todo género y partido, que con penas similares no entran en prisión, o que con
largas condenas apenas pisan suelo español, entran por una puerta y salen por
otra de prisión, o alguna mujer que por el homicidio de su marido tampoco entra
en prisión, por lo que se piden estas indemnizaciones, que espero transmitan al
actual gobierno del estado, y ministerios citados, para que los paguen de
sus presupuestos.
Esperando
informen del resultado de esta petición, hecha al amparo de la ley,
atentamente.
Jesús
AYALA CARCEDO, de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE
BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.
P.D.-
Aunque ya lo saben Uds., parece que hay muchas mujeres no informadas que desde
el año 1.981 ninguna mujer (u hombre) necesita pedir permiso a juez alguno para
dejar de convivir con el hombre (o mujer) al que luego le acusan de años de
maltratos. Asimismo, desde el año 2.005, ningún hombre o mujer, a partir de los
tres meses de contraído matrimonio, tiene que justificar una petición de
divorcio.
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