§ En 2011, 475 personas fallecieron en
España en accidentes de tráfico en los que la velocidad fue uno de los factores
causantes
§ La OMS y la UE abogan por realizar controles de
velocidad para reducir los accidentes de tráfico
§ “Las
prisas te hacen cometer errores pero conduciendo no hay segundas oportunidades”
era el eslogan
elegido para esta campaña
§ Han colaborado las Policías
Locales de Adra, Almería, El Ejido y Níjar.
LAEDICION.NET.-.- Los datos de
siniestralidad anuales de nuestro país, nos dicen que en 2011(último año del
que se dispone de datos cerrados) 475 personas fallecieron en accidentes de
tráfico en los que la velocidad fue uno de los factores concurrentes, por ello
la Dirección General de Tráfico realizó del 8 al 14 de abril una nueva campaña
de vigilancia y control de la velocidad.
Durante
esta semana se ha incrementado la vigilancia, también en las carreteras
convencionales, que es donde tienen lugar el 70% de los accidentes con
víctimas.
A la
vigilancia en carretera se sumó la emisión de cuatro cuñas radiofónicas sobre
la necesidad de cumplir los límites de velocidad.
La
distancia de detención, la reducción del campo de visión y los límites en las
carreteras secundarias y principales son algunos de los mensajes que se querían
transmitir.
“Las prisas te hacen cometer errores pero
conduciendo no hay segundas oportunidades” es el eslogan elegido para esta
campaña.

“El control de la velocidad es un instrumento importante
para reducir la siniestralidad y los traumatismos por accidentes de tránsito,
sobre todo entre los peatones, ciclistas y motociclistas. Esta es una de las conclusiones que obtiene la
Organización Mundial de la Salud en su Informe
sobre la situación mundial de la seguridad vial .
Asimismo,
la Unión Europea, en su Vademecum
de Seguridad Vial 2011-2012 estima que el exceso de velocidad es un factor
clave en la producción de los accidentes de tráfico, llegando al 30% en el caso
de los accidentes mortales. Además, el estudio SARTRE 3 financiado por la
UE
sobre comportamientos y actitudes
sociales, estima que el 25% de todos ciudadanos de la
UE
admiten superar los límites de velocidad en las autopistas y autovías y el
13% en las carreteras convencionales.
DATOS DE LA CAMPAÑA EN CARRETERA
Controles
realizados por la Agrupación de Tráfico de la
Guardia Civil en Almería
CARRETERA:
Vehículos
controlados: 9.748
Denunciados:
196
TRAVESÍAS:
Vehículos
controlados: 980
Denunciados:
31
AUTOVÍA:
Vehículos
controlados: 15.246
Denunciados:
241
RESULTADOS
TOTALES
Vehículos
controlados: 25.974
Denunciados:
468
¿QUÉ SABEMOS DE LA
VELOCIDAD?
Pese
a que la percepción entre los ciudadanos de que la velocidad es un factor
importante en la producción de accidentes y en la lesividad de los mismos,
muchos conductores siguen conduciendo a velocidades superiores a las permitidas.
A
continuación se enumeran varias razones para cumplir los límites de velocidad:
·
Un aumento del 5% en la velocidad provoca
aproximadamente un incremento del 10% en los accidentes que causan traumatismos
y del 20% en los accidentes con víctimas mortales.
·
A partir de 80
Km/h es prácticamente imposible que un peatón salve la vida en un
atropello. A una velocidad de 30km/h, el riesgo de muerte del peatón se reduce
a 10%.
·
Llevar una velocidad adecuada podría evitar una
cuarta parte de los muertos en accidente de tráfico.
·
A 120
km/h se necesita una distancia superior a un campo de futbol para
detener el vehículo que conducimos. Esta distancia no solo depende del
vehículo, si no de las condiciones psicofísicas del conductor.
·
El exceso de velocidad no solo incide en la
seguridad vial, también tiene una influencia negativa sobre el medio ambiente,
la calidad de vida y el consumo de combustible.
NORMATIVA
La ley de Seguridad Vial y
el Reglamento General de Circulación fijan la normativa aplicable a los límites
genéricos y específicos de velocidad, velocidad en adelantamiento y distancia
entre vehículos.
El incumplimiento de estas
normas está tipificado como infracción grave o muy grave, sancionadas con
multas de 100 a 600 euros.
En
lo que al Permiso por Puntos se refiere, la Ley contempla la pérdida de entre 2
y 6 puntos por este tipo de infracción dependiendo del exceso de velocidad.
Además,
el artículo 379 del Código Penal, tipifica como delito “el que condujere
un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en sesenta kilómetros
por hora en vía urbana o en ochenta kilómetros por hora en vía interurbana a la
permitida reglamentariamente, será castigado con la pena de prisión de tres a
seis meses o a la de multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la
comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, a la de
privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo
superior a uno y hasta cuatro años”.
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