miércoles, 1 de mayo de 2013

Adhesión del Ayuntamiento de Pechina al Fondo Social de Viviendas de la FEMP





LAEDICION.NET.-El ayuntamiento de Pechina solicitará adherirse al Convenio para la creación del Fondo Social de Viviendas de la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), según el acuerdo alcanzado por la corporación local en la sesión de Pleno Ordinario celebrado el pasado jueves 25 de abril, a propuesta del equipo de gobierno local.
Ante el serio problema de los desahucios, la FEMP manifestó al Gobierno su decisión a buscar soluciones para paliar los efectos de los desalojos, y en respuesta a esta creciente demanda, la Junta de Gobierno de la federación, acordó suscribir el Convenio para el Fondo Social de Viviendas para Afectados por Desahucios, junto con el Ministerio de Economía y Competitividad, el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, el Ministerio de Fomento, el Banco de España, entidades financieras y la Plataforma del tercer Sector.
Los fondos sociales de viviendas constituidos en cada entidad de crédito se destinarán exclusivamente a aquellas familias cuyo desalojo se haya producido como consecuencia de una demanda de ejecución iniciada por la misma entidad de crédito que constituye el fondo social de viviendas. Podrán ser arrendatarios de los contratos de alquiler de las viviendas incluidas en el fondo social las personas físicas que hayan sido desalojadas de su vivienda habitual y cumplan una serie de requisitos, como: la citada coincidencia de la entidad de crédito, que el desalojo se haya producido a partir del día 1 de enero de 2008 o que se den una serie de circunstancias de especial vulnerabilidad. Contrato de arrendamiento
La renta del arrendamiento estará comprendida entre los 150 y los 400 euros al mes, con un límite máximo del 30% de los ingresos netos totales de la unidad familiar. Los gastos del inmueble, incluyendo tributos y obras de reparación, serán de cuenta del propietario, con excepción de los gastos por suministro (electricidad, agua, gas o teléfono). La Duración del contrato de arrendamiento será de dos años, no obstante el contrato se prorrogará un año más salvo que la entidad arrendadora, tras una reevaluación de los requisitos de elegibilidad, concluya que estos yo no se cumplen, en cuyo caso deberá notificar a los beneficiarios y a la comisión de coordinación y seguimiento la extinción del contrato, al menos con un mes de antelación al vencimiento del plazo de dos años. Por último, el arrendatario se obligará a destinar el inmueble a su vivienda habitual y a conservarlo en las mismas condiciones de uso y habitabilidad en el que se encontraba en el momento de su entrega.
Procedimiento de asignación de viviendas
Las solicitudes de viviendas por los beneficiarios se dirigirán a la entidad de crédito titular del préstamo hipotecario cuyo impago haya originado el desalojo de la vivienda habitual del solicitante. Las solicitudes admitidas serán valoradas por las entidades al objeto de priorizar aquellas que presenten una mayor necesidad o riesgo social, ponderando: el riesgo de exclusión social, número de hijos menores de tres años y menores de edad, así como de personas con discapacidad, dependencia, situación de desempleo y que hayan agotado sus prestaciones sociales, presencia de víctimas de violencia de género, disponibilidad de viviendas adecuadas en el municipio de residencia de los solicitantes y otros análogos.
Los Servicios Sociales Comunitarios de la Excma. Diputación, asignados al  Ayuntamiento de Pechina, facilitarán, previa solicitud de la entidad financiera, los informes de las familias solicitantes, y además asesorarán a los vecinos del municipio sobre el procedimiento de solicitud.

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