lunes, 16 de junio de 2008

Absuelto al acusado de abusar de una niña de cinco años en Los Llanos de Vícar

El magistrado, Benito Gálvez, asegura en su sentencia que no existen pruebas para establecer la autoría de los hechos

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Almería absolvió a un hombre identificado como R. H. de 31 años de edad y natural de Marruecos, del delito de agresión sexual que le imputaba el Ministerio Fiscal por realizar presuntamente tocamientos en la vagina a una niña de cinco años, natural de Guinea Bissau, tras unos contenedores ubicados en un descampado cercano al boulevar de Los Llanos de Vícar.
En la sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, el magistrado Benito Gálvez consideró como hechos probados que sobre las 14:00 horas del 18 de enero de 2006 la menor, que volvía sola desde el colegio a su casa, fue abordada en las proximidades de las obras del boulevar de Vícar por un hombre que le impidió que siguiera su camino para satisfacer sus deseos libidinosos y le realizó tocamientos que causaron un enrojecimiento vaginal.
Sin embargo, el juez no consideró acreditado que el hecho fuera realizado por el procesado, que vivía con su mujer, embarazada de ocho meses, y trabajaba como oficial en una empresa de construcción que acometía obras en el boulevar vicario, un lugar donde faenaban muchos varones de origen marroquí.
El juez indicó la verosimilitud de la declaración de la víctima, tal como además confirmaron los informes forenses, que señalaron enrojecimiento vaginal, y los de las psicólogas, que calificaron como «probablemente creíble» el testimonio de la menor, pero, a pesar de aceptar el hecho, señaló que la sospecha de que el acusado fue el autor de los hechos no es elemento suficiente para enervar la presunción de inocencia.
En este sentido, precisó que la identificación del agresor, que no se llevó a cabo por la pequeña sino por su hermana mayor, carece de las garantías necesarias para afirmar que él fue el autor. En sus conclusiones el Ministerio Fiscal pidió para el enjuiciado una condena de 12 años por un delito de agresión sexual.
La defensa pidió la libre absolución de su representado, que negó en todo momento su intervención en los hechos, y que declaró que el 18 de enero de 2006, en su hora de comida, acudió junto a un compañero a comprar a una tienda situada a unos 40 metros de la obra donde trabajaban y que era visible por el resto de trabajadores, algo que fue corroborado sin duda por dichos compañeros durante la vista oral.

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