miércoles, 3 de septiembre de 2008

El Ayuntamiento de Níjar publica en el BOJA la moción que altera sus límites con Almería

El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de hoy, 3 de septiembre de 2008 hace público el acuerdo adoptado por el pleno del Ayuntamiento de Níjar para cambiar la línea límite divisoria entre su término municipal y el deAlmería , como una iniciativa conjunta de ambos Consistorios, que afecta a Ruescas, Pujaire y La Fabriquilla.

TEXTO

Anuncio de 1 de agosto de 2008, del Ayuntamiento de Níjar, sobre alteración de la línea límite divisoria de los términos municipales de Níjar y Almería . (PP. 3153/2008).


Don Antonio Jesús Rodríguez Segura, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Níjar (Almería).

Hace saber: Que el Pleno de la Corporación municipal, en sesión celebrada con carácter ordinario con fecha de 4 de julio de 2008, acordó iniciar el procedimiento de modificación, por alteración, de la línea límite divisoria entre los términos municipales de Níjar y Almería, en el ámbito de las Barriadas de Ruescas, Pujaire y La Fabriquilla, y que literalmente dice así:

«10.1. Moción de la Alcaldía sobre alteración de la línea límite divisoria de los términos municipales de Níjar y Almería, en el ámbito de las Barriadas de Ruescas, Pujaire y La Fabriquilla.

Apreciada la urgencia del presente asunto por mayoría de 11 votos a favor (Grupo Popular), y 10 abstenciones (Grupos Socialista y Andalucista), se da cuenta a los reunidos de la siguiente moción de la Alcaldía, que literalmente dice así:

"MOCIÓN DE LA ALCALDÍA SOBRE ALTERACIÓN DE LA LÍNEA LÍMITE DIVISORIA DE LOS TÉRMINOS MUNICIPALES DE NÍJAR Y ALMERÍA, EN EL ÁMBITO DE LAS BARRIADAS DE RUESCAS, PUJAIRE Y LA FABRIQUILLA

Por iniciativa conjunta entre los municipios de Níjar y Almería, ambos de la provincia de Almería, se ha dispuesto la iniciación de los trámites conducentes para la modificación, por alteración, de la línea límite divisoria entre ambos términos municipales, en determinados puntos concretados en los hitos M-14 (Ruescas), M-15 (Pujaire) y M-16 (La Fabriquilla), modificación que no comporta la creación de nuevos municipios ni supresión de los existentes, y que se plasmaría mediante la segregación de terrenos tanto del municipio de Níjar como del municipio de Almería, para su agregación al del otro municipio, respectivamente.

De conformidad con lo establecido en los artículos 10 de la Ley 7/1993, de Demarcación Municipal de Andalucía , y 20 del Reglamento de dicha Ley, de fecha 30 de agosto de 2005, la modificación se justifica en la concurrencia de circunstancias de orden geográfico, económico y administrativo que facilitarían la prestación de servicios obligatorios por ambas entidades locales, sobre todo, al compartir sus términos municipales los núcleos de población de Ruescas, Pujaire y La Fabriquilla, garantizándose la prestación de dichos servicios con la nueva delimitación, y por la necesidad de corregir ciertas anomalías en la prestación de servicios locales a dichos núcleos de población, en concreto, abastecimiento de agua, recogida de residuos y otorgamiento de licencias urbanísticas, no comportando ello perjuicio alguno a ninguno de los municipios afectados.

Al presente expediente se aplicará el procedimiento detallado en los artículos 22 a 39 del Reglamento de la Ley de Demarcación Municipal de Andalucía citado, debiéndose dar cumplimiento, en este momento, a lo establecido en el artículo 24 relativo a la adopción de acuerdo plenario para iniciación del procedimiento, a iniciativa conjunta de ambos municipios.

Por lo expuesto, se eleva al Pleno de la Corporación Municipal la siguiente propuesta de acuerdo que, de conformidad con el informe emitido por la Secretaría General del Pleno, deberá ser adoptado con el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación:

Primero. Iniciar procedimiento de modificación, por alteración, de la línea límite divisoria entre los términos municipales de Níjar y Almería, ambos de la provincia de Almería, en determinados puntos concretados en los hitos M-14 (Ruescas), M-15 (Pujaire) y M-16 (La Fabriquilla), mediante la segregación de terrenos tanto del municipio de Níjar como del municipio de Almería, para su agregación al del otro municipio, respectivamente, conforme a la propuesta gráfica plasmada en la cartografía a escalas 1:30.000 y 1:5.000 obrante al expediente.

Segundo. Designar a los concejales de la Corporación don Antonio Jesús Rodríguez Segura, don Rafael Salvador Montoya, doña Esperanza Pérez Felices y don Manuel López Soto, asistidos del Secretario General de la Corporación don Pablo Reina Barranco y del Ingeniero de la Oficina Técnica Municipal don Federico Miguel García González, para integrar, en representación de este Ayuntamiento, la comisión mixta Ayuntamiento de Níjar-Ayuntamiento de Almería que intente llegar a una unificación de pareceres sobre todos aquellos aspectos que deban quedar resueltos en el expediente, y para integrar el expediente con la documentación a que hace referencia el artículo 14 de la Ley 7/1993 citada.

Tercero. Proceder a la publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, para general conocimiento, y notificarlo al Excmo. Ayuntamiento de Almería, a la Excma. Diputación Provincial de Almería y a la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Almería.

Cuarto. Integrado el expediente por la Comisión Mixta referenciada, someter el mismo a ratificación por el Pleno de la Corporación Municipal, para su remisión a la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía, a los efectos legales oportunos."

Tras el debate del asunto, y sometido el mismo a votación, los reunidos, por mayoría de 11 votos a favor (Grupo Popular), 8 votos en contra (Grupo Socialista) y 2 abstenciones (Grupo Andalucista), lo que representa la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, acordaron la aprobación de la moción de que se ha dado cuenta, en todos sus términos.»

Lo que se publica para general conocimiento y efectos, de conformidad con lo previsto en el artículo 24.1 del Decreto 185/2005, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Demarcación Municipal de Andalucía, significando que el presente acuerdo no agota la vía administrativa, por tratarse de un acto de trámite, y contra la misma no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 107.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero.

Níjar, 1 de agosto de 2008.- El Alcalde-Presidente, Antonio Jesús Rodríguez Segura.

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