El organismo está adscrito al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
El Patronato es presidido por Su Majestad el Rey
También tuvo irregularidades en las normas internas de la Entidad para la contratación de personal
LAEDICION.NET.-D.M.-El Instituto Cervantes es un organismo creado por la Ley 7/1991, de 21 de marzo, bajo la forma de Ente de Derecho público sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia y capacidad de obrar, que debe ajustar sus actividades al ordenamiento jurídico privado. Por ello está adscrito al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, través de la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional.
Este órgano que divulga el español en el mundo está plagado de irregularidades, económicas como y de personal.
Irregularidades económicas y de personal
La Entidad dispone de un manual de procedimientos para la sede y otro para los centros, pero es destacable la ausencia de norma de gestión sobre la actividad cultural, especialmente en su vertiente económica. Las comprobaciones efectuadas sobre el cumplimiento de las normas han demostrado una serie de irregularidades.
En relación a las normas internas presupuestarias y de gestión de inventarios, se produjo el incumplimiento por parte de algunos centros de los plazos para remitir la documentación prevista tanto en la Instrucción 3/08 de la Secretaría General, como en la norma interna de envío de la información contable a la sede, lo que ha contribuido al retraso en la formulación de las cuentas anuales del Instituto. Además, la fecha límite para solicitar la tramitación de modificaciones presupuestarias de carácter interno se sobrepasó en el 18% de los expedientes. En lo relativo a la gestión del inventario, seis centros no registraron todos sus bienes de mobiliario y equipamiento audiovisual.
Por lo que se refiere a la normativa interna aplicable a la gestión de personal, cabe destacar el incumplimiento de la misma en cuatro centros, al reconocerse complementos de coordinación a pesar de estar los correspondientes puestos de trabajo vacantes dotados presupuestariamente. Por otra parte, los centros cuentan con profesores colaboradores contratados según la legislación de cada país, sin que el procedimiento general de su contratación y régimen esté recogido en las normas internas de la Entidad, salvo en una circular de la Dirección Académica de 2005, en la que se estableció la titulación necesaria para acceder a tal condición.
La normativa interna sobre la gestión de la tesorería no preveía la realización de anticipos de caja, pese a lo cual en siete centros se efectuaban a sus profesores colaboradores. Por otra parte, al menos 16 centros dispusieron de un número de cuentas bancarias superior al previsto en la citada norma durante la mayor parte del ejercicio 2008.
Según la norma interna sobre fijación de precios de la actividad docente, los criterios de concesión de matrículas gratuitas de los cursos deben estar documentados internamente mediante resolución del director del centro, pese a lo cual 23 no disponían de ellas en el ejercicio fiscalizado. Por otra parte, la mayoría de los centros aceptaba pagos fraccionados de las matrículas de los cursos, sin que 31 de ellos contaran con un procedimiento escrito, del que se carecía igualmente para las posibles devoluciones de matrículas y comisiones cobradas por anulación en al menos 17 centros
Mal ejemplo para sus órganos rectores
Todo esto, mientras que el organismo dirigido por Carmen Caffarel tiene que dar cuentas a unos órganos rectores en la que están las más altas autoridades del país.
Así, sus órganos rectores son: el Patronato, el Consejo de Administración y el Director. El Patronato, cuyo Presidente de Honor es Su Majestad el Rey y su Presidente ejecutivo el Presidente del Gobierno, está formado, además, por Vocales natos y por Vocales electos (designados por el Gobierno entre representantes de la cultura española e hispanoamericana) y por el Secretario General del Instituto, que lo es también del Patronato, con voz y sin voto. El Consejo de Administración está formado por el Secretario de Estado para la Cooperación Internacional, que es su Presidente, tres Vicepresidentes y seis Vocales, además del Director del Instituto y del Secretario General del mismo que actúa como secretario del Consejo, con voz pero sin voto.
Un gran motivo más para gestionar bien la entidad.
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