miércoles, 8 de junio de 2011

Desatino autonómico: La Consejería de Salud andaluza multa a un abogado de Madrid por las condiciones legales de su web

Entre los motivos, no indicar el idioma en el que se redactan sus contratos
Le exigen el pago de 8.500 euros
A la Junta de Andalucía parece resultarle suficiente con que una página de internet sea accesible desde dicha región española para que la empresa propietaria de dicho sitio web deba someterse a su legislación. Esto es al menos lo que se desprende del sorprendente expediente sancionador que ha abierto contra el despacho jurídico iAbogado, con sede social en la Comunidad de Madrid (donde concentra la mayor parte de su actividad comercial).
www.laedicion.net.-Daniella Montenegro La delegación en Cádiz de la Consejería de Salud de Andalucía ha decidido imponer a dicho despacho de abogados una multa de 8.500 euros por dos faltas de "incumplimiento de información de prestación de servicio" y otra de "introducir cláusulas abusivas en los contratos" en las condiciones legales del sitio web iAbogado.com. A pesar de que se trata de una empresa madrileña, la Junta de Andalucía le sanciona en virtud de la Ley de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía.
En el escrito donde se comunica al despacho la apertura del expediente sancionador, firmado por el delegado provincial de Salud, Hipólito García Rodríguez, se le informa de los motivos por los que se le sanciona. Estos son: no indicar la lengua en la que se formalizará el contrato con los clientes y no informar si se va a archivar el documento electrónico en el que se formalice el contrato y si éste va a ser accesible. La sanción total por ambas faltas leves es de 1.000 euros. Se le impone otra de 7.500 "establecer como cláusula abusiva la previsión de pactos de sumisión expresa a Juez o Tribunal distinto del que corresponda al domicilio del consumidor y usuario, o al lugar de cumplimiento de la obligación".
El director de iAbogado, Javier Muñoz, explica sobre este último punto en su blog -El implacable D. Hipólito vs. la internet española-que aunque en las condiciones de uso se dice que en caso de conflicto los tribunales competentes serían los de Madrid (donde presta sus servicios):
Cuando un cliente que nos ha conocido a través de Internet nos encomienda algún servicio jurídico, la relación profesional pasa el online al offline; es decir, que prestamos nuestro servicio al amparo de una hoja de encargo profesional en la que se establecen unas estipulaciones sobre honorarios, plazos, etc. que son fruto de una negociación libre, voluntaria e independiente entre iguales, abogado y cliente, sin que intervenga ningún tercero, y mucho menos las autoridades sanitarias (¡!) de Cádiz (¡!¡!).
Sobre la sanción por la cuestión del idioma, ironiza:
¿Cómo no se me ocurrió indicar, al redactar las condiciones legales en castellano, que el idioma aplicable era el castellano, mediante un aviso - supongo - en castellano? Cuando leen un texto en castellano, los consumidores gaditanos han de ser advertidos de antemano acerca de ese extremo, no sea que realmente se encuentren ante una redacción en estonio o en tagalo sin advertirlo.
Como explica Muñoz, el sorprendente expediente sancionador se ha abierto de oficio:
Sin denuncia previa de consumidor alguno, y sin que exista daño ni perjuicio para nadie salvo para el magín de don Hipólito García Rodríguez, el Delegado Provincial de Salud en Cádiz que firma la carta de marras.

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