El acusado deberá indemnizar a la mujer de la víctima y a sus
hijos con 154.200 euros
EFE / AlmeríaLa Audiencia Provincial
de Almería ha condenado a diez años de prisión a un hombre de 43 años por matar
a otro a navajazos en una discusión a las puertas de la vivienda de la víctima,
el 28 de julio del 2007 en la barriada de San Agustín de El Ejido.
La sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia, a la que ha tenido acceso Efe, también condena al acusado, F.R.S.P. y natural de Guadix (Granada), al pago de una indemnización de 108.847 euros a la esposa de la víctima y de 45.353 euros a cada uno de sus dos hijos menores.
La Audiencia Provincial ha dictado el fallo después de que un jurado popular declarara por unanimidad al acusado culpable de un delito de homicidio. La sentencia impone al acusado la pena más baja prevista para un delito de homicidio al reconocer la atenuante de dilaciones indebidas, a pesar de que el jurado se pronunció en contra.
El acusado, que estuvo en prisión por esta causa desde el 31 de julio del 2007 hasta el 9 de junio del 2011, ya fue condenado por estos hechos en el 2010 a una pena de 12 años de prisión por un tribunal profesional, si bien el Tribunal Supremo anuló la sentencia al considerar que debía ser juzgado por un jurado popular.
La nueva sentencia señala que el acusado acudió al domicilio de la víctima, S.B.R., de 37 años, sobre las 22.30 horas del 28 de julio del 2008 y tras mantener una discusión en el exterior de la vivienda le asestó, "con intención de ocasionarle la muerte, diversos navajazos en el tórax y en las extremidades superiores" con una navaja de once centímetros de hoja.
Las lesiones sufridas causaron la muerte de la víctima por choque hipovolémico a las 22:45 horas.
El jurado no apreció alevosía, y por tanto rechazó calificar los hechos de asesinato, como defendió la acusación particular, que pedía una pena de 20 años de prisión. Los miembros del jurado entendieron por unanimidad que no quedó acreditado el "ataque súbito e inopinado del acusado a la víctima que eliminara toda defensa", y señaló además que hubo una discusión previa.
Para establecer la autoría del acusado, el jurado se refirió al testimonio directo del hermano de la víctima y "testigo de excepción, cuyas declaraciones fueron definitivas para el jurado", quien relató que, tras oír "pisadas grandes y carreras por el exterior de la casa", salió y vio a su hermano "apuñalado y al acusado con una navaja en la mano". El acusado, si bien negó ser el autor de la muerte, admitió que había mantenido una pelea con la víctima y que después su hermano le persiguió y llegó a agredirle.
Asimismo, tras el crimen, la Guardia Civil halló en la vivienda del acusado el arma homicida.
La sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia, a la que ha tenido acceso Efe, también condena al acusado, F.R.S.P. y natural de Guadix (Granada), al pago de una indemnización de 108.847 euros a la esposa de la víctima y de 45.353 euros a cada uno de sus dos hijos menores.
La Audiencia Provincial ha dictado el fallo después de que un jurado popular declarara por unanimidad al acusado culpable de un delito de homicidio. La sentencia impone al acusado la pena más baja prevista para un delito de homicidio al reconocer la atenuante de dilaciones indebidas, a pesar de que el jurado se pronunció en contra.
El acusado, que estuvo en prisión por esta causa desde el 31 de julio del 2007 hasta el 9 de junio del 2011, ya fue condenado por estos hechos en el 2010 a una pena de 12 años de prisión por un tribunal profesional, si bien el Tribunal Supremo anuló la sentencia al considerar que debía ser juzgado por un jurado popular.
La nueva sentencia señala que el acusado acudió al domicilio de la víctima, S.B.R., de 37 años, sobre las 22.30 horas del 28 de julio del 2008 y tras mantener una discusión en el exterior de la vivienda le asestó, "con intención de ocasionarle la muerte, diversos navajazos en el tórax y en las extremidades superiores" con una navaja de once centímetros de hoja.
Las lesiones sufridas causaron la muerte de la víctima por choque hipovolémico a las 22:45 horas.
El jurado no apreció alevosía, y por tanto rechazó calificar los hechos de asesinato, como defendió la acusación particular, que pedía una pena de 20 años de prisión. Los miembros del jurado entendieron por unanimidad que no quedó acreditado el "ataque súbito e inopinado del acusado a la víctima que eliminara toda defensa", y señaló además que hubo una discusión previa.
Para establecer la autoría del acusado, el jurado se refirió al testimonio directo del hermano de la víctima y "testigo de excepción, cuyas declaraciones fueron definitivas para el jurado", quien relató que, tras oír "pisadas grandes y carreras por el exterior de la casa", salió y vio a su hermano "apuñalado y al acusado con una navaja en la mano". El acusado, si bien negó ser el autor de la muerte, admitió que había mantenido una pelea con la víctima y que después su hermano le persiguió y llegó a agredirle.
Asimismo, tras el crimen, la Guardia Civil halló en la vivienda del acusado el arma homicida.
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