Lleva desde 1999 “ilocalible” para el pago de algunos impuestos y de multas de tráfico en varias ciudades
LAEDICION.NET.-:/ Redacción.-El Ayuntamiento de Almería ha ordenado
el embargo de las cuentas del vicerrector de la Universidad de Almería José
Guerrero, según se desprende de lo publicado en el Boletín Oficial de la
Provincia (BOP) del pasado día 20 de septiembre. Para que esta doble orden de
embargo de sus cuentas acabe siendo de dominio público, tienen que haberse la
circunstancia de que el deudor resulte ser “ilocalizable” para la
Administración tributaria, y que obviamente no haya pagado.
Pero esta situación no es nueva para el número dos de la UAL, ya que arrastra un largo rosario de notificaciones vía BOP porque a pesar de cobrar de una administración pública, no es posible localizarle para que pague sus numerosas multas.
Así, la lista comienza 1999, en el que no hay forma de localizarle para el pago de una multa de 45.000 pesetas por una infracción cometida el 21 de octubre, y sale en el BOP el 5 de abril de 2000.
El 5 de marzo de 2007 tiene en un mismo número del BOP, dos notificaciones de apremio en la que le advierten que si no paga será inmediatamente embargado, recordando que usan esa vía de comunicación al no poder ser localizado por la administración correspondiente, en este caso el Ayuntamiento de Almería.
En el BOP del 23 de diciembre aparece el expediente 52759/2008 multándole a las 16:31 horas del 29 de octubre de ese año por aparcar en la explanada del Club de Mar, y el 30 de diciembre vuelve a aparecer con el expediente 39622/2008 por aparcar en el Paseo de Almería a las doce del mediodía el día 4 de julio de 2008.
En ambos casos, se vuelve a incidir que el vicerrector es “ilocalizable” como también lo señala un edicto de la alcaldía de Almería en el que con el expediente 54744/2009, se le notifica otra multa más correspondiente al 6 de agosto de 2009 a las 10:11 horas en el Paseo de Almería. Las tres multas mencionadas son de 150 euros cada una.
El 5 de enero de 2009, el BOP recoge dos nuevos avisos a Guerrero de que tiene multas impagadas, pero que no es posible dar con su paradero. Se trata del expediente 44082/2008 por una infracción del 5 de agosto de 2008 a las 10:05 horas en la Carretera de Ronda sancionada con 90 euros, y otra multa más del 12 de noviembre de ese año a las 08:52 horas en la calle Fuente del Olvido de 150 euros, con el número de registro 53924/2008.
Pero las multas le vienen hasta de Cáceres, donde también es buscado para que pague 90 euros por una infracción cometida en 2008, y que con el expediente 2503001 es publicada al menos en dos ocasiones -febrero y agosto- en el BOP de esa provincia, nuevamente ante la imposibilidad de dar con él.
También es reclamado por el Ayuntamiento de Roquetas de Mar, localidad en la que reside, que el 21 de diciembre publica en el BOP que “no habiendo podido notificar los débitos a los deudores incluidos en la presente relación de descubiertos, así como no haber persona que los represente en esta localidad” recoge el nombre del vicerrector como moroso del Impuesto de Bienes Inmuebles y del Impuesto de Vehículos de Transporte a Motor; ahí se le advierte que si no paga en quince días será embargado inmediatamente.
El 15 de febrero de 2011 el vicerrector vuelve a ser “noticia” en el BOP, donde con similares argumentos - “ilocalizable”- se publican los expedientes 7922892 por una multa en Roquetas de Mar del 4 de febrero de 2009 por valor de 150 euros y que le costó 3 puntos del carnet de conducir (algo que probablemente Guerrero desconozca dada la situación), y otro, el 79226646 por una sanción el 28 de agosto de 2009 por 95 euros.
El 25071/2011 es otro expediente del Ayuntamiento de Almería hecho público mediante edicto, con multa de 90 euros por una infracción cometida el 5 de abril de 2011 a las 18:35 horas, y del mismo modo, y por la misma razón, se notifica al “ilocalizable” vicerrector otra sanción de 90 euros por una infracción cometida el 3 de marzo de 2011 a las 16:50 horas, con el número de registro 16984/2011.
Como el resto de deudores incluidos en la relación publicada en el BOP del día 20, Guerrero o su representantes debidamente acreditados deberán comparecer antes del viernes 5 de octubre en la Dependencia de Recaudación del Ayuntamiento de Almería, al objeto de que se practique la notificación pendiente del doble expediente sancionador número 2010EXP11013871, el cual no coincide con ninguno de los anteriormente reseñaldos.
Si esa comparecencia no se produce, se entenderán notificados a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo para comparecer.
Contra los actos de aplicación y efectividad de los tributos y restantes ingresos de derecho público de las entidades locales, sólo podrá interponerse recurso de reposición ante el órgano competente en el plazo de un mes contado a
partir del día siguiente en que tenga efectividad la notificación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
El vicerrector aún tiene una semana para saldar sus cuentas con el Ayuntamiento de Almería y evitar el embargo anunciado.
Pero esta situación no es nueva para el número dos de la UAL, ya que arrastra un largo rosario de notificaciones vía BOP porque a pesar de cobrar de una administración pública, no es posible localizarle para que pague sus numerosas multas.
Así, la lista comienza 1999, en el que no hay forma de localizarle para el pago de una multa de 45.000 pesetas por una infracción cometida el 21 de octubre, y sale en el BOP el 5 de abril de 2000.
El 5 de marzo de 2007 tiene en un mismo número del BOP, dos notificaciones de apremio en la que le advierten que si no paga será inmediatamente embargado, recordando que usan esa vía de comunicación al no poder ser localizado por la administración correspondiente, en este caso el Ayuntamiento de Almería.
En el BOP del 23 de diciembre aparece el expediente 52759/2008 multándole a las 16:31 horas del 29 de octubre de ese año por aparcar en la explanada del Club de Mar, y el 30 de diciembre vuelve a aparecer con el expediente 39622/2008 por aparcar en el Paseo de Almería a las doce del mediodía el día 4 de julio de 2008.
En ambos casos, se vuelve a incidir que el vicerrector es “ilocalizable” como también lo señala un edicto de la alcaldía de Almería en el que con el expediente 54744/2009, se le notifica otra multa más correspondiente al 6 de agosto de 2009 a las 10:11 horas en el Paseo de Almería. Las tres multas mencionadas son de 150 euros cada una.
El 5 de enero de 2009, el BOP recoge dos nuevos avisos a Guerrero de que tiene multas impagadas, pero que no es posible dar con su paradero. Se trata del expediente 44082/2008 por una infracción del 5 de agosto de 2008 a las 10:05 horas en la Carretera de Ronda sancionada con 90 euros, y otra multa más del 12 de noviembre de ese año a las 08:52 horas en la calle Fuente del Olvido de 150 euros, con el número de registro 53924/2008.
Pero las multas le vienen hasta de Cáceres, donde también es buscado para que pague 90 euros por una infracción cometida en 2008, y que con el expediente 2503001 es publicada al menos en dos ocasiones -febrero y agosto- en el BOP de esa provincia, nuevamente ante la imposibilidad de dar con él.
También es reclamado por el Ayuntamiento de Roquetas de Mar, localidad en la que reside, que el 21 de diciembre publica en el BOP que “no habiendo podido notificar los débitos a los deudores incluidos en la presente relación de descubiertos, así como no haber persona que los represente en esta localidad” recoge el nombre del vicerrector como moroso del Impuesto de Bienes Inmuebles y del Impuesto de Vehículos de Transporte a Motor; ahí se le advierte que si no paga en quince días será embargado inmediatamente.
El 15 de febrero de 2011 el vicerrector vuelve a ser “noticia” en el BOP, donde con similares argumentos - “ilocalizable”- se publican los expedientes 7922892 por una multa en Roquetas de Mar del 4 de febrero de 2009 por valor de 150 euros y que le costó 3 puntos del carnet de conducir (algo que probablemente Guerrero desconozca dada la situación), y otro, el 79226646 por una sanción el 28 de agosto de 2009 por 95 euros.
El 25071/2011 es otro expediente del Ayuntamiento de Almería hecho público mediante edicto, con multa de 90 euros por una infracción cometida el 5 de abril de 2011 a las 18:35 horas, y del mismo modo, y por la misma razón, se notifica al “ilocalizable” vicerrector otra sanción de 90 euros por una infracción cometida el 3 de marzo de 2011 a las 16:50 horas, con el número de registro 16984/2011.
Como el resto de deudores incluidos en la relación publicada en el BOP del día 20, Guerrero o su representantes debidamente acreditados deberán comparecer antes del viernes 5 de octubre en la Dependencia de Recaudación del Ayuntamiento de Almería, al objeto de que se practique la notificación pendiente del doble expediente sancionador número 2010EXP11013871, el cual no coincide con ninguno de los anteriormente reseñaldos.
Si esa comparecencia no se produce, se entenderán notificados a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo para comparecer.
Contra los actos de aplicación y efectividad de los tributos y restantes ingresos de derecho público de las entidades locales, sólo podrá interponerse recurso de reposición ante el órgano competente en el plazo de un mes contado a
partir del día siguiente en que tenga efectividad la notificación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
El vicerrector aún tiene una semana para saldar sus cuentas con el Ayuntamiento de Almería y evitar el embargo anunciado.
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