viernes, 30 de abril de 2010
Las sedes judiciales conflictivas de la provincia se concentran en Roquetas de Mar
El TSJA considera como conflictivos a los tres primeros Juzgados de Primera Instancia e Instrucción del municipio
LAEDICION.NET.-- Los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción número 1, 2 y 3 de Roquetas de Mar no levantan cabeza. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) los designó como sedes conflictivas en 2008 y un año después, según aparece en la Memora presentada ayer por el TSJA, mantienen esta condición, siendo objeto de ‘una atención especial, por presentar una evolución negativa’.
El TSJA aclara que por regla general, es el elevado volumen de asuntos pendientes de resolver lo que motiva el inicio de la situación conflictiva. Es habitual que se produzca por la movilidad de la plantilla o en la falta de un juez titular que se haga cargo del Órgano judicial de manera continuada o prolongada en el tiempo. Otras causas, que en menor medida influyen, son la conflictividad de la zona, el elevado número de asuntos que cada año se registran o las deficiencias en la infraestructura personal y material.
‘No obstante, en la calificación de sede conflictiva concurren además otras causas que denotan una situación especial preocupante, y por tanto necesitada de unas medidas especiales, como es la defectuosa tramitación de los procedimientos, incumplimiento de los plazos procesales, numerosos escritos sin proveer, deficiencias en la llevanza de los libros de registro, falta de señalamiento de vistas, etc. Por regla general, una causa no suele venir aislada, el Órgano judicial que se califica como sede conflictiva suele presentar más de una irregularidad’, dice el TSJA en su Memoria.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 Roquetas de Mar
El Juzgado tenía registrados un total de 1.456 (1.107 civiles y 394 penales) asuntos no resueltos, resolvió 3.824 (1.050 civiles y 2.774 penales), dejó sin resolver 3.573 (562 civiles y 3.573 penales), y cerró el año con un total de 1.890 (1.595 civiles y 295 penales) asuntos pendientes.
La Comisión, en sesión de 13/11/07, a la vista del alarde nº 126/07, acordó la apertura de un seguimiento al referido Juzgado. El seguimiento fue registrado con el nº 85/07 y tiene como objeto el control trimestral de la evolución de los procedimientos civiles en trámite y en ejecución y mensual de los escritos pendientes de proveer en el orden jurisdiccional civil, medida ésta que fue cancelada por acuerdo de la Comisión de fecha 5 de febrero de 2008; continuando el mismo abierto respecto a la otra medida adoptada en su día.
Con fecha 19 de mayo de 2009 la Comisión a la vista de los informes relativos a la evolución de los procedimientos civiles en trámite y en ejecución, acordó recabar informe detallado del órgano, respecto de la anemia resolutoria que padecen las ejecutorias civiles tanto de la antigua como de la nueva LEC, expresando los motivos por los cuales se mantiene prácticamente fija la cifra de pendencia, sin que se hayan tomado las medidas estadísticas necesarias consistentes en archivar provisionalmente procedimientos que llevan paralizados más de un año.
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