viernes, 5 de abril de 2013

El juez ve 14 indicios por los que la infanta prestó su tratamiento, consentimiento, nombre y cargo






·  El juez aprecia indicios de cooperación o complicidad en la infanta.
·  Ante los indicios es lógico que la infanta preste declaración "al objeto de, si ese fuere el caso, se despeje cualquier duda", en el actual momento de la causa que describe como "la recta final de la instrucción".
LAEDICION.NET.-·  El juez cree que la infanta consintió que su parentesco con el rey fuera usado por Urdangarin. El auto del juez Castro que imputa a la infanta Cristina es todo un ejercicio de retórica jurídica. En un principio, el texto es una citación declarada de oficio por el juez sin petición de parte, y que no está apoyada por la Fiscalía. El juez razona en 19 folios los motivos por los que imputa a la hija del rey, pero en su primer argumento "conviene dejar bien claro que nada más lejos del ámbito de la presente resolución que emitir un juicio de probabilidad con pretensiones de permanencia sobre la responsabilidad que haya podido o no contraer Doña Cristina Federica de Borbón y Grecia en relación con las actividades realizadas por su marido, Don Ignacio Urdangarin Liebaert, que son objeto de investigación".
Estas son algunas de las claves del auto del juez:
  • ¿Qué se quiere esclarecer con su imputación?
    El auto señala que se ha interrogado a imputados y testigos "por la intervención que hubieran podido apreciar en Doña Cristina con ocasión de las distintas contrataciones públicas, el ejercicio de funciones ejecutivas reales como vocal de la junta directiva del instituto Nóos o en función de su participación al 50% en la entidad mercantil Aizoon S.L, de la que era secretaria". Pero deja claro que "el resultado que se ha obtenido ha sido tan escaso que no ha representado cambio alguno en las argumentaciones del auto de 5 de marzo de 2012, que rechazó entonces la imputación de la infanta. El juez aclara que llamarla a declarar en calidad de testigo no tiene utilidad, "ya que como miembro de la Familia Real estaría exenta".
  • ¿Por qué se la imputa ahora?
    El auto deja claro que todos los testigos han coincidido que la infanta "no asistía a reunión alguna de la junta directiva, nunca expresó su criterio sobre las contrataciones públicas y privadas de Nóos... tan aparentemente pasiva actitud era extrapolable al rol que desempeñaba en Aizoon, de la que era secretaria y partícipe junto a su marido". La pregunta que se formula el juez es "por qué si el cargo de vocal no era necesario la infanta fue nombrada para no ejercerlo".

    No despejar en la instrucción del caso la duda de si ella conocía la aplicación que hacía Urdangarin de su presencia como vocal en el Instituto Nóos y en la empresa Aizoon, sería "un cierre en falso en descrédito de la máxima de que la Justicia es igual para todos", explica Castro. Dejar que esa "incógnita se perpetúe" sería, además, una contradicción con la práctica cotidiana de los juzgados y tribunales.
  • "No se acaba de entender"
    Y es que la imputación pivota en que el juez no acaba de entender cómo Iñaki Urdangarin utilizó el nombre de la infanta Cristina para sus negocios sin que la hija del Rey diera su consentimiento, o ni siquiera lo supiera. Esa expresión, "no se acaba de entender", se repite en muchas ocasiones a lo largo del auto. 
  • Su parentesco con el Rey
    El juez también considera que pudo consentir que su parentesco con el Rey fuera utilizado por Iñaki Urdangarin y su socio, Diego Torres, en las actividades de Nóos, lo que podría constituir "un supuesto de cooperación necesaria" o "complicidad".
  • 14 indicios.
    El juez detalla en su escrito catorce indicios que hacen dudar de si la Infanta conocía el uso de su presencia como vocal en Nóos y de su participación al 50 % con su marido en la inmobiliaria Aizóon. Según el juez, esos indicios proceden de la declaración del exsocio de Urdangarin, Diego Torres, de los numerosos correos electrónicos aportados a la causa por este y de la versión ofrecida en su declaración por el secretario de las infantas, Carlos García Revenga. Añade que si bien esos indicios por sí solos y considerados de forma aislada carecen de "peso suficiente para sustentar una imputación" de la Infanta y no constituyen "indicios racionales" de que "interviniera activa y decididamente" en la gestión cotidiana de Nóos y Aizoon, sí indican que "bastaba con que prestara su consentimiento a que su parentesco con el rey fuera utilizado".

    El juez considera "inevitable" que, ante tales indicios, la infanta preste declaración "al objeto de, si ese fuere el caso, se despeje cualquier duda", en el actual momento de la causa que describe como "la recta final de la instrucción".
  • "Propiciar un trato generoso"
    Que la infanta prestara su consentimiento a que se utilizara "su nombre, tratamiento y cargo", junto con su presencia también en la junta directiva de Nóos, era suficiente para "propiciar un trato generoso" por parte de empresas privadas y para que las administraciones públicas prescindieran de los cauces y controles de rigor, "disfrutando junto con su marido de los beneficios obtenidos". Si hubo "consentimiento y conocimiento presente y futuro" por parte de la Infanta, "podría ser calificado como un supuesto de cooperación necesaria a los delitos supuestamente cometidos" por Urdangarin y Torres, o "cuando menos de complicidad".
  • Refuerzo de la Casa del Rey
    Castro considera dudoso que empresas e instituciones se hubieran "aquietado tan pacíficamente" a las proposiciones de Urdangarin y Torres "sin contar con el aparente y consensuado refuerzo de la Casa de S.M. el Rey", que "intencionadamente se hacía desprender" de que en la junta directiva de Nóos figurasen los nombres de la infanta y García Revenga.
  • Recurso
    La citación como imputada de la infanta Cristina puede recurrirse ante el mismo juez que la ha dictado, José Castro, y a continuación en apelación ante la Audiencia Provincial de Palma, según recoge el auto judicial. Por tanto, la citación no es firme y podría aplazarse, suspenderse o revocarse. El plazo para presentarse el recurso es de tres días. La Fiscalía ya ha anunciado que recurrirá.
  • Luis Carlos García Revenga
    Si el secretario de las infantas "parecía conocer las actividades que estaba llevando a cabo el Instituto Nóos tanto en el ámbito privado como en la esfera pública, aunque no hasta el detalle ni que necesariamente se lucrara con ellas, no se acaba de entender que cuando menos no participara a doña Cristina que su esposo estaba obteniendo un trato privilegiado". Ese trato "podría traducirse en una indeseable correspondencia” y en “la liberación de sometimiento a las normas que regían las contrataciones públicas".
  • El asesor del Rey
    El juez no se olvida del asesor del Rey, José Manuel Romero. Este aconsejó o recomendó el cese de las actividades a Urdangarin. Por eso Castro cree que “no es fácil asimilar que [Revenga] afirmara desconocer el mensaje", cuando estaba obligado a transmitirlo a la Infanta. Tampoco se explica que "S. M. el Rey no comentara con su hija las críticas o recomendaciones que había hecho llegar hacer a su marido". Eso debería, según Castro, debería haber hecho pensar a doña Cristina "que las recomendaciones de su padre no se estaban siguiendo" y a "cuestionar la actitud de su marido".
  • Gastos personales y empleadas del hogar
    "Determinadas prácticas, como cargar gastos personales a las cuentas de Aizóon, propiedad del matrimonio, se revelan ahora más llamativas", dice Castro, "conociendo al menos que ellos no los habían abonado estarían obligados a cuestionarse quién lo hizo". El juez también destaca que hay actitudes de la infanta muy significativas que fueron relatadas por amigos. "Tales […] como contratar empleados del hogar en situación irregular en España anunciándoles que se les pagarían sus salarios en dinero fiscalmente opaco para luego acabar siendo contratados por Aizoon, coparticipada por el matrimonio".

No hay comentarios: