jueves, 30 de mayo de 2013

Multa de 238.446 euros a las alhóndigas, Asaja y COAG por fijar precios mínimos de pimientos, calabacín, pepino, berenjena y tomate



Ante una caída de precios hicieron público un acuerdo de no vender por debajo de determinados precios contraviniendo la Ley de Competencia

LAEDICION.NET.-La Audiencia Nacional ha hecho pública en la que confirma las sanciones económicas impuestas por la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) a las organizaciones agrarias Asaja-Almería y COAG-Almería, así como a la Asociación de Comercializadores Alhondiguistas de Frutas y Hortalizas de Andalucía (Alhóndigas) por el acuerdo alcanzado en diciembre de 2009 para fijar precios mínimos en pimientos, calabacín, pepino, berenjena y tomate, según la sentencia consultada por Noticias de Almería.

La resolución confirma por tanto las multas de 83.214 euros para las Alhóndigas, 29.662 euros a COAG y con 25.570 euros a Asaja, si bien en el caso de estas dos últimas sólo se refiere a las delegaciones en Almería, dejando al margen la organización a nivel andaluz y estatal. La cuantía de la multa fue establecida en función del valor de la producción/comercialización imputable a cada una de las asociaciones.

COAG había presentado el recurso que finalmente la AN no ha respaldado, basándose en que estas organizaciones son un “operador económico” por lo que no fue un acuerdo “intersindical”, y sí un "acuerdo sobre precios prohibido por la Ley de Defensa de la Competencia".

La sentencia acepta tanto lo dicho por la CNC como por la Abogacía del Estado, destacando que el acuerdo se alcanzó el 7 de diciembre de 2009 en una asamblea multitudinaria encabezado por las siglas de las tres organizaciones, denominado 'Acuerdo de unidad de acción sindical de Asaja-Almería y COAG-Almería en relación a la crisis del sector hortofrutícola de la provincia". Fue la Dirección de Investigación de la CNC quien tomó cartas en el asunto tras la información aparecida en los medios de comunicación sobre el acuerdo tras una reunión celebrada al día siguiente entre los agricultores de la zona, se repartió un documento llamado 'Documento de acuerdo de precios de productos hortícolas'.

Dicho documento establecía una precios mínimos a los que los agricultores debían adherirse, con el compromiso de reflejar los precios mínimos acordados en todos los albaranes de entrada o facturas.

La sentencia apunta que al menos hubo una “mesa de trabajo” el 10 de diciembre de 2009, en la que según el consejo de la CNC las conductas analizadas constituían un acuerdo horizontal de fijación de precios mínimos, contrario a la Ley de Defensa de la Competencia y al Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, en el que han participado COAG-Almería, Asaja-Almería y Alhóndigas que, aunque no participó inicialmente en el acuerdo, se adhirió al mismo a penas dos días después de forma pública y notoria a través de una nota de prensa que distribuyó y publicó en una página web.

El consejo de la CNC aclaraba en su Resolución que no se oponía a que las organizaciones agrarias alcanzasen acuerdos de acción conjunta en defensa de los intereses de sus asociados, pero no podía aceptar que, bajo el título de acción sindical, se amparasen conductas contrarias a las normas de competencia, "como es el caso de los acuerdos de fijación de precios mínimos, que exceden de los límites de una acción sindical legítima".

No hay comentarios: