El denunciante, vecino de Adra, había enviado sus datos al
novio de su hermana
Agencias / Almería El Tribunal
Supremo (TS) ha ratificado la pena de diez meses de prisión y multa de 7.740
euros para un vecino de Andújar (Jaén) que usó la documentación que le envió su
cuñado para que le gestionase una tarjeta de transportista para suscribir una
tarjeta de crédito con la que le estafó alrededor de 800 euros. La sentencia, a
la que ha tenido acceso ESTE DIGITAL, desestima el recurso de casación
interpuesto por el acusado y confirma la resolución de la Sección Primera de la
Audiencia de Almería que le condenó a penas de cinco meses de cárcel por
delitos de falsedad documental y estafa con la atenuante muy cualificada de
dilaciones indebidas y al pago de sendas multas de cinco meses a razón de 12
euros al día. Según recoge el fallo, el denunciante, vecino de Adra facilitó al
acusado, que era compañero sentimental de su hermana, documentación entre la
que figuraba la declaración de la renta correspondiente al ejercicio de 2003,
fotocopia del permiso de circulación del camión, el DNI y justificantes de pago
de cuotas como autónomo para que este le gestionase todos los trámites
administrativos para obtener el título de transportista en Jaén.
Con la documentación, abrió una cuenta en una entidad bancaria en julio de 2004 y, con posterioridad, "valiéndose de la referida documentación y de la confianza de su cuñado", de quien no tenía autorización, suscribió en abril de 2005 un contrato de apertura de crédito para obtener una tarjeta. Para ello, y con ánimo de obtener un beneficio ilícito, simuló la firma de la víctima.
Mediante diversas operaciones consiguió reintegros por un valor de 428,24 euros, que se elevan a 800 euros con la suma de los intereses devengados. El tribunal señala que el urdió el engaño, "abusando de la confianza" y que sólo después de ser descubierto intentó reparar los perjuicios con el abono "insuficiente" de 60 euros, por lo que desestima aplicar la atenuante de reparación del daño.
El acusado reconoció ante el tribunal haber dispuesto del efecto de la tarjeta de débito, aunque dijo que lo hizo para obtener liquidez ya que tenia dificultades económicas, y que su cuñado, por este motivo, le hizo un préstamo, y le ofreció la posibilidad de entregarle el dinero por este sistema. La hermana de la víctima, a la que deberá indemnizar con 800 euros, y pareja sentimental del acusado aseguró en sala que no estaba autorizado para obtener una tarjeta bancaria, y que se enteraron por el abogado en octubre de 2005 de las operaciones que había realizado después de que les llegase una carta de la entidad bancaria que informaba del embargo de sus bienes por impago de una deuda.
Con la documentación, abrió una cuenta en una entidad bancaria en julio de 2004 y, con posterioridad, "valiéndose de la referida documentación y de la confianza de su cuñado", de quien no tenía autorización, suscribió en abril de 2005 un contrato de apertura de crédito para obtener una tarjeta. Para ello, y con ánimo de obtener un beneficio ilícito, simuló la firma de la víctima.
Mediante diversas operaciones consiguió reintegros por un valor de 428,24 euros, que se elevan a 800 euros con la suma de los intereses devengados. El tribunal señala que el urdió el engaño, "abusando de la confianza" y que sólo después de ser descubierto intentó reparar los perjuicios con el abono "insuficiente" de 60 euros, por lo que desestima aplicar la atenuante de reparación del daño.
El acusado reconoció ante el tribunal haber dispuesto del efecto de la tarjeta de débito, aunque dijo que lo hizo para obtener liquidez ya que tenia dificultades económicas, y que su cuñado, por este motivo, le hizo un préstamo, y le ofreció la posibilidad de entregarle el dinero por este sistema. La hermana de la víctima, a la que deberá indemnizar con 800 euros, y pareja sentimental del acusado aseguró en sala que no estaba autorizado para obtener una tarjeta bancaria, y que se enteraron por el abogado en octubre de 2005 de las operaciones que había realizado después de que les llegase una carta de la entidad bancaria que informaba del embargo de sus bienes por impago de una deuda.
No hay comentarios:
Publicar un comentario