martes, 29 de enero de 2013

GÁDOR.- Los gadorenses podrán acogerse al pago fraccionado de recibos


LAEDICION.NET.-REDACCIÓN.-Los gadorenses podrán acogerse al pago fraccionado de sus recibos, sin necesidad de tener que desplazarse hasta la capital. El Ayuntamiento de Gádor acaba de aprobar la nueva Ordenanza Fiscal reguladora del sistema de pagos fraccionados de recibos de vencimiento periódico, mediante la cuenta corriente tributaria, más conocida como “Cuenta 10”, que permite realizar dicho pago fraccionado hasta en diez plazos.

El alcalde de Gádor, Eugenio Gonzálvez, ha señalado que esta nueva Ordenanza Fiscal tiene por objeto facilitar a todos los contribuyentes gadorenses el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. “El Equipo de Gobierno Municipal, sensible con la situación de dificultad económicas por la que atraviesan actualmente muchas familias gadorenses, que debido a la crisis no pueden en muchos casos hacer frente al pago de los recibos por encontrarse sus miembros en paro o por otras circunstancia, ha establecido la posibilidad de acogerse al pago fraccionado de los recibos y dar así facilidades a todas las personas que lo necesiten de cumplir con sus obligaciones”.

Aunque Gonzálvez explica que esta modalidad de pago fraccionado de recibos de vencimiento periódico mediante cuenta corriente tributaria “•Cuenta 10”, ya se puede obtener solicitándolo al servicio Provincial de Recaudación de la Diputación de Almería, “con la aplicación de esta nueva Ordenanza Fiscal — precisó–, los contribuyentes gadorenses no tendrán necesidad de desplazarse hasta Almería capital como ocurre ahora para hacer las gestiones. De este modo acercamos los servicios a nuestros vecinos ofreciéndoles la posibilidad de acogerse a esta opción, solicitándolo a través del Registro Municipal del Ayuntamiento de Gádor Con ello, además de facilitar los trámites, ahorramos tiempo y dinero”.

Esta modalidad de pago fraccionado podrá aplicarse al Impuesto sobre Bienes Inmuebles Rústicos y Urbanos (I.B.I.), al Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (I.V.T.M.), al Impuesto sobre Actividades Económicas (I.A.E.) y a la Tasa por Salida y Entrada de Vehículos a través de las aceras, popularmente denominada como “Vados”.



A grandes rasgos podrán acogerse al sistema Cuenta 10 quienes sean titulares de alguno de estos tributos anteriormente referidos, siempre que el total de la cuota anual por todos los conceptos a satisfacer por el sistema de pago fraccionado, sea como mínimo de 150 euros.

Asimismo no deberán mantener con el Ayuntamiento deudas o sanciones tributarias en periodo ejecutivo, salvo que las mismas se encuentren aplazadas, fraccionadas o su ejecución estuviera suspendida y, finalmente, quienes no hayan renunciado a este sistema tributario o se le haya revocado el acuerdo de su inclusión durante el año natural en el que presente su solicitud.

Tras la aprobación inicial de esta nueva Ordenanza Fiscal reguladora del sistema de pagos fraccionados de recibos periódicos mediante cuenta corriente tributaria “Cuenta 10”, el expediente se someterá, como es preceptivo por Ley, a información pública y audiencia de los interesados durante un plazo mínimo de treinta días para la presentación de posibles reclamaciones o sugerencias; quedando definitivamente aprobada en el caso de que estas no se produzcan.

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