presentar la Declaración de la Renta
Conviene comprobar la Declaración al
detalle porque el borrador enviado por Hacienda no siempre es la opción más
beneficiosa para el contribuyente
Acaba de arrancar la campaña para realizar
la Declaración de la Renta, y es el momento de comprobar si Hacienda ha
calculado de forma correcta las retenciones y las deducciones que corresponden
al contribuyente, ya que, en caso de error, cabe la posibilidad de reclamar
.
Las donaciones a
organizaciones no gubernamentales (ONG) o las deducciones por ascendientes
son algunos de los beneficios fiscales que en ocasiones no se recogen en los
datos de la Agencia
Tributaria
o no se reflejan de manera adecuada, de modo que los firmantes
pueden verse perjudicados. Otro aspecto que se debe valorar surge en el momento
de elegir la tributación
individual o conjunta
, porque el
borrador enviado por Hacienda no siempre es la opción que más beneficia al
contribuyente. A continuación, se apuntan distintos aspectos que pueden no haberse tenido en cuenta en
la Declaración de la Renta. Los datos más relevantes
LAEDICION.NET.- La mayoría de los borradores
1.
Cambios en el núcleo
familiar
Hay que fijarse en los datos personales que
figuran en el borrador, sobre todo, si ha habido cambios en la unidad familiar.
El nacimiento
de un nuevo hijo
puede hacer que la familia se convierta en numerosa, al
igual que el hecho de que uno de los descendientes cumpla 25 años hace que deje
de tener esta categoría. Lo mismo sucede si falleció uno de los cónyuges
durante el año pasado, ya que las opciones de hacer la Declaración varían.
Si el contribuyente se ha trasladado de domicilio
o ha residido en otra comunidad autónoma, es necesario tenerlo en cuenta para
determinar en qué autonomía presenta la Declaración y de qué deducciones puede
beneficiarse.
2.
Revisarlo aunque salga a
devolver
Aunque el borrador establezca que la Agencia
Tributaria tiene que reintegrar dinero al ciudadano, es aconsejable revisar los
datos que incluye. No son pocos los contribuyentes que lo confirman por
el hecho de que sale a devolver, sin comprobar si la cantidad que obtendrían al
sumar deducciones o bonificaciones sería mayor. Antes de firmar, se
debe hacer un repaso exhaustivo, por las posibles desgravaciones de las que el
contribuyente podría beneficiarse.
También puede darse el caso contrario: que
Hacienda se equivoque a favor del ciudadano y que este reciba una cantidad que
no le correspondería. Si quien hace la Declaración ve este fallo y no lo
comunica, se arriesga a futuras multas
en el supuesto de que la Administración lo detecte.
3.
Desgravación en
adquisición de vivienda
En lo que respecta a la deducción por vivienda
habitual, la compra de casa sí será objeto de desgravación fiscal
durante esta campaña. El fin de la deducción por compra de vivienda
anunciado por el Gobierno en julio de 2012 no afecta a la Declaración de este
año, por aplicarse a pisos adquiridos a partir del 1 de enero de 2013. Así, los
contribuyentes que se hicieron con ella antes de esta fecha, o hayan realizado
algún pago para su construcción, mantendrán este derecho en las próximas
campañas.
Quienes paguen una vivienda mediante una hipoteca
han de repasar con cuidado
esta desgravación. En los datos fiscales tiene que estar incluido no
solo el coste de la casa, sino también los impuestos o los seguros que
ha suscrito el comprador para que le den el crédito, pues se introducen en el
total de la deducción.
Lo mismo sucede con los garajes
y anexos adquiridos junto con el piso. Con un máximo de dos cocheras,
forman parte de la vivienda habitual. Hay que poner especial atención
a este aspecto, porque es uno de los posibles fallos del borrador, sobre todo
si el garaje figura en una dirección distinta a la de la casa (aunque esté en
el mismo edificio, su entrada puede hacerse por otra calle y meterse por error
como un bien separado).
La Declaración debe incluir las desgravaciones
por rehabilitación y ampliación de la residencia habitual, con las que
el declarante puede acogerse a beneficios fiscales.
Los contribuyentes que hayan hecho obras
dirigidas a mejorar la movilidad
de personas con discapacidad han de
recordar que la deducción a la que tienen derecho es compatible con la
deducción que les corresponde por inversión en piso habitual.
4.
Desgravación por alquiler
Otro de los conceptos que se debe examinar es la
desgravación por el alquiler de la
vivienda
habitual.
Pueden aplicar esta deducción en la Declaración
de la Renta los inquilinos
de la casa con base imponible inferior a 24.107,20 euros al año. La cantidad a
desgravar por alquiler será variable en función de la base imponible del
contribuyente, siendo de un 10% con un máximo de 9.040 euros para bases
imponibles de hasta 12.000 euros.
Según la edad, el precio del arrendamiento del
piso, la base imponible o ingresos del inquilino, o la zona, es posible acceder
a otras ventajas en esta deducción, según la comunidad autónoma en que se
resida.
Al declarar, el arrendador
debe tener en cuenta los beneficios que le aporta el haber puesto en alquiler
un inmueble que se utilice como vivienda habitual.
5.
Deducciones por
ascendientes, descendientes y minusvalía
Estos son algunos de los beneficios fiscales que
en ocasiones no se recogen en los borradores y se deben poner, porque aportan
cuantiosas deducciones al declararlos.
Se recomienda repasar si Hacienda ha incluido la
bonificación por cada ascendiente o descendiente y la cuantía que se aumenta
por los menores de tres años. Y recordar que, aunque los hijos hayan cumplido
18 años, dan derecho a la aplicación del mínimo por descendiente porque la edad
límite es de 25 años. Los nietos y los bisnietos permiten acceder a estas
mejoras en la factura con la Agencia Tributaria.
Hay que fijarse también en las deducciones por
hijo cuando haya separación legal del matrimonio o custodia
compartida
.
6.
Calcular si compensa hacer
la Declaración aunque no se esté obligado
No tener que declarar no significa que no
compense hacerlo. Algunas personas ni siquiera han recibido el borrador porque,
debido a la cuantía de sus ingresos y a la procedencia de los mismos, no tienen
la obligación de presentar la Declaración. No obstante, se debe hacer
un cálculo con los datos fiscales que le hayan llegado al ciudadano de sus
pagadores, del banco o de otras fuentes. Con simuladores o a través
del programa PADRE, podrán saber con facilidad si compensa pedir el borrador
para que les devuelvan el dinero que les han retenido de más.
- Donativos
Son los grandes olvidados. Si la
organización con la que ha colaborado el ciudadano no ha informado a Hacienda,
puede que estos no figuren reflejados en los borradores. Aunque lo más
frecuente es que el receptor del donativo envíe estos datos tanto a la Agencia
Tributaria como al donante, se debe revisar que lo haya hecho porque dan
derecho a deducciones sobre la cantidad aportada.
- Afiliación a partidos políticos y sindicatos
Las donaciones del ciudadano a federaciones,
partidos políticos o agrupaciones de electores también tienen deducciones, y es
necesario comprobar que se han incluido. Las cuotas de afiliación y
aportaciones a partidos políticos reducen la base imponible general, y
las asignaciones satisfechas a los sindicatos y a colegios profesionales
(cuando la colegiación sea obligatoria para desempeñar un trabajo) también son
deducibles.
- Deducciones autonómicas
A menudo, el contribuyente conoce las deducciones
estatales a las que tiene derecho, pero desconoce las que practica su comunidad
autónoma. Por eso, debe consultar las distintas desgravaciones o bonificaciones
que aplica la región en la que reside, porque pueden mejorar económicamente las
estatales en aspectos como la deducción por mayores y la adquisición de
vivienda, o incluir otras como la desgravación por la compra
de libros
de texto
.
Declaración conjunta o individual
Para el contribuyente, la diferencia entre hacer la Declaración de la Renta de forma individual o presentarla de manera conjunta puede ser de miles de euros. El hecho de escoger una u otra opción no solo es determinante para que la unidad familiar pague menos, sino que esta puede recibir de Hacienda una devolución de elevada cuantía. Los ingresos son los mismos y también lo son las circunstancias familiares, solo cambia la forma de declarar. Por eso no hay que tener prisa en confirmar el borrador y se debe estudiar qué alternativa compensa más.Si a uno de los cónyuges le corresponde que Hacienda le devuelva, pero el otro debe pagar mucho dinero, puede ser mejor hacerla de manera conjunta. Esto sucede cuando uno de los miembros de la unidad familiar tiene altos ingresos y el otro no trabaja o su sueldo es bajo.
El problema es que los borradores no siempre están elaborados de la forma que más favorece al ciudadano, sino que en ocasiones Hacienda es la más beneficiada, por lo que hay que tener especial cautela. Merece la pena perder una tarde en calcular los beneficios que aporta cada modalidad cuando cientos, e incluso miles de euros, están en juego.
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