El objetivo de este órgano es “agilizar la tramitación
tributaria y mejorar la comunicación y el tiempo de respuesta con el
ciudadano”, afirma Rafaela Abad
LAEDICION.NET.- El
Pleno extraordinario del Ayuntamiento de Almería ha aprobado hoy, con los votos
favorables del Equipo de Gobierno y la abstención de los grupos de la
oposición, la creación del Órgano de Gestión Tributaria, así como su reglamento
orgánico, un nuevo órgano que “pretende agilizar la tramitación tributaria y
mejorar la atención al contribuyente”, según ha explicado la edil de
Hacienda, Rafaela Abad.
El Órgano de
Gestión Tributaria nace al amparo de la Ley de Bases de Régimen Local y, según la
titular del Área de Hacienda, “para la consecución de una gestión integral
del sistema tributario municipal con la finalidad última de contribuir a la
consecución de los objetivos de eficiencia, eficacia, economía y coordinación
en la gestión de las competencia que la Ley atribuye a la Administración Tributaria Local”.
Según Abad, la
creación de este órgano se justifica también “como consecuencia de la carga
de trabajo, que se ha multiplicado, precisándose una estructura orgánica mucho
más ágil y acomodada a las necesidades que se plantean, a nivel burocrático y
de funcionamiento, en lo relativo a la administración tributaria local:
fraccionamientos de pago, implantación de las nuevas tecnologías en el ámbito
tributario, lucha contra el fraude fiscal y a la potenciación de la
colaboración con otras administraciones”.
Simplificar y
agilizar
“No se trata de
complicar la gestión y sí de simplificar y agilizar en beneficio del
contribuyente”, ha contestado la responsable de Hacienda a las críticas de
la oposición sobre la conveniencia de la creación de este nuevo Órgano. “Servirá
también para evitar duplicidades y agilizar la atención al administrado, dando
mayor rapidez a las respuestas que éste precisa en muchos casos”.
El Órgano de
Gestión Tributaria tendrá entre sus competencias la gestión, liquidación,
inspección, recaudación y revisión de los actos tributarios municipales, la
recaudación en periodo ejecutivo de los demás ingresos de derecho público del
Ayuntamiento y de aquellos otros cuya gestión se le encomiende, así como la
recaudación voluntaria de los demás ingresos de derecho público del
Ayuntamiento, en los términos previstos en las Bases de Ejecución del
presupuesto. También son de su competencia la dirección, planificación y
coordinación de las actuaciones en materia tributaria municipal y demás
recursos que le sean atribuidos así como el adoptar acuerdos, dictar actos
administrativos y desarrollar el conjunto de actuaciones y trámites necesarios
para la gestión, liquidación, inspección, recaudación y revisión de los actos
tributarios municipales.
Abad ha recalcado
que “no se trata de un organismo autónomo ni una empresa municipal puesto
que es un servicio que depende de forma directa de la concejalía. En este
sentido, el personal que compondrá este Órgano será, como recoge la Ley de Bases, funcionario de la casa”.
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