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sábado, 29 de junio de 2013

Todo lo que debe saber sobre las rebajas de verano tras los cambios en la ley




LAEDICION.NET.-A la espera de que las grandes superficies cuelguen el cartel de rebajas, muchos comercios ya han iniciado este verano un periodo que podríamos considerar especial, ya que es el primer ciclo estival en el que está vigente la nueva legislación que afecta a las rebajas y que se aprobó el pasado julio.
Es, por tanto, un buen momento para recapitular los cambios que afectarán a los consumidores. Desde la confederación de consumidores y usuarios (CECU) recuerdan los derechos que tienen los consumidores y que no deben olvidar a pesar de las modificaciones legislativas.
- Uno de los cambios principales afecta al propio periodo de rebajas, ya que mientras antes eran dos periodos concretos de tiempo (uno en invierno y otro en verano) fijados por cada autonomía y dentro de los cuales cada comercio escogía un mínimo de una semana y un máximo de dos meses, ahora los periodos se liberalizan por completo, de forma que tanto los periodos como la duración de los mismos pueden ser elegidos libremente por la tienda. En este sentido, el consumidor sí conserva el derecho de conocer cuál es el periodo de rebajas, que debe aparecer publicitado en el establecimiento de forma visible.
- La nueva ley también amplía la cantidad de artículos que pueden incorporarse a la tienda durante las rebajas, ya que si bien antes se obligaba a que los productos rebajados hubieran estado a la venta hasta un mes antes, ahora sólo se especifica que deben haber estado a la venta en algún momento anterior. Así, mientras que sigue vigente el derecho principal de los consumidores en rebajas (los productos sólo bajan de precio, pero nunca de calidad) y no se deben admitir prendas deterioradas como rebajas, cabría preguntarse si la nueva fórmula que menciona la ley podría abrir la puerta a la venta de productos que, por ejemplo, puedan ser de fuera de temporada, por lo que sería interesante que la administración intensificara los controles para vigilar esta circunstancia.
- Respecto a las fórmulas de venta, se modifica el concepto de las promociones, permitiendo realizarlas en cualquier momento e, incluso, que el establecimiento compre determinados productos para venderlos directamente como promociones; los saldos se refieren solo a productos deteriorados, mientras que las liquidaciones aumentan de tres meses a un año el plazo máximo para realizarlas, independientemente del motivo legal. Otra novedad es que se permite que estos tipos de venta se den al mismo tiempo en un establecimiento sobre distintos productos. Eso sí, los artículos rebajados deben estar bien separados de aquellos que no tengan rebaja.
- Recordemos también el derecho de que, junto al precio original, aparezca el rebajado. En este sentido, según un reciente informe de la Comisión de Cooperación de Consumo del Instituto Nacional del Consumo, poner únicamente el porcentaje de descuento sobre el precio inicial no se ajusta a la legalidad al no ofrecer al usuario el precio final del producto, por lo que es ese precio final el que debemos exigir.
- Respecto al resto de derechos más habituales, recordemos que se debe admitir el pago con tarjeta si se permite durante el resto del año, que no debe existir ninguna restricción a las garantías de los productos defectuosos o deteriorados y que, como regla general, se deben mantener los mismos plazos de cambios y devoluciones (para los productos no defectuosos), siempre que la tienda no muestre de forma clara y visible una modificación de su política para el periodo de rebajas.
- Y recordemos que para poder ejercer estos derechos es fundamental exigir y conservar el tique de compra, que nos permitirá reclamar y, por ejemplo, hacer uso de la garantía.

domingo, 23 de junio de 2013

Prohibido grabar y fotografiar a funcionarios en su puesto de trabajo. Protección de Datos declara también ilegal que los jefes les tomen imágenes para castigar el absentismo



¿Puede un jefe, o un ciudadano particular, hacer fotos y tomar vídeos a un funcionario en su puesto de trabajo? La Agencia Española de Protección de Datos se ha pronunciado de manera clara en un informe reciente: está prohibida la captación de imágenes de empleados públicos, porque hacerlo no es una actividad doméstica. Tampoco pueden grabarles los jefes. Lea el documento íntegro.
LAEDICION.NET.-.- Ocurre que no pocas veces los ciudadanos graban dentro de dependencias oficiales, con el fin de demostrar alguna circunstancia negativa, como por ejemplo que piense que el personal no trabaja suficientemente, o trata de forma inadecuada al público… a efectos en su caso de presentar una denuncia, si no pública, si al menos para el ámbito privado.
El informe de la Agencia Española de Protección de Datos, al que ha tenido acceso El Confidencial Digital en su integridad, dictamina que la captación por particulares de la imagen de empleados públicos, generalmente a través de teléfonos móviles, y con la finalidad incluso después de la difusión por Internet, no puede enmarcarse en una actividad estrictamente personal o doméstica.
Por tanto -añade-, entra en juego la Ley Orgánica de Protección de Datos, que prohíbe dicha toma de imágenes si no media el consentimiento del afectado (aquel que es fotografiado o grabado).
Qué se entiende por actividad doméstica
El informe de la Agencia de Protección de Datos realiza una interpretación precisa sobre lo que debe entenderse por “ámbito exclusivamente personal o doméstico”.
El artículo 2.1.a de la Ley de Protección de Datos excluye de su ámbito de aplicación “los ficheros mantenidos por personas físicas en el ejercicio de actividades exclusivamente personales o domésticas“.
Por tanto, la cuestión es si a un particular, al captar la imagen de un empleado público, se le puede aplicar esta excepción, y por tanto la Ley de Protección de Datos no entraría en juego; o por el contrario, no se puede aplicar la excepción, con lo que la captación de estas imágenes se encontraría limitada a los supuestos y requisitos que exige la ley, entre ellos, el del consentimiento previo del interesado.
Para analizar esta cuestión, Protección de Datos cita el artículo 4.a del Real Decreto 1720/2007, que desarrolla la ley, que afirma que “sólo se considerarán relacionados con actividades personales o domésticas los tratamientos relativos a las actividades que se inscriben en el marco de la vida privada o familiar de los particulares“.
No se corresponde con el ámbito personal
El informe de la Agencia de Protección de Datos concluye, en este sentido, que “es difícil entender que la captación de imágenes o videos por particulares de los empleados públicos sea realizada en el ámbito de la esfera íntima de aquellos trabajadores, en las relaciones familiares o de amistad”.
Sólo el hecho – recoge- “de que las grabaciones sean realizadas en el ámbito laboral, en el lugar donde los empleados públicos prestan sus servicios, y sin relación alguna con ellos que exceda de la puramente profesional, conduce a la conclusión de que no es de aplicación la excepción doméstica”.
En definitiva, concluye que, si las imágenes captadas o grabadas no se refieren a su esfera más íntima, serán de aplicación las normas sobre protección de datos personales, tanto para la obtención de la imagen como para su difusión o publicación posterior.
Los ‘jefes’ no pueden grabar malas prácticas
El documento advierte también de que la toma de imágenes no podrá ser utilizada para fines concretos. Cita, concretamente, que las grabaciones no servirán para presentar denuncias en expedientes disciplinarios o incluso penales contra los empleados públicos por parte de sus superiores.
En el ámbito de la video vigilancia, la Agencia de Protección de Datos afirma que debe asegurarse que las acciones dirigidas a la seguridad y vigilancia en los centros de trabajo no contravengan el derecho fundamental de captación y grabación de imágenes personales evitando que permitan, por ejemplo, la identificación del sujeto.

miércoles, 19 de junio de 2013

Entra en vigor la ley de fomento del alquiler que agiliza los desahucios




  • LAEDICION.NET.-Entra en vigor este jueves la ley de fomento del alquiler que agiliza los d Se podrá solicitar el procedimiento de desahucio con un solo mes de impago.
  • Además se creará un registro de sentencias firmes de impagos de rentas de alquiler.
  • El proyecto, aprobado en mayo, cuenta con las críticas de la oposición.
Este jueves entra en vigor, un día después de que se haya publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), la ley de medidas de flexibilización y fomento del mercado del alquiler de viviendas que agiliza el desahucio de inquilinos por impago y crea un registro de sentencias firmes por impago de renta El texto, que fue aprobado el pasado 23 de mayo en el pleno del Congreso de los Diputados con el respaldo del Gobierno y las críticas de la oposición, reduce de cinco a tres años la prórroga obligatoria del contrato y de tres a uno la prórroga tácita.
Asimismo, permite que el arrendador recupere el inmueble para destinarlo a vivienda permanente en determinados supuestos, una vez que hubiese transcurrido al menos el primer año de duración del contrato sin necesidad de previsión expresa en el mismo.
Por otro lado, y ante el aumento significativo del uso del alojamiento privado para el turismo, la reforma de la Ley de arrendamientos urbanos propuesta los excluirá específicamente para que queden regulados por la normativa sectorial específica o, en su defecto, se les aplique el régimen de los arrendamientos de temporada, que no sufre modificación.

A partir de un mes de impago

A partir de su entrada en vigor, el arrendador podrá solicitar el procedimiento de desahucio con un solo mes de impago, y una vez que el juzgado remita la notificación, el inquilino tendrá que abonar la deuda o presentar alegaciones en un plazo de diez días.
Además se creará un registro de sentencias firmes de impagos de rentas de alquiler con el objetivo de ofrecer información a los propietarios de los inmuebles del riesgo que supone arrendar una vivienda a personas que han sido condenadas judicialmente por falta de pago.
La nueva ley texto dará prioridad a la voluntad de las partes en varias cuestiones, como la actualización de la renta -hasta ahora era forzosamente por el IPC-, la renuncia al derecho de adquisición preferente de la vivienda o que las reformas en la casa puedan deducirse del alquiler a partir del tercer año.
Asimismo, el Gobierno solo mantendrá las actuales ayudas de la Renta Básica de Emancipación para los jóvenes hasta que sean afectivas las nuevas líneas de ayudas del Plan Estatal de Fomento del Alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbanas para el periodo 2013-2016.

domingo, 26 de mayo de 2013

El Gobierno aprueba la ley de emprendedores que facilita la creación de empresas




  • Hacienda no les exigirá el pago del IVA hasta que cobren las facturas.
  • Los inversores "business angels" podrán deducirse en el IRPF el capital aportado a una nueva empresa.
  • Se creará la figura del emprendedor de responsabilidad limitada para evitar que sus deudas empresariales afecten a su patrimonio personal.
LAEDICION.NET.-El Consejo de Ministros aprueba este viernes el anteproyecto de ley de apoyo a los emprendedores, que incluye medidas para impulsar la actividad por cuenta propia y la creación de empresas, y fomentar su crecimiento, innovación y salida al exterior. Entre las medidas fiscales destaca la introducción del IVA con criterio de caja desde el 1 de enero de 2014 para las pymes con una facturación inferior a los 2 millones de euros, con lo que Hacienda no les exigirá el pago del IVA hasta que cobren las facturas.
Asimismo, habrá una deducción del 10 % en el impuesto de Sociedades de los beneficios reinvertidos en la actividad económica y se permitirá recuperar las inversiones en I+D cuando la empresa no pueda beneficiarse de las deducciones correspondientes.
Los inversores informales o "business angels" podrán deducirse en el IRPF el capital aportado a una nueva empresa y estarán exentos de tributar por las ganancias patrimoniales si las invierten en otro proyecto.

Responsabilidad limitada

Se creará la figura del emprendedor de responsabilidad limitada para evitar que sus deudas empresariales afecten a su patrimonio personal esencial y se facilitará la constitución de sociedades de responsabilidad limitada en veinticuatro horas con un coste de cuarenta euros.
Además, se incluirá la materia de "emprendimiento" en la educación primaria y secundaria, y se promoverá la llamada segunda oportunidad a través de un mecanismo extrajudicial de pagos alternativo al concurso de acreedores.
También se ampliará la lista de actividades exentas de licencia municipal y se elevará a 500 metros cuadrados la superficie liberada de pedir permiso a los ayuntamientos.
Para promover la internacionalización de la economía española se prevé un nuevo régimen de visados y autorizaciones de residencia para extranjeros que inviertan en proyectos empresariales que creen puestos de trabajo o que tengan un impacto relevante desde el punto de vista socioeconómico o de la innovación.
Paralelamente se aprobará el proyecto "Emprende.3", que comunicará al emprendedor con el Estado, las comunidades autónomas y las entidades locales a través de una única página web, en la que se recogerán todos los documentos necesarios para la apertura de una empresa y su puesta en marcha.

miércoles, 22 de mayo de 2013

La reforma del Código Penal pone en la diana los enlaces de Internet con penas de hasta 6 años





· LAEDICION.NET.-  El Consejo de Estado estudia estos días el anteproyecto de reforma del Código Penal; de momento, no hay fecha para la publicación del dictamen.
·  Los artículos que se refieren a la propiedad intelectual sufrirían varios cambios, según un borrador hecho público por la Universidad de Barcelona (UB).
·  La ley penará con hasta tres años de prisión "facilitar el acceso" a contenidos sujetos a derechos distribuidos, reproducidos o comercializados sin permiso.
·  En los delitos más graves, donde entran las webs de enlaces, pero también podrían incluirse buscadores, las penas pueden alcanzar los seis años de cárcel. El Gobierno estudia la aplicación de penas de cárcel de hasta seis años en los delitos más graves contra la propiedad intelectual. Así consta en los artículos 270 y 271 de uno de los borradores del anteproyecto de reforma del Código Penal que ha hecho público la Universidad de Barcelona (UB), con fecha 3 de abril de 2013. Entre otras cosas, el texto tipifica como delito "facilitar el acceso" a contenidos ilegales, es decir, enlazar.

El anteproyecto de reforma llegó al Consejo de Estado el pasado 5 de abril, según han confirmado a ESTE DIGITAL fuentes del órgano de consulta, que añaden que aún no hay fecha para el dictamen y que su retraso puede deberse a alegaciones formuladas por algunos colectivos. El texto había pasado antes, y tras salir del Consejo de Ministros, por el Consejo Fiscal y el Consejo General del Poder Judicial, que emitieron sendos informes muy críticos.

Después de eso, el texto se tocó y la asociación Jueces para la Democracia (JpD) denunció que con "numerosas novedades sustanciales". A preguntas de 20minutos.es, el Ministerio de Justicia no reconoce como suyo el borrador publicado por la UB, aunque en ningún caso confirma su falsedad ni si se trata de la última versión del anteproyecto; se limita a referenciar al texto "oficial" más reciente (octubre de 2012).

Según ha podido confirmar 20minutos.es, a día de hoy este borrador está en posesión de varias asociaciones de jueces y también de multitud de juristas.

"Facilitar el acceso"

No es la primera vez que un borrador inquieta a la comunidad de Internet: ocurrió también con la ley Lasalle, que acabó aprobándose en los mismos términos de su filtración días antes. Una vez más, la terminología utilizada es determinante y, para algunos juristas, bastante preocupante. Denuncian una "criminalización" creciente de Internet y de los usuarios.
Sánchez Almeida cree que el Ejecutivo "ha escondido" estas modificaciones, que van mucho más allá de perseguir las webs de enlacesEl cambio quizá más polémico de los que recoge el borrador fue una sugerencia del Consejo Fiscal. Este órgano recomendó que, además de enumerar las diferentes "conductas típicas" sancionadas relacionadas con la propiedad intelectual —reproducir, plagiar, distribuir, comercializar al por menor o comunicar públicamente contenido sujeto a derechos—, la futura ley añadiera en el artículo 270 el hecho de "facilitar el acceso" a todo lo anterior.
Hacerlo, dice el texto del borrador, estaría penado con entre seis meses y tres años de prisión. Para Carlos Sánchez Almeida, abogado especializado en Internet que denunció estos cambios en su blog, el Ejecutivo "ha escondido" estas modificaciones, que van mucho más allá de perseguir las webs de enlaces, supuestos objetivos ya de las leyes Sinde y Lasalle. Se ataca, añade, a los enlaces en sí, a todos.
¿Qué más podría considerarse 'facilitar acceso'? "El P2P o una aplicación móvil", explica a 20minutos.es el abogado David Maeztu, ya que el documento menciona "cualquier tipo de soporte" o de comunicación a través "de cualquier medio". Asegura que al final la inclusión de tipos delictivos "indeterminados" en textos como este terminan dejando "al albur de lo que el juez decida" su destino final.

Se pisa con la ley Lasalle

Todo esto supone una "inseguridad jurídica brutal", dice Sánchez Almeida, que opina que la penal, que hasta ahora era una vía casi muerta para la persecución de ciertos comportamientos en Internet —la jurisprudencia, teniendo en cuenta la mayoría de sentencias, no considera que enlazar sea delito—, se convertirá en el camino "fácil" y más efectivo a partir de ahora. Por encima de la ley Lasalle.
¿Por qué? Pues porque al chocar ambas legislaciones actuaría el principio de "prejudicialidad penal": ante una denuncia penal se paralizaría cualquier otro proceso que verse sobre lo mismo y si se aprecia apariencia de delito. "No te pueden poner una multa administrativa por algo por lo que te pueden condenar penalmente", añade Sánchez Almeida.
La ley Lasalle se circunscribe a procesos administrativos y civiles y prevé multas cuantiosas, además de retirada de contenidos de una web o interrupciones de servicio, algo que ahora incluiría también el Código Penal. Los expertos consultados creen que frente a los trámites farragosos de la ley Lasalle y sus resultados escasos, los denunciantes se agarrarán a lo más "efectivo", la vía penal.

Desaparece el "ánimo de lucro"

Por otro lado, resulta curioso que mientras la ley Lasalle habla de los "prestadores de servicios de la sociedad de la información" (webs), de forma concreta, como los sujetos que vulneran los derechos de propiedad intelectual, el Código Penal, al ser un texto más genérico, considera como posible criminal a todo (¿también particulares?) "el que, con ánimo de obtener un beneficio directo o indirecto...".
¿Necesitaría una redacción más específica la ley al hablar de Internet? Maeztu explica que el hecho de que se mencione un "beneficio" ya implica "una actividad económica" y que, por lo tanto, se estaría hablando igualmente de prestadores de servicios, más que de personas. Pero no queda claro. En cualquier caso y más allá de tecnicismos, la norma ya no solo afectaría a las webs de enlaces, que centran el nuevo artículo 271, sino casi a "cualquier web", según Maeztu.
Donde antes decía "ánimo de lucro" ahora diría "beneficio directo o indirecto". Otra expresión sujeta a muchas interpretacionesEl beneficio, de hecho, es otro de los aspectos polémicos. Donde antes decía "ánimo de lucro" ahora diría "beneficio directo o indirecto". Otra expresión sujeta a muchas interpretaciones y tomada de la ley Lasalle y sus antecesoras. El nuevo Código Penal se coloca también por encima de aquella circular de 2006 de la Fiscalía General que decía que el P2P no era delito penal si no comportaba ánimo de lucro. Las restricciones de este término han hecho que desaparezca del todo del anteproyecto.

Otro detalle: a raíz de la eliminación de las faltas en el Código Penal, actividades como el top manta —que vieron rebajado su castigo años atrás— vuelven a comportar penas más altas, de seis meses a dos años de cárcel. Esta pena se aplicará a la "distribución o comercialización ambulante o meramente ocasional" y a la facilitación del acceso a terceros "de un modo meramente ocasional". En principio, esto afectaría a los soportes físicos y no digitales, pero, de nuevo, no queda muy clara la diferenciación.

Según los expertos, el nuevo Código también tocaría a "los distribuidores de chips para consolas", los vendedores de dispositivos que permita "la elusión de protecciones tecnológicas" y a las empresas de alojamiento de contenidos. Maeztu reconoce que el texto no es nítido y cree que lo corregirán.

Las webs de enlaces

El artículo 271 del nuevo Código Penal se ocupa del "subtipo agravado" dentro de la vulneración de los derechos de propiedad intelectual, es decir, de los delitos "más graves" que conllevan penas más altas, entre dos y seis años de prisión.

Aquí es donde entran las webs de enlaces, pero también, por qué no, Google o YouTube, ya que se cita la prestación de un servicio no ocasional "de referenciación de contenidos en Internet que facilite la localización activa y sistemática de contenidos (...) ofreciendo listados ordenados y clasificados de enlaces a las obras...". La Ley Lasalle excluía prácticamente de su ámbito a servicios como Google.

Maeztu opina que el documento, si es este el que maneja, no recibirá demasiados reproches del Consejo de Estado en relación a la propiedad intelectual, ya que el Código Penal es una norma muy extensa en la que también se abordan temas como la prisión permanente revisable y otras medidas muy difíciles para el consenso. Fuentes jurídicas consultadas opinan que el Consejo General del Poder Judicial sí podría quejarse por no haber sido informado sobre los cambios "sustanciales" que ha sufrido el texto en su conjunto.
 

El Gobierno confirma que va a conceder la residencia a los extranjeros que compren pisos




·  El secretario de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, Fernando Jiménez Latorre, espera que la nueva medida sea aprobada en unas semanas.
LAEDICION.NET.-·  No ha precisado a partir de que importe se otorgará. El secretario de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, Fernando Jiménez Latorre, ha confirmado este martes que el Gobierno concederá el permiso de residencia a los extranjeros que compren una vivienda habitual, si bien no ha querido precisar a partir de que importe se otorgará. En un encuentro organizado por Executive Forum España, Jiménez Latorre ha asegurado que esta medida será una de las incluidas en la Ley de Emprendedores, cuya aprobación es "inminente" y se llevará a cabo en una o dos semanas.
El Gobierno ya había explicado en noviembre que estudiaba incorporar la media a la citada ley. En aquel momento cifró en 160.000 euros la inversión mínima y explicó que la medida buscaba facilitar que los extranjeros extracomunitarios que vienen a pasar temporadas a España no tengan que solicitar un visado cada vez que entran en el país.
La aprobación de la medida, incluida en la Ley de Emprendedores, será inminente Jiménez Latorre ha ampliado ahora que la ley también tiene previsto otorgar el permiso de residencia a aquellos extranjeros emprendedores que inviertan en España.
Durante su intervención, Jiménez Latorre ha reiterado que España camina en la senda correcta y que lo peor de la evolución del PIB y de la destrucción de empleo ya ha pasado. En cualquier caso, ha abogado por "perseverar" en el objetivo de consolidación fiscal y en garantizar la sostenibilidad de las finanzas públicas, así como en impulsar las reformas estructurales, para facilitar con todo ello la recuperación económica.
En este sentido, ha dicho que es cierto que las reformas no tienen un impacto en el corto plazo, pero ha recalcado que sí sientan las bases para que cuando comience la recuperación "sea sostenible y de mayor intensidad".
Además, ha señalado que la ampliación del tiempo en el objetivo de déficit del 3% del PIB, por parte de Bruselas, no supondrá una relajación de la política fiscal y en la continuación de la corrección del desequilibrio fiscal.
En su opinión, el esfuerzo y el compromiso serán los mismos con el fin de poner en orden las cuentas públicas.
Jiménez Latorre ha subrayado que se podrá analizar posibles rebajas impositivas cuando la recuperación económica comience y origine un crecimiento del PIB, que incidirá en la entrada de mejores ingresos.

sábado, 13 de abril de 2013

El Gobierno quiere evitar que los hijos sean una víctima más de la violencia de género




Aprobará un Plan para protegerlos. Desde las asociaciones feministas piden al Ejecutivo cambios legales para que el maltratador no tenga acceso a los hijos

LAEDICION.NET.-Estranguló a su hija y luego se ahorcó. Es una de las tesis que baraja la Policía sobre el suceso ocurrido en la localidad de Campillos, en Málaga, que podría ser otro crimen fruto de la venganza de un maltratador hacia su víctima. Cortado el acceso directo a ella, la única forma de hacerle daño es dañando a quienes más quiere: sus hijos.
De confirmarse que el hombre, sobre el que recaía una condena a seis meses de cárcel por un delito de maltrato contra su expareja, asesinó a su hija de seis años horas antes de tener que dejar que se marchara de nuevo con su madre, se trataría del primer asesinato de un menor víctima directa de violencia de género en 2013. Pero como éste, ya han habido muchos. Demasiados.
Ahora, el Gobierno se propone frenar estos crímenes —«cada uno es como un puñal en el corazón que debería hacer sonrojarse a todo el mundo», dijo el secretario de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, Juan Manuel Moreno—, y este mismo viernes aprobará un Plan de Infancia y Adolescencia que incluye un «paraguas» de protección a los menores víctimas directas o indirectas de la violencia que se ejerce contra sus madres.
En una jornada sobre el teléfono de información sobre violencia de género (016), Moreno adelantó el pasado martes que estaría «en la agenda política de los próximos meses» este Plan de Infancia, que contendrá un «apartado específico para la protección de los menores víctimas de violencia de género» y que contemplará la creación de un Registro unificado de menores maltratados centrado en garantizar asistencia jurídica y psicológica a estos menores, según revelaron fuentes de la Secretaría a Europa Press.

Los hijos, arma del agresor sexista

De los datos que han trascendido sobre el futuro Plan de Infancia y Adolescencia, se extrae la intención del Gobierno de proteger a los menores que quedan «desamparados o desprotegidos» cuando su padre mata a su madre. Tras el ingreso en prisión de éste o su propio suicidio —muchos de los agresores deciden quitarse la vida tras cometer el asesinato—, el menor queda huérfano y bajo tutela del Estado. El Ejecutivo pretende acelerar el acogimiento familiar de estos niños.
Se desconoce aún si el Plan incluirá medidas para «evitar que la venganza de los agresores se cobre la vida de sus propios hijos», tal y como piden más de 20 organizaciones feministas en una carta dirigida al presidente del Gobierno, Mariano Rajoy.
Como vienen denunciando desde hace años, los hijos son el arma por excelencia del agresor sexista. La psicóloga clínica Raquel Rivas Diez lo define como «la violencia que es capaz de ejercer un hombre contra sus propios hijos e hijas sólo como un medio más para hacer daño a su pareja». La presidenta de la Federación de Asociaciones de Mujeres Separadas y Divorciadas, Ana María Pérez del Campo, defendió en ABC que «un agresor nunca puede ser un buen padre».
Pero hasta ahora, el hecho de que un hombre sea condenado por maltratar a su mujer no supone la retirada de la custodia inmediata de los hijos. Ni la invalidación de la concesión de visitas y convivencias del agresor con sus hijos. Entra en juego un síndrome cuya existencia ha sido negada insistentemente por la comunidad científica —entre otros, por la Organización Mundial de la Salud y el Instituto Americano de Psicología—: el síndrome de la alienación pariental (SAP). El psiquiatra Richard Gardner lo acuñó en 1985 y lo definió como un desorden psicológico que sufría el niño en los procesos de separación o divorcio de sus padres por el que acababa insultando o denigrando a su progenitor, como consecuencia del «lavado de cerebro» al que había sido sometido por su madre.
Al final, aunque la mujer logre una orden de alejamiento, cada día tendrá que ver cómo sus hijos se marchan con el hombre que la maltrató. Y por eso muchas no denuncian: «¿Cómo me voy a salvar yo condenando a mis hijos a soportarlo?».

Cambios legislativos

El manifiesto que las organizaciones en defensa de la Mujer han entragado al presidente del Gobierno solicita modificaciones en el Código Civil y en la Ley de Protección del Menor para que los maltratadores no puedan mantener el contacto —pierdan la patria potestad o el régimen de visitas, en su caso— con los menores. La muerte de la menor malagueña ha puesto de manifiesto que la vida de los niños corre peligro, señalan.
Desde la Asociación de Mujeres Juristas Themis, ángela Cerrillos señalaba a Europa Press que el Código Civil ya contempla medidas «suficientes» para la «protección necesaria» de los hijos de víctimas de violencia de género, pero su aplicación depende en demasiados casos de la «discrecionalidad» de los jueces y no se aplican.
En el mismo sentido se expresa la Fundación ANAR de Ayuda a los Niños y Adolescentes, que cree que los jueces deben pecar «en exceso» para proteger a los niños y adolescentes y hacer prevalecer su seguridad sobre el derecho de los progenitores a mantener el contacto con los hijos. También muestra sus dudas sobre que un hombre capaz de golpear hasta la muerte a la madre de sus hijos pueda tener una relación saludable hacia los niños. La violencia es incompatible con el amor.
Un cambio legislativo en este sentido sería «positivo», porque las medidas se adoptarían por «mandato legal», sin «interpretaciones», señalaba Cerrillo a Ep. Por ello esperan que entre las pretensiones del Gobierno esté incluir medidas en este sentido en el nuevo Plan de Infancia y Adolescencia.

viernes, 25 de enero de 2013

Ley de unidad de mercado: los profesionales colegiados en una provincia podrán ejercer en toda España sin pagar más tasas a otros colegios


LAEDICION.NET.-REDACCIÓN.-  La Ley de Unidad de Mercado afectará también a los colegios profesionales. Arquitectos, médicos y otros profesionales colegiados en una provincia no necesitarán pagar en otras en las que ejerzan su actividad como hasta ahora, según el proyecto del Gobierno al que ha tenido acceso ESTE DIGITAL. En España hay 1.650 colegios con 1,5 millones de profesionales inscritos.
La nueva Ley de Unidad de Mercado supondrá una revolución para los colegios profesionales. A partir de ahora, abogados, arquitectos, médicos y otros profesionales colegiados sólo tendrán que pagar en una provincia para ejercer su actividad profesional en toda España sin necesidad de abonar tasas en los colegios de otras provincias. La medida que el Gobierno tiene previsto aprobar en el próximo Consejo de Ministros, y a la que ha tenido acceso ESTE DIGITAL convierte en innecesarias los pagos de cuotas duplicadas a 1,5 millones de profesionales que en la actualidad están registrados en los 1.650 colegios profesionales existentes en toda España.
La Ley de Unidad de Mercado pretende convertir en realidad lo que dos leyes anteriores ya intentaron. La 'Ley Ómnibus' y la 'Ley Paraguas' obligaban a las autonomías a dejar de cobrar esos pagos duplicados. Pero algunas de ellas todavía no habían traspuesto esas normativas y los colegiados se veían obligados a pagar por duplicado colegios médicos o farmacéuticos en las distintas zonas en las que operaban. Con la nueva ley, se prohibirá ese pago de cuotas dobles.
El objetivo oficial del Ejecutivo es eliminar las trabas burocráticas al ejercicio de ciertas profesiones, en línea con las recomendaciones realizadas por el informe de la Comisión Nacional de la Competencia que abogaba por terminar con lo que define como “la compartimentación geográfica del mercado nacional” con la que se “reduce las potencialidades de la competencia entre territorios”.
Pero más allá del objetivo oficial, la medida tendrá una consecuencia práctica en buena parte de esos colegios que tienen sedes en varias provincias. Algunos dejarán de ser viables económicamente, puesto que perderán parte de las cuotas que hoy se pagan de forma multiplicada en muchos casos. En la actualidad esas sedes suman ya una cifra de 1.650 que el Ejecutivo considera “desorbitada” y que debe ser “racionalizada”.

BASE DE DATOS COMÚN
El control de calidad de los productos pasará a tener 17 vigilantes. Una sola licencia autonómica permitirá a las diferentes empresas comercializar su producto en toda España. Pero de la misma manera, todas las autonomías podrán reportar problemas de calidad de determinados productos a una base de datos común que se pretende elaborar. El resultado es que una denuncia por parte de las provincias en las que se comercializa el artículo obligará a actuar a la administración que concedió el primer permiso de comercialización.
Según fuentes del Ejecutivo, la consecuencia práctica será la de multiplicar los controles. En cualquier caso, las comunidades autónomas que den el permiso de comercialización de origen serán las que tengan una responsabilidad subsidiaria en caso de que haya problemas.

TRANSPORTE DE MERCANCÍAS
El transporte de mercancías tendrá una normativa uniforme para toda España. Es el objetivo del Gobierno, que pretende hacer primar la normativa de la provincia de origen sobre las de tránsito o destino en la Ley de Unidad de Mercado. La intención del Ejecutivo es terminar con las diferentes normativas autonómicas para cuestiones como el transporte de mercancías peligrosas, que dan lugar a transportes que deben detener su ruta porque determinadas provincias o autonomías no les permiten transportar combustibles o mercancías peligrosas a partir de unas horas determinadas.
Tras la aprobación de la ley, la normativa de origen del transporte será la que rija sobre el resto de etapas del viaje.
La norma es especial- mente relevante para las rutas de distribución de las nueve refinerías que existen en España y en las que el transporte del combustible puede retrasarse (en caso de restricciones horarias) o encarecerse (cuando los transportistas se ven obligados a dar rodeos).
 EL ETIQUETADO AUTONÓMICO NO SE MODIFICARÁ
El etiquetado de los productos no se modificará en la Ley de Mercado Único. El Gobierno ha decidido no modificar las normas de ciertas autonomías, que obligan a etiquetar en el idioma de la comunidad autónoma en que se van a vender los productos no agroalimentarios. El Ejecutivo ha pactado con CiU mantener la normativa autonómica tal y como está después de consultar con los grandes fabricantes y distribuidores de esas industrias que —según fuentes de esa negociación— han trasladado al Gobierno la idea de que ese etiquetado autonómico no encarece los costes de producción ni supone una carga adicional para los fabricantes.
En cuanto a los productos agroalimentarios, el Gobierno tampoco hará modificaciones legales con el argumento de que su etiquetado está dispuesto ya por la legislación comunitaria que obliga a poner esas etiquetas en español.

lunes, 21 de enero de 2013

Hoy lunes comienzan los nuevos exámenes para la obtención del permiso de conducción


Cuadro de texto: Nota de prensa

Entrada en vigor de la Directiva Comunitaria


§     La mejora de la calidad de los exámenes propiciará una mejor formación de los nuevos conductores

§     La conducción autónoma y eficiente y las comprobaciones previas  entre las novedades de la prueba práctica

LAEDICION.NET.-REDACCIÓN.-. Conducción autónoma, mejoras en la calidad de los exámenes prácticos, armonización de los periodos de vigencia y nuevo modelo de permiso de conducción único europeo son algunas de las novedades que España ha incluido en su normativa  sobre permisos para conducir.

Estas modificaciones normativas se establecen por el propósito de la Dirección General de Tráfico, como uno de sus objetivos estratégicos, de elevar la calidad en las pruebas para obtener los permisos para conducir como método para que los nuevos conductores tengan una mejor formación.

La nueva normativa tiene base legal en la trasposición de la Directiva Comunitaria 126/2006 sobre el permiso de conducción que entra en vigor el sábado 19 de enero de 2013 para todos los Estados miembros de la Unión Europa.

España ya transpuso a su ordenamiento jurídico dicha Directiva a través del Reglamento General de Conductores (RD 818/2009 de 8 de mayo), aunque  faltaba por ponerse  en vigor el anexo VIII de dicho Reglamento, en el que se incluye la Calidad como elemento nuevo en materia de exámenes.

APOSTANDO POR LA CALIDAD

El examen práctico para obtener el permiso para conducir es el que mayores novedades incorpora. Por un lado, la duración del examen será de 25 minutos para los turismos y motocicletas y de 45 para los permisos profesionales (camiones y autobuses), tiempo necesario según la Directiva Europea para demostrar que el aspirante posee las capacidades y actitudes necesarias para ser titular de un permiso de conducción.

Antes de comenzar el desarrollo de la prueba, el examinador recibirá al aspirante, presentándose. Cuando se identifique, el examinador le solicitará que realice alguna de las comprobaciones previas recogidas en el anexo V del Reglamento General de Conductores; indicaciones tales como señalar donde se encuentra el depósito de líquido de frenos, el del limpiaparabrisas, las luces largas, cortas…  Este tipo de comprobaciones que son obligatorias por Directiva Europea tienen por objetivo que todos los conductores tengan conocimiento de su vehículo y sepan utilizar los distintos dispositivos de los que va provisto, en cualquier momento y situación.

Una vez que el aspirante haya realizado las comprobaciones oportunas y se haya acomodado en el vehículo comenzará la conducción. Durante  los primeros diez minutos, el aspirante deberá demostrar el manejo que tiene del vehículo realizando la llamada conducción autónoma que consistirá en dirigirse a un punto señalado por el examinador (por ejemplo el ayuntamiento); siguiendo las indicaciones de dirección que existan en la vía; dirigirse a un lugar conocido por el aspirante, o conducir libremente con alguna pequeña indicación por parte del examinador para evitar mismos recorridos, atascos…. Si el vehículo tuviera dispositivo de navegación (GPS) el aspirante podrá utilizarlo siempre y cuando haya tenido formación en la programación y en el uso del mismo, programándolo  con la dirección indicada por el examinador.

Concluidos los primeros diez minutos, el examinador continuará la prueba práctica, dando al aspirante indicaciones claras, concretas y con antelación suficiente para realizar una adecuada conducción.

El objetivo de implantar la conducción autónoma  en la prueba práctica es que el futuro conductor tenga una formación adecuada para que cuando obtenga su permiso sepa por dónde va, qué decisiones tomar de acuerdo con las circunstancias del tráfico, siga las indicaciones de dirección e interprete las señales de tráfico, es decir, sepa conducir y no se le forme para superar el examen.

Otra de las novedades que se introduce en la prueba práctica es que finalizados los 25/45 minutos, el examinador valorará de forma global si el aspirante ha realizado una conducción eficiente o económica, formación necesaria tanto para ahorrar combustible, en lo que a la economía doméstica se refiere, como para reducir la contaminación causada por el tráfico.

Concluida la prueba, el examinador en presencia del profesor comunicará al aspirante el resultado del examen y le explicará brevemente las faltas cometidas con el objetivo de que conozca lo que ha hecho bien o mal y así mejorar su comportamiento en la conducción.




martes, 1 de enero de 2013

Entra en vigor la reforma de las pensiones, que eleva progresivamente la jubilación hasta los 67 años


LAEDICION.NET.-:/ Redacción.- La reforma del sistema de pensiones que eleva la edad de jubilación desde los 65 a los 67 años en un horizonte de 15 años, hasta 2027, entra en vigor este martes, 1 de enero.
Este incremento se realizará a razón de un mes por año durante los seis primeros ejercicios y de dos meses por año durante los nueve últimos.
   Esta ley fue aprobada definitivamente en agosto de 2011, entrando en vigor algunas de sus disposiciones ese mismo mes y otras en enero de 2012, si bien la puesta en marcha del grueso de la reforma, como la subida de la edad de jubilación, se estableció en el 1 de enero de 2013.
   En coherencia con el incremento en la edad de jubilación incluido en la norma, aquellos que salgan del mercado laboral a los 67 años tendrán que haber cotizado 37 años para poder cobrar la pensión máxima, frente a los 35 años que se exigían anteriormente. Este tránsito se realizará progresivamente, en paralelo a la subida de la edad legal de jubilación.
   La reforma amplía de 15 a 25 años el periodo de cálculo de las pensiones, lo que podría tener un efecto de subida o bajada del 1% sobre las pensiones en el caso del Régimen General y algo mayor en el caso de los autónomos. Este periodo se extenderá de año en año hasta 2022, es decir, que se llegará a los 25 años de cálculo en un horizonte de diez años.
   La reforma mantiene en 15 años la edad mínima para tener derecho al 50% de la pensión, pero harán falta no 20, sino 22 años más, para poder acceder al 100% de la prestación.
   Sin embargo, habrá excepciones. Así, aquellos con 65 años que tengan carreras de cotización de 38,5 años o las cumplan antes de los 67 años podrán jubilarse con toda la pensión. En este caso, el paso de los 35 años a los 38,5 años para acceder a la pensión máxima se realizará a razón de seis meses cada dos años, es decir, en siete escalones.
   Así, a partir del cuarto año de vigencia de la reforma, una persona con 65 años podrá jubilarse con toda su pensión si cuenta con 35 años cotizados.
JUBILACIÓN ANTICIPADA Y PARCIAL.
   Por otro lado, el Gobierno ha decretado la suspensión durante tres meses de los artículos de la reforma que se referían a la jubilación anticipada y parcial. La decisión responde a su voluntad de cumplir los compromisos adquiridos con Bruselas para ampliar cuanto antes la edad efectiva de jubilación y atajar el fraude en estas dos modalidades de jubilación.
   Con ese ánimo, el Gobierno ha planteado una revisión de la regulación que disponía al respecto la reforma de las pensiones antes de que entre en vigor, modificación que sustanció en un informe que se ha sido trasladado al Pacto de Toledo.
   Así, el Ejecutivo espera que en esos tres meses en los que quedan en suspensos los artículos de la reforma relativos a jubilación parcial y anticipada se fragüe un acuerdo entre los grupos parlamentarios, pero ha dejado abierta la puerta a aprobar un decreto antes para implantar los cambios necesarios.
    El informe gira entorno al retraso de la edad legal para jubilarse bajo estas fórmulas, de los 61 a los 63 años en el caso de la jubilación parcial y anticipada forzosa y de 63 a 65 años en el caso de las jubilaciones anticipadas de carácter voluntario.
   De esta forma, el Gobierno pretende adecuar ambas formas de acceso a la jubilación al progresivo incremento de la edad legal de las jubilaciones.
   El informe presentado abría también un debate sobre el establecimiento de coeficientes de reducción de la pensión en el caso de la parcial, así como sobre los periodos de cotización previos requeridos para acogerse a estas modalidades.
   En cuanto a la jubilación parcial, el Ejecutivo propone modificar la jornada laboral obligatoria para que llegue hasta el 50% (en lugar del 27%), prolongar la vigencia del contrato de relevo o establecer un periodo mínimo de cotización exigido de 33 años.
   Por otro lado, Empleo también ha planteado la posibilidad de que un trabajador pueda simultanear durante un tiempo el cobro de entre el 40% y el 60% de la pensión y un empleo por cuenta propia o ajena.

miércoles, 21 de noviembre de 2012

La nueva norma contra los desahucios apenas salvará a 3.000 familias durante los próximos dos años




Los requisitos que el Gobierno exige para impedir los desahucios son tales que apenas LAEDICION.NET.-REDACCIÓN.-3.000 familias podrán acogerse a ellos en los próximos dos años frente a los 178.000 lanzamientos que se han producido desde que comenzó la crisis. El Ejecutivo asegura que esa cifra es artificialmente alta porque incluye locales comerciales e industriales y prevé modificar la estadística. Los requisitos que el Gobierno exige para impedir los desahucios son tales que apenas 3.000 familias podrán acogerse a ellos en los próximos dos años, según estimaciones coincidentes de la banca y del ministerio de Economía. Según reza el Real Decreto-Ley que entra en vigor hoy sólo podrán acogerse a la moratoria contra el desahucio ciertas familias que cobren menos de 19.610 euros al año y, además, hayan visto menguar sus ingresos un 50% y engordar su hipoteca un 50% en los últimos cuatro años.
Incluso si se cumplen todos esos requisitos, sólo podrán acogerse a la moratoria las familias numerosas, las familias monoparentales con dos hijos a cargo, las que tienen un menor de tres años o algún miembro discapacitado o dependiente, o en las que el deudor hipotecario se encuentre en situación de desempleo y haya agotado las prestaciones sociales o, finalmente, las víctimas de violencia de género.
Las entidades bancarias consultadas por ESTE DIGITALi aseguran que la cantidad de requisitos fijados por el Gobierno apenas afectan al 10% de su cartera morosa. Los bancos, los únicos que disponen de información desglosada del nivel de ingresos de sus clientes y de la estructura familiar, calculan que, como máximo, serán unos 5.000 casos los que puedan acogerse a esta ley.
La cifra concuerda con la que maneja el ministerio de Economía. Según el subsecretario del ministerio de Economía, Miguel Temboury, se han producido unos 15.000 desahucios de primera vivienda desde que comenzó la crisis. Eso arroja un saldo inferior a los 3.000 anuales de los que más de la mitad quedaría fuera del nuevo paraguas.
La cifra oficial de desahucios del Consejo General del Poder judicial estima que en 2012 se han registrado unos 35.000 desahucios en la primera mitad del año. Con el actual ritmo, eso significará que sólo este año se producirán unos 70.000 “lanzamientos” y que el número de desahucios desde que comenzó la crisis superará los 178.000.

El Gobierno prepara una nueva estadística de desahucios
El Ejecutivo, sin embargo, minimiza el valor de esas cifras oficiales. El representante del gobierno en las negociaciones con el PSOE y subsecretario del ministerio de Economía, Miguel Temboury, asegura que la cifra esta “exagerada hasta centuplicar la realidad” porque incluye “incluye locales y establecimientos industriales y comerciales e incluso contempla deudas en las que no se produce el embargo porque haya demandas del banco”. “Las cifras deben ser depuradas”, aseguró Temboury en declaraciones a la Cadena COPE.
 “Las cifras deben ser depuradas”, asegura el subsecretario de Economía
Fuentes de Economía reconocen que el Ejecutivo prepara una nueva estadística para excluir los procedimientos comerciales. El objetivo es elaborar un indicador que sólo contenga la mora hipotecaria para la primera vivienda. En la actualidad no hay una base de datos común sobre desahucios porque los juzgados no desagregan que ejecuciones son de primera residencia, naves o locales comerciales. El objetivo es acotar el tamaño del problema "sin querer minimizar el drama", concluyen esas fuentes.

sábado, 17 de noviembre de 2012

La moratoria en los desahucios, solo a las personas en extrema pobreza



  

El Gobierno quiere crear en colaboración con la banca un fondo de viviendas sociales para los desahuciados. Las familias con unos ingresos inferiores a los 1.600 euros al mes y enfermos o bebés no serán desalojados

LAEDICION.NET.-:/ Redacción El Consejo de Ministros aprobó ayer un decreto ley con medidas para evitar que familias en situación de vulnerabilidad extrema sean desahuciadas de sus viviendas. La iniciativa fue tildada de “decepcionante, discriminatoria y demasiado restrictiva” tanto por la Plataforma de Afectados por la Hipoteca como por el PSOE. El primer partido de la oposición no apoyó al Gobierno central en esta fase, pero no descarta hacerlo cuando el decreto se tramite en el Congreso.
El Ejecutivo ha evitado modificar la ley hipotecaria –una exigencia planteada por los jueces, el PSOE y las oenegés– y ha definido las exigencias que una familia debe cumplir para evitar ser desalojada de su primera vivienda. En primer lugar, la familia debe tener una renta global inferior a tres veces el indicador público de renta de efectos públicos, esto es, 1.597 euros al mes (19.164 euros al año). Además, ha debido de ver alterada de manera significativa su carga hipotecaria en los últimos cuatro años, la cuota mensual que le exige el banco por su crédito debe superar el 50% de los ingresos netos familiares y la vivienda afectada debe ser la única en propiedad.
Si una familia reúne todas estas circunstancias, podrá solicitar la moratoria de dos años en el pago de la cuota hipotecaria siempre que cumpla además una de estas otras condiciones: estar en paro y sin recibir prestación; ser familia numerosa o monoparental con dos hijos a cargo; tener un hijo menor de 3 años; convivir con una persona con discapacidad superior al 33% o en situación de dependencia o enfermedad que le impida trabajar, o que haya en el núcleo familiar una víctima de violencia machista.
INTERESES DE DEMORA // Junto con esta moratoria de dos años, que no tiene efectos retroactivos, el Ejecutivo también promete crear de manera “urgente” un Fondo Social de Viviendas, con precios de alquiler “muy razonables”, según la vicepresidenta, Soraya Sáenz de Santamaría, para las personas desahuciadas.
Para el trámite parlamentario, el Gobierno ha dejado los aspectos relacionados con las subastas, los intereses de demora –una de las medidas más apremiantes a ojos de los colectivos contra los desahucios–, la independencia de las sociedades de tasación y las cláusulas abusivas. Tras el Consejo de Ministros, Sáenz de Santamaría afirmó que el decreto es una “respuesta urgente y paliativa” que el Gobierno adopta “por razones humanitarias”.
Los socialistas, que entre el lunes y el miércoles mantuvieron tres reuniones maratonianas con el Gobierno, consideran que la respuesta es “urgente”, sí, pero “no paliativa”. O al menos no lo suficiente. El PSOE quería una reforma mucho más profunda, que el código de buenas prácticas bancarias fuese de obligatorio cumplimiento y que bastase el umbral de renta, sin más requisitos, para acogerse a la paralización del desalojo. De ahí que el acuerdo fuera imposible. Ni siquiera con la última oferta del Ejecutivo, que según concretó el PSOE era mucho menos restrictiva de la finalmente aprobada por el Consejo de Ministros.
“¿Qué pasa si la familia tiene un hijo de 4 años y no de 3?”, se preguntó la vicesecretaria de economía socialista, Inmaculada Rodríguez-Piñero: “No podrá acogerse, aunque no pueda pagar la hipoteca”. En cualquier caso, las negociaciones continuarán durante la tramitación y el PSOE espera, aunque sin mucha convicción, que sirvan para reformar a fondo la ley hipotecaria.
La vicepresidenta no quiso dar un sí rotundo a las preguntas sobre si el Ejecutivo reformará esta norma y recordó que el PSOE no la cambió en siete años en el Gobierno. Lo que sí reconocieron ella y el ministro de Economía, Luis de Guindos, es que la troika había sido informada sobre estas iniciativas, pero sin detalle

La moratoria de dos años en los desahucios entra en vigor hoy



LAEDICION.NET.-REDACCIÓN.-El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica hoy el Real Decreto-Ley de medidas urgentes para reforzar la protección a los deudores hipotecarios que establece la suspensión de desahucios hasta el 16 de noviembre de 2014 y ordena la constitución de un fondo de viviendas para alquileres sociales.
La paralización de los desahucios durante los próximos dos años se aplicará a los procesos judiciales o extrajudiciales iniciados a fecha de hoy en los que no se haya producido el lanzamiento (última fase de una ejecución hipotecaria, que habitualmente coincide con el desahucio).
Tal y como anunció ayer el Gobierno tras el Consejo de Ministros, para beneficiarse de la suspensión del desahucio es necesario cumplir los supuestos de vulnerabilidad especial y tener un determinado nivel de renta.
Pueden acogerse a la medida familias numerosas, monoparentales con dos hijos, con algún menor de tres años a su cargo, con personas con una discapacidad superior al 33 por ciento o dependencia que incapacite permanentemente para trabajar y si se dan algunos supuestos de violencia de género.
Asimismo, tienen derecho deudores en paro y que hayan agotado la prestación por desempleo, las unidades familiares en las que convivan con el deudor una o más personas unidas al titular de la hipoteca o a su cónyuge por parentesco o vínculo hasta tercer grado de consanguinidad y que estén en situación de discapacidad, dependencia o enfermedad grave que incapacite para trabajar.
Al mismo tiempo, será necesario tener una renta inferior a tres veces el IPREM -1.597 euros mensuales, es decir, 19.164 euros anuales- o que se haya producido una alteración de las circunstancias económicas (que el peso de la cuota hipotecaria sobre los ingresos aumente en un 50 por ciento en los últimos cuatro años, o que la cuota hipotecaria supere el 50 por ciento de los ingresos netos).
La norma garantiza que durante dos años los colectivos definidos como vulnerables no puedan ser desalojados de su vivienda, con la confianza de que, tras este periodo, habrán superado las dificultades económicas actuales, señala la exposición motivos de la norma.

El Gobierno fija los criterios de los desahucios "urgentes" y crea alquileres sociales



  
Tendrán una moratoria sólo las rentas bajas con familias numerosas o dependientes a su cargo
LAEDICION.NET

El Gobierno ha aprobado este jueves un real decreto para frenar los desahucios de las personas más vulnerables mediante el que se creará un parque de viviendas sociales con un alquiler barato para personas desahuciadas y fija el umbral de renta para acogerse a estas medidas en 3 veces el IPREM, que son 19.200 euros contabilizado con doce pagas, es decir, 1.597 euros al mes.
Este Real Decreto Ley contiene dos medidas clave, las más urgentes para atender y paliar las dificultades de los colectivos de mayor vulnerabilidad, según la explicación dada por la vicepresidenta primera, Soraya Sáenz de Santamaría, y el ministro de Economía, Luis de Guindos.

Así, se contempla la paralización durante dos años de los lanzamientos (la fase final de desahucio) que afecten a los colectivos que no superen el nivel de rentas previsto tres veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Públicos), que en 2012 es de 532 euros al mes, lo que representaría familias cuyos ingresos mensuales no superen los 1.597 euros; en los que se haya producido una alteración significativa de las circunstancias económicas, es decir, cuando la carga hipotecaria se haya multiplicado, al menos, por un 1,5 por 100 en los últimos cuatro años; en los que la cuota hipotecaria supere el 50 por 100 de los ingresos netos; en los que se trate de un crédito garantizado con hipoteca sobre la única vivienda en propiedad.

Además, se aplicará sobre familias que encuentren en alguna de estas circunstancias:

- Ser familias numerosas de acuerdo con la definición en la legislación vigente.
- Constituir una unidad familiar monoparental con dos hijos a cargo.
- Ser familias con algún menor de tres años.
- Tener a su cargo a personas en situación de discapacidad superior al 33 por 100 o dependencia que incapacite de modo permanente para una actividad laboral.
- Ser deudores en paro y sin prestación por desempleo.
- Constituir unidades familiares en las que convivan en la misma vivienda una o más personas que estén unidas con el titular de la hipoteca o su cónyuge por vínculo de parentesco hasta el tercer grado de consaguinidad o afinidad y que se encuentren en situación personal de discapacidad, dependencia o enfermedad grave que le incapacite de forma temporal o permanente para una actividad laboral.
- Estar en algunos supuestos de violencia de género.

Paralelamente, el Gobierno contempla la creación urgente de un Fondo Social de Viviendas, con un parque de viviendas destinadas al alquiler con precios bajos para personas que han perdido su vivienda.

Más medidas en la tramitación parlamentaria

Además, el Gobierno, en la consiguiente tramitación parlamentaria, abordará otros asuntos que deberían formar parte de la Ley consecuencia de este Real Decreto Ley. En primer lugar, el establecimiento de nuevos umbrales para la aplicación del Código de Buenas Prácticas, para poder entrar en procesos de reestructuración de la deuda, de quita o, en su caso, de dación en pago.

Asimismo, se mejorarán aspectos relacionados con las subastas y con los intereses de demora, mecanismos para dar mayor independencia a las sociedades de tasación frente a las instituciones bancarias a la hora de tasar la vivienda, la posibilidad de establecer límites en las compras de vivienda habitual para evitar de cara al futuro el sobreendeudamiento o mecanismos para evitar cláusulas abusivas en las negociaciones hipotecarias.

jueves, 15 de noviembre de 2012

El Gobierno prohibirá hoy los desahucios de familias con menos de 19.000 € de ingresos



  • Una vez aprobado, hay disposición por parte del Gobierno para que se tramite como proyecto de ley en el Parlamento.
  • Los socialistas aún no han dicho si lo secundan, por falta de acuerdo total.
LAEDICION.NET.-:/ Redacción.-El Consejo de Ministros aprobará este jueves el decreto ley con medidas urgentes para paliar los desahucios, que fijará el umbral de renta para evitar el embargo de la vivienda en unos 19.000 euros. Después de la tercera reunión entre Gobierno y PSOE para intentar buscar soluciones a este drama, los socialistas han dejado pendiente si se suman a un acuerdo total, han informado fuentes del Ejecutivo.
El Gobierno quiere que esta medida sea de aplicación a los colectivos más vulnerables, entre los que estarían los ancianos, discapacitados o familias con hijos a su cargoSin embargo, el encuentro —empezó en torno a las 19.00 horas del miércoles y se prolongó hasta la 1.00 horas del jueves— ha concluido con "avances importantes" para llevar a cabo reformas urgentes y también en relación con cambios en la legislación hipotecaria.
Fuentes socialistas han explicado que aún quedan algunos aspectos importantes por cerrar en lo que se refiere a los umbrales que marcan las familias protegidas y la moratoria en el desahucio, así como la tramitación de la reforma de la Ley.
En principio, hay aproximaciones en torno al umbral de renta para evitar los desahucios pero no hay acuerdo. Desde el Ejecutivo se informó de que ambas partes estaban a favor de que el umbral se fijara en 3 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), que equivale a 2,5 veces el SMI que proponía el Gobierno.
Esto dejaba el tope de renta un poco por encima de los 19.000 euros, ya que 2,5 veces el SMI suman 19.230 euros y 3 veces el IPREM, calculado con doce pagas —que también existe esta opción—, se sitúa en 19.170 euros anuales.
Sin embargo, fuentes de PSOE han precisado después que este asunto aún no se ha cerrado del todo y que su reclamación es que se suspendan todas las ejecuciones hipotecarias por debajo del tope de renta calculado con un IPREM de catorce pagas, es decir, 22.365 euros.

Contactos antes del Consejo de Ministros

Los socialistas admiten que se han producido muchos avances, que atribuyen a que el Ejecutivo ha recogido muchas de sus propuestas, han indicado fuentes de esta formación. Además, sostienen que el Gobierno les ha transmitido la intención de redactar esta misma noche el decreto ley con los avances que han logrado en la negociación y facilitárselo antes de que sea aprobado en la reunión del Consejo de Ministros de este jueves.
El Gobierno quiere que esta medida sea de aplicación a los colectivos más vulnerables, entre los que estarían los ancianos, discapacitados o familias con hijos a su cargo. Una vez que se apruebe en el Consejo de Ministros, hay disposición por parte del Gobierno para que se tramite como proyecto de ley para recibir las aportaciones de los grupos parlamentarios, según fuentes del Ejecutivo.

Freno al desahucio de familias con menos de 1.600 euros al mes



El Consejo de Ministro aprobará hoy las medidas haya o no pacto con los socialistas. El PSOE aún pugnaba anoche para que el Gobierno elevara el tope a los 1.830 euros

LAEDICION.NET.-:/ Redacción.-El Gobierno decidió ayer aprobar medidas legales para que se frenen los desahucios de la primera vivienda de las familias que tengan ingresos menores de 1.600 euros por mes. El Ejecutivo aprobará hoy en el Consejo de Ministros esta y otras medidas que anoche no concretó. Al cierre de esta edición, el Gobierno y el PSOE seguían reunidos en la Moncloa ya que el principal partido de la oposición reclamaba que ese umbral se subiera a 1.830 euros.
El límite de renta a partir del cual una familia podía disfrutar de la suspensión temporal de desahucios, en principio de dos años, como propusieron los bancos, ha sido el principal motivo de división entre ambas partes. De ahí que las reuniones, que comenzaron el lunes, avanzasen con lentitud. De acuerdo con el Gobierno, el PSOE quería ampliarlo en exceso, de manera que también aquellos que no estuvieran en una situación de extrema necesidad cumpliesen los requisitos para acogerse a la moratoria.
El encuentro de ayer, que comenzó a las 19.30 horas, se alargó hasta más allá de la medianoche y fuentes de la Moncloa consideraban que las posiciones se habían acercado lo suficiente como para poder alcanzar un acuerdo.
Las medidas que el Gobierno aprobará hoy “ampliarán el código de buenas prácticas” de la banca “para adaptarlos a la realidad actual”, informaron fuentes del Ejecutivo. Pero son solo las más urgentes para paliar el drama de los desalojos, cuya manifestación más extrema está personificada en los dos suicidios y una tentativa que se han producido en el último mes. A partir de ahora, y con mucha más calma, el Ejecutivo se mostraba ayer abierto a negociar una reforma de la ley hipotecaria, que data de 1946 y fue modificada en 1981.
El Gobierno y el PSOE acordaron buscar una solución a los desalojos la semana pasada, después de que el líder socialista, Alfredo Pérez Rubalcaba, le pidiera en el Congreso al presidente, Mariano Rajoy, que acordaran una estrategia para frenar los desahucios. Ambas partes coincidieron en que la urgencia era necesaria, pero se han atascado al definir la tipología de personas que se podrán beneficiar de la moratoria.
Rubalcaba propone detener todos los desalojos hasta que se aplique la nueva ley, un procedimiento extrajudicial previo similar a los concursos de acreedores para las empresas en quiebra, bajar los intereses de demora, que el valor del inmueble durante la subasta nunca sea inferior al de la tasación original y que parte de las viviendas se dediquen al alquiler social para las personas ya desahuciadas.
Algunas de estas propuestas, como la última, ya está puesta en práctica en comunidades gobernadas por el PP como Castilla-La Mancha, y el Ejecutivo era favorable a aplicarla en toda España.