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miércoles, 19 de junio de 2013

García (PP): “Las sentencias son para cumplirlas y el alcalde de Cantoria es responsable y sabe lo que tiene que hacer”





LAEDICION.NET.-El secretario general del PP en Almería, Javier Aureliano García, ha trasladado este martes, 18 de junio, que el alcalde de Cantoria, Pedro Llamas, “es responsable y sabe perfectamente lo que tiene que hacer” ante la sentencia del Tribunal Supremo (TS) que confirma las penas de dos años de cárcel y de 23 meses de inhabilitación especial a las que fue condenado por delitos de falsedad en documento público y omisión del deber de perseguir delitos.

“Las sentencias están para cumplirlas, nos gusten o no, y, por supuesto, el PP acepta y no cuestiona en ningún caso ninguna sentencia”, ha indicado a preguntas de los periodistas García, quien ha asegurado que “en breves horas o días” se sabrá “qué postura va a tomar Pedro Llamas”.

Al hilo de esto, ha remarcado que existen unas “reglas de juego de las que participamos todos y que aceptamos en nuestros quehaceres diarios y cuando entramos en política”. “Nosotros animamos a acatar sentencias, que están para cumplirlas”, ha apostillado.

Ha afirmado que desde la dirección del PP “se ha hablado” con el alcalde de Cantoria y se han “compartido reflexiones sobre la sentencia”. “Por tanto, es responsable y sabe lo que tiene que hacer”, ha insistido García.

En esta línea, y al ser interpelado sobre si hay “repuesto” ante una posible dimisión de Llamas, ha dicho que no se ha hablado “ni de repuesto, ni de dejar de tener repuesto” y ha trasladado que los “tiempos hay que marcarlos tranquilamente y sin aceleración”. “Hay buena cantera para sustituir”, ha señalado.

El Tribunal Supremo ha confirmado la pena de dos años de prisión y 23 meses de inhabilitación para empleo o cargo público para el alcalde de Cantoria por faltar a la verdad un escrito “con sello oficial” del Ayuntamiento remitido a la Policía Autonómica, en el que negaba que hubiera autorizado el suministro de luz y agua a una promoción de cuatro viviendas construidas sobre suelo no urbanizable.

Llamas ha sido condenado, asimismo, por no denunciar estas edificaciones contrarias a la normativa urbanística ni incoar ningún expediente sancionador ni de restauración de la legalidad urbanística sino que, al contrario, según remarca el Supremo, “concedió autorizaciones para el suministro eléctrico y el agua de las mencionadas viviendas”.

domingo, 12 de mayo de 2013

Nueva sentencia sobre abusos en hipotecas



 

LAEDICION.NET.-Redacción Advertir expresamente a los clientes de que si firman una hipoteca con cláusula suelo no podrán beneficiarse de determinadas bajadas del Euribor, ha obligado el pleno de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo (TS) a la banca. Se declaran nulas estas cláusulas si no tienen transparencia y se establece que aunque se comprendan de forma aislada no es suficiente. Sentencia establecida por el alto tribunal.
En su sentencia, los magistrados sientan doctrina tras admitir el recurso de casación que presentó la Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios y Financieros (Ausbanc) contra una sentencia de la Audiencia de Sevilla que daba la razón al BBVA y avalaba estas cláusulas en sus hipotecas, declarando la nulidad de las mismas por falta transparencia.
Variable sólo al alza
BBVA ha señalado que la sentencia no cuestiona la validez de las cláusulas y “no afecta a las cantidades ya pagadas”. Y ha añadido, que hay que conocer la sentencia “en detalle” para poder valorarla “con más profundidad”.
Así establece que los consumidores deben ser informados de que, cuando el tipo de interés baja a determinados niveles, el préstamo se transforma en préstamo a interés fijo, variable sólo al alza, y no se beneficiarán de las bajadas del índice de referencia.
Será nula si no es explícita
Según enumera la sentencia, serán nulas las cláusulas cuando se haya creado “la apariencia” de un contrato de préstamo a interés variable en el que las bajadas del índice de referencia repercutirán en una disminución del precio del dinero, o la de que “el suelo tiene como contraprestación ‘inescindible’ la fijación de un techo”.
También las que se firmen bajo una falta de información de que se trata de un elemento “definitorio” del objeto principal del contrato o las que se ubiquen “entre una abrumadora cantidad de datos entre los que quedan enmascaradas y que diluyen la atención del consumidor en el caso de las utilizadas por el BBVA”.
Falta de transparencia
Igualmente, que no se hayan realizado “simulaciones de escenarios diversos, relacionados con el comportamiento razonablemente previsible del tipo de interés en el momento de contratar, en fase precontractual” y la inexistencia de una “advertencia previa, clara y comprensible sobre el coste comparativo con otros productos de la propia entidad” se considera una falta de transparencia.
Aun así, el Supremo hace hincapié en que su sentencia no es retroactiva, por lo que no afectará a “situaciones definitivamente decididas por resoluciones judiciales” ni a los pagos ya efectuados en la fecha de publicación de esta resolución

domingo, 3 de marzo de 2013

Condenado a tres años por 'menudear' con hachís, cocaína y heroína en un parque público de Adra


LAEDICION.NET.- El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la pena de tres años de cárcel y multa de 750 euros para un hombre de 33 años por vender 'al menudeo' hachís, cocaína y heroína en un parque público frecuentado por niños y personas mayores, y ubicado junto al Paseo Marítimo de Adra.
   El Alto Tribunal desestima en una sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el recurso de casación interpuesto por la defensa de F.J.U.U. y rechaza que los estupefacientes que se le intervinieron fuese para consumo propio al constar que no tomaba droga desde 2005.
   El acusado, quien acudía frecuentemente al parque junto a su pareja, una joven de 19 años en avanzado estado de gestación, fue arrestado en agosto después de un dispositivo policial de vigilancia que se activó tras una llamada a la Guardia Civil.
   La citada llamada alertaba de que un hombre y una mujer solían desplazarse desde Berja, municipio en el que residían, hasta Adra para menudear con droga en el Paseo Marítimo, por lo que la Guardia Civil activó un operativo que permitió grabar su conducta entre los días 24 y 30 de julio.
   En el curso de esa vigilancia, los agentes observaron como numerosas personas, conocidas por su "condición de consumidores" de sustancias estupefacientes, se acercaban hasta F.J.U.U. y mantenían "una breve conversación con él" para, "acto seguido", recibir a cambio de dinero "un pequeño objeto".
   Cuando se procedió a la detención del acusado, junto a su pareja, se le intervinieron varios envoltorios con 33 gramos de hachís y un porcentaje de THC del 3,53 por ciento; cuatro pastillas de metadona; 0,8 gramos de heroína mezclada con una sustancia excipiente y una pureza del 11,21 por ciento; y 1,2 gramos de cocaína de una pureza del 47,53 por ciento, además de 50 euros en efectivo

viernes, 8 de febrero de 2013

Seis años de pena a tres arrestados por robar hachís y matar a un hombre


El Tribunal Supremo (TS) ha elevado en seis años, a instancias de la acusación particular, las penas impuestas a tres hombres condenados tras un robo en el que resultó muerto un hombre después de que le disparasen hasta en siete ocasiones para robarle hachís.

LAEDICION.NET.-REDACCIÓN.-La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Almería absolvió a los procesados del delito de asesinato del que eran acusados, y condenó a uno de ellos como autor de los delitos de robo violento en grado de tentativa, homicidio consumado y tenencia ilícita de armas de fuego, a penas de 14 años y medio de prisión. Los magistrados del Tribunal almeriense condenaron a los otros dos procesados, por robo violento en grado de tentativa y homicidio consumado, a once años y medio de cárcel.

viernes, 1 de febrero de 2013

El TS dará a conocer la próxima semana la sentencia del caso Marta


LAEDICION.NET.-REDACCIÓN.-El Tribunal Supremo (TS) dará a conocer durante la próxima semana la sentencia por el asesinato de la joven sevillana Marta del Castillo, en un fallo que contará, al menos, con el voto particular de alguno de los magistrados del Alto Tribunal al no estar de acuerdo con el mismo, según han informado a Europa Press fuentes judiciales.
   En este sentido, las mismas fuentes han señalado que el Supremo dictará la sentencia dentro del plazo establecido tras la última prórroga de 15 días acordada por el Alto Tribunal debido a la "complejidad" del caso, prórroga que expiraba esta misma semana, aunque no será hasta la próxima semana cuando el fallo le sea notificado a las partes.
   Según las fuentes consultadas, la sentencia contará con "uno o varios votos particulares" de magistrados de la Sala de lo Penal que no están de acuerdo con el fallo, el cual se producirá después de que tanto la familia de Marta del Castillo como la Fiscalía solicitaran que se anule la sentencia emitida por la Audiencia Provincial y se celebre un nuevo juicio.
   La Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla condenó a Miguel Carcaño a 20 años de cárcel por el asesinato de la joven y le absolvió del delito de violación. Asimismo, absolvió a su hermano, Francisco Javier Delgado, a la novia de éste, María García, y a Samuel Benítez de ayudarle a ocultar el cadáver de Marta.
   Hay que recordar que la Sala celebró el pasado día 7 de noviembre una vista pública para revisar los recursos interpuestos contra la resolución de la Audiencia Provincial de Sevilla que fueron presentados por la Fiscalía, el único condenado por estos hechos y los propios padres de la joven.
LOS PADRES PIDEN UN NUEVO JUICIO
   El fiscal y el abogado de los padres de Marta solicitaron a los magistrados del Supremo que anulen la sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla por la muerte de la joven y ordene la celebración de un nuevo juicio, con el fin de que los tres supuestos cómplices sean también condenados por la muerte de la joven.
   El Ministerio Público pide que Carcaño sea condenado por un delito contra la integridad moral de los padres y que los acusados paguen los 616.319 euros que costó la búsqueda del cuerpo desde su desaparición, en el río Guadalquivir, en el vertedero de Alcalá de Guadaíra y en la zanja de Camas.
   Tanto el fiscal Fernando Sequeros como la acusación particular tildaron durante la vista pública de "arbitraria" y alejada a las reglas de la "más elemental lógica" la valoración de la Audiencia de Sevilla. El abogado de la familia reclamó la nulidad de la sentencia y la repetición del juicio ante "magistrados que no estén contaminados" o ante un jurado popular.

lunes, 10 de diciembre de 2012

Condenado a dos años tras ser sorprendido con 5 gramos de cocaína a las puertas de una discoteca



El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la pena de 24 meses de prisión y multa de 500 euros para un vecino de Adra (Almería) de 32 años al que la Guardia Civil intervino cinco gramos de cocaína cuando estaba a las puertas de una discoteca de este municipio del Poniente almeriense.
 LAEDICION.NET.-REDACCIÓN.-El Alto Tribunal desestima el recurso de casación interpuesto por el acusado contra la sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial al rechazar que la cantidad que se decomisó al acusado estuviese destinada a autoconsumo o a consumo compartido, extremo este que él alegó en la vista oral.
   La resolución, a la que ha tenido acceso Europa Press, comparte la tesis del tribunal de instancia y subraya que fue sólo fue posible identificar a dos de lo miembros del grupo que supuestamente iban a compartir la droga ya que los demás testigos lo negaron en sala, por lo que "se desconoce si tienen o no la condición de consumidores frecuentes o esporádicos".
   Al hilo de esto, estima que, si "en el mejor de los casos", la sustancia estupefaciente iba a ser consumida por el acusado y su acompañante, la cantidad intervenida es "excesiva para ser consumida en una sola noche".
   Añade que esta consideración viene avalada por el hecho de el consumo diario medio se cifra en 1,5 gramos de cocaína por persona, "sobre todo si se tiene presente que, según sus propias manifestaciones, ninguno de ellos era adicto a las drogas, sino consumidores ocasionales", concluye.
   Según los hechos probados, el acusado se encontraba a las 05,00 horas del 31 de octubre de 2008 hablando por teléfono a las puertas de una discoteca situada en el número 105 de la Carretera de Almería, en término municipal de Adra, cuando, al percatarse de la llegada de la Guardia Civil, "se dirigió apresuradamente al interior del establecimiento".
   Al ser requerido por los agentes, estos encontraron, oculto bajo sus calzoncillos, un paquete de tabaco con diez bolsita de plástico de color verde y una sustancia blanca que, una vez analizada, resultó ser cocaína. En total, se le intervinieron 5,14 gramos con un pureza del 8,94 por ciento y un valor en el mercado ilícito de 317 euros.

sábado, 1 de diciembre de 2012

El Alcalde de Níjar ve "atropello" el decreto de protección del litoral y advierte de que "ahuyenta inversores"



  
LAEDICION.NET.-:/ Redacción.-El alcalde de Níjar (Almería), Antonio Jesús Rodríguez (PP), ha calificado este miércoles de "atropello" el decreto-ley de protección del litoral aprobado por la Junta de Andalucía, si bien ha precisado que la afección al término municipal se ciñe al proyecto para construir 150 viviendas y un hotel en el espacio protegido de La Fabriquilla, que, en la actualidad, se encuentra judicializado al estar enclavado en los límites del parque natural de Cabo de Gata.

Rodríguez ha indicado a Europa Press que la norma, que eleva la protección del dominio público marítimo-terrestre a 500 metros, "interfiere" en la competencia de los ayuntamientos para elaborar su planeamiento al tiempo que "ahuyenta" las "posibilidades de generación de empleo y riqueza" a través de inversores urbanísticos.

"Supone más restricciones a la actividad urbanística", ha remarcado el regidor para quien la Junta, "en su política en contra de todo", pretende con el decreto-ley "confrontar" con el Gobierno que preside Mariano Rajoy y con la nueva Ley de Costas. "Ha adoptado la línea más extrema en un época en la que creo que no se lo pide nadie y obedeciendo a presiones sin justificación", ha apuntillado.

Al hilo de esto, Rodríguez ha advertido que con la suspensión en el plazo de dos años de actuaciones en la franja litoral "se ponen más trabas" a los inversores "alejando cualquier posibilidad". "Si alguien se lo está pensando, se lo pensará mucho mas, lo que ahuyenta la generación de empleo y riqueza".

El alcalde nijareño ha abogado, no obstante, por "sentar las bases" para que, de cara al futuro, el desarrollo "urbanístico" se haga "de manera más ordenada" aunque ha matizado que, a su juicio, "esta no es la vía".

Con respecto a la incidencia del decreto-ley en el planeamiento de Níjar, ha precisado que el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) está en proceso de adaptación a la LOUA aunque sólo afectaría a La Fabriquilla, suelo calificado como urbanizable en virtud de una sentencia del Tribunal Supremo (TS) de 1997 y cuya ejecución está actualmente pendiente de sentencia por parte del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) después de que el Supremo reiterara el derecho a urbanizar de sus 15 propietarios.

"Entendemos que está más o menos claro de acuerdo a la última sentencia y que esta nueva normativa no lo va desvirtuar a la espera de que se pronuncie el TSJA", ha asegurado Rodríguez, quien ya trasladado la intención municipal de aprobar definitivamente el Plan Parcial para el paraje en cuanto haya conformidad de los tribunales.

lunes, 19 de noviembre de 2012

El alcalde de Níjar defiende construir en La Fabriquilla y dará salida a los proyectos


LAEDICION.NET.-REDACCIÓN.-La sentencia del Supremo ordena calificar el terreno "apto para urbanizar" en las Normas Subsidiarias del municip El alcalde de Níjar, Antonio Jesús Rodríguez (PP) hizo pública ayer la intención del equipo de gobierno de "continuar" con la tramitación del plan parcial para la construcción de 150 viviendas y un hotel impulsado por los propietarios de los terrenos de La Fabriquilla, en pleno parque natural de Cabo de Gata-Níjar en caso de que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía resuelva en este sentido después de una reciente sentencia del Supremo que así lo avala. "El Ayuntamiento siempre ha visto bien este proyecto", ha indicado el primer edil, después de que el Alto Tribunal haya reconocido el derecho adquirido por los propietarios mediante una sentencia firme de 1997, en la que se ordenó calificar las 15,11 hectáreas como suelo "apto para urbanizar" en las Normas Subsidiarias (NNSS) del municipio. Pese a que el planeamiento municipal así lo recoge desde 1999 en ejecución de la citada sentencia, la normativa ambiental aprobada en febrero de 2008 por la Junta de Andalucía para el parque natural recoge que la zona está "sujeta a protección y regulación especial por su diversidad biológica y paisajística". Rodríguez ha remarcado que el Ayuntamiento nijareño aprobó de manera provisional el Plan Parcial del sector SAU FA-1 en marzo de 2008 aunque, finalmente, por acuerdo de junio de ese mismo año denegó la aprobación definitiva tras un informe desfavorable de la Consejería de Medio Ambiente. "Evidentemente, el Supremo da la razón a los promotores y confirma que hubo un defecto de forma en la ejecución de la sentencia que obligaba a que se declarase el suelo apto para urbanizar", ha apuntillado.

El regidor ha subrayado que la voluntad de los particulares que tienen la titularidad de las 15,11 hectáreas en La Fabriquilla es "manifiestamente clara" en favor de continuar con el proyecto, por lo que el Ayuntamiento "lo va a hacer, retomando la tramitación del Plan Parcial, en cuanto tengamos conformidad".

"Nosotros seguiremos defendiendo el proyecto", ha asegurado Rodríguez, quien ha afirmado que comparte el argumento esgrimido en los fundamentos del derecho por el TS al considerar que para que se "materialice" el derecho reconocido a los propietarios en 1997 "se debe dejar que se desarrolle urbanísticamente la zona". "Estamos totalmente de acuerdo con el tribunal", ha apuntillado, a pesar de que en la propia sentencia se recrimina la "actitud obstruccionista" del consistorio con los proyectos de urbanización

viernes, 9 de noviembre de 2012

El TC no ampara a Garzón tras su condena por las escuchas de Gürtel



Varapalo al exjuez estrella

Garzón pidió amparo al Constitucional tras su inhabilitación de once años. El tribunal no ha admitido a trámite el recurso.

LAEDICION.NET.-:/ Redacción.-El Tribunal Constitucional ha rechazado este miércoles el recurso de amparo que presentó el exjuez Baltasar Garzón contra la condena a once años de inhabilitación que le impuso el Tribunal Supremo por su actuación en la investigación del "caso Gürtel".

El Tribunal Supremo condenó a Garzón por ordenar intervenir las comunicaciones que varios de los imputados en el "caso Gürtel" y sus letrados en la prisión madrileña de Soto del Real cuando fue el instructor de esta causa.
En una providencia dictada este miércoles, el Constitucional entiende que el TS no vulneró ningún derecho fundamental del exjuez cuando le condenó por un delito de prevaricación al ordenar espiar a letrados e imputados en la trama.
Por esta razón, el tribunal de garantías rechaza el recurso interpuesto por la defensa del juez y, en consecuencia, le deniega el amparo solicitado. Ahora, el Ministerio Fiscal puede interponer recurso de súplica contra esta decisión en el plazo de tres días. Si no lo hace las actuaciones quedarán archivadas y el exjuez sólo podrá recurrir ante el Tribunal de Estrasburgo.

Hasta ahora los abogados de Baltasar Garzón habían defendido que el recurso debía ser admitido por la legislación española no es clara a la hora de regular las intervención de las escuchas. También mantuvieron que el propio Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha reclamado en varias ocasiones a España que legisle en esta materia.