LAEDICION.NET.-:/ Redacción.-El Gobierno no aprobará hoy finalmente
la nueva reforma financiera, la tercera desde que el Partido Popular está en el
poder, sino que esperará al Consejo de Ministros del 31 de agosto, según
señalaron fuentes gubernamentales a Europa Press.
Con este cambio, el Ejecutivo pretende adaptar el Memorando de
Entendimiento pactado con la UE y cerrar la reestructuración financiera, un
proceso que inició el Partido Socialista en su última etapa del Gobierno y que
no acaba de despejar las dudas de los mercados sobre el sistema financiero
español.
En este caso, el cambio permitirá al Fondo de Reestructuración
Ordenada Bancaria (FROB) liquidar entidades no viables, así como requerir el
cese y sustitución de gestores de bancos para evitar su deterioro.
La reforma incluye además una solución para los tenedores de
participaciones preferentes o subordinadas de las entidades que han recibido
ayudas públicas o han sido intervenidas, aunque los inversores tendrán que
asumir una quita, ya que el canje se hará teniendo en cuenta el valor de
mercado de estos productos.
De la misma forma, el cambio intentará evitar escándalos de
este tipo en el futuro fijando un valor mínimo de 100.000 euros para las
emisiones de sociedades no cotizadas de este tipo de productos, lo que deja
fuera a casi todos los inversores particulares.
Asimismo, establece que la oferta debe contar con un tramo
exclusivamente dirigido a clientes profesionales de al menos el 50% del total y
eleva los requisitos de información por parte de las entidades para que los
inversores sepan lo que compran.
La nueva reforma introduce también algunos cambios que afectan
a reformas anteriores, como la limitación del sueldo máximo de los banqueros de
entidades que hayan recibido ayudas a 500.000 euros.
Finalmente, la reforma tiene que permitir la puesta en marcha
del 'banco malo' para transferir los activos tóxicos vinculados al 'ladrillo'
de las entidades que han recibido ayudas.
Los inquilinos que se retrasen en el pago de la renta de alquiler podrán ser
desahuciados en un plazo de diez días si no presentan alegaciones ante el juez,
según el Anteproyecto de Ley de Medidas para la Flexibilización y Fomento del
Mercado de Alquiler, que se aprobará este viernes en el Consejo de Ministros.
En un encuentro con la prensa, la ministra de Fomento, Ana
Pastor, ha explicado que, con la normativa en vigor, el arrendador se ve
obligado a acudir a la vía jurisdiccional y obtener una sentencia declarativa
para que el impago de la renta pudiese dar lugar a un desahucio. "Además,
el inquilino tenía la posibilidad de pagar en el último momento y evitar la
ejecución", ha señalado.
Con la nueva ley, se establece un plazo de diez días desde que
el arrendador acude al juzgado a poner la denuncia para que el arrendatario
pague su deuda, "y, si no lo hace, el juez puede dictar la resolución del
contrato de forma inmediata, sin más trámites". Asimismo, la finalización
del proceso será mediante auto del juez, en lugar del decreto del Secretario
Judicial que se empleaba hasta ahora.
Según Pastor, "lo que se quiere es reducir el
procedimiento tedioso que se tenía que llevar a cabo hasta ahora para dictar
una resolución, pues lo que está claro es que el que no paga, no va a pagar
aunque se le dé más plazo".
El secretario de Estado de Infraestructuras, Transporte y
Vivienda, Rafael Catalá, ha asegurado que, "aunque pueda parecer que esta
medida sea una ventaja para el arrendador, lo cierto es que se quiere evitar la
picaresca en los contratos de alquiler".
"Es un asunto delicado, porque ahora los desahucios nos
inquietan a todos. Por ello, se abre un plazo de diez días para hacer
alegaciones ante el juez", ha subrayado Catalá, quien cree que la sociedad
"siempre ve la parte del pobre inquilino que no puede pagar, pero no se
puede olvidar tampoco a la parte arrendadora, que quizá tenga ese inmueble como
fuente de ingresos".
Así, el secretario de Estado ha afirmado que los plazos de desahucio,
"que ahora están en meses o más, se verán reducidos notablemente, ya que
la ley permitirá agilizar los procesos judiciales, pues, a partir de ahora, con
la presencia de un solo funcionario de juzgado se podrá llevar a cabo la
resolución".
SE PODRÁN RESCINDIR LOS CONTRATOS CON UN MES DE ANTELACIÓN
Otro de los principales aspectos de la nueva normativa para el
mercado del alquiler es la potestad del arrendatario de rescindir el contrato
sin tener que pagar ninguna indemnización si lo comunica con un mes de
antelación, "independientemente de la duración de éste".
Asimismo, el dueño de la vivienda podrá recuperarla para
residencia habitual (siempre que sea para él, para familiares en primer grado
de consanguineidad o por adopción, o cónyuge en caso de divorcio) sin necesidad
de que se haya pactado en el contrato, "siempre con un plazo de dos meses
de preaviso".
"Antes el dueño solo podía recuperar su casa para
utilizarla como residencia habitual siempre que se hubiese pactado previamente
en el contrato", ha destacado la ministra de Fomento, para quien
"esta mejora es una cuestión de sentido común".
Por otra parte, el comprador de una vivienda arrendada solo
estará obligado a mantener al inquilino en los arrendamientos inscritos en el
Registro de la Propiedad, "aunque continúa sin ser obligatoria esta
inscripción".
En la normativa vigente, en los contratos de duración inferior
a cinco años, el comprador está obligado a mantener al inquilino ese periodo de
tiempo, "esté o no inscrito en el Registro de la Propiedad". En los
contratos superiores a cinco años, si no están registrados, el comprador debe
mantener al arrendatario los cinco años y, si lo está, debe mantenerlo la totalidad
del plazo del contrato.
Para la titular de la cartera de Fomento, el
"principal" objetivo de este proyecto de ley es flexibilizar el
mercado del alquiler, reforzar la seguridad jurídica y mejorar la regulación
del procedimiento judicial de desahucio.
"La reforma se plantea porque tenemos un mercado del
alquiler muy pequeño frente al resto de países de la UE, pues solo un 17% de la
población tiene vivienda de alquiler, frente al 83% que la tiene en
propiedad", ha aseverado Pastor, para quien "lo más gordo" es el
'stock' de 700.000 viviendas que hay en España.
En cuanto a las previsiones de los resultados que puede obtener
la nueva regulación, Ana Pastor ha apostado por mantenerse
"prudente", ya que considera que "hay muchos escenarios posibles,
porque el mercado de vivienda es una realidad multivariante".
"La situación que tenemos en este momento es bastante
mala, tirando a muy mala", ha confesado la ministra, quien cree que con el
Anteproyecto de Ley "se mejorará" la situación y se dinamizará
"de forma importante" el mercado, "porque hay mucha gente que
quiere alquilar y otra mucha que quiere arrendar su vivienda, por lo que esas
dos realidades deberían casar".