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jueves, 30 de mayo de 2013

El Supremo anula la compraventa de una casa por la crisis




LAEDICION.NET.-El Tribunal Supremo (TS) ha decretado la resolución del contrato de compraventa de un inmueble celebrado en Granada en junio del año 2006 entre dos empresas aduciendo que el comprador quedó sin posibilidad material de adquirirla, ante la negativa de Caja Madrid de mantener las condiciones de subrogación hipotecaria debido a la crisis económica.

Según el alto tribunal, en este caso es hecho notorio -que no es necesario probar en aplicación del artículo 281.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil- "que la crisis económica que alcanzó a nuestro país se produjo entre 2007 y 2008, lo que tuvo consecuencias en el ámbito jurídico, especialmente en la concesión de préstamos con garantía hipotecaria y en la aceptación de subrogaciones en los que habían sido concedidos con anterioridad".

En este caso los demandantes solicitaban la anulación del contrato firmado en 2006 porque la entrega de la vivienda, pactada para marzo de 2007, no cristalizó hasta abril de 2008 y además Caja Madrid se negó a aceptar la subrogación ofertada inicialmente para el préstamo hipotecario.

La resolución del Tribunal Supremo apunta que "el plazo fue esencial en el caso, en cuanto coincidió con el hecho notorio de la crisis económica" que impidió la aceptación bancaria en la concesión de la hipoteca.

domingo, 27 de enero de 2013

Ana Botella ignora una sentencia del Supremo para ganar más dinero con la venta de unos terrenos en Valdebebas


LAEDICION.NET.-REDACCIÓN.-Ecologistas en Acción ha cargado  contra Ana Botella por querer subastar una parcela en Valdebebas a la que otorga uso residencial edificable, cuando estas características fueron anuladas por el Tribunal Supremo. El colectivo ha asegurado que la alcaldesa de Madrid quiere hacer negocio con este proceso y ha amenazado con llevar al Ayuntamiento ante la justicia si no paraliza la venta.
En una nota de prensa, la plataforma ecologista señala que “la Agencia Tributaria de Madrid, dependiente del Ayuntamiento, tiene previsto subastar el 31 de enero una parcela que ha obtenido por embargo a La Dehesilla de Valdebebas, Sociedad Cooperativa Madrileña”. El anuncio sobre dicho proceso “fue publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid del pasado 5 de enero”, aunque Botella ha decidido ‘omitir’ algunos aspectos con el fin de obtener los mayores beneficios en este proceso.
Según esta asociación, “dicha parcela se sitúa en Valdebebas, uno de los veintidós ámbitos del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid anulados por sentencias del Tribunal Supremo de 2007 y de 2012”. En este sentido, los ecologistas remarcan que el anuncio del Ayuntamiento de la capital describe el terreno como “residencial y se le asigna una edificabilidad (superficie que se puede construir) de 6.773 metros cuadrados. En estas condiciones, la valoración de partida es de 4.330.208 euros”.
“Se omite en el anuncio que la parcela ha perdido la condición de suelo urbanizable y por tanto, el uso residencial y la edificabilidad asignada. El terreno está incluido en un sector anulado por sentencia y, por tanto, su suelo no es urbanizable”, sigue la carta de este colectivo, que acusa al consistorio de Botella de cometer una “grave imprudencia” que no es más que “un engaño a los interesados y futuros compradores”.
Por ello, Ecologistas en Acción ha solicitado “a la Agencia Tributaria de Madrid que suspenda la subasta o rectifique el anuncio, ajustando las características de la parcela a la realidad urbanística actual”. Si no lo hace, ha advertido, llevarán al Ayuntamiento ante los tribunales.

viernes, 9 de noviembre de 2012

El TC no ampara a Garzón tras su condena por las escuchas de Gürtel



Varapalo al exjuez estrella

Garzón pidió amparo al Constitucional tras su inhabilitación de once años. El tribunal no ha admitido a trámite el recurso.

LAEDICION.NET.-:/ Redacción.-El Tribunal Constitucional ha rechazado este miércoles el recurso de amparo que presentó el exjuez Baltasar Garzón contra la condena a once años de inhabilitación que le impuso el Tribunal Supremo por su actuación en la investigación del "caso Gürtel".

El Tribunal Supremo condenó a Garzón por ordenar intervenir las comunicaciones que varios de los imputados en el "caso Gürtel" y sus letrados en la prisión madrileña de Soto del Real cuando fue el instructor de esta causa.
En una providencia dictada este miércoles, el Constitucional entiende que el TS no vulneró ningún derecho fundamental del exjuez cuando le condenó por un delito de prevaricación al ordenar espiar a letrados e imputados en la trama.
Por esta razón, el tribunal de garantías rechaza el recurso interpuesto por la defensa del juez y, en consecuencia, le deniega el amparo solicitado. Ahora, el Ministerio Fiscal puede interponer recurso de súplica contra esta decisión en el plazo de tres días. Si no lo hace las actuaciones quedarán archivadas y el exjuez sólo podrá recurrir ante el Tribunal de Estrasburgo.

Hasta ahora los abogados de Baltasar Garzón habían defendido que el recurso debía ser admitido por la legislación española no es clara a la hora de regular las intervención de las escuchas. También mantuvieron que el propio Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha reclamado en varias ocasiones a España que legisle en esta materia.

jueves, 8 de noviembre de 2012

El Tribunal Supremo confirma la sentencia del TSJA sobre la legalidad del Plan Parcial del Parque Comercial Gran Plaza



LAEDICION.NET.-:/ Redacción.-La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo ha hecho firme la Sentencia emitida por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía que declaraba la legalidad del Plan Parcial del Parque Comercial Gran Plaza y anulaba, además, el dictamen desfavorable del Consejo Consultivo de Andalucía sobre la instalación de la gran superficie comercial de la Av. Alicún.

La Teniente Alcalde de Roquetas de Mar, Eloísa Cabrera, ha afirmado que “este hecho demuestra, una vez más, los criterios eminentemente políticos, que siguió el Gobierno Andaluz para intentar detener la evolución y el desarrollo de nuestro municipio en la instalación del Parque Comercial Gran Plaza, así como en otras muchas situaciones dónde se superponen los criterios partidistas de la Junta al beneficio común de los ciudadanos de Roquetas de Mar”.
Este caso fue abierto tras la admisión de la Comisión Provincial de Territorio y Urbanismo, en 2003,  de un recurso de alzada por parte de Comerciantes del Poniente a este Plan Parcial, por el que la administración autonómica anulaba dicha planificación. El Ayuntamiento de Roquetas de Mar y la empresa General de Galerías alegaron la inadmisibilidad de esta actuación solicitando, además,  la anulación de la resolución desfavorable del Consejo Consultivo a la instalación de la Gran Superficie Comercial. Ambos términos fueron dictaminados de forma favorable al Ayuntamiento de Roquetas de Mar y General de Galerías por el TSJA, y ahora refrendado de forma firme, tras haber interpuesto el recurso de casación la propia Junta de Andalucía,  por el Tribunal Supremo, dando  por concluido el proceso judicial al no caber más recurso. Es más, en la sentencia se deja claro, de forma meridiana y tajante, que el dictamen desfavorable del Consejo Consultivo se anula por haberse tomado, de parte de este organismo, “careciendo de elementos jurídicos” que sustenten dicho dictamen, lo que supone un varapalo tremendo para este órgano, y por extensión, a la misma Junta de Andalucía.
Eloísa Cabrera ha recordado “que fue el mismo Manuel Chaves, en aquello entonces Presidente de la Junta de Andalucía,  el que anuncio su firme  propósito de derruir el Centro Comercial Gran Plaza, y acabar así con 3.000 puestos de trabajo, que de forma directa e indirecta, ofrece esta superficie al municipio”, a lo que añadió que “esto era, como demuestran las sentencias emitidas, un capricho del dirigente autonómico no sustentable en derecho, ya que, lo único que perseguía era menoscabar la imagen de Roquetas de Mar, detener su desarrollo y beneficiar a unos municipios frente a otros, simplemente por el partido que los gobierna, demostrando la deslealtad institucional, el sectarismo político y el escaso respeto a los ciudadanos”.
La Teniente Alcalde de Roquetas de Mar explicó que “esta nueva Sentencia demuestra, una vez más, la legalidad y el exquisito respeto con que el Ayuntamiento de Roquetas de Mar realiza sus actuaciones, siendo esta Sentencia ejemplo de cuantas se han venido recibiendo de este asunto en concreto, y de otros, de forma genérica, en cuanto a la planificación urbanística del municipio”. Eloísa Cabrera concluyó afirmando que “desde el Consistorio somos  respetuosos con toda decisión judicial, tanto en los periodos de instrucción, como en las resoluciones, sentencias y autos que se dicten”, por lo que solicitó “el mismo respeto a administraciones y partidos políticos, en todos los casos, ya que son muchos son muy ávidos en emitir opiniones interesadas y oportunistas en las instrucciones, para luego esconderse tras las resoluciones judiciales en el silencio más irresponsable, es aquello del viejo dicho, “miente que algo queda” que tienen por norma diaria políticos sin escrúpulos, sin compromiso y sin la preocupación que debieran tener por la imagen que pueden generar de su municipio- a lo que se añadió- que esta sentencia debería servir de ejemplo para otros casos”.

viernes, 14 de septiembre de 2012

Bolinaga, libre contra el criterio del forense y la fiscalía




El fallo ya ha sido comunicado al Hospital de San Sebastián y el etarra podría salir en libertad en horas. Sólo Nicolás Poveda votó en contra.

LAEDICION.NET.-:/ Redacción.-Tras dos horas y media de deliberaciones, la Sección Primera de la Audiencia Nacional ha decretado este miércoles la puesta en libertad del etarra enfermo de cáncer Iosu Uribetxebarria Bolinaga. Contra esta decisión no cabe recurso y, por lo tanto, el terrorista no tendrá que volver a la cárcel cuando abandone el Hospital Donostia de San Sebastián donde se encuentra actualmente ingresado.
El presidente de la Sala, Fernando Grande Marlaska, y los magistrados Javier Martínez Lázaro, Ramón Sáez Valcárcel y Alfonso Guevara, han votado a favor de la excarcelación del etarra mientras que tan sólo el juez Nicolás Poveda ha votado en contra. Este magistrado ya ha anunciado un voto particular.
Además, al haber quedado en minoría, Poveda cederá al magistrado Ramón Saéz Valcarcel la ponencia de la resolución, que será dictada en los próximos días, según han informado fuentes jurídicas. El fallo ha sido ya enviado al Hospital Donostia de San Sebastián, donde se encuentra ingresado el etarra Bolinaga desde el pasado mes de agosto. Si lo desea, el terrorista podrá abandonar dicho centro hospitalario en las próximas horas.
De esta forma, la Sección Primera ha rechazado este miércoles el recurso interpuesto por el Ministerio Fiscal que había defendido férreamente que Bolinaga no se encuentra en estado terminal de su enfermedad y que, por lo tanto, puede ser tratado del cáncer de riñón con metástasis que padece en los servicios hospitalarios de prisiones.
El fiscal había vuelto a reiterar esta postura después de conocer el último informe de la forense de la Audiencia Nacional, Carmen Baena, quien subrayó que el etarra había empeorado en los últimos días debido a la huelga de hambre que mantuvo de forma voluntaria el pasado mes de agosto así como a los efectos secundarios derivados de la radioterapia.
Sin embargo, la Sala confirma ahora la decisión del juez central de Vigilancia Penitenciaria, José Luis de Castro, quien acordó su libertad condicional el pasado 30 de agosto.
El magistrado De Castro le prohibió a Uribetxebarria Bolinaga acercarse a las víctimas de sus delitos o de los familiares directos de éstas; participar de forma activa o pasiva en manifestaciones públicas de enaltecimiento o legitimación de la violencia; ausentarse sin previa autorización del juez a la localidad en que se fije residencia; y por último, la obligación de presentarse mensualmente en los servicios sociales externos del centro penitenciario así como comunicar cualquier novedad referida a la evolución del tratamiento. De esta forma, se pone punto final al caso Bolinaga.