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sábado, 22 de junio de 2013

Dimite el gerente de la Universidad nada más entrar de las Nieves como vicerrector





Llevaba seis años en el cargo y alega motivos personales
LAEDICION.NET.-.- El rector de la Universidad de Almería, Pedro Molina, informaba este miércoles a la comunidad universitaria que Antonio Posadas había presentado su dimisión como Gerente de la Universidad de Almería tras seis años en el cargo, y que en consecuencia " procederé estatutariamente al nombramiento del nuevo Gerente, continuando el actual Gerente "en funciones hasta que se nombre el nuevo titular que sustituya al cesante", tal y como está previsto en nuestra normativa".

Esta es la segunda dimisión en el equipo de gobierno de la UAL en una semana, si bien la primera, la de José Luis Martínez Vidal, estaba claramente pactada y así se escenificó con la entrada en su lugar de Javier de las Nieves. Por el contrario ésta ha sorprendido a todos, si bien algunas fuentes consultadas por Noticias de Almería la atribuían a que Posadas tenía aspiraciones a rector, pero la elección de De las Nieves como número tres del Rectorado apuntaba a que éste será el futuro candidato, lo que le dejaría fuera de juego.

Antonio Posadas Chinchilla (Motril, Granada, 1964) es Catedrático de Física y Termodinámica en el Departamento de Física Aplicada de la UAL.


El relevo del Vicerrector de Investigación




Jorge Lirola Delgado
Profesor Titular de la Universidad de Almería

El Vicerrector de Investigación de la UAL, José Luis Martínez Vidal, pidió el relevo al Rector, Pedro Molina, procediendo éste a sustituirlo por Javier de las Nieves. Esa es la versión oficial, que añade que es por las socorridas razones personales.

Da la casualidad de que está pendiente que se resuelva si se archiva la querella que interpuse contra él o si se admite, en cuyo caso pasaría a estar procesado por un presunto delito penal de falsedad en documento público. Lo ha de decidir, en primera instancia la jueza Alejandra Dodero Martínez y, en caso de que ésta se reitere en que se ha de archivar, la Audiencia Provincial de Almería u otras instancias superiores.


No es que crea yo que ambos hechos estén relacionados, pues soy consciente de que parece importar poco el que un Vicerrector de Investigación expida un certificado en el que asevere que “el hecho de que D. Jorge Lirola Delgado esté sancionado no afecta al desarrollo del proyecto [Biblioteca de al-Andalus] pues éste puede ser ejecutado por el resto del equipo de investigación del mismo... no irrogándose ningún perjuicio al resto de los investigadores, los cuales siguen el curso de sus investigaciones, tal y como éstas estaban previstas y subvencionadas” y que lo haga, tal como reconoció en su declaración judicial, sin haber preguntado a ninguno de los investigadores del proyecto, incluidos los dos que eran de su propia universidad, pues todos los investigadores habían afirmado que en ningún momento el Vicerrector se hubiera puesto en contacto con ellos. La gestión del proyecto, además, tuvimoss que hacerla desde otra universidad en lugar de la de Almería.

El razonamiento científico de José Luis Martínez Vidal resulta, cuando menos, curioso. Según él, el hecho en sí de que sancionen al investigador principal de un proyecto, que ha sido concebido y desarrollado por él desde sus inicios, no debería tener ninguna incidencia en el mismo y se puede estar seguro de que no hay ningún perjuicio y de que el proyecto sigue su marcha prevista sin que le afecte esa importante circunstancia. Es más, en su declaración en sede judicial, el máximo responsable de la investigación en la UAL insistió en que él no tenía que hablar con ningún investigador ni hacer comprobación alguna para estar seguro de que no había problema para que el proyecto siguiera su oportuna marcha. En todo caso, la persona ya sancionada y suspendida de empleo y sueldo, según Martínez Vidal, seguía teniendo “la obligación de comunicar por escrito los perjuicios en el desarrollo del proyecto, pues él (el Vicerrector) no puede certificar que los mismos existen pues no tendría argumento sólido para ello”. No le bastaba que en el mismo escrito al que él contestaba con su certificación, aludiera yo a los daños y perjuicios irreparables propios y a terceros.

En román paladino: de acuerdo con su particular concepción científica, es posible que José Luis Martínez Vidal sea capaz de certificar, sin temor a equivocarse,  que no llueve sin mirar a la calle ni preguntar a nadie, por el simple hecho de que nadie le ha dicho que llueve.

Esta afirmación sin verificar tenía una importante repercusión en mi futuro laboral e investigador y en el del proyecto de investigación que dirigía, pues en ella se basó el juez Antonio Luis García Valverde para negar que hubiera daños a terceros y no concederme la suspensión de la sanción en primera instancia, de forma que pretendían mantenerme sin empleo, sueldo ni derechos laborales como profesor e investigador durante 4 años y 3 meses. En cualquier universidad de prestigio, esto hubiera sido motivo para que José Luis Martínez Vidal dejara el cargo de forma inmediata, pero ya sabemos que España, por un lado, no cuenta con universidades de prestigio (¿por qué será?) y que, por otro, las dimisiones no responden a que se sienta vergüenza por haber realizado actos reprobables.

Es por eso por lo que estoy convencido de que detrás de lo que se ha presentado como una dimisión por cuestiones personales se esconde otra cosa, quizás la esperanza de obtener un cargo de más altos vuelos. Ante los movimientos que parecen estar produciéndose ya en la UAL, quizás busca hacerse con el cargo de Rector en las próximas elecciones. El tiempo dirá si me equivoco.

viernes, 5 de abril de 2013

Fiscal General del Estado, D. Eduardo Torres-Dulce: Que la Fiscalía Anticorrupción no recurra la decisión del juez José Castro



LAEDICION.NET.-·  Dado que el Ministerio Fiscal tiene encomendada la defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público tutelado por la Ley, de oficio o a petición de los interesados, así como velar por la independencia de los Tribunales y procurar ante éstos la satisfacción del interés social, los ciudadanos abajo firmamente no queremos que, en nuestro nombre, la Fiscalía Anticorrupción impida al juez D. José Castro tomar declaración a la Infanta Cristina de Borbón ante la posible comisión de delitos, impidiendo que se llegue a determinar el alcance de la corrupción existente.
Nos parece escandaloso que la Fiscalía Anticorrrupción ponga reparos a que se investiguen hechos presuntamente delictivos, pudiendo constituir en sí mismo la actuación de la Fiscalía un intento de encubrimiento de presuntos actos delictivos.
Es por ello por lo que solicitamos al Fiscal General del Estado, D. Eduardo Torres-Dulce, y al Fiscal Jefe Anticorrupción D. Antonio Salinas Casado, que, en caso de que el Fiscal Anticorrupción de Palma, D. Pedro Horrach, recurra la decisión del juez sea apartado de su cargo, pues sería un indicio evidente de que obstaculiza la lucha contra la corrupción y que no cree que todos los ciudadanos debemos ser iguales ante la ley y responder por igual a la justicia.
Aparte de firmar esta petición, si estás de acuerdo con ella, corta y pega este mensaje en el siguiente enlace de la Fiscalía:
http://www.fiscal.es/El-ciudadano/Atenci%C3%B3n-al-ciudadano/Oficina-de-atenci%C3%B3n-al-ciudadano.html?c=Page&cid=1240559967889&pagename=PFiscal%2FPage%2FFGE_contacta&vest=1240559967889
To:
A/A Fiscal General del Estado, D. Eduardo Torres-Dulce
Que la Fiscalía Anticorrupción no recurra la decisión del juez José Castro
Sincerely,
[Your name]

lunes, 18 de marzo de 2013

Querella contra José Luis Martínez Vidal


LAEDICION.NET.-En la querella que interpuse contra José Luis Martínez Vidal por presunta falsedad en documento público, la juez del Juzgado de Instrucción nº 1, Alejandra Dodero Martínez, ha emitido un auto decretando el archivo, sin ningún tipo de razonamiento jurídico. Tan solo dice que “no se aprecia la comisión del hecho delictivo denunciado, vistas las declaraciones de los implicados y documentación aportada” y no fundamenta su decisión. Además, ha realizado el decreto antes de oír al Ministerio Fiscal, quien, según tengo entendido, ha realizado un informe a posteriori a través de la fiscal María de los Ángeles Pérez Gutiérrez, del que no me han dado copia aún. Por mi parte, al estar muy seguro de la falsedad documental cometida por José Luis Martínez Vidal, demostrada por el testimonio de varias personas a las que no se les ha tomado declaración, considero que la juez Alejandra Dodero Martínez puede estar cometiendo un presunto delito de encubrimiento de otro, que tuvo graves consecuencias en mí, pues la falsedad documental de José Luis Martínez Vidal fue utilizada por el juez Antonio Luis García Valverde para no conceder, en primera instancia, la suspensión cautelar de la sanción que me había impuesto Pedro Molina. Por ello, estuve sancionado sin empleo y sueldo durante casi un año, hasta que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía suspendió la sanción de cuatro años y tres meses que me impuso Pedro Molina.
            Es mi intención que la indemnización que más tarde que pronto entiendo que se me habrá de pagar por los daños y perjuicios sufridos ante lo que considero una sanción injusta no haya de pagarla la Administración, es decir todos nosotros, sino aquellas personas que verdaderamente me causaron esos daños y perjuicios. Uno de ellos es José Luis Martínez Vidal.
            Aparte del correspondiente recurso para que no se archive la querella, tengo intención de emprender cuantas acciones considere oportunas para que este y otros presuntos delitos no queden impunes.

            Mañana lunes 18 de marzo tendrá lugar en la Ciudad de la Justicia de Almería (Carretera de Ronda, 120) la vista pública  del contencioso que presenté contra el acuerdo de la Universidad de Almería por el que se aprobaba la normativa provisional para los departamentos. Gracias a esa normativa, el Rector, Pedro Molina, pasó a nombrar a los directores en lugar de hacerlo los consejos de departamentos, los cuales fueron suprimidos. Será a las 10:15 horas en la sala nº 6 (planta baja). El magistrado-juez sustituto del Juzgado de lo contencioso administrativo nº 3, Juan Carlos Costela Martín, habrá de emitir sentencia sobre la legalidad de tal reglamento.

Jorge Lirola Delgado
Profesor de la Universidad de Almería

Jorge Lirola Delgado, Profesor de Estudios Árabes e Islámicos de la Universidad de Almería


, impartirá la conferencia “Los autores árabes de Almería” el próximo miércoles 20 de marzo, a las 20:00 horas, en el Museo Arqueológico de Almería (Ctra. de Ronda, 91).

LAEDICION.NET.-La conferencia está organizada por la Fundación Ibn Tufayl de Estudios Árabes y colaboran el Museo de Almería (Consejería de Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía), la Sociedad Española de Estudios Árabes y el Departamento de Árabe de la Escuela Oficial de Idiomas de Almería.

Almería fue un importante centro cultural durante la Edad Media, naciendo en su suelo un importante número de autores, en general bastante desconocidos por el gran público. Además, gracias a su puerto, el más importante de la Península Ibérica hasta mediados del siglo XII, atrajo a gran número de intelectuales de otras latitudes que se asentaron o residieron en la ciudad un tiempo, de forma que Almería fue una ciudad con un importante crecimiento no solo económico, sino también cultural.

Los estudios realizados por Jorge Lirola, actualmente Presidente de la Fundación Ibn Tufayl y Presidente de la Sociedad Española de Estudios Árabes, han llevado a la planificación del documental “Al-Mariya, la puerta del Levante (Almería y su territorio en época andalusí: Historia y geografía)”, que Segundoplano Producción Audiovisual, en colaboración con la referida Fundación, han presentado a la Diputación Provincial de Almería para que colabore en su realización. Ese documental histórico-geográfico pretende llamar la atención sobre el patrimonio material e inmaterial del territorio almeriense en época de al-Andalus a través de la historia, las rutas terrestres y marítimas, los restos arqueologicos y los textos literarios, para fomentar así un turismo cultural.

Con motivo del 10º aniversario de la creación de la Fundación, ese día, de forma excepcional, se podrán adquirir libros publicados por la misma a un precio muy reducido.

Tras la conferencia se ofrecerá un refrigerio.

La conferencia se inserta en el marco de las presentaciones de la obra “Biblioteca de al-Andalus”, de la que a continuación se da información:

Culmina la elaboración de la “Biblioteca de al-Andalus”, el mayor proyecto para conocer el legado intelectual escrito en árabe durante la Edad Media en la Península Ibérica.

Con la publicación del libro La producción intelectual andalusí: balance de resultados e índices culmina la sistematización del rico legado escrito en al-Andalus. En el proyecto, emprendido en el año 2003, han colaborado un total de de 171 investigadores tanto españoles como extranjeros, coordinados por Jorge Lirola Delgado.

Se trata, sin duda, de la mayor y mejor obra para conocer el rico legado intelectual y es de imprescindible consulta tanto para los investigadores como para toda persona interesada en aproximarse y profundizar en la cultura de al-Andalus y su influencia en las culturas de la Península Ibérica y también en el resto del mundo occidental.

En total se han biografiado 2.465 autores y se han recopilado y analizado 7.790 obras por ellos compuestas.

De esos 2.465 autores un total de 179 (el 7,26%) eran extranjeros que se establecieron o residieron un tiempo en territorio andalusí, mientras que los 2.286 restantes nacieron en la Península Ibérica, destacando las ciudades de Córdoba, con 456 autores (18,5%), Sevilla, con 212 (8,6%), y Granada, con 159 (6,5%). El resto son de más de 200 ciudades y pueblos, constatándose que la arabización fue bastante profunda, en especial en el Sur y en el Levante, pero también en el actual Algarve portugués, la Marca Inferior (Badajoz y su región), la Marca Media (Toledo y aledaños) y la Marca Superior (Zaragoza y alrededores).

Sin duda, la época de mayor esplendor cultural fue la almohade, en la que brillaron figuras como el filósofo y cadí cordobés Ibn Rushd (Averroes), el sufí murciano Ibn al-Arabi, que se exilió a Oriente, el  médico y filósofo de Tíjola Ibn Tufayl, el poeta sevillano Ibn Sahl  y un largo etcétera, hasta un total de 725 autores (29,41%). Entre los 2.465 autores se esconden figuras de reconocido prestigio y otras muchas personalidades no tan conocidas que ahora se ponen en valor.

Las obras analizadas son de muy diversa temática, destacando la poesía, el derecho y las ciencias del lenguaje. A través de la sistematización realizada podemos conocer qué porcentaje de obras se ha conservado (el 40% aproximadamente, si bien la mitad de ellas de forma fragmentada) y qué títulos se han perdido, así como los libros editados hasta ahora (un 55% aproximadamente) y cuáles faltan por publicar, sin olvidarnos de las traducciones realizadas, que es la mayor asignatura pendiente, pues el porcentaje apenas rebasa el 10% de las conservadas.

Se han reconstruido más de 250 familias, tanto de origen árabe como beréber o hispano pues se ha insertado a los autores en el contexto de sus linajes.

El acopio de datos realizado permite acercarse de una forma muy fidedigna a lo que fue al-Andalus y a través del estudio de la élite intelectual se extraen muchos datos estadísticos, como los nombres propios preferidos, los porcentajes de uso de los gentilicios tribales (64,34%) y su evolución, tanto de forma general como pormenorizada por ciudades y épocas, la media de vida alcanzada (algo más de 69 años) y otros muchos aspectos.

La realización de esta obra,  finalmente compuesta por 9 volúmenes (los 7 previstos más un apéndice y un balance de resultados e índices) ha sido posible gracias a la financiación, en parte, del Ministerio de Ciencia e Innovación, la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía y la Fundación Ibn Tufayl de Estudios Árabes. Esta última ha publicado los resultados, en colaboración con las diputaciones de Cádiz, Jaén, Málaga, Badajoz y Toledo y las Consejerías de Educación y Cultura de la Ciudad Autónoma de Ceuta y de la Generalitat Valenciana.

Más información en los siguientes vídeos (se pueden utilizar las imágenes):
o escribiendo a ibntufayl@ibntufayl.org.

jueves, 14 de marzo de 2013

¿Quién ha de resolver sobre la incompatibilidad de cargos de Pedro Molina y los presuntos delitos que creo que ha cometido?


           LAEDICION.NET.- La Junta de Andalucía no discute sobre que Pedro Molina, Rector de la Universidad de Almería, que ha permitido que lo nombren consejero asesor de un banco privado, sea un alto cargo de la Junta de Andalucía por ser asimilado a Presidente o Director de los Organismos Autónomos de la Junta de Andalucía (art. 2.g de la ley de incompatibilidades 3/2005, de 8 de abril), ley que también se refiere claramente (art. 6.c) a que no puede ejercer cargos “que lleven anejas funciones de dirección, representación o asesoramiento de toda clase de compañías, sociedades mercantiles y civiles y consorcios de fin lucrativo, aunque unas y otros no realicen fines o servicios públicos ni tengan relaciones contractuales con las administraciones, organismos o empresas públicas”.
            A la petición que realicé al Presidente de la Junta de Andalucía con fecha de 24 de enero de 2013 de que se le aplique a Pedro Molina el régimen disciplinario establecido por vulnerar la referida ley, me ha contestado Francisco A. Triguero Ruiz, Secretario de Universidades, Investigación y Tecnología, indicándome que la Universidad de Almería es un organismo dotado de régimen de autonomía, lo que ya era notorio, y que da “traslado de su (mi) escrito a la Universidad de Almería, por entender que es la competente para conocer sobre la cuestión”. Como le he dicho al Sr. Triguero no dudo de que la Universidad de Almería sea competente para conocer, aunque no creo que pretenda decirme que igualmente es competente para resolver. No lo creo pues ello, aparte de una falta de ética total y absoluta, sería, entiendo, claramente ilegal, pues es contrario a lo que dice la ley en su artículo 21.1: “El órgano competente para la incoacción será el Consejo de Gobierno cuando los altos cargos sean miembros del Consejo de Gobierno y el titular de la Consejería que tenga atribuidas las funciones en materia de altos cargos de la Administración de Andalucía y de declaración de actividades, bienes e intereses de altos cargos y de otros cargos públicos en los demás casos”. Así pues le he pedido que, sin más dilación, pase mi solicitud a la instancia competente, según establece la ley, para que proceda a la incoacción del oportuno expediente sancionador.
            La misma ley establece el incumplimiento del artículo 6 como falta grave o muy grave, dependiendo de si se entiende que se haya producido daño manifiesto a la Administración de la Junta de Andalucía (art. 16.1 y 2). Y para la sanción establece que los infractores serán cesados y no podrán ser nombrados para ocupar cargos por un periodo de hasta tres años (infracción grave) o de entre tres y diez años (infracción muy grave).
            Mientras tanto, la Fiscalía de Almería, que tiene conocimiento de los hechos desde el 17 de enero, no se pronuncia al respecto, aunque, por otro lado, me ha imputado el delito de presuntas calumnias e injurias contra el juez Antonio Luis García Valverde, quien resolvió en primera instancia denegándome la suspensión cautelar de la sanción que me impuso Pedro Molina de suspensión de empleo y sueldo durante 4 años y 3 meses (sanción suspendida por el TSJA después) y quien también resolvió que yo no tenía legitimidad para interponer el contencioso contra la convocatoria de la cátedra de árabe, en relación con la cual había denunciado a Pedro Molina por presunta prevaricación y presunto tráfico de influencias al Fiscal Jefe, Antonio Pérez Gallegos.
            A mí no me extraña que Pedro Molina se crea impune ante la ley y que crea que puede vulnerarla a su antojo, pues hasta ahora, ante las presuntas irregularidades que comete, lo que encuentra es la connivencia de quienes han de velar por el cumplimiento de las leyes.
            El verdadero problema, desde mi punto de vista, no es que personas como Pedro Molina campen a sus anchas por la geografía española, a los más altos niveles, sino que otras como el juez Antonio Luis García Valverde y el fiscal jefe Antonio Pérez Gallegos se lo permitan. Soy consciente de las graves acusaciones que hago, como le dije ayer al juez Luis Durbán Sicilia, quien instruye mis presuntas calumnias e injurias, que lo serían siempre y cuando sea falso lo que digo, por lo que se debería de comprobar. Me ha imputado la fiscal Lourdes Aznar Gracia, a quien solicité una cita para aclararle mis denuncias y quien no estuvo presente en mi declaración ante el juez. Le he pasado a éste diversa documentación para que la estudien.
            En breve la jueza sustituta María de los Ángeles Asensio Guirado tiene que decidir si procesa a José Luis Martínez Vidal por un supuesto delito de falsedad en documento público, que fue utilizado para no concederme la suspensión de la sanción impuesta por Pedro Molina, por lo que tuvo importantes consecuencias.
            Otro juez sustituto, Juan Carlos Costela Martín, habrá de juzgar sobre la legalidad de lo hecho por Pedro Molina en relación con la supresión de los consejos de departamento y el que haya nombrado él y no los órganos básicos eliminados a los directores de los departamentos. El juicio será el próximo 18 de marzo, lunes, a las 10:15 en la sala de audiencia nº 6 de la Ciudad de la Justicia de Almería (carretera de Ronda, nº 120), en vista pública a la que puede asistir cualquier interesado.

Jorge Lirola Delgado
Profesor de la Universidad de Almería

martes, 12 de marzo de 2013

TRIBUNALES


LAEDICION.NET.- El martes 12 de marzo he de prestar declaración como imputado por un posible delito de calumnia o injuria al juez sustituto D. Antonio Luis García Valverde en un escrito en el que le presenté un recurso de súplica en relación con la sentencia de la convocatoria de la cátedra de árabe en la Universidad de Almería. Ha sido la fiscal Dña. Lourdes Aznar Gracia quien ha realizado la imputación y habrá de ser el juez del juzgado de instrucción número 6, D. Luis Durbán Sicilia, quien habrá de tomarme declaración y proceder en consecuencia a la vista de la misma.

            Por mi parte, en mi declaración voy a indicar que, por lo que me consta, hay indicios suficientes para pensar que D. Antonio Luis García Valverde ha actuado presuntamente de forma injusta y presuntamente también de forma arbitraria en la sentencia de la convocatoria de la cátedra de árabe, por diversos motivos que reiteraré y que he hecho públicos en diversas ocasiones. Además traeré a colación los antecedentes, en los que consta que el referido juez actuó de forma injusta en el caso de la suspensión cautelar de la sanción que me impuso Pedro Molina (y no lo digo solo yo, sino que lo han afirmado también los jueces del TSJA) y yo creo que asimismo hay indicios suficientes para pensar que lo hizo, presuntamente, de forma arbitraria. Añadiré que también tengo indicios suficientes para pensar que, presuntamente, el Fiscal Jefe, D. Antonio Pérez Gallegos, en ambos casos, ha actuado con temeridad y falta de profesionalidad. En ese sentido, pediré tanto al juez como a la fiscal que, a la vista de la documentación que aportaré, adopten las medidas oportunas para perseguir y castigar el delito, pero quizás quien lo ha cometido, presuntamente, no haya sido yo, sino que hayan sido otros y espero que los presuntos delitos no queden impunes.

            Creo que hay indicios más que suficientes para pensar que, presuntamente, no estamos en una crisis económica, sino que, presuntamente, es una gran estafa, en la que los políticos que hacen las leyes, presuntamente, las vulneran y quienes han de juzgarlos, presuntamente, en muchos casos, no les aplican las penas. Aunque el corporativismo es uno de los grandes males que he comprobado que existe en mi trabajo, entre el Profesorado, y presuntamente también en el ámbito de la Fiscalía y judicial, no siempre funciona y desde luego estoy convencido de que es una mala práctica delictiva que debe perseguirse y ser penalizada por la arbitrariedad que supone.

            La misma Fiscalía de Almería que me imputa la posible comisión de un delito no ha querido investigar la posible comisión de otros (presunta prevaricación y tráfico de influencia en la convocatoria de la cátedra y también en la sanción con la que se quiso, presuntamente, reprimir las denuncias públicas que hice) y que están en la base de este procedimiento. Y desde el 17 de enero de 2013 el Fiscal Jefe, D. Antonio Pérez Gallegos, tiene, vía comparecencia mía que quedó por escrito, conocimiento de mi denuncia de que, presuntamente, Pedro Molina está vulnerando la ley de incompatibilidades de altos cargos al ser nombrado asesor de Caixabank al tiempo que es rector de la Universidad de Almería. ¿Puede la Fiscalía no comprobar el posible delito y dejar de actuar? También le he pedido al Presidente de la Comunidad Autónoma de Andalucía, D. José Antonio Griñán, que actúe ante el presunto delito. Para mí sería más grave incluso que quien tiene por obligación investigar los posibles delitos y hacer cumplir la ley no lo haga. Alguno me ha dicho que soy un ingenuo por creerme eso del Estado de Derecho y de que todos somos iguales ante la ley. Y yo estoy convencido de que, incluso, en el presunto caso de que efectivamente fuera así y todo, presuntamente, fuese una gran hipocresía, sería muy necesario que avancemos para conseguir que el Estado de Derecho sea efectivo y también estoy convencido de que depende de que denunciemos y exijamos que no nos mientan.

            El lunes 18 de marzo de 2013 se va a celebrar la vista pública en la Ciudad de la Justicia (Carretera de Ronda, nº 120), planta baja, sala de vistas nº 6, a las 10:15 horas, del contencioso que interpuse contra la supresión de los consejos de departamento por parte del Rector Pedro Molina y de que éste haya nombrado a los directores en lugar de hacerlo los consejos de departamento. Cuando presenté el recurso, grabé el siguiente vídeo donde lo explico brevemente:


            Entre otros temas, está pendiente el que el juzgado de instrucción número 1 se pronuncie en relación con si se acepta la querella contra José Luis Martínez Vidal y pasa de imputado a procesado. Mi intención es que la indemnización que más bien tarde que temprano estimo que han de darme por los daños y perjuicios en relación con la que creo injusta sanción que me impusieron no la hayamos de pagar todos a través de la Administración, sino que la pague cada uno de quienes causaron esos daños y perjuicios y estimo que José Luis Martínez Vidal, presuntamente, es uno de ellos:


Estos y otros casos se pueden seguir en la página de 1001 denunicas, con espíritu constructivo:

 

domingo, 24 de febrero de 2013

Concepción del método científico de José Luis Martínez Vidal, Vicerrector de Investigación de la UAL


LAEDICION.NET.-REDACCIÓN.-José Luis Martínez Vidal expidió un certificado el 30 de enero de 2012 en el contexto de oponerse a que se aceptara la petición de suspensión de la sanción que había realizado Jorge Lirola al Juzgado y en ese certificado afirmaba Martínez Vidal que “el hecho de que D. Jorge Lirola Delgado esté sancionado no afecta al desarrollo del proyecto [Biblioteca de al-Andalus] pues éste puede ser ejecutado por el resto del equipo de investigación del mismo... no irrogándose ningún perjuicio al resto de los investigadores, los cuales siguen el curso de sus investigaciones, tal y como éstas estaban previstas y subvencionadas”. En ese certificado se basó el juez Antonio Luis García Valverde para negar que hubiera daños a terceros y no conceder la suspensión de la sanción en primera instancia a Jorge Lirola.

En su declaración en el Juzgado de Instrucción nº 1 de Almería el 20 de febrero de 2013, José Luis Martínez Vidal reconoció haber hecho su afirmación y emitido el certificado sin haber preguntado a ninguno de los investigadores del proyecto, incluidos los dos que eran de su propia universidad (todos los investigadores habían afirmado que en ningún momento el Vicerrector se había puesto en contacto con ellos). Pero según el planteamiento de Martínez Vidal no era necesario y estaba legitimado para hacer tal afirmación, que tenía una importante repercusión en el futuro laboral e investigador de Jorge Lirola y del proyecto de investigación que dirigía. Según el actual Vicerrector de Investigación el hecho en sí de que sancionen al investigador principal de un proyecto, que ha sido concebido y desarrollado por él desde sus inicios, no debe tener ninguna incidencia en el mismo y se puede estar seguro de que no hay ningún perjuicio y de que el proyecto sigue su marcha prevista sin que le afecte esa importante circunstancia. Para certificar que es así no hay ni que molestarse en comprobar los hechos, por mucha transcendencia que tengan.

Más adelante insiste José Luis Martínez Vidal en que él no tiene que hablar con ningún investigador y hacer comprobación alguna para estar seguro de no hay problema para que el proyecto, cuando el investigador principal es sancionado y apartado de toda labor docente e investigadora retirándosele todos los derechos funcionariales, sigue su oportuna marcha. En todo caso, tal persona sigue teniendo “la obligación de comunicar por escrito los perjuicios en el desarrollo del proyecto, pues él no puede certificar que los mismos existen pues no tendría argumento sólido para ello”, pero sí tiene certeza sin comprobarla para certificar que el proyecto sigue su marcha tal como estaba estipulado sin que sufra ningún perjuicio. Ni le bastaba que en el mismo escrito al que contestaba se aludiera a los daños y perjuicios irreparables. En román paladino, que es posible que José Luis Martínez Vidal sea capaz de certificar que no llueve por el simple hecho de que, sin mirar a la calle ni preguntar a nadie, como nadie le ha dicho que llueve, pues puede aseverar, sin temor a equivocarse, que no llueve.

Sin duda, José Luis Martínez Vidal es un original científico y merece no solo ser el Vicerrector de Investigación de la Universidad de Almería, sino también ser candidato a algún premio de investigación. Seguro que se lo concederían por sus brillantes planteamientos.

(Continuará con una nueva entrega de las mentiras de las que es capaz José Luis Martínez Vidal, mentiras de gran calado y ¿aquí no pasa nada?). Bueno, la jueza María de los Ángeles Asensio Guirado tendrá que pronunciarse sobre ellas y, por su transcendencia, tendrán oportuna difusión. ¿Pasará algo?



jueves, 21 de febrero de 2013

Declara como imputado por presunta falsedad documental un vicerrector de la UAL


Martínez Vidal justificó que la suspensión del profesor Lirola no afectaría a sus investigaciones, y que así se lo habían confirmado los participantes, cuando éstos sostienen por escrito lo contrario

LAEDICION.NET.-REDACCIÓN.-. Este miércoles 20 de febrero ha de prestar declaración el Vicerrector de Investigación de la Universidad de Almería, José Luis Martínez Vidal, asistido por un abogado, en el Juzgado de Instrucción nº 1 de Almería (antiguo mixto nº 3). Se le imputa un presunto delito de falsedad deliberada en una certificación que tuvo como consecuencia que no se le concediera a Jorge Lirola Delgado la suspensión cautelar en primera instancia en la sanción que le impuso el Rector Pedro Molina, de forma que al referido profesor e investigador de Estudios Árabes e Islámicos de la UAL se le mantuvo durante un año en suspensión de empleo y sueldo.

Hoy ha prestado declaración Jorge Lirola Delgado y ha resaltado las graves consecuencias que la falsedad del Vicerrector José Luis Martínez Vidal tuvo tanto para él como para el proyecto de investigación que dirigía y el resto de investigadores que participaban en el mismo, causándole no solo perjuicios económicos, sino también morales y profesionales. El proyecto de investigación finalmente ha tenido que ser prorrogado un año más y ha terminado siendo gestionado desde otra universidad.

Tras analizar las declaraciones de Jorge Lirola y de José Luis Martínez Vidal y es posible que también del resto del personal participante en el proyecto de investigación que se vieron afectados, la jueza María de los Ángeles Asensio Guirado tendrá que decidir si procesa a José Luis Martínez Vidal por el presunto delito de falsedad ideológica en documento público, de lo cual se dará oportuna información, así como de las correspondientes fundamentaciones jurídicas.

viernes, 15 de febrero de 2013

Destitución del Rector de la UAL, Pedro Molina


LAEDICION.NET.-REDACCIÓN.-El Rector de la Universidad de Almería, Pedro Molina, ha vulnerado la Ley 3/1995, de 8 de abril, de incompatibilidades de altos cargos de la Administración de la Junta de Andalucía, al aceptar el nombramiento como asesor de Caixabank al mismo tiempo que desempeña un alto cargo público, el de Rector de la UAL. Aparte de inmoral y poco ético, es una falta muy grave, que incumple la mencionada ley pues no se puede estar en nómina de una empresa privada al tiempo que se gestiona el dinero público. Con mayor razón en un banco que tiene numerosos intereses económicos y que es accionista de diversas empresas concesionarias de obras y servicios públicos, por lo que la confusión de intereses públicos y privados es en este caso escandalosa.

Tras la denuncia pública, Pedro Molina, en lugar de dar explicaciones y asumir su responsabilidad, publica un artículo en un periódico local al que titula “Ética y política” y exije a otros, políticos, “ética y responsabilidad en el ejercicio de sus funciones”. ¿Por qué no se lo exije también a sí mismo él, Catedrático de Filosofía y Rector de la Universidad de Almería?

He puesto en conocimiento de la Fiscalía de Almería la vulneración de la ley de incompatibilidades por parte de Pedro Molina y espero sus actuaciones. También he presentado una reclamación administrativa, con petición de responsabilidades disciplinarias, al Presidente de la Junta de Andalucía, José Antonio Grinán, quien, además, es licenciado en Derecho, y tiene ahora la responsabilidad de hacer cumplir la ley y habrá de abrir el correspondiente expediente administrativo como Presidente del órgano competente, el Consejo de Gobierno andaluz.

Ante los numerosos casos de corrupción que se están dando a conocer, en los que los corruptos no se dan por aludidos y no presentan su dimisión, las autoridades competentes han de actuar, haciendo cumplir las leyes y exigiendo las correspondientes responsabilidades, pues si no lo hacen se hacen cómplices de esa corrupción. Desde mi punto de vista, es incluso más grave el que no actúen pues con su inacción fomentan la corrupción y hacen que prolifere.

Adjunto a continuación el escrito presentado al Presidente de la Junta de Andalucía:

AL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA

D. Jorge Lirola Delgado, con DNI 27.494.505-Y y domicilio a efectos de notificación en C/ Al-Andalus, 9, Almería (04008), ante usted comparezco y como mejor proceda en Derecho DIGO:
Que mediante el presente escrito interpongo reclamación administrativa instando el CESE DE DON PEDRO ROQUE MOLINA GARCÍA DE SU CARGO DE RECTOR MAGNÍFICO DE LA UNIVERSIDAD DE ALMERÍA, nombrado por Decreto nº 449/2010, de 21 de diciembre (BOJA nº 250 DE 24 DE DICIEMBRE DE 2010) y  se le aplique el régimen disciplinario establecido por vulnerar la Ley 3/1995, de 8 de abril, de incompatibilidades de altos cargos de la Administración de la Junta de Andalucía y de declaración de actividades, bienes e intereses de altos cargos y otros cargos públicos (BOE nº 117, de 17 mayo de 2005, todo ello con base en los siguientes HECHOS Y FUNDAMENTOS DE DERECHO

HECHOS
PRIMERO. D. Pedro Roque Molina García fue nombrado Rector de la Universidad de Almería por decreto  142/2007, de 2 de mayo (BOJA nº 89, de 7 de mayo de 2007) y, con posterioridad, por decreto 449/2010, de 21 de diciembre (BOJA nº 250, de 24 de diciembre de 2010).
Además, el Sr. Molina García forma parte del Consejo Asesor de Caixabank en Andalucía (.http://www.europapress.es/andalucia/sevilla-00357/noticia-caixabank-constituye-presencia-faine-consejo-asesor-andalucia-formado-empresarios-region-20130111124536.html).
SEGUNDO. El ciudadano firmante de este escrito posee un interés directo en el cese del Sr. Molina García más allá de la mera defensa de la legalidad, pues soy profesor de la referida Universidad y, por tanto, miembro de una comunidad universitaria que, desde mi perspectiva, sufre un grave perjuicio debido a la mala gestión del rector, quien permite una inacabable sucesión de recortes y negaciones de nuestro derecho a impartir una formación de calidad, en lugar de defender la universidad pública.
La UAL padece una deuda de varios millones de euros. Como consecuencia de esta deuda y de los recortes que se acumulan, sufrimos el despido de profesores y la falta de muchos recursos. Si hubiese otro rector que luchase por la universidad, esto no sucedería, y por ello la permanencia del Sr. Molina García me perjudica gravemente en mis derechos como miembro de la comunidad universitaria.
Por otro lado, la legislación sobre incompatibilidades se fundamenta en la necesidad de que quien ostenta un alto cargo se dedique en exclusiva a él, sin dispersar su tiempo en otras actividades que absorben especialmente a sus protagonistas ni participar en proyectos para cuyos fines pueda aprovechar el poder derivado de su alto cargo.
En mi caso, tengo derecho a que el rector de la UAL se ocupe exclusivamente de su trabajo, sin ostentar cargos de asesor en sociedades mercantiles, primero porque aquellos le impiden, en contra de las exigencias que marca la ley, ocuparse con el rigor exigible a su labor de rector y, en segundo lugar, porque ser asesor de Caixabank y rector provoca un riesgo cierto de que se use la universidad para satisfacer los intereses mercantiles del banco (precisamente por eso la ley prohíbe ser consejero/asesor de una empresa y alto cargo), y no podemos evitar recelar de posibles acuerdos directos o indirectos a través de empresas interpuestas, favoreciendo las ambiciones y ansias de expansión del banco.
CUARTO. El mantenimiento del Sr. Molina García como Rector de la UAL mientras ostenta su otro cargo es contrario a Derecho con base en los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO. Ante todo, debemos dilucidar si el Sr. Molina García es un alto cargo. La Ley Ley 3/1995, de 8 de abril, de incompatibilidades de altos cargos de la Administración de la Junta de Andalucía y de declaración de actividades, bienes e intereses de altos cargos y otros cargos públicos califica como altos cargos en su art. 2. g) a los presidentes, directores y asimilados de los organismos autónomos de la Junta de Andalucía.
Pues bien, el Estatuto de Autonomía dispone que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 de la Constitución y Leyes Orgánicas que conforme al apartado 1 del artículo 81 de la misma lo desarrollen, y sin perjuicio de las facultades que atribuye al Estado el número 30 del apartado 1 del artículo 149 y de la alta inspección para su cumplimiento y garantía. Los Estatutos de la UAL evidencian sin género de dudas y en coherencia con lo anterior que es un organismo público de la Comunidad Autónoma. Así, el rector, máxima autoridad de la UAL (art. 50.1 de sus Estatutos) es un alto cargo de la misma.
Dicha postura es ratificada por la jurisprudencia. Así la Sentencia nº 568/2004 de TSJ Comunidad de Madrid (Madrid), Sala de lo Contencioso, 16 de Abril de 2004 (FJ 1):
La Intervención General del Estado, con ocasión del control financiero de la UNED correspondiente al Ejercicio de 1997, detectó que se había reconocido el referido derecho a catorce funcionarios de la misma habiéndose además satisfecho las cantidades correspondientes por ese concepto, solicitando el oportuno informe del Servicio Jurídico del Estado a fin de que se pronunciase sobre la procedencia de tal reconocimiento; informe que fue emitido con fecha 12 de Abril de 1999 (folios 44 y siguientes del expediente administrativo) y en el que, previas las consideraciones jurídicas que refleja, se concluía que el Rector de la UNED tenía la condición de Alto Cargo a que se refiere la Ley 12/1995, de 11 de mayo , por lo que a los Catedráticos que ocuparon dicho puesto les era de aplicación lo dispuesto en el artículo 33.dos de la Ley 31/1990. de 27 de diciembre.
SEGUNDO. Una vez aclarado que el Sr. Molina García es un alto cargo con toda certeza, incidiré en sus incompatibilidades. Dispone el art. 6  de la Ley 3/1995, de 8 de abril, de incompatibilidades de altos cargos de la Administración de la Junta de Andalucía y de declaración de actividades, bienes e intereses de altos cargos y otros cargos públicos que Conforme a lo previsto en el artículo 3, los altos cargos son incompatibles entre sí y en particular:
a.       Con todo otro cargo que figure al servicio o en los presupuestos de las administraciones, organismos o empresas públicas, o con cualquier actividad por cuenta directa o indirecta de las mismas, así como las funciones públicas retribuidas mediante arancel, participación o cualquier otra forma especial.
b.       Con el desempeño por sí o por persona interpuesta de cargos de todo orden, funciones de dirección o de representación, así como de asesoramiento y mediación de empresas o sociedades concesionarias, empresas inmobiliarias, contratistas de obras, servicios o suministros, o con participación o ayudas del sector público cualquiera que sea la configuración jurídica de aquellas, con la excepción prevista en el artículo 5.
c.       Con el ejercicio de cargos, por sí o por persona interpuesta, que lleven anejas funciones de dirección, representación o asesoramiento de toda clase de compañías, sociedades mercantiles y civiles, y consorcios de fin lucrativo, aunque unas y otros no realicen fines o servicios públicos ni tengan relaciones contractuales con las administraciones, organismos o empresas públicas.
d.       Con el ejercicio por sí o por persona interpuesta o mediante sustitución de la profesión a la que por razón de sus títulos o aptitudes pudiera dedicarse, salvo que se trate de actividades culturales o científicas efectuadas de forma no continuada.
e.       Con la percepción de pensiones de derechos pasivos o de cualquier régimen de Seguridad Social público y obligatorio.
f.        Con el ejercicio de toda clase de actividades en instituciones culturales o benéficas, salvo autorización del órgano que los nombró o que fueran anejas al cargo.
g.       Con la gestión, defensa, dirección o asesoramiento de asuntos particulares ajenos, cuando por la índole de las operaciones de los asuntos competa a las Administraciones Públicas resolverlos o quede implicado en ellos la realización de algún fin o servicio público.
h.       Con figurar en cualquier forma de promoción de empresas o actividades profesionales privadas.
i.         Con el ejercicio de funciones de dirección en cámaras, colegios profesionales, sindicatos y organizaciones empresariales.

Pues bien, el Sr. Molina García forma parte del Consejo Asesor de Caixabank en Andalucía, la cual es accionista de numerosas empresas concesionarias de obras y servicios públicos, por lo que la confusión de intereses públicos y privados es en este caso escandalosa.
Esto implica, automáticamente, el incumplimiento de la referida Ley.
TERCERO. Dada la incompatibilidad del Sr. Molina García, éste carece de los requisitos esenciales para mantener sus cargos, vulnerando igualmente el art. 62.2 Ley 30/1992 por atentar contra las normas ya señaladas.
El Sr. Molina disfruta de estos cargos, habiéndolos aceptado a sabiendas de su incompatibilidad.
Por todo lo anterior,
SOLICITO se declare el cese del nombramiento como Rector Magnífico de la Universidad de Almería de don Pedro Roque Molina García, con todos los efectos jurídicos que de ello se deriven, además de que se le aplique el régimen disciplinario establecido por vulneración de la referida Ley de Incompatibilidades.
OTROSÍ DIGO: Que solicito igualmente se me tenga como interesado en el presente procedimiento al reunir los requisitos del art. 31.1 a) Ley 30/1992, tal y como ya he expuesto  en este escrito, a efectos de ejercitar los derechos reconocidos en los arts. 84 y ss. de la citada ley.

viernes, 18 de enero de 2013

El rector puede incurrir en incompatibilidad al sentarse en el Consejo Asesor de Caixabank


LAEDICION.NET.-REDACCIÓN.-El rector de la Universidad de Almería (UAL), Pedro Molina, puede incurrir en un incompatibilidad de altos cargos de la Administración de la Junta de Andalucía, al formar parte del Consejo Asesor de Caixabank en Andalucía, entidad que participa en varias empresas concesionarias de obras en el campus.
La denuncia la ha hecho pública hoy el profesor de la UAL, Jorge Lirola, que esta mañana ha mantenido una reunión con el fiscal jefe de Almería, Antonio Pérez Gallegos, y el fiscal Anticorrupción, Jesús Gázquez Martín.

En su reunión, Lirola ha puesto en conocimiento de la Autoridad Judicial que Pedro Molina está vulnerando la Ley 3/1995, de incompatibilidades de altos caros de la Administración de la Junta de Andalucía y de declaración de actividades, bienes e intereses de altos cargos y otros cargos públicos.
El Consejo Asesor de Andalucía de Caixabank está integrado por doce personas de reconocido prestigio y vinculados a la empresa privada, salvo Pedro Molina, que es el único miembro del Consejo que ocupa cargo público, y también el único de Almería.
Miembros del Consejo Asesor:
Antonio Pulido, presidente de Monte de Piedad y Caja de Ahorros de San Fernando de Guadalajara, Huelva, Jerez y Sevilla;
Javier Benjumea, consejero de Abengoa;
José Moya Sanabria, presidente de Persan;
Mauricio González, presidente de González Byass;
Javier Luque, consejero delegado de Grupo El Fuerte;
José Manuel Rodríguez, director general de Mariscos Rodríguez;
Pedro Roque Molina, rector de la Universidad de Almería;
Luis Osuna, director general de SCA Coviran;
Ricardo Delgado, presidente de Covap;
Antonio Cuevas, asesor de KPMG;
Juan Arévalo, presidente de Avolo;
Juan Reguera, director Territorial de CaixaBank en Andalucía Occidental, que actúa como secretario del Consejo.

miércoles, 21 de noviembre de 2012

Querella contra un vicerrector por presunta falsedad de un documento que presentó ante el juzgado en el caso Lirola



El escrito recogía que los participantes en el proyecto de investigación encabezado por este profesor afirmaban que no se resentiría si era apartado del mismo

LAEDICION.NET.-:/ Redacción.-El profesor de la Universidad de Almería Jorge Lirola ha interpuesto una querella contra José Luis Martínez Vidal, Vicerrector de Investigación, Desarrollo e Innovación de la Universidad de Almería. El motivo de la misma es la presunta falsedad en documento público que pudo haber cometido para justificar ante los tribunales que la sanción administrativa que se había impuesto a este profesor -posteriormente levantada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA)- no afectaría al proyecto de investigación que encabezaba.
Según la querella a la que ha tenido acceso Noticias de Almería, la clave está en que Martínez Vidal afirmó por escrito que la desaparición del investigador principal de un proyecto de investigación no afecta en absoluto a su desarrollo, no causa ningún perjuicio a la viabilidad de aquel ni al resto de los investigadores, y sostiene que aquellos continúan sus investigaciones como si nada hubiera pasado, sin el menor contratiempo. A eso añadió que apartar a Lirola de sus tareas “no afecta al desarrollo del proyecto, pues éste puede ser ejecutado por el resto del equipo investigador del mismo, integrado por un total de 15 investigadores, no irrogándose un perjuicio al resto de investigadores, los cuales siguen el curso de sus investigaciones, tal y como estaban previstas y subvencionadas”.
En la denuncia se acompaña documentalmente escritos de todos los investigadores en los que manifiestan que el vicerrector no se puso en contacto con ellos para conocer su opinión sobre si la sanción a Lirola afectaba o no a los trabajos, a lo que muchos de ellos además añaden que sin el responsable del mismo no podrá seguir adelante.
En la querella se indica que “no habló en ningún momento con ninguno de los integrantes del grupo de investigación y realizó el informe a sus espaldas, sin haber indagado sobre las circunstancias del grupo y las consecuencias de la desaparición de su investigador principal, atreviéndose, para colmo, a afirmar que ellos seguían trabajando en el proyecto como si nada hubiera pasado”.

Hay que recordar que los principales investigadores implicados en el proyecto tuvieron que dirigirse por carta al Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 3 de Almería, después de que Martínez Vidal redactase el informe objeto del litigio, para quejarse de que no se puso en contacto con ellos e informarle de los notables perjuicios y riesgos en que estaba colocando al proyecto y a sus integrantes. Ese juzgado fue el primero que vio el caso de Lirola, al que acudió para denunciar su sanción, y donde perdió, para luego ganar en el TSJA y volver a su puesto en la Universidad.
Debemos recordar que la finalidad del presunto falso certificado era lograr que la Justicia no suspendiese cautelarmente la sanción contra Lirola, decretada por haber “faltado al respeto” al rector en cuyo equipo se integra el vicerrector. La redacción del documento cuya falsedad se denuncia tenía como objetivo según esta querella “ocultar la realidad para conseguir una resolución judicial acorde con sus intereses, prevaliéndose de su cargo oficial para elaborar un documento público cuyo valor reside precisamente en el cargo de su redactor.”
En la denuncia se afirma que “todos los elementos del tipo [falsedad en documento público] se manifiestan aquí: declaración realizada en documento público y con trascendencia jurídica (iba destinada a ilustrar el conocimiento de un juez en el ejercicio de sus funciones, condicionando el resultado de su resolución), la falsedad afecta a sus elementos esenciales (la incidencia de la sanción a mi defendido en el marco del proyecto de investigación, objeto principal del documento) y existe un dolo falsario (es imposible que el querellado creyese sinceramente que, en abstracto, la desaparición de un investigador principal no afecta al proyecto, y que, de buena fe, afirmase la buena continuación del que nos ocupa sin consultar a sus integrantes, y sus malas intenciones se ven ratificadas por las consecuencias que lograría si su documento era tenido en cuenta por la Justicia).”
Lirola indicó a
ESTE DIGITAL que esta es sólo la primera de las querella que piensa poner “contra la corrupción” de la UAL.

 

lunes, 5 de noviembre de 2012

Primer acto público de Jorge Lirola Delgado en la Universidad de Almería



[LAEDICION.NET.-:/ Redacción.-Primer acto público de Jorge Lirola Delgado en la Universidad de Almería tras la suspensión de la sanción que le impuso el Rector Pedro Molina García de 4 años y 3 meses, por un supuesto trato irrespetuoso con un superior (él mismo). En ella hace un breve análisis de la situación educativa a nivel general y particular (Universidad de Almería) y propone una regeneración a través de la educación en valores. Critica las actuaciones del Rector Pedro Molina García, los Inspectores de Servicio (Nazario Yuste y Antonio Sánchez Cañadas), el defensor universitario (Antonio Pulido Bosch), el fiscal jefe de Almería (Antonio Pérez Gallegos), el juez Antonio Luis García Valverde y espera que el Presidente del Consejo Social, Joaquín Moya Angeler, se decida a actuar en beneficio de una universidad de todos y para todos.]

Un profesor de la UAL dice que el vicerrector Guerrero se dedicaba a sacar a las alumnas a la pizarra para decirles “borderías”



Lirola denuncia que hay profesores que no van a clase y que ejercen el abuso de poder sin que ni el jefe de servicios ni el Defensor Universitario tomen cartas en el asunto

LAEDICION.NET.-:/ Redacción.-El profesor Jorge Lirola se ha reincorporado a su puesto en la Universidad de Almería, después de que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) dictara una sentencia invalidando la sanción que le había impuesto el rector, Pedro Molina, de suspensión de empleo y sueldo tres años y cuatro meses.

Lirola ha comenzado su nueva etapa ofreciendo una conferencia sobre la “Educación en valores”, y en ella realizó nuevas denuncias sobre la degración de la UAL. Así, por ejemplo, refirió una conversación mantenida con Juan Luis López Cruces, actual catedrático de Griego y compañero de Lirola cuando ambos estudiaban en esta misma universidad, en la que hablaron del vicerrector José Guerrero, el “hombre fuerte” del actual equipo de Gobierno de Molina. En esta charla que contó por ser “muy significativa”, dijo que “le recordé, que hiciera memoria cuando estudiábamos por ejemplo con Pepe Guerrero, y no nos daba clases, y cuando venía a clase era mejor que no hubiera venido porque a lo que se dedicaba era a sacar a las chicas a la pizarra, a nuestras compañeras, y decirle borderías”.

Lirola afirma que la contestación de López fue “ya funciona todo mejor, porque Pepe Guerrero no tiene que dar clases”, a lo que él añade que “no tiene que dar clases porque es uno de los que nos gobierna, así que imaginaos que tiene que estar haciendo desde su puesto de responsabilidad de gobierno”.

En su charla denunció que hay profesores que no van a clase y que también se ejerce el abuso de poder, ante lo cual la respuesta es la “represión” de quien lo denuncia.
“Desde el primer inspector de servicios que tuvimos aquí, Nazario Yuste, hasta el último, Antonio Sánchez Cañadas, lo que me he encontrado es que en lugar de preocuparse de mejorar los servicios que presta la Universidad de Almería, ha sido la represión” afirmó Lirola, quien reconoció que “ambos me han sancionado” y que lo han hecho “por un supuesto trato irrespetuoso”. En ese sentido quiso poner en evidencia que Sánchez Cañadas tenga publicado un estudio sobre la represión de los maestros durante el franquismo “y se dedique a hacer eso mismo, reprimir a los que ahora exigimos memoria y dignidad”.

Las críticas de Lirola también han ido al Defensor Universitario, Antonio Pulido, quien debería llamarse en su opinión “Defensor del rector” porque ha ido “a defender al administrador frente a los administrados”.

Otro que no se salvó fue el presidente del Consejo Social, Joaquín Moya Angeler, que “ha estado echando balones fuera” y tiene que “entrar” en esta cuestión porque en el futuro serán estos órganos los que nombre a los rectores.

El profesor arremetió también contra el fiscal jefe Antonio Pérez Gallegos quien “se está negando” a tomar cartas en el asunto de la corrupción universitaria según asegura, ya que fue éste quien archivó la denuncia que presentó contra el rector por la adjudicación de la cátedra de Árabe. Precisamente el hacer pública esa denuncia fue lo que motivó la sanción de Molina.

Antonio Luis García Valverde, el juez que le negó el derecho a reclamar, también fue objeto de críticas por parte de Lirola.

El profesor, que reconoció temer una tercera sanción, afirmó que no se iba a callar y que seguiría denunciado la corrupción que hay en la Universidad de Almería.