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miércoles, 5 de diciembre de 2012

El Govern denuncia que la nueva ley educativa de Wert relega al catalán a cuarta lengua



·  El texto "rompe el sistema educativo catalán", según el Govern, y obliga a la Generalitat a pagar la escolarización en castellano en centros privados.
·  Los cambios sitúan el catalán como "lengua de especialidad", por detrás de las "troncales" (el castellano y la primera lengua extranjera) y la específica. "Es el ataque más grave a la lengua catalana desde 1978 –y antes estaba prohibida– y rompe el sistema educativo catalán". Así ha calificado este lunes la consellera de Educació, Irene Rigau, el texto de la Ley Orgánica de Mejora de la Calidad Educativa del Gobierno español, que relega al catalán en Primaria a "la cuarta lengua", cuando ahora es la vehicular. Según denunció Rigau, el ministro de Educación, José Ignacio Wert, le hizo llegar a mediodía un nuevo borrador de la ley, que "nada tiene que ver" con el que se había discutido hasta la semana pasada y que Wert "escondió" durante las eleciones catalanas, según Rigau.
LAEDICION.NET.-:/ Redacción.-Un día antes de la Conferencia de Educación que se celebra este martes en Madrid y donde la Generalitat se opondrá a este nuevo texto, el Ministerio hizo públicos unos cambios que, entre otras cosas, según Rigau, sitúan el catalán como "lengua de especialidad", por detrás de las "troncales" (el castellano y la primera lengua extranjera) y la específica (la segunda lengua extranjera).
Es una ofensiva contra el catalán, ningún ministro se había atrevido a tanto en toda la DemocraciaSegún Rigau, el nuevo texto de la ley fija que "los padres tienen derecho a escoger la lengua vehicular de sus hijos" y, hasta que la Generalitat no lo garantice, las familias podrán escolarizar a los alumnos en centros privados y "la Administración deberá sufragar sus gastos de escolarización".
"Nunca un texto del Ministerio había despreciado tanto el catalán", afirmó la consellera: "Es una ofensiva contra el catalán como nunca, ni ningún ministro se había atrevido en toda la Democracia".
Además, según denunció la consellera de Educació, la normativa pretende ir hacia un modelo del "50-50", sin que el catalán sea la lengua vehicular, y solo establece que se pueda "compensar la lengua menos normalizada en una proporción razonable". Rigau lamentó que la nueva ley no busque mejorar la calidad de la educación, sino, simplemente, "reducir el catalán en las aulas" a niveles solo superados durante las épocas de Dictadura.

"Lengua materna"

La consellera puso un ejemplo de la intención de Wert de asegurar "un tratamiento residual al catalán" en las aulas. Se refirió a la prueba de evaluación, ya que la nueva ley fija que el alumno ejecute la llamada Área de Comunicación "en su lengua materna".
Según Rigau, esta medida está pensada para que "el catalán no sea la lengua vehicular", pero, tal como apuntó la consellera, el ministro no se ha dado cuenta que, en Catalunya, no solo hay niños cuya lengua materna es el catalán o el castellano, sino que los hay originarios de muchos países.

Evaluarse no será obligatorio

El hecho de que el catalán deje de ser una materia troncal –ahora lo es– y pase a ser una "de especialidad" significa que no sería obligatorio que los alumnos se examinen de lengua catalana cada vez que lleguen a un final de ciclo.
Es decir, pueden acabar la ESO y el Bachillerato sin la necesidad de acreditar que saben catalán, según especificó Rigau. La comunidad educativa, como el sindicato mayoritario en la educación USTEC, rechazó esta normativa y reclamó a la Generalitat que "no la aplique".



 Según denunció Rigau, el ministro de Educación, José Ignacio Wert, le hizo llegar a mediodía un nuevo borrador de la ley, que "nada tiene que ver" con el que se había discutido hasta la semana pasada y que Wert "escondió" durante las eleciones catalanas, según Rigau.
Un día antes de la Conferencia de Educación que se celebra este martes en Madrid y donde la Generalitat se opondrá a este nuevo texto, el Ministerio hizo públicos unos cambios que, entre otras cosas, según Rigau, sitúan el catalán como "lengua de especialidad", por detrás de las "troncales" (el castellano y la primera lengua extranjera) y la específica (la segunda lengua extranjera).
Es una ofensiva contra el catalán, ningún ministro se había atrevido a tanto en toda la DemocraciaSegún Rigau, el nuevo texto de la ley fija que "los padres tienen derecho a escoger la lengua vehicular de sus hijos" y, hasta que la Generalitat no lo garantice, las familias podrán escolarizar a los alumnos en centros privados y "la Administración deberá sufragar sus gastos de escolarización".
"Nunca un texto del Ministerio había despreciado tanto el catalán", afirmó la consellera: "Es una ofensiva contra el catalán como nunca, ni ningún ministro se había atrevido en toda la Democracia".
Además, según denunció la consellera de Educació, la normativa pretende ir hacia un modelo del "50-50", sin que el catalán sea la lengua vehicular, y solo establece que se pueda "compensar la lengua menos normalizada en una proporción razonable". Rigau lamentó que la nueva ley no busque mejorar la calidad de la educación, sino, simplemente, "reducir el catalán en las aulas" a niveles solo superados durante las épocas de Dictadura.

"Lengua materna"

La consellera puso un ejemplo de la intención de Wert de asegurar "un tratamiento residual al catalán" en las aulas. Se refirió a la prueba de evaluación, ya que la nueva ley fija que el alumno ejecute la llamada Área de Comunicación "en su lengua materna".
Según Rigau, esta medida está pensada para que "el catalán no sea la lengua vehicular", pero, tal como apuntó la consellera, el ministro no se ha dado cuenta que, en Catalunya, no solo hay niños cuya lengua materna es el catalán o el castellano, sino que los hay originarios de muchos países.

Evaluarse no será obligatorio

El hecho de que el catalán deje de ser una materia troncal –ahora lo es– y pase a ser una "de especialidad" significa que no sería obligatorio que los alumnos se examinen de lengua catalana cada vez que lleguen a un final de ciclo.
Es decir, pueden acabar la ESO y el Bachillerato sin la necesidad de acreditar que saben catalán, según especificó Rigau. La comunidad educativa, como el sindicato mayoritario en la educación USTEC, rechazó esta normativa y reclamó a la Generalitat que "no la aplique".

jueves, 22 de noviembre de 2012

Debate entre Mas, Navarro y Camacho, en Catalunya



  
  • Artur Mas, ha intentado acallar las críticas del PP a sus políticas económicas, recordando que los populares han avalado los dos presupuestos aprobados esta lesgilatura.
  • Navarro y Camacho han eludido tanto la cuestión de las cuentas como las dos investigaciones judiciales, el caso del Palau de la Música y el de las ITV.

LAEDICION.NET.-:/ Redacción.-El presidente de la Generalitat y candidato a la reelección por CiU, Artur Mas  , ha intentado acallar este miércoles las críticas del PP a sus políticas económicas recordando que los populares han avalado los dos presupuestos aprobados esta lesgilatura.
En el debate   a tres de 8TV, Mas ha dicho a la candidata del PP, Alícia Sánchez-Camacho: "Estoy sorprendido de que me dé lecciones. Usted ha sido corresponsable de las decisiones que se han tomado en este país" en materia presupuestaria.  Por segundo debate televisado consecutivo, la corrupción ha vuelto a estar ausente por completo pese a que unas presuntas cuentas en paraísos fiscales de dirigentes de CDC, incluido el propio Mas, han centrado la segunda semana de la campaña.
Navarro y Camacho han eludido tanto la cuestión de las cuentas como las dos investigaciones judiciales, el caso del Palau de la Música y el de las ITV, con las que se ha vinculado el partido nacionalista.
Camacho ha defendido que si el PP se abstuvo en la cuentas es porque Catalunya necesitaba reformas tras la "pésima" gestión del tripartito, y ha contraatacado reprochando a Mas que ha incumplido la mayoría de compromisos que el PP le pidió a cambio de abstenerse.
Ambos también se han enzarzado en una discusión por la financiación catalana, y se han acusado de no haber tenido paciencia para negociar el pacto fiscal y evitar así las elecciones anticipadas.
"Si hubiera habido pacto fiscal no habríamos llegado a esto", señala Mas
El presidente ha explicado que, meses antes de aprobarse el pacto fiscal en el Parlament, se reunió en secreto unas seis horas con el presidente Mariano Rajoy y le advirtió de las consecuencias que podría tener que el Gobierno central no se tomara en serio la demanda catalana, y ha añadido: "Si hubiera habido pacto fiscal ahora no estaríamos hablando de esto", en alusión al debate soberanista.
Camacho le ha acusado de ser el culpable de que fracasaran las negociaciones y le ha dicho que el PP estaba dispuesto a crear dos comisiones para reformar la financiación catalana y, en general, la de todas las autonomías: una con expertos y otra en el Senado.
Navarro reta a Mas a celebrar una cumbre anticrisis tras las elecciones
El líder del PSC, Pere Navarro, se ha presentado como alternativa a los recortes de CiU y PP, y ha asegurado que con una política fiscal diferente no deberían hacerse los mismos ajustes; una propuesta a la que Mas y Camacho le han respondido echándole en cara la herencia socialista de los gobiernos de José Luis Rodríguez Zapatero y José Montilla.
Navarro ha retado a Mas a celebrar una cumbre anticrisis tras las elecciones para abordar la crisis y proponer soluciones, algo que el presidente no tiene "inconveniente" en hacer aunque no ha quedado muy satisfecho, según ha dicho, de la que se celebró a principios de 2011.

viernes, 16 de noviembre de 2012

Freixenet cree que la marca España y la marca Cataluña son compatibles



José Luis Bonet defiende en el II Congreso de Directivos que pueden ayudarse mutuamente.
LAEDICION.NET.-:/ Redacción.-El presidente de Freixenet, José Luis Bonet, aseguró ayer que la "marca España" y la "marca Cataluña" son "perfectamente compatibles" y que pueden ayudarse mutuamente para salir de la crisis. Durante su intervención en el II Congreso Nacional de Directivos de la Asociación para el Progreso de la Dirección (APD), José Luis Bonet defendió que para superar el gran reto que supone salir de la crisis es necesario utilizar todos los recursos disponibles, entre los que se incluyen las distintas imágenes de marca.

En la última jornada del congreso, al que han asistido más de 1.500 directivos, también intervino Julián Núñez, vicepresidente de la patronal de grandes constructoras Seopan, que insistió en que las obras públicas erróneas apenas suponen el 0,2% del total de las ejecutadas en los últimos veinte años.

Julián Núñez reclamó a las distintas administraciones públicas que se recupere "un nivel estándar de inversión pública en infraestructuras". Según los datos de la patronal de las constructoras, la inversión pública en 2011 por kilómetro cuadrado y millón de habitantes España se situó en "la última, a la cola, respecto a sus competidores naturales".

Oriol Pujol y sus hermanos, miembros de al menos 73 empresas



LAEDICION.NET.-:/ Redacción.-El comité electoral del partido de Mas y los Pujol fue víctima del pánico esta semana cuando conoció la filtración del texto del Registro Mercantil que detalla 73 de las sociedades vinculadas al Secretario General de Convergencia, Oriol Pujol Ferrusola, y sus hermanos. Los hijos de Jordi Pujol participan (o han participado recientemente) en al menos 73 sociedades mercantiles –ver mas abajo la lista del Registro Mercantil-. A este listado hay que sumarle las empresas valoradas en varios millones de euros   que tienen en el extranjero (como el Hotel Encanto, de 5 estrellas y en México o el puerto de Rosario en Argentina) además de aquellas compañías en las que esta dinastía política de recientes millonarios participa de manera indirecta.
Para hacerse una idea de la magnitud de la fortuna atesorada por la familia inmediata del líder de CiU, decir que tan solo una de las 73 sociedades con presencia de los Pujol Ferrusola, Europraxis, fue vendida por Josep Pujol a Indra en 2003 por 44 millones de euros. Europraxis, creada y gestionada por Josep Pujol, facturó durante décadas millones de euros a clientes que a su vez eran contratistas de la Generalidad que encabezaba su propio padre: don Jordi Pujol. Con semejante montaje, es comprensible lo difícil que debe resultar resistirse a pedir más autonomía, cuando no directamente la independencia. No se sabe si Artur Mas, beneficiario de una cuenta en Liechtenstein   de más de dos millones de euros, y Oriol Pujol andan por ahí reclamando la independencia de Cataluña empujados por el patriotismo o cegados por la codicia.
Como le pasaba a la familia de Obiang, de Imelda Marcos o de los Kirchner, la familia del expresident y sus allegados han logrado en los años de gobierno de los suyos multiplicar su patrimonio varias veces. En una CiU devorada por la corrupción mandan hoy los hijos de don Jordi; algunos son hijos biológicos, como Oriol y Josep, otros como Mas, Alavedra, o Prenafeta son hijos ideológicos. No obstante, todos los citados tienen en común una cosa: el haber sido investigados por Hacienda, la Justicia o ambas a la vez (como las ITV de Oriol). En otros casos, los discípulos de Pujol fueron directamente encarcelados por corrupción. A Alavedra, Prenafeta y Millet les unen tres cosas: su abultado patrimonio, su paso por prisión acusados de corrupción y cobro ilegal de comisiones   y su amor por CiU y la hoy muy rica familia Pujol, a cuyas bodas nunca faltan. Con semejante comportamiento en su entorno inmediato, es entendible que el expresident haya dejado de ser un referente moral en Cataluña para convertirse en alguien sospechoso y demasiado próximo al epicentro de la acción como para no enterarse de lo que estaba pasando.
Durante sus 23 años al frente del Govern, Jordi Pujol cultivó una fachada de austero médico de familia preocupado por el país que hipnotizó al votante durante décadas. Pero la realidad era otra: su esposa, hijos y allegados, participaban en un mosaico de prosperas empresas que les hizo tan ricos como para que en solo en el ejercicio fiscal de 2004 el erario le reclamase a uno de ellos –Josep- 18 millones de euros en impuestos atrasados. Todo esto siempre según información pública del Registro Mercantil y Hacienda. 73 sociedades dan de sí para mucho. En unos casos, estas sociedades se dedicaban a trabajar para grandes empresas que simultáneamente o más tarde eran contratadas por las administraciones controladas por CiU. Otras veces intermediaban en operaciones inmobiliarias con grandes recalificaciones de por medio. Véase por ejemplo las acciones vinculadas a las construcciones del Fórum "Forrum" de Barcelona o las Olimpiadas.
El comité electoral de CiU vive aterrorizado ante la posible respuesta electoral a la corrupción masiva   que devora a este partido. Este órgano conoce el malestar del votante catalán, indignado por el expolio del que ha sido víctima por parte de CiU y sus hoy millonarios líderes y familiares  , según el juez. De estas riquezas dan fe las fotografías del expresident y su prole inaugurando, sonrientes y bronceados mientras la clase media de Cataluña se extingue, una de sus suntuosas inversiones millonarias en Mexico  . El olor a corrupción en la sede de CiU, hoy embargada por el juez, es insoportable.
El hedor es tan penetrante que dan ganas de tomar prestado el Lamborghini de Jordi Pujol Ferrusola y, tras pasar por una de las ITV vinculadas a Oriol Pujol, poner rumbo a El Prat para, atravesando un control concedido a Indra (compradora de la empresa de Josep Pujol por 44 millones de euros) poder huir a toda velocidad al hotel de 5 estrellas que el clan de los Pujol tiene en México. Todo queda en casa. Cataluña parece ser "La Masia de los Pujol", una opereta con libreto de CiU y música de caja registradora.
El listado de empresas en las que tiene presencia la familia Oriol Pujol y sus hermanos, según el Registro Mercantil es el siguiente:
PUJOL FERRUSOLA JORDI Barcelona Administrator único PUJART S.L.
PUJOL FERRUSOLA JORDI Barcelona Administrador único ERISONO LONGIANO S.L.
PUJOL FERRUSOLA JORDI Barcelona Administrador PROJECTES BARCELONA SL
PUJOL FERRUSOLA JORDI Barcelona Socio PUJART S.L.
PUJOL FERRUSOLA JORDI Barcelona Apoderado INICIATIVES MARKETING I INVERSIONS SA
PUJOL FERRUSOLA JORDI Barcelona Apoderado PROJECT MARKETING CAT S.L.
PUJOL FERRUSOLA JORDI Tarragona Apoderado INTER ROSARIO PORT SERVICES SOCIEDAD ANONIMA.
PUJOL FERRUSOLA JORDI Barcelona Ex-Vicepresidente INICIATIVES MARKETING I INVERSIONS SA
PUJOL FERRUSOLA JORDI Barcelona Ex-Consejero delegado INICIATIVES MARKETING I INVERSIONS SA
PUJOL FERRUSOLA JORDI Barcelona Ex-Administrador VINTIQUATRE S.L.(EXTINGUIDA)
PUJOL FERRUSOLA JORDI Barcelona Ex-Administrador HITECH GENERAL CONSULTING S.R.L.
PUJOL FERRUSOLA JORDI Barcelona Ex-Consejero HOT LINE COMPUTER SA
PUJOL FERRUSOLA JORDI Barcelona Ex-Consejero INICIATIVES MARKETING I INVERSIONS SA
PUJOL FERRUSOLA JORDI Barcelona Ex-Consejero CATEXPRESS SA (EN DISOLUCION)
PUJOL FERRUSOLA JORDI Barcelona Ex-Consejero HISPANO QUIMICA SA (EXTINGUIDA)
PUJOL FERRUSOLA JORDI Barcelona Ex-Consejero INTRADEX GOLF S. L.
PUJOL FERRUSOLA JORDI Barcelona Ex-Consejero VINTIQUATRE S.L.(EXTINGUIDA)
PUJOL FERRUSOLA JORDI Barcelona Ex-Secretario CATEXPRESS SA (EN DISOLUCION)
PUJOL FERRUSOLA JORDI Barcelona Ex-Secretario INTRADEX GOLF S. L.
PUJOL FERRUSOLA JOSEP Barcelona Consejero INVERSIONES PROMOCRIM S.L.
PUJOL FERRUSOLA JOSEP Barcelona Consejero PROMOMED RESIDENCIAL MEDITERRANEO S.A.
PUJOL FERRUSOLA JOSEP Barcelona Apoderado EUROPRAXIS ATLANTE S.L.
PUJOL FERRUSOLA JOSEP Barcelona Ex-Administrador PROJECTES BARCELONA SL
PUJOL FERRUSOLA JOSEP Barcelona Ex-Consejero LABORATORIOS FAVEA SA
PUJOL FERRUSOLA JOSEP Barcelona Ex-Consejero AGRUPACIO MUTUA DEL COMERC I DE LA INDUSTRIA MUTUA DE ASSEGURANCES I REASSEGURANCES A PRIMA FIXA
PUJOL FERRUSOLA JOSEP Madrid Ex-Consejero MERCADOS Y GESTION DE VALORES AV SA
PUJOL FERRUSOLA JOSEP Barcelona Ex-Consejero EUROPRAXIS CONSULTING HOLDING S.L. (EXTINGUIDA)
PUJOL FERRUSOLA JOSEP Madrid Ex-Consejero LABIERNAG S.L. (EXTINGUIDA)
PUJOL FERRUSOLA OLEGUER Madrid Presidente LONGSHORE S.L.
PUJOL FERRUSOLA OLEGUER Madrid Administrador único DRAGO CAPITAL S.L.
PUJOL FERRUSOLA OLEGUER Melilla Administrador TRES FORCAS CAPITAL S.L.
PUJOL FERRUSOLA OLEGUER Palmas (Las) Administrador BAHORUCO PARK S.L.
PUJOL FERRUSOLA OLEGUER Palmas (Las) Administrador ARQUILLO RESORT S.L.
PUJOL FERRUSOLA OLEGUER Palmas (Las) Administrador SERVIFONIA PLUS SOCIEDAD LIMIT
PUJOL FERRUSOLA OLEGUER Madrid Secretario OPTIMUS SUBASTAS ON LINE S.A.
PUJOL FERRUSOLA OLEGUER Madrid Socio JASMUND SPAIN S.L.
PUJOL FERRUSOLA OLEGUER Madrid Apoderado S FERNANDO RESORT BAHIA SUR SL.
PUJOL FERRUSOLA OLEGUER Madrid Apoderado SAMOS SERVICIOS Y GESTIONES S.L.
PUJOL FERRUSOLA OLEGUER Madrid Ex-Presidente SAMOS SERVICIOS Y GESTIONES S.L.
PUJOL FERRUSOLA OLEGUER Madrid Ex-Vicepresidente SAMOS SERVICIOS Y GESTIONES S.L.
PUJOL FERRUSOLA OLEGUER Madrid Ex-Consejero delegado TASIBERICA SA
PUJOL FERRUSOLA OLEGUER Madrid Ex-Consejero delegado INMOCLICK ONLINE S.A.
PUJOL FERRUSOLA OLEGUER Melilla Ex-Administrador único TRES FORCAS CAPITAL S.L.
PUJOL FERRUSOLA OLEGUER Palmas (Las) Ex-Administrador único SERVIFONIA PLUS SOCIEDAD LIMITADA.
PUJOL FERRUSOLA OLEGUER Madrid Ex-Administrador único LONGSHORE S.L.
PUJOL FERRUSOLA OLEGUER Madrid Ex-Consejero INMOCLICK ONLINE S.A.
PUJOL FERRUSOLA OLEGUER Madrid Ex-Consejero SAMOS SERVICIOS Y GESTIONES S.L.
PUJOL FERRUSOLA OLEGUER Madrid Ex-Consejero TASIBERICA SA
PUJOL FERRUSOLA OLEGUER Madrid Ex-Secretario INMOCLICK ONLINE S.A.
PUJOL FERRUSOLA OLEGUER Madrid Ex-Apoderado INMOCLICK ONLINE S.A.
PUJOL FERRUSOLA MIREIA Barcelona Administrador FISIOART S.L.
PUJOL FERRUSOLA ORIOL Barcelona Ex-Consejero EMPRESA DE PROMOCIO I LOCALITZACIO INDUSTRIAL DE CATALUNYA SA
PUJOL FERRUSOLA ORIOL Barcelona Ex-Consejero BARCELONA PROMOCIO INSTALLACIONS OLIMPIQUES S.A. (EXTINGUIDA)
PUJOL FERRUSOLA ORIOL Barcelona Ex-Secretario DESARROLLOS ESPECIALES DE SISTEMAS DE ANCLAJE SA
PUJOL Y FERRUSOLA JORDI Vizcaya Ex-Consejero CONSULTING CENTRO ESPAÑA SA
PUJOL I FERRUSOLA JORDI Barcelona Administrador único PROJECTES BARCELONA SL
PUJOL I FERRUSOLA JORDI Barcelona Ex-Socio HIDROPLANT SA (EXTINGUIDA)
PUJOL I FERRUSOLA JORDI Barcelona Ex-Socio VINTIQUATRE S.L.(EXTINGUIDA)
PUJOL FERRUSOLA PERE Barcelona Ex-Apoderado ENTORN SL ENGINYERIA I SERVEIS. (EXTINGUIDA)
PUJOL FERRUSOLA JOSEP MARIA Barcelona Ex-Consejero delegado SOLUCIONES INFORMATICAS INDUSTRIALES GDI S.L.
PUJOL FERRUSOLA JOSEP MARIA Barcelona Ex-Consejero SOLUCIONES INFORMATICAS INDUSTRIALES GDI S.L.
PUJOL FERRUSOLA JOSEP MARIA Barcelona Ex-Secretario SOLUCIONES INFORMATICAS INDUSTRIALES GDI S.L.
PUJOL FERRUSOLA MARTA Barcelona Ex-Socio HIDROPLANT SA (EXTINGUIDA)

 

miércoles, 31 de octubre de 2012

El Presidente de Abertis muestra la preocupación empresarial en Cataluña



LAEDICION.NET.-:/ Redacción.-Solana afirma que los mercados no entienden las reivindicaciones de Cataluña Sant Fruitós del Bages (Barcelona).- El presidente de Abertis y del Consejo Económico para la Reactivación Económica y el Crecimiento (Carec), Salvador Alemany, ha afirmado este jueves que el giro en el debate sobre el futuro político de Cataluña es una cuestión que afecta a los empresarios y no les deja "tranquilos", y ha pedido diálogo para reconducir la relación entre Cataluña y el resto de España.
Ha solicitado que si se ha interrumpido el diálogo tras la reunión fallida entre el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, y el de la Generalitat, Artur Mas, sobre el pacto fiscal el 20 de septiembre, "no debería interrumpirse la preparación para la siguiente oportunidad".
En el debate empresarial Sant Benet VII organizado por Esade en el complejo Món Sant Benet, Alemany ha asegurado que no se va a resolver esta cuestión sin alguna forma de diálogo, y que es un momento clave en el que se debe generar pedagogía para que no continúe el enfrentamiento, "lo que ahora está lejos, o la reconducción hacia el diálogo será cada vez más difícil".
UNIDAD
El exministro socialista, exsecretario general de la OTAN y exalto representante de Exteriores de la UE, Javier Solana, le ha contestado que se puede dialogar, pero que le sorprende que surja este tema en un momento en que los esfuerzos de toda España deberían estar "concentrados" en el futuro del país.
"En un país que todavía está pendiente de pedir el rescate, en el que todos deberíamos estar concentrados en eso, ¿tenemos que comernos todos los bocados históricos a la vez?", se ha preguntado el actual presidente de EsadeGeo.
Ha añadido que los inversores de Alemania y Estados Unidos no entienden las reivindicaciones de Cataluña cuando él ha hecho 'road shows' sobre España las últimas semanas: "Todos piensan que Cataluña debe mucho dinero y tiene incapacidad de gestionar".
Asimismo, ha señalado que la convocatoria de elecciones vascas, gallegas y ahora catalanas produce un parón hasta principios de 2013 en un momento en el que no hay tiempo que perder, y ha hecho un juego de palabras en favor de la unidad: "Que nosotros sigamos siendo nosotros y no menos que nosotros".
El expresidente de la Generalitat Jordi Pujol se ha mostrado "irritado" por las palabras de Solana sobre las prioridades actuales, ya que ha considerado que restaba importancia a Cataluña -a lo que Solana ha respondido que no era su intención-, y ha destacado la relevancia del debate actual planteado en Cataluña.
PUNTO DE NO RETORNO
"Cataluña tiene un problema y es muy sentido, y estamos muy cerca del punto de no retorno", ha alertado, recordando que él ha sido un político españolista, es decir, comprometido con España, durante 60 años, pero si ahora se habla de que algo se ha roto, es que pasa algo. Ha aseverado que comprende que ahora se vive un momento difícil en la economía española, pero ha recordado que el diálogo entre Cataluña y el resto de España nunca ha sido fácil, ni con PP ni con PSOE, y que su experiencia ha llevado a que concluya que "nunca es el momento" de abordar las reivindicaciones de Cataluña.
Ha apostillado que hay un antes y un después en la sentencia del Tribunal Constitucional sobre el Estatut, que "con cuatro miembros caducados, uno recusado, otro muerto y otro no sé qué", decidió sobre la 'Constitución' de Cataluña, que debe encajar en la española, y el PP y el PSOE lo permitieron.
Ha remachado que un Tribunal Constitucional que llegó a ser "de dudosa constitucionalidad" durante tres o cuatro años, provoca una crisis institucional en España, que es a lo que se ha llegado.
POLÍTICOS NECESARIOS
Pujol ha defendido que actualmente se debe juzgar a los políticos "no solo por lo que hacen, porque hacen lo que pueden", sino por cómo se enfrentan a los problemas, si dan la cara y si toman decisiones, como en el pasado hicieron Adolfo Suárez, el recientemente fallecido Santiago Carrillo y Felipe González. Ha expuesto que España necesita unos políticos que sean capaces, a pesar de la dificultad de combinar la política antipática que tienen que hacer, de combinarlo con un destello de esperanza: "Que sean valientes, que no engañen, que no se escondan y que den una imagen de resolución".

 

martes, 30 de octubre de 2012

Coca-Cola abandona Cataluña ante los aires separatistas



Sol Daurella, dueña de Cobega, ha decidido trasladar su sede a Madrid

  
LAEDICION.NET.-:/ Redacción.-Madrid.- La empresa envasadora y distribuidora única de Coca-Cola en España se traslada de Cataluña a Madrid ante los planes separatistas de Artur Mas. A partir de ahora, la empresa tendrá sede social y operativa en la capital española según ha decidido la cabeza visible de Cobega Embotellador, Sol Daurella, según adelanta el periódico digital 'Economía Digital'.
Considerada una de las sagas empresariales catalanas con más tradición, la familia Daurella decidía el pasado mes de septiembre, a raíz de la manifestación de la Diada, trasladar toda su sede a Madrid ante los planes secesionistas de Mas. Su marcha supondrá un gran impacto económico en Cataluña, pues la envasadora de Coca-Cola dejará de pagar impuestos en la comunidad catalana para hacerlo en la madrileña. Tan solo una filial embotelladora creada recientemente, Cobega Invest, permanecerá en Cataluña, aunque a efectos fiscales generará menos rendimientos.
La preocupación por el marco jurídico incierto que comienza a tener la Comunidad Autónoma catalana, unido a la opinión de algunos directivos europeos de Coca-Cola, -que animaron a levantar cualquier barrera contra los posibles boicots comerciales-, hicieron a Sol Daurella inclinar la balanza hacia el traslado a Madrid. Y es que aunque Coca-Cola es una compañía internacional, la empresa quiere mantenerse al margen de problemas políticos.
La mudanza de Cobega a la sede madrileña de Casbega, -la otra rama del negocio-, comenzará a hacerse efectivo el próximo 26 de noviembre, tan solo un día después de la celebración de las elecciones catalanas, siendo la junta de accionistas de Cobega la que de luz verde a la nueva estructura propuesta por Sol Daurella, que se ha convertido ya en la primera gran empresaria en sacar de Cataluña su negocio ante los aires separatistas de Mas. De hecho, la mano derecha de Daurella, Víctor Rufart, se trasladó a Madrid hace ya unas semanas como jefe del nuevo conglomerado, -ya que Cobega ha logrado integrar en su empresa el resto de las compañías que hasta ahora embotellaban también la famosa bebida, quedándose la compañía de los Daurella como la única embotelladora y distribuidora de Coca-Cola.
Sol Daurella, considerada una de las mujeres más ricas de España, casada con Carles Vilarrubí, -afín a CiU y propietario del 12% del grupo Godó-, y consejera del Banco Sabadell, se convierte así en la primera empresaria en trasladar su sede ante la posible separación catalana. Una decisión que tomarán otros muchos empresarios si finalmente se lleva a cabo. Es el caso de José Manuel Lara, presidente de Planeta,   o de los dueños de Volkswagen-Audi, quienes también han expresado su intención de abandonar Cataluña en caso de secesión.
  

lunes, 29 de octubre de 2012

La polémica del independentismo catalán relanza las ventas de cava de Valencia, Extremadura y la Rioja



  
Los productores de vinos espumosos de fuera de Cataluña ya notan un aumento de los pedidos para las fiestas navideñas. Fuentes del sector de la distribución temen que el veto a los productos catalanes sea peor que en 2005. Una encuesta entre 1.000 de los principales directivos del gran consumo en España revela que casi el 60% espera un boicot.
Las bodegas productoras de cava de Valencia, Extremadura, la Rioja y Castilla y León ya notan y se preparan para relanzar sus ventas por el independentismo catalán.
Todavía es demasiado pronto para la campaña de Navidad, pero la mayoría de las bodegas consultadas comentan que los distribuidores ya planean y empiezan a hacer más pedidos porque esperan que las ventas suban este año debido a la polémica de Cataluña. La facturación de las fiestas navideñas supone al menos el 40 por ciento de todo el ejercicio.
Según fuentes de la patronal, la Denominación de Origen de Utiel-Requena marcha bien. Por ejemplo, una bodega de Valencia afirma que enviará varios palés a clientes que no querían cava catalán para las cestas de Navidad.
En la bodega Matarromera, de Castilla y León, explican que proliferan los casos de llamadas en las que los compradores explicitan que no desean un caldo catalán.
En Almendralejo, algunas observan que ya registran ciertas alzas en las ventas, pero que aún no saben si se debe a un veto a los productos catalanes.
En declaraciones a Efe, el vicepresidente de Apag-Extremadura Asaja, Félix Corbacho, sostiene que debido a esta situación siempre va a haber españoles de fuera de Cataluña que decidan no consumir estos artículos.
Todas y cada una de las bodegas consultadas hablan del enorme ruido existente y relatan conversaciones con clientes que rechazan adquirir vinos catalanes.
El boicot de 2005 provocado por las declaraciones de Carod Rovira en contra de la candidatura madrileña a las Olimpiadas elevó mucho las ventas, y este año los bodegueros creen que puede reproducirse el fenómeno.
En cualquier caso, las perspectivas del sector no son precisamente halagüeñas. Los productores vitivinícolas subrayan que se presenta un final de año complicado y que, entre otros factores, el avance de la recesión y el paro, la supresión de la paga extra de los funcionarios y el incremento del IVA pesarán sobre el consumo.
Las catalanas Codorníu y Freixenet se han diversificado, han desarrollado importantes campañas en el exterior y ya venden una buena parte en el extranjero.
De hecho, Freixenet comercializó en lo que lleva de año más botellas en Alemania (38 millones de unidades) que en España (su segundo mercado con 30 millones).
Fuentes del sector de la distribución admiten en privado que el veto a los productos catalanes este año puede ser más generalizado y duro que en 2005.
Una encuesta llevada a cabo entre 1.000 empresarios y ejecutivos del gran consumo reunidos ayer en el congreso anual de Aecoc arrojó que el 57 por ciento pensaba que habría un boicot.

lunes, 25 de junio de 2012

“Primera valoración tras el 1er Simposio en Catalunya Sobre Violencia Familiar”

(borrador del informe definitivo que se hará público)
Celebrado en la Casa del Mar los pasados días 9 - 10 DICIEMBRE 2011

LAEDICION.NET.-:/ Redacción.-En Cataluña nos hemos estrenado el año con escalofriantes cifras de mujeres fallecidas en manos de sus parejas o ex parejas solo en el primer mes de enero batiendo todos los récords de años anteriores. Las administraciones de la Generalitat de Cataluya han actuado responsablemente y con carácter de urgencia convocando todo tipo de comités y comisiones de trabajo enfocados a una respuesta inmediata. A nuestro modo de entender, como se pronuncian las representaciones de la Coordinadora de Entidades para la Igualdad (CEI) en la que estamos delegados para Catalunya, se esta siguiendo fallando para terminar con esta barbarie cometiendo los mismo errores de siempre.

UN PROBLEMA SOCIAL RESUELTO SOLO POR UN GÉNERO EXCLUYENTE I CON UNA REPRESENTACIÓN QUE NO TIENEN.
Se está entregando en manos de entidades exclusivamente de mujeres que ya estatuariamente discriminan al hombre, luego de dudosa legalidad, para que sean ellas exclusivamente las que estudien y dirijan las propuestas de normas y protocolos. En Catalunya hasta lo exige la Ley (Llei 5/2008, de 24 d'abril, del dret de les dones a eradicar la violència masclista) Y estos, como se vienen demostrando tienen por un lado una clara manifestación revanchista y por otro un escandaloso interés lucrativo.
Lo que nunca se va a poder negar es que solo estas entidades excluyentes han sido las oídas, solo a ellas se les subvencionan para estudiar sobre estos asuntos, ni si quiera se aceptan ser tenidas en cuenta las entidades mixtas como la que represento. Uno no deja de pensar qué opinión tendría la sociedad si dejáramos que nos sacaran de la crisis económica en las mismas manos de quienes nos han metido en ella mientras se lucraban avariciosamente, seguramente saltaría la alarma social.
No creemos nada recomendable que en estas comisiones y comités que se viene creando solo esté representado un género que hace sus observaciones bajo un prisma absolutamente parcial. Incluso las situaciones de maltrato infantil se les está achacando a los hombres cuando los datos de año tras año sitúan a la madre biológica responsable del doble de los homicidios infantiles respecto al padre biológico. Cada vez son más entidades feministas las que continuamente se manifiestan respecto a que “estas mujeres no nos representan”, por su carácter excluyente del varón en sus organizaciones y planteamientos, se auto otorgan una representación de las mujeres que no tienen. Tal vez alguna administración se tendría que preocupar de entrevistarse, por citar algunas, con Isabel María Marín Miguel, Vicepresidente PCI; Guadalupe de la Fuente, Presidente Abuelos separados de sus Nietos; Marisa Culebras, Presidente Feministas por la Igualdad; Inmaculada Ocaña, Presidente AVILEGEN; Mª Teresa A. Vergés, Presidente ADDINFANCIA; Ana Fernandez, Presidente ASACO; etc…
Las lamentables cifras de mujeres asesinadas no bajan mientras sí sigue subiendo las de hombres sometidos al Derecho Penal de Autor, los hombres suicidados en procesos de divorcio y los niños que se quedan huérfanos de sus padres varones aún estando en vida y abuelos viviendo un calvario. Justo esto nos impulsó a la celebración del Simposio la afirmación de que a la vista de los datos teníamos que reconocer que “algo no estábamos haciendo bien”, había que “recuperar la razón”. Seis meses más tarde los datos constatan que se sigue haciendo mal y que no parece que se quiera recuperar la razón. Nada ha cambiado.

DESPUÉS DE LA SEGUNDA GUERRA MUNDIAL, RENACE EL DERECHO PENAL DE AUTOR EN ESPAÑA.
En el ámbito policial y judicial se sigue aplicando la violencia de un hombre hacia una mujer como Derecho Penal de Autor, que se erradicó ya en Europa tras la segunda Guerra Mundial en el tratado de Roma para terminar con esta temeraria y discriminatoria manera de hacer justicia que venían impartiendo tanto Hitler, como Staling. El propio Tribunal Constitucional en su Sentencia 150 de 1.995 califica el derecho Renal de Autor de “repugnante”. De los recursos que ha tenido la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género cabe destacar que ninguna Ley anteriormente ha tenido tantos recursos en el Tribunal Constitucional de los propios magistrados que la imparten.
Siempre se ha resuelto que la norma es constitucional porque el articulo 1 se ha de entender que cuando dice “como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre éstas por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges”, se ha de entender “cuando se dé una manifestación de …”así se pronuncia una de tantas veces el Tribunal Constitucional (STC 41/2010, de 22 de julio, FJ 9) “la mayor gravedad … no vendría dada exclusivamente por la existencia presente o pasada de una relación de pareja entre el sujeto activo hombre y la mujer, sino por la concurrencia añadida de una particular gravedad de la conducta para el bien jurídico protegido, pudiendo optar el juzgador por no imponer la agravación si, aun estando ante un supuesto de violencia de género, no se aprecia tal particular intensidad lesiva en el riesgo o en el resultado”. Obviamente no hacerlo así implica reconocer el Derecho Penal de Autor pero no pocos votos particulares se han dado en el mismo Tribunal Constitucional ya que la praxis es otra (Sentencia TC 45/2010, de 28 de julio de 2010) “La falta de identidad entre la redacción dada a los preceptos cuestionados y el propósito declarado por la Ley que los introduce en el Código Penal, genera una duda razonable acerca de cuál sea la conducta tipificada por el legislador, duda que ya por sí misma es incompatible con el imperativo de taxatividad –lex certa– que deriva del art. 25.1 CE” . Esta “falta de identidad en la redacción” es la base de la Implantación del Derecho Penal de Autor en España ya que quienes lo aplican leen tal como está redactado el articulo 1 de la Ley y no el preámbulo donde se da la explicación de porqué y cuando se ha de entender así. La misma sentencia sigue “…resulta incompatible con el derecho a la presunción de inocencia (art. 24.2 CE) es la presunción adversa de que todo maltrato cometido por un varón contra su pareja o ex pareja sea siempre una manifestación de sexismo que deba poner en actuación la tutela penal reforzada …., esta presunción es incompatible con los principios del Derecho penal moderno, que ha desarrollado criterios de atribución de responsabilidad «concretos», por el hecho propio y no por hechos ajenos. Entiendo que el principio de culpabilidad resulta infringido cuando indiscriminadamente se aplican los referidos preceptos a acciones que tengan su origen en otras posibles causas y, lo que es más grave, sin que se exija la necesidad de probar que se ha actuado abusando de esa situación de dominación... “ . Esta falta de necesidad de probar, presunción de culpabilidad, como juzgar a los hombres de hoy por lo que hicieron o pudieron haber hecho antaño otros hombres con sus esposas son el segundo y tercer determinante respectivamente con la que se legaliza la Implantación del Derecho Penal de Autor en España.
Pero como no todos somos iguales ni ante la Ley ni la Justicia, se dan Sentencias como la del Juez exdecano de Barcelona D. José Manuel Regadera al que no se le aplicó la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género tras pelearse con su esposa habiendo lesiones por no darse esta situación de desigualdad entre él y su pareja, sin que tuvieran ni si quiera que acreditarla. Para el resto de los mortales que sean exclusivamente varones y heterosexuales, aunque se acredite la no existencia de desigualdad se les vienen aplicando a tenor literal el articulo 1 de la Ley suponiendo de que solo por haber nacido varón somete a su capricho a la mujer considerándola con menos derechos como persona y ciudadana.
Ya lo advertía el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) cuando indicaba en su informe que el anteproyecto de ley contra la violencia sobre la mujer, aprobado por el Gobierno, es "incompatible con la Constitución, desacertado, censurable, inaceptable e injustificado en algunos de sus aspectos", "Que esos delitos se basen tan sólo en que el agresor sea hombre y presumiéndose en la Ley su intencionalidad, lleva al derecho penal de autor, incompatible con la Constitución”. La realidad es que una gran parte de Jueces, Fiscales, evaluadores psicosociales, etc… siguen tramitándo y aplicando de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género con la visión del Derecho Penal de Autor en todos los casos de violencia de un hombre hacia una mujer, dando por sentado que es siempre cierta, sin más prueba que el testimonio de una mujer, y por machismo, no cabe otra posibilidad, luego negando la presunción de inocencia en cuanto al delito y el móvil.
Cuando una mujer asesina a un hombre o a su propio hijo (19 y 16 respectivamente en el año 2010 a falta de cierre del 2011 en el que parecen ser 30 y 23) se le dan muchas explicaciones de los hechos en las que evidentemente el machismo no cabe. ¿Por qué extraña razón no pueden darse estos mismos elementos cuando se trata de un hombre hacia una mujer? Hasta la fecha solo se nos ha dado una respuesta posible: que solo si se interpreta que ha sido por machismo hay mucho dinero público para entidades, instituciones y damnificadas. Estaríamos encantados que nos dieran otra, quisiéramos pensar que no somos todos tan necios, ruines y falsos.
Más grave, si cabe aún, es que en casos en los que haya un hombre denunciado por violencia, no solo no quepa otra que no sea por machismo, si no que en muchos casos se lleguen a extremos que vulneran cualquier otro principio internacional suscrito por España como la tutela judicial, la igualdad y equidad en los procesos o la defensa de los menores que queda relegada muchas veces a los intereses espurios de las denuncias falsas. Sabemos de alguna letrada que recomienda la falsa denuncia para tener ventajas inmediatas en una separación legal en 24 horas y tener sometido al varón el resto de la vida. La denuncia falsa se ha convertido en un “chollo” en las separaciones.

EL MINISTERIO FISCAL
Los Juzgados de Violencia contra la Mujer, son la más fragante prueba de la existencia del Derecho Penal de Autor en España. Qué opinión tendría la sociedad internacional sobre España si supieran que como la mayoría de los terroristas internacionales son Islámicos creáramos juzgados exclusivos para los Islámicos, o como la mayoría de los miembros de ETA son vascos creáramos juzgados exclusivos para vascos en cuyos casos se aplicara la Ley antiterrorista por ser islámicos o vascos indistintamente de que sean terroristas o no; o que como la mayoría de la delincuencia la comenten extranjeros hiciéramos juzgados específicos para extranjeros; juzgados para negros, comunistas, etc… Esta actividad judicial consecuente de una Ley Orgánica va mucho más allá de lo que la propia Ley cita. En ningún articulado se menciona expresamente que deban instruirse las causas con presunción de culpabilidad, que deban vulnerarse los derechos de defensa, el principio de contradicción, que no se persigan las denuncias falsas con intereses espurios, etc… pero es lo que se da.
Al respecto el Ministerio Fiscal sigue sin deducir testimonio de las denuncias falsas fragantes en los que el mismo haya podido pedir la absolución. Ni si quiera cuando, sin haber cumplido su obligación de deducir testimonio, se denuncia de parte: el juzgado de violencia contra la mujer archiva sin más, por documentado que esté, se da el correspondiente traslado al Ministerio Fiscal y este “mutis”.
El ministerio Fiscal También ampara, contrariamente a su mandato expresado en el artículo 124 de la Constitución Española, acciones de la justicia contrarias a la legalidad, a los derechos de los ciudadanos y en especial al desamparo de los menores, por quienes debería tener una preocupación prioritaria, cuando se ha formulado de violencia de género, ni que esté acreditada como denuncia falsa.
De casos estamos artos de conocer, pero citaremos algunos de los que llegado el caso de que se nos pida podemos aportar documentación acreditativa. No son pocos los padres que por miedo al corporativismo y al revanchismo no se atreven a denunciar, pero también los hay quienes aunque ya estén sufriendo represalias lo hacen.
Un caso escandaloso es el de una madre que se dedica a la pornografía explicita de parafílias y sin protección contagiando herpes a su hijo pequeño con el que hace realidad algunas de sus fantasías. La Fiscalía de Protección de Menores lo sabe, el pediatra lo sabe y lo ha derivado al Centro de Salud Mental Infantil y Juvenil CSMIJ para que evalúen al niño y mientras la madre dice que le parece bien… no lo lleva para que su hijo no sea oído, El Hospital Infantil de Sant Joan de Deu también lo sabe han cultivado sus herpes a derivación del Pediatra y también ha dado los partes oportunos, pero como ella le interpuso una denuncia falsa de Violencia de Genero a este hombre se le pide que primero demuestre que la denuncia es falsa antes de proceder contra la mujer. De nada sirve que con el tiempo que ha transcurrido existan grabaciones del niño explicándolo, partes hospitalarios, derivaciones del pediatra al CESMIJ quienes no paran de decirle al padre que denuncie, abandonos médicos y demás actividades de la madre para impedir que se investigue lo que hace con su hijo.
Tenemos un caso en el que el Ministerio Fiscal no participo en una causa en la que el padre perdió una custodia compartida de hecho, en el que le representó un falso abogado de quien el mismo Ministerio tenía conocimiento a través del Colegio Oficial de Abogados de Sant Feliu que no lo era, de que había sido denunciado y detenido por intrusionismo otras veces, etc. Cuando este padre pide la nulidad de actuaciones el fiscal quien está especialmente obligado a velar por la legalidad de los actos (artículo 124 de la Constitución Española) dice que el letrado lo era en las fechas anteriores con un certificado de que no lo era de fechas posterior, sin haber hecho consulta alguna al Consejo General de la Abogacía donde tienen las claves para saberlo y en las que los ciudadanos no tenemos acceso por la Ley de Protección de Datos.
No es el único caso que conocemos en que el Ministerio Fiscal consiente, permite e incluso solicita prácticas de prueba y califica en procedimientos penales al amparo de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género a sabiendas de que al encausado no le asiste letrado alguno. En un caso conocido durante 4 años en los que se ha pasado de instrucción a abreviado y de abreviado a vista oral sin letrado, luego sin saber de la instrucción y pruebas practicadas a sus espaldas y sin poder proponer pruebas a practicar para desenmascarar a la falsa denunciante y quienes le ayudan con sus fines espurios.
Otro caso, que la misma Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal sanciona con cuatro años de suspensión de empleo y sueldo sin que suceda nada. La misma fiscal que pide que se tomen medidas cautelares contra un hombre de aplicación de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, a los pocos dias pasa a acusar a la mujer del incumplimiento de estas mismas medidas por parte de ella, obviamente no la acusa si no que la defiende y así termina absuelta aún cuando de su incumplimiento resultara un menor gravemente lesionado.
La colección de actuaciones que tenemos conocimiento del Ministerio Fiscal, en nombre del estado y velando por la legalidad y como especial protector de menores hace literalmente lo contrario es tremenda. Tenemos autos en los que el propio fiscal se niega a que en un procedimiento de guardia y custodia se aporten unas grabaciones de cómo la madre insulta y maltrata sin parar a un bebe de 21 semanas, o que se niega a que se aporten peritajes que puedan desacreditar la idoneidad de la madre, no acusan cuando la madre hace una sustracción de menores y sí cuando lo hace el padre, acusan al padre que tiene una orden de alejamiento cuando lo incumple y no a la madre cuando ha inducido a ello o lo ha usado como medio de coacción al padre, etc… Como en los demás casos de otros funcionarios que intervienen en materia de familia, no son todos los fiscales los que actúan así, pero sí una mayoría muy considerable. Ni que solo fuera uno no debería seguir ejerciendo ante prevaricaciones tan fragantes.

LAS ARBITRARIEDAD POLICIAL.
El cuerpo policial en Catalunya, casi no sucede tanto con la Ertzaintza ni con la Guardia Civil o la Policía Nacional en cada vez más provincias, sigue haciendo detenciones ilegales sin cumplir con el “PROTOCOLO DE ACTUACIÓN DE LAS FUERZAS Y CUERPOS DE SEGURIDAD Y DE COORDINACIÓN CON LOS ÓRGANOS JUDICIALES PARA LA PROTECCIÓN DE LAS VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DOMÉSTICA Y DE GÉNERO”, aprobado en la reunión del 10-6-04 por la Comisión de Seguimiento de la Implantación de la Orden de Protección de las Víctimas de Violencia Doméstico en la que la Propia Generalitat de Cataluña formaba parte y suscribió como corresponde en cumplimiento del artículo 31.3 y 4 sobre “Fuerzas y Cuerpos de Seguridad” de la la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.
Este incumplimiento es especialmente grave cuando la mujer denuncia sin absolutamente ninguna prueba y se pasa a la detención sin ni si quiera ser oído al denunciado, dándose casos de fragante denuncia falsa en la que la querellante se sale con la suya, cuando cumpliendo el protocolo no solo no se hubiera procedido a la humillante detención de un inocente si no que se habría detenido a quien simulaba el delito. Leemos noticias de detenciones por simulación de delito en toda España menos en Cataluña. Mientras se ha llegado a tal extremo que han provocado una auténtica pelea entre mossos y una magistrada la Sra. Belen Pilo Gutierrez del Jdo. 5 exclusivo de violencia contra la mujer de Martorell, quien harta de que le trajeran detenidos sin más -obligándole a tomar medidas preventivas a veces hasta haciendo falsedades documentales para justificarlas- saltaron de las palabras a los insultos. La magistrada fue expulsada de la carrera judicial por la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) el 19 de septiembre de 2008 –confirmada por la Sección Octava de la Sala Contencioso-Administrativa del TRIBUNAL SUPREMO- por hechos sucedidos el 25 de abril de 2008; el Comisario de la Comisaría dels Mossos d’Esquadra de Martorell fue posteriormente “destituido” y algunos casos contra hombres del año 2008 iniciados por esta magistrada siguen abiertos buscando cómo inculpar como sea al varón para que no se pueda reclamar por haberse visto envuelto en medio de esta guerra entra magistrada y mossos.
También hemos detectado que, salvo en algunos casos, se permite que la mujer induzca al quebrantamiento de las órdenes de alejamiento o que se use como medio de coacción `para limitar la libertad mucho más lejos del emplazamiento protegido. Se han dado casos de proceder contra el hombre, amparar a la mujer y recoger su denuncia, cuando ha sido ella quien se ha presentado “a la puerta” del domicilio del hombre. Hay mossos que parten de que si el hombre tiene una orden de alejamiento y la mujer se le presenta en su puerta tiene que quedarse en ella hasta que la mujer se le antoje dejar de inducir al quebrantamiento o coaccionar su libertad. Pero el colmo de los colmos es que luego esta mujer presente denuncia y se le ampare, cuando de su actitud ha quedado demostrado que el supuesto “miedo” por el que pidió una orden de alejamiento y se detuvo a su pareja, es inexistente, era una falsedad, una simulación con otros fines espurios diferentes a los que alegó.
Tampoco existe absolutamente ninguna igualdad de trato cuando un hombre denuncia, aún soportándolo con numerosas pruebas, cualquier hecho delictivo de su ex pareja si previamente ha sido denunciado en aplicación de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. Ni si quiera cuando es tan grave como para proteger al hombre se le hace demasiado caso: desde hacer mero trámite al juzgado de la denuncia presentada a ni si quiera aceptar que se ponga denuncia, por muy documentada que esté. Conocemos un caso en el que por temor a la indiferencia que ya ha vivido de los Mossos d’Esquadra a proteger al hombre o sus hijos cuando son víctimas ambos con lesiones de su ex pareja se ha recurrido al derecho internacional para pedir el amparo a sus hijos que aquí no se le da.

EL DERECHO FORAL
El “Derecho Foral” tampoco se está representando en la praxis juridica. La misma Audiencia Provincial de Barcelona ha publicado sus quejas respecto a las `primeras apelaciones que les vienen llegando tras la aplicación del nuevo Código Civil Catalán (Ley 25/2010, de 29 de julio, del libro segundo del Código civil de Cataluña, relativo a la persona y la familia)que otorga con carácter preferente la Custodia Compartida. Se queja del desconocimiento de su existencia por parte de los jueces y magistrados como los fiscales, quienes tienen la obligación de conocerla y aplicarla, articulando en cambio sus decisiones de acuerdo al Código Civil Español. El alcance de sus quejas se extiende también a los mismos letrados en sus demandas y contestaciones de las demandas que habitualmente aplican exclusivamente el Código Civil Español aúnque no es aplicable en Cataluña para la mayoría de los casos, e incluso les sorprende que a veces se articulan en sus exposiciones artículos de uno u otro, como si uno fuera complementario del otro recordando que en Cataluña solo es aplicable el Código Civil Catalán, salvo las excepciones de antigüedad de la residencia en Cataluña que especifica la misma Ley.
El Código Civil Catalán, plantea un procedimiento a nuestro entender, sabio y que obliga a los padres a negociar o mediar hasta llegar a un acuerdo: el “plan de parentalidad”. Este plan que hay que presentar al juzgado expone los principales elementos a saber para la custodia de los menores a la vez que los principales elementos habituales de disputa. La deficiencia que le vemos a esta norma es que la mediación no sea obligatoria hasta llegar a un acuerdo en el plan de parentalidad ya que de no haberlo se deja al libre arbitrio de los juzgados quienes suelen responder de forma “estándar”; es decir, como lo venían haciendo antes de la reforma de la Ley dando la custodia a la madre y las facturas al padre a quien se le impone un escueto régimen de visitas como si de un preso se tratara. Esto facilita a que solo en un 30% de los casos haya acuerdo ya que la mujer que quiera beneficiarse de un trato por machista preferente solo tiene que negarse a cualquier acuerdo.
Al respecto, quien suscribe, como mediador que es, ha diseñado un procedimiento explicito y adecuado para que el “plan de parentalidad” no tenga huecos que más tarde puedan llegar a un conflicto entre los progenitores mejorándolo sustancialmente; una técnica por la que es difícil evadirse de la falta de acuerdo y si se fracasa un método de dejar clara la postura de quien haya “torpedeado” cualquier posible acuerdo ante el juzgado si es requerido para ello. Así pues, sea como sea, las consecuencias positivas de una mediación obligatoria y la garantía de un 100% de éxito en esta práctica se está dando aunque la mediación no sea obligatoria.
De todos modos, las leyes Forales que se vienen publicando en las distintas comunidades reconociendo la obligación y el derecho de ambos progenitores en la crianza de los hijos, estén juntos o separados, es un auténtico “papel mojado” cuando en estas mismas normas se prohíbe expresamente la custodia al padre solo por el hecho de estar denunciado, indistintamente de que se pueda sostener de alguna manera la acusación, lo que no ha hecho más que incrementar el número de denuncias, si cabe, cuando ya superan el millón. Se fomenta, incluso por letradas, esta forma rápida de separación o divorcio sin que tenga ninguna repercusión para la querulante su falsa denuncia.

LA MEDIACIÓN
Siguiendo al hilo de lo dicho con anterioridad, no más funcional ha resultado la ley de Mediación Catalana (Ley 15/2009, de 22 de julio, de mediación en el ámbito del derecho privado) que ha estado tan intervenida con criterios políticos que se ha desfigurado el principio de lo que es la figura de un mediador, ancestro en la resolución de conflictos desde tiempos inmemoriales. Al respecto está resultando más útil la reciente norma española (Real Decreto-ley 5/2012, de 5 de marzo, de mediación en asuntos civiles y mercantiles) que es aplicable para casi todo tipo de conflictos y no excluye los familiares. Este real decreto-ley incorpora al Derecho español la Directiva 2008/52/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2008, sobre ciertos aspectos de la mediación en asuntos civiles y mercantiles. Sin embargo, su regulación va más allá del contenido de esta norma de la Unión Europea, en línea con la previsión de la disposición adicional tercera de la Ley 15/2005, de 8 de julio, por la que se modifica el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de separación y divorcio, en la que se encomendaba al Gobierno la remisión a las Cortes Generales de un proyecto de ley sobre mediación. Quizás por no anunciar que era explicito para las familias, ya que no lo es, y no caer que se podría aplicar también a las familias no ha tenido tanto intervencionismo político que vienen teniendo las normas referidas explícitamente a la Familia.
El Alto Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo colecciona sentencias contrarias al intervencionismo de los estados miembros en las políticas de familia mucho más allá de lo que puede ser su competencia. No tenemos conocimiento de que respecto a estas normas se haya recurrido a él, sí tenemos conocimiento respecto a la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género del que se han presentado más de 1.500 demandas al Alto Tribunal, nunca, en toda la historia de este Tribunal o sus antecesores en la Comunidad Europea se habían presentado tantos recursos bajo la aplicación de una misma norma.
Por otro lado la Ley 15/2009, de 22 de julio, de mediación en el ámbito del derecho privado prohíbe expresamente la mediación cuando haya causa penal de por medio. Un “acto de modernidad”, no de iniciativa de nuestros legisladores si no fruto de un mandato europeo, por el que se pretende desjudicializar las relaciones personales a través de la mediación de conflictos, atenta contra la misma modernidad en la que países como Brasil, teóricamente más atrasados, son pioneros: la llamada “justicia reparadora” que no es más que justamente la mediación en conflictos penales de modo que el penado asuma su responsabilidad y acuerde cómo reparar el daño sufrido a la víctima de mutuo acuerdo con ella. Esta forma “jurídica” de la mediación, no solo ha demostrado su efectividad de per se, sino que además ha resultado la herramienta más eficaz para lo que por el procedimiento habitual de encarcelamiento del penado se viene llamando “rehabilitación” ,bajando muy notablemente las reincidencias punibles.
Otro impedimento en las mediaciones para poder llegar a un acuerdo de plan de parentalidad o de separación y custodia de menores, cuando no son obligatorias en los respectivos códigos civiles, son los mismos letrados que representan a los progenitores ya que se siente “subestimados” si la mediación no la hacen ellos. El Colegio Oficial de Abogados de Barcelona acaba de estrenar unas salas expresas para que los abogados hagan mediaciones. Es pronto para poder hacer alguna valoración sobre el éxito o el fracaso de las mediaciones que hacen los abogados, pero sí de antemano he de constatar que se hacen con carácter previo al proceso judicial, en el que cobran más, cuando el Tribunal Supremo ya ha sentenciado que cualquier acuerdo de separación protocolizado ante notario es un titulo ejecutivo, y mucho más económico que una Sentencia.
La norma está dando pues cuatro métodos de separarse: la contenciosa civil con gastos de abogados y procuradores en un juzgado donde intervienen el Juez y el ministerio Fiscal, cuando no a demás técnicos psicosociales; la de mutuo acuerdo en la que ni hace falta que intervenga abogado ni juez alguno para tener un titulo ejecutivo; la mediada que puede conllevar a un mutuo acuerdo notarial o a una sentencia que la homologue con la intervención judicial; y la penal de aplicación de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género en la que en 24 horas se está separado de manera que el hombre no tiene ni derecho sobre la vivienda ni la custodia de los menores y a la mujer le salen gratis las costas judiciales. Es una visión clara y cruda de la realidad.

LOS SERVICIOS SOCIALES
Los Servicios Sociales también se han doblado al conocido dogma de género hasta extremos tremendamente dañinos para los menores. Cualquier intervención judicial o administrativa sobre la familia y los menores siempre pasa por informes previos de los Servicios Sociales justificándolo por su proximidad con ellos. Cuando interviene el dogma de género estos informes se hacen exclusivamente de parte, ni interesa entrevistar a los menores, ni al padre, ni la familia extensa, únicamente se entrevista a la mujer para que sea esta la que “dicte” cuál es la situación familiar con los menores o incluso sobre el padre aún estando en un proceso contencioso de separación, luego siendo parte interesada.
Tenemos conocimientos de a veces incluso los Servicios Sociales desvían recursos presupuestados para hombres y mujeres para solo ofrecerlo a mujeres, coaccionan el testimonio de los menores para que no testifiquen a favor del el padre como iban a hacerlo y se les ha pedido que en cambio lo hagan en contra, encubren la actividad delictiva de la mujer aunque sean las víctimas los mismos menores.
También sucede en el amparo y auxilio consecuente de estas intervenciones corruptas: las cifras de mendicidad en las calles es escandalosamente más grande en hombres que en mujeres, un trabajo de campo desvela que prácticamente la totalidad ha pasado a esta fortuna de subsistencia tras un proceso de separación o divorcio, con demasiada frecuencia los vemos recogiendo comida de contenedores de basura de supermercados al negárseles incluso la subsistencia más básica y elemental.
En cuanto a su dedicación pro familia solo hay que pasarse por delante de un centro para ver su cartelería: Protección de la mujer y todo tipo de programas para ello, guias para adolescentes y programas de salvamento de animales. Ni los mayores, ni los menores tienen asignado ningún tipo de programa al no ser que sean subsidiarios de los de la mujer. Programas para hombres, ninguno.

LOS PSICOSOCIALES.
Paralelamente al Simposio, con acumulación de quejas, desapareció en Catalunya el Servei d'Atenció Técnica a la familia (SATAF) tal como lo conocíamos, pasando a ser un servicio gratuito exclusivo para quienes tengan el beneficio de la Justicia Gratuita. No menos quejas mantiene el Equip d’Asesorament Tecnic Penal (EATP), Estos servicios están bajo una laguna legal que vienen viciandose de varias maneras.
Por un lado la Ley Orgánica del Poder Judicial ni ampara ni reconoce ni protege estos servicios que vienen sustanciándose en base a los diferentes códigos civiles pero aún así cae en la alegalidad de falta de sostenimiento legal que los regule en cuanto a las designas, su imparcialidad, sus regímenes sancionadores, sus faltas de capacitaciones, sus métodos y procedimientos que deberían ser extintamente científicos, etc…. La Sentencia de la Sección la de la Audiencia Provincial de Cantabria de fecha 20 de julio de 2004 establece: "no puede considerarse que el dictamen emitido por el equipo psicosocial adscrito a los Juzgados sea un dictamen de peritos en los términos en los que la ley configura esta prueba. Al contrario, precisamente señala la doctrina que existe una omisión en la nueva LEC respecto a estos equipos que auxilian a los jueces en materia de familia, cuya intervención no encaja en ninguna de las dos modalidades que la ley regula respecto de la prueba pericial. El dictamen de especialistas que recoge el art. 92.5 del CC se lleva a cabo de forma distinta al dictamen pericial previsto en la LEC; su designación no es por sistema de lista corrida del art. 341; el objeto de la pericia se delimita por el Juez, indicando los hechos que estime relevantes, sean o no los alegados por las partes, (al amparo del art. 774.2 LEC el Tribunal puede ampliar los hechos sobre los que puede acordar prueba de oficio); se realiza excluyendo la intervención de los letrados de los litigantes e incluso de las partes fuera de las entrevistas (a diferencia del art. 345) y se emite el informe de manera no ajustada a las estrictas previsiones de los arts. 346 y 347.
Park E. Dietz, psiquiatra forense y criminólogo norteamericano colaborador experto del FBI, critica la situación de esta especialidad en España. Dice que los informes se realizan por personas sin formación y aboga por más conocimientos forenses: “Lo científico debe centrar el informe psiquiátrico” y la falta de ellos da continuidad a los vicios de estos servicios que desamparan a quien se somete a ellos.
En un par de entrevistas y unos test pretenden saber más de unos sujetos que los propios médicos, psiquiatras o psicólogos que los hayan podido tratar durante años a sus pacientes. Sus informes no respetan en absoluto ni si quiera el Código Deontológico al que no quieren acogerse. Cogen la causa por la que se les ha pedido su intervención y “siguen la corriente” por la que se ha iniciado, en la mayoría de los casos se limitan a criminalizar al hombre y victimizar la mujer si se trata de un asunto en el que se aplica la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, o en informar sobre la conveniencia de que la guardia y custodia se le otorgue a la mujer si se trata de un proceso civil de separación o divorcio. Con frecuencia vemos en informes o testimonios judiciales grabados de estos “psicólogos” afirmar que se han limitado a dar “más crédito a lo que decía la mujer que el hombre”, vulnerando el principio más básico de su juramento: sostener sus valoraciones con criterio científico, objetivo e igualitario.
Ajustan la práctica científica a los resultados que tiene que darles y se basas sus fundamentos en la mayor medida a “ella dice que..”, “los servicios sociales dicen que…”, “a mi me parece que…”, etc. Mientras el resultado de una práctica científica puede ser de menos de una página al resto de los argumentos para hacer su dictamen se le dedican 10 o 20, y la primera ha de cuadrar con las demás.
Vicia aún más cuando para la contratación de estos “expertos” se les requiere un perfil y se les pide o se les da una formación por decisión politica, casi siempre afín al dogma de género, muy lejos de los peritos judiciales que solo han de acreditar su valía científica. Incluso en temas de menores está sentenciado que han de ser expertos en alineación parental y desde el aparato político no solo ni se pide ni se forma, sino que además muchas veces se niega su existencia.
Los jueces, casi siempre, se amparan en la “opinión del experto” para hacer en sus sentencias una copia literal de las recomendaciones del psicólogo sin caer que estos no han sido peritos asignados por turno en el juzgado con las garantías procesales a las que estos se ven obligados y los otros no. Conocemos de un caso un docente de “Master de Psicología Forense” que incluso promueve, bajo amenaza a los psicólogos de no hacerlo, que se encubran entre ellos en sus informes fraudulentos o falsos, recomendando que no se colegien para no poder ser sancionados, y así mismo actúa él como perito.

LA TRANSPARENCIA.
Tanto Escuelas, como los Servicios Sociales, como los Psicosociales se niegan sistemáticamente a ofrecer la informacion que por Ley tienen la obligación de facilitar sobre los padres no custodios como de quienes ostentan la Patria Potestad pero no la Guardia y Custodia. La Ley de Procedimiento Administrativo y la de Ley de Protección de Datos obliga a quien tenga datos sobre un padre o de quienes tengan la Patria Potestad a facilitarlos.
Las escuelas en Cataluña sí entregan las notas de los hijos a ambos progenitores, no en otras comunidades de las que hemos leído sanciones por no hacerlo, pero no facilitan las hojas de asistencia a quienes no son custodios especialmente si es la madre la custodia y el absentismo escolar injustificado es tal, que podría retirársele la custodia. Tampoco se reúnen los tutores con el padre no custodio para saber de la marcha de sus hijos en la escuela, se excusan unas veces a que tienen las citas contadas y no pueden duplicarlas si los padres están separados y tienen una orden de alejamiento que impida estar juntos aun su situación civil de separados o divorciados; otras veces sencillamente la tutora no quiere ver a un “asesino de mujeres”, ni que sea falso.
Los Servicios Sociales dentro del programa de coordinación informan sobre los padres y los menores a cuantas administraciones se lo pidan, pero vetan el derecho a saber sobre lo que cuentan de ellos a los padres no custodios, dejándolos en la más pura indefensión ni pudiendo ejercer el principio jurídico básico de la contradicción. En el casos tan graves de abuso de menores solo informan respecto a si el padre es el abusador, no cuando lo es la madre y como si vieran lo que sucede en la intimidad con una “bola de cristal” el hombre siempre es abusador y la mujer nunca.
Así mismo hacen los técnicos psicosociales, se niegan a dar información sobre sus fuentes, entregar los test y cualquier otra prueba usada para sus informes impidiendo el principio de contradicción sobre su trabajo. Principio que ya hemos denunciado que se amenaza a cualquier otro psicologo que pudiera intervenir para que lo encubra. Si un Psicologo hace un informe basando sus conclusiones principalmente en lo que dicen unos Servicios sociales y no se puede saber ni quien ni qué ha dicho qué, ¿qué garantía procesal puede tener este informe?, pues se dan como válidos. Cierto es que esta falta de información se podría exigir por la vía judicial, pero nuestra experiencia es que la Administración de Justicia ni el Ministerio Fiscal quieran iniciar ningún procedimiento para este fin, encubrir es la prioridad.
De todo ello se cae en el más puro hermetismo las corrientes de información y desinformación, muchas veces injuriosas o calumniosas, que hacen las administraciones contra el padre y a favor de la madre, poco importa que de ello resulte gravemente perjudicado los menores, a parte del padre varón y su familia extensa.

LA IGUALDAD EFECTIVA
No fue tema tratado expresamente en el 1er Simposio de la Vida Familiar los asuntos relativos a la conocida como “conciliación familiar” referida a la coordinación de la compatibilidad entre las necesidades y obligaciones familiares con la vida, formación y promoción laboral ni la también muy criticada Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, que mucho se pronuncia sobre esta conciliación familiar. Esta edición fue solo referente a la “Violencia Familiar” considerándose que en un segundo Simposio se tratará exclusivamente la “Conciliación Familiar” que es sin duda un asunto de interés social vinculado también a la Familia. Pero sí hemos constatado y se debe pronunciar la intención expresamente discriminatoria de esta ley que en su articulado hace justificaciones que no se ajustan a la realidad ya que forman parte de la misma campaña en la que bajo la apariencia de corregir desigualdades lo que se pretende es cosa bien distinta.
La citada norma impone la obligación a las administraciones responsables a tomar medidas discriminatorias a favor de la mujer en el ámbito laboral, bajo una supuesta discriminación al respecto que se da por cierta y constante en el tiempo, sin caducidad de modo absolutista; pues bien, solo hay que consultar las cifras de paro en esta profunda crisis para ver que por sexos el hombre desempleado a veces supera a la mujer desempleada o como mucho se igualan (al cierre del segundo trimestre del 2012 igualan el porcentaje de parados respecto de la población activa al 24% de cada sexo). Pero la norma obliga a que siempre se discrimine al hombre por este motivo, no solo cuando la mujer sea la mayor desocupada, y así se está actuando en las diferentes medidas que aún hoy se están tomando.
Otro ejemplo es la aplicación del artículo 51 Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres del que está redactado con la intención de no parecer discriminatorio contra el hombre de ninguna manera, pero nada más lejos de la realidad. Si se cumpliera este artículo 51 sin carácter discriminatorio las administraciones competentes promoverían y facilitarían mediante subvenciones a la formación, facilidades de contratación y demás medidas que se vienen tomando a favor de las mujeres para que se formaran y se contrataran más hombres en educación, especialmente primaria, en enfermería u otras profesiones en las que los hombres están minusrepresentados. No solo no existe ni si quiera la intención de que así sea si no que continuamente se nos justifica por parte de las autoridades que estas profesiones están minusrepresentadas los hombres porque no quieren. Tal vez si se les pagara de una manera u otra cantidad “apetitosa” como se hace con las mujeres en los sectores minusrepresentadas si que querrían.
Un reciente estudio realizado por una multinacional de recursos humanos sita en Barcelona publicaba que a los altos cargos directivos se presentaban un 25% de mujeres candidatas en frente del 75% de candidatos varones, y los datos efectivos de representación en estos mismos cargos mantienen justo esta misma proporción, no existe entonces si se acepta por igual el argumento de que es “porque ellas quieren” discriminación alguna en estas ocupaciones de máxima responsabilidad, pero se sigue quejando la poca representación de las mujeres en cargos directivos y subvencionando o dando cualquier otro tipo de prendas para que la ocupación femenina sea mayor en los altos cargos, mientras ni se les pasa por la cabeza hacer lo mismo para tener más maestros varones o enfermeros.
Hay muchos sectores donde la mujer está laboralmente poco representada y a fechas de hoy no se ha tomado medida alguna, los sectores donde la siniestrabilidad y mortalidad laboral es muy alta como la construcción, la industria pesada o la minería. Los últimos datos obtenidos referidos al 2010 representan un 72,6% de accidente de trabajo de varones respecto al 27,4% de mujeres; y en cuanto a la mortalidad un 96,2% a los varones y un 3,8% a las mujeres. ¿Realmente la intención de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres es perseguir esta igualdad efectiva?. Ni los datos ni los hechos demuestran que sea esta la intención que la promulgó.

EPÍLOGO

Responde al mismo dogma de género que cualquier crítica sobre el mismo sea interpretada como un “ataque a las mujeres”. Cuando los datos reflejan una realidad contraria al dogma o se censuran o se ataca al mensajero. Al más puro estilo de Paul Joseph Goebbels (ministro de propaganda de la Alemania nacionalsocialista, figura clave en el régimen, amigo íntimo de Adolf Hitler, y Canciller de Alemania en su sucesión) solo cabe una visión de la realidad, se conjura sobre ella y se censura a los críticos. Podremos tardar días, meses, años o décadas en recuperar la razón y defender la familia en su globalidad, pero cuando esto suceda se cerrará un capitulo negro en la Historia de España, con nombres y apellidos, símil al de la Inquisición, que habrá dejado un rastro de muertos que no solo son mujeres, si no en mayor cantidad hombres asesinados o suicidados, menores también asesinados o huérfanos de padre en vida y familias extensas desestructuradas. Más de millón de denuncias a hombres, 150 diarios, más de 2.000 hombres suicidados al año, ni los 30 niños asesinados por sus madres también de promedio cada año son datos no se pueden esconder ni a los investigadores ni a los historiadores.

Este documento adjunto de la COORDINADORA DE ENTIDADES POR LA IGUALDAD (CEI) está presidida, y sus dos vicepresidentas, por mujeres de entidades de mujeres principalmente y participan en ella entidades mixtas de todo tipo. No se trata de una “guerra de hombres o mujeres” si no como Goebbels proponía había que fabricar un enemigo inexistente para justificar los abusos de derecho y la imposición del Derecho Penal de Autor. Sus impulsoras dicen hablar en nombre de las mujeres, las mujeres igualitarias dicen que a ellas no las representan. http://www.youtube.com/watch?v=l2WURHkiMsk Mientras las televisiones extranjeras hacen eco del despotismo de género en España (http://www.youtube.com/watch?v=GjgBfklmYj8) , las del estado callan a la espera de poder seguir siendo financiadas con las millonarias campañas publicitarias teóricamente encaminadas a terminar con la violencia machista, pero que prácticamente no lo consiguen y criminalizan al hombre solo por haber nacido varón, dejando un escandaloso rastro de suicidios, orfandades y familias extensas destrozadas.

Angel Antón
Comisario del 1er Simposio de la Vida Familiar:
“La Violencia Familiar”
NOTA: Este borrador que Informa sobre la realidad de la “violencia familiar” en los extremos que se pronuncia está basado en la observación de casusas judiciales conocidas y quejas recibidas en la ASSOCIACIÓ CATALANA DE PARES SEPARATS (ACAPASE), de las afirmaciones que se hacen que puedan derivarse causas punibles tenemos los documentos que lo acreditan, cumpliendo con la obligación penal de denunciar algunos hechos ya se han denunciado y otros se están preparando para hacerlo. De los que ya se han denunciado constatamos el poco interés en perseguir actividades punibles de quienes comparten el dogma de género. Muchos más supuestos reales podríamos haber citado pero no se ha hecho al no autorizarnos el poseedor de los documentos que lo acreditaran ha hacerlos públicos.