martes, 11 de septiembre de 2012
Izquierda Unida lamenta que el PP de Roquetas no apoye ampliar las bonificaciones en el IBI para familias con menos recursos
El Ejecutivo rechaza las enmiendas presentadas por el grupo municipal de IU ante la modificación de la ordenanza que regula el impuesto del IBI
LAEDICION.NET.-:/ Redacción.-El portavoz de Izquierda Unida en el Ayuntamiento de Roquetas de Mar, Ricardo Fernández, lamenta que el equipo de Gobierno del PP haya impedido que las familias numerosas de la localidad se beneficien de una mayor bonificación en cuanto al pago del Impuesto de Bienes Inmuebles.
En el pleno celebrado esta mañana, Izquierda Unida ha presentado enmiendas a la modificación de la ordenanza reguladora de este impuesto, para solicitar que se incremente la bonificación en el I.B.I en el caso de familias numerosas, al 90% de la cuota íntegra según estipula el Art. 74.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Asimismo, también se ha pedido que se incluya un segundo punto en las propuestas de acuerdos, de modificación del Capítulo II (Cuota y Bonificaciones) de la vigente ordenanza reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles para solicitar una bonificación del 50% de la cuota íntegra en el caso de inmuebles en los que se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol. Según lo estipulado el Art. 74.5 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales”, explica el portavoz del grupo municipal de IULVCA. “Lamentamos que el concejal de Hacienda ni se haya dignado a contemplar esta posibilidad, ya que ha argumentado en el pleno, con total desprecio a las políticas de ahorro energético, que no merecía la pena ni contestar a nuestra petición”.
La modificación aprobada por el PP afecta a lo referido al tipo de gravamen, que, si bien experimenta una ligera disminución, no se verá repercutido en el recibo de los vecinos debido al alza del valor catastral, fruto de la nueva ponencia aprobada en el año 2011. “Y hay que tener en cuenta la situación económica de los hogares del municipio de Roquetas de Mar que, lejos de mejorar, cada día es más precaria dado el aumento del desempleo, la subida de impuestos como el IVA y el IRPF y los recortes en derechos y prestaciones sociales por parte del Gobierno del Partido Popular, siendo especialmente sensible el caso de las familias numerosas”.
Por ello IU ha presentado esas enmiendas, y recuerda que el Art. 74.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se determina que “Las ordenanzas fiscales podrán regular una bonificación de hasta el 90 % de la cuota íntegra del impuesto a favor de aquellos sujetos pasivos que ostenten la condición de titulares de familia numerosa.”
“No pedíamos nada descabellado, sino que se aplicase una posibilidad que contempla la ley y que beneficiaría a muchas familias roqueteras”, afirma Fernández, quien ha defendido las enmiendas en el pleno. IU además está a favor de que se bonifique también a otros sectores como jubilados o pensionistas y por ello instará a su grupo en el Congreso a solicitar que éstos se contemplen en la ley.
ENMIENDA AL PUNTO NOVENO DEL PLENO ORDINARIO DEL AYUNTAMIENTO DE ROQUETAS DE MAR DEL 6 DE SEPTIEMBRE DE 2012 REFERIDO A LA MODIFICACION DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES
D. Ricardo Fernández Álvarez, Portavoz Titular del Grupo Municipal Izquierda Unida Los Verdes – CA en el Excmo. Ayuntamiento de Roquetas de Mar, en nombre y representación del mismo y al amparo de lo establecido en el Art. 97.5 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales de 1986, eleva al Pleno para su debate y aprobación la siguientes ENMIENDAS.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
1. Que en el punto noveno del Orden del día del Pleno ordinario del 6 de septiembre de 2012 del Ayuntamiento de Roquetas de Mar se incluye un Dictamen de la Comisión Informativa de Economía y Hacienda celebrada el día 29 de agosto de 2012, referido a la modificación de la ordenanza reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles.
2. Que está modificación afecta a lo referido al tipo de gravamen, que si bien experimenta una ligera disminución, no se verá repercutido en el recibo de los vecinos debido al alza del valor catastral, fruto de la nueva ponencia aprobada en el año 2011.
3. Visto que la situación económica de los hogares del municipio de Roquetas de Mar, lejos de mejorar, cada día es más precaria dado el aumento del desempleo, la subida de impuestos como el IVA y el IRPF y los recortes en derechos y prestaciones sociales, siendo especialmente sensible el caso de las familias numerosas.
4. Que el Art. 4.3 de la actual ordenanza contempla unas bonificaciones en caso de familias numerosas en los siguientes términos:
“4.3.1.- De conformidad con lo dispuesto en el Art. 75.4 de la Ley 39/1988 Reguladora de las Haciendas Locales, se concederá una bonificación de hasta el 50 % de la cuota integra del impuesto a favor de aquellos sujetos pasivos que ostenten la condición de titulares de familias numerosas y que constituya la vivienda habitual, según queda definido en el art. 51 del Reglamento del I.R.P.F., aprobado por R.D. 214 / 1999, de 25 de febrero, con arreglo a la siguiente graduación:
a) Familias numerosas incluidas en categoría general: 35 % de bonificación.-
b) Familias numerosas incluidas en categoría especial: 50 % de bonificación.-“
5. Visto el Art. 74.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, donde se determina:
“Las ordenanzas fiscales podrán regular una bonificación de hasta el 90 % de la cuota íntegra del impuesto a favor de aquellos sujetos pasivos que ostenten la condición de titulares de familia numerosa.”
6. Visto que, fruto de una búsqueda de ahorro en los gastos corrientes domiciliarios, de una mayor conciencia medioambiental y de las obligaciones impuestas por las sucesivas normativas en materia de edificación y eficiencia energética son cada vez más los inmuebles que en nuestro municipio instalan sistemas de aprovechamiento solar.
7. Visto el Art. 74.5 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, donde se determina, además:
“Las ordenanzas fiscales podrán regular una bonificación de hasta el 50 % de la cuota íntegra del impuesto para los bienes inmuebles en los que se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol. La aplicación de esta bonificación estará condicionada a que las instalaciones para producción de calor incluyan colectores que dispongan de la correspondiente homologación por la Administración competente. Los demás aspectos sustantivos y formales de esta bonificación se especificarán en la ordenanza fiscal.”
Por lo anteriormente expuesto, se somete a la consideración del Pleno la aprobación de las siguientes:
ENMIENDAS
1. Incluir un punto en las propuestas de acuerdos, de modificación del artículo 4.3.1 de la vigente ordenanza reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles, en lo referido a incrementar la bonificación en el I.B.I en el caso de familias numerosas, al 90% de la cuota íntegra según estipula el Art. 74.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
2. Incluir un segundo punto en las propuestas de acuerdos, de modificación del Capítulo II (Cuota y Bonificaciones) de la vigente ordenanza reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles, en lo referido a incluir la posibilitar de solicitar una bonificación del 50% de la cuota íntegra en el caso de inmuebles en los que se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol. Según lo estipulado el Art. 74.5 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
En Roquetas de Mar a 6 de septiembre de 2012
FDO: D. Ricardo Fernández Álvarez
PORTAVOZ DEL GRUPO IZQUIERDA UNIDA LOS VERDES -CA
AL SR. ALCALDE – PRESIDENTE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ROQUETAS DE MAR
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