El Tribunal Superior de
Justicia de la Comunidad Valencia ha anulado el Plan de modernización de las
concesiones de transporte público regular de viajeros por carretera de la
Comunidad Valenciana estimando el recurso interpuesto por la CNC.
LAEDICION.NET.-:/
Redacción.-. Con
fecha 28 de mayo de 2010, la Comisión Nacional de la Competencia interpuso
recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de la
Comunidad Valenciana contra el Decreto 24/2010, de 29 de enero, del Consell,
relativo al Plan de modernización de las concesiones de transporte público
regular permanente de viajeros por carretera.
Este recurso se
fundamenta en el art. 12.3 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la
Competencia con arreglo al cual “La Comisión Nacional de la Competencia está
legitimada para impugnar ante la jurisdicción competente actos de las
Administraciones Públicas sujetos al Derecho Administrativo y disposiciones
generales de rango inferior a la ley de los que se deriven obstáculos al
mantenimiento de una competencia efectiva en los mercados”.
Se trataba de la primera
vez que la CNC hacía uso de este instrumento jurídico, continuando por vía
jurisdiccional los esfuerzos de promoción de la competencia realizados en este
sector desde la publicación, en septiembre de 2008, del Informe de la CNC
sobre la competencia en el transporte interurbano de viajeros en autobús en
España. Adicionalmente, en abril de 2010, la CNC hizo público un informe en
el que se recogían las actuaciones de muchas Comunidades Autónomas para,
mediante diversos instrumentos normativos, prorrogar en la práctica estas
concesiones de autobuses a sus actuales concesionarios. De este modo se
eliminaban, innecesaria y desproporcionadamente, las ventajas que aporta la
competencia a los usuarios de este servicio, incluso pudiendo llegarse a
inclumplir normas comunitarias que regulan la materia.
En su Sentencia de 22 de
octubre de 2012, el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valencia
estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la CNC, anulando
el Decreto 24/2010, de 29 de enero del Consell, relativo al Plan de
modernización de las concesiones de transporte público regular permanente de
viajeros por carretera. La Sentencia subraya la falta de concordancia de esta
norma 2
con la legislación comunitaria y, en concreto, con el Reglamento
CE 1370/2007 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre sobre los
servicios públicos de transporte de viajeros por ferrocarril y carretera. El
Reglamento establecía una duración máxima de diez años para las concesiones de
autobús y la posibilidad extraordinaria de prorrogar la concesión en el momento
de expiración de la misma durante, como máximo, la mitad del periodo original.
Sin embargo, la norma impugnada (y ahora anulada) preveía la posibilidad de
conceder prórrogas cuya duración podría alcanzar hasta el 31 de diciembre de
2023.
En su
Sentencia, el Tribunal considera, por tanto, que el mantenimiento de esta norma
dentro del ordenamiento jurídico de la Comunidad Valenciana produciría “un
efecto perverso en sede de competencia que no cuenta con el aval del Derecho
europeo ni del Derecho estatal” y, por ello, resuelve anular el Decreto
24/2010.
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