La grúa ya se puede llevar tu coche si no pones ticket en zona azul
LAEDICION.NET.-REDACCIÓN.-Después de que la Cámara Baja aprobase el pasado 29 de octubre la nueva Ley de Tráfico, conviene recordar que entra en vigor a partir de este miércoles, tras ser publicada ayer en el BOE. ¿Y qué significa? pues que entre otras muchas cosas la grúa podrá llevarse aquellos coches sin tickets aparcados en zonas delimitadas o que hayan triplicado el máximo tiempo permitido. También que los ciclistas pasarán a regirse por esta ley, pudiendo ser multados por no circular debidamente iluminados o con los reflectantes necesarios. Y más.
Pero no todos son noticias punitivas: se reduce el catálogo de conductas por las que pueden perderse puntos (todas acarrearán la imposición de multas) y simplifica el procedimiento sancionador, algunos de los cuales supondrán beneficios para el infractor. Así, aparcar en el carril bus o conducir sin las luces reglamentarias no supondrá la pérdida de puntos. También es interesante el que los conductores que tengan una denuncia sin resolución firme podrán pasar a regirse por la nueva ley.
Repasamos las novedades que deberán tener en cuenta los conductores a partir de este miércoles:
-Reducción de los casos de pérdida de puntos de 27 a 20 aunque entran nuevos supuestos. Por ejemplo, estacionar o parar en un carril bus o conducir de manera negligente no quitará puntos (si acarreará sanciones económicas). En cambio, si bien no se prohíben detectores de radares sí se conllevará la pérdida de puntos llevar inhibidores de los mismos, manipular el tacógrafo o limitador de velocidad o conducir con el permiso temporalmente suspendido.
-Multas. Se premia el pronto pago de multas con un descuento del 30 a 50%, cuyo plazo de abono se amplía de 15 a 20 días. Además, se fija el pago de 100 euros para las infracciones leves, 200 para las graves y 500 euros para las muy graves. Éstas podrán incrementarse hasta en un 30% atendiendo al "peligro potencial creado". Por último, se podrán comunicar por correo electrónico. Para las personas físicas será una opción facilitar un e-mail. Para las personas jurídicas, obligatorio.
-ITV. Si un coche no tiene seguro no la podrá pasar.
-No habrá que llevar la documentación del coche. Bastará con llevar los papeles en regla, algo a lo que muchos conductores han venido acogiéndose en controles.
-La suspensión del carnet sólo podrá producirse por la pérdida de puntos, nunca por una infracción en concreto.
-A través de cursos se podrá recuperar hasta seis puntos cada dos años.
-Víctimas y seguridad vial. La nueva norma estipula que el dinero recaudado a través de las multas se destinará a ayudar a las víctimas de accidentes de tráfico y a mejorar la seguridad vial eliminación de puntos negros, llamados tramos de concentración de accidentes, que actualmente suponen el 5% de la longitud de las carreteras españolas.
-No pagar cuatro multas por infracciones graves o muy graves impedirá a un conductor una serie de gestiones en Tráfico, como renovar el carnet de conducir o vender el vehículo.
-Se introduce la obligación de tener la matrícula legible porque con los radares se ha detectado un aumento de matrículas ilegibles de forma intencionada.
-Se pueden seguir presentando alegaciones y recursos a sanciones firmes, aunque los plazos se reducen para no eternizar su tramitación. Hasta ahora, tardaban entre cinco meses y dos años hasta que una resolución se convierte en firme.
-Los ciclistas que no lleven identificadores luminosos o reflectantes podrán ser multados con 100 euros.
-Y la grúa podrá retirar aquellos vehículos estacionados en zona azul sin el ticket reglamentario o que hayan triplicado el tiempo abonado. Esta medida ha sido incluida en el trámite de la norma en el Senado a iniciativa del PSOE.
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