miércoles, 14 de noviembre de 2012

LA CNC IMPONE MULTAS A LA ASOCIACIÓN DE INDUSTRIAS DE LA CARNE DE ESPAÑA Y A LA FEDERACIÓN CATALANA DE INDUSTRIAS DE LA CARNE



LAEDICION.NET.-:/ Redacción.- La Comisión Nacional de la Competencia ha impuesto sendas multas de 31.500 euros a la Asociación de Industrias de la Carne de España y a la Federación Catalana de Industrias de la Carne.
Madrid, 13 de noviembre de 2012. En mayo de 2011, la Dirección de Investigación de la CNC abrió un expediente sancionador (S/0289/10) contra la Confederación de Organizaciones Empresariales del Sector Cárnico de España (CONFECARNE), la Asociación de Industrias de la Carne de España (AICE) y la Federación Catalana de Industrias de la Carne (FECIC) por una posible conducta anticompetitiva, que habría consistido en llevar a cabo una recomendación colectiva que tenía por objeto homogeneizar el comportamiento de las empresas cárnicas mediante la repercusión al ganadero de los gastos derivados de la retirada y eliminación de los Materiales Específicos de Riesgo (MER).
Las conductas analizadas tienen origen en la denuncia presentada por la Asociación Española de Productores de Carne de Vacuno (ASOPROVAC), la Confederación de Cooperativas Agroalimentarias de España y la Asociación Agraria Jóvenes Agricultores (ASAJA), así como en la resolución adoptada por el Consejo de la CNC el 4 de octubre de 2010 en el marco de la vigilancia del expediente 556/03 INDUSTRIAS CÁRNICAS, en el que ya fueron sancionadas AICE, FECIC y la Asociación Profesional de Salas de Despiece y Empresas Cárnicas (APROSA) por una recomendación colectiva para repercutir el coste de retirada de harinas cárnicas a los ganaderos, cuya finalidad era unificar los comportamientos de sus asociados excluyendo la libre iniciativa empresarial.
En su Resolución de 7 de noviembre de 2012, el Consejo de la CNC considera acreditado que AICE y FECIC recomendaron a sus empresas asociadas que repercutiesen a los ganaderos los costes de retirada y eliminación de los Materiales Específicos de Riesgo (MER) mediante el envío de las Circulares que justificaban la legalidad de dicha repercusión. El Consejo de la CNC considera que la conducta, por su contenido y por su difusión, pues se dirigieron a todos los asociados, y por quien las efectúa, dos asociaciones representativas del sector, tiene por objeto propiciar el alineamiento en el comportamiento de las industrias cárnicas en su relación con los ganaderos en lo que se refiere a la repercusión a éstos del coste de los MER. Por lo tanto, es apta para falsear la libre competencia, al facilitar la unificación de la conducta de empresas competidoras. 2
En definitiva, el Consejo de la CNC considera que la conducta imputada es una recomendación colectiva tipificada como infracción en el articulo 1.1.a) de la LDC y, por ello, resuelve imponer a la Asociación de Industrias de la Carne (AICE) una multa sancionadora por importe de 31.500 € y a la Federación Catalana de Industrias de la Carne (FECIC) una multa sancionadora por importe de 31.500 €. Con respecto a CONFECARNE, considera no acreditada la existencia de tal infracción.

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