Su estrategia de robar comida
para dársela a los pobres le ha valido no pocas simpatías y muchas entrevistas
en los medios. Pero su último órdago altruista venía con sorpresa para sus
fans.
D.M-alcalde de Marinaleda y
diputado de Izquierda Unida, Juan Manuel Sánchez Gordillo,
culminó este lunes en Al Rojo Vivo de La Sexta
anunciando que renunciaba a ser aforado. De esta manera, desafiaba, se
enfrentaría a las consecuencias por sus comentados asaltos a supermercados
andaluces para dar de comer a los pobres, iniciativas que le han valido el
sobrenombre de Robin Hood. no es oro todo lo que reluce. De hecho, Sánchez
Gordillo no puede renunciar a ser aforado mientras mantenga el acta de
diputado, según se desprende del Estatuto de Autonomía de Andalucía.
Cabe recordar que este lunes anunció públicamente su disposción a renunciar a esa condición tras la polémica suscitada por el asalto a dos supermercados de Andalucía.
Sin embargo, la inviolabilidad y el aforamiento que el Estatuto garantiza a los parlamentarios autonómicos son prerrogativas que pretenden proteger a los ciudadanos a los que el diputado representa y, por tanto, a las que éste no puede renunciar.
Igual que la Constitución y los reglamentos del Congreso y del Senado establecen para diputados y senadores, el Estatuto de Autonomía lo establece para los parlamentarios autonómicos. Su artículo 101.3 dice que durante su mandato los diputados "no podrán ser detenidos por los actos delictivos cometidos en el territorio de Andalucía, sino en caso de flagrante delito, correspondiendo decidir, en todo caso, sobre su inculpación, prisión, procesamiento y juicio al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía".
"Fuera de dicho territorio, la responsabilidad penal será exigible, en los mismos términos, ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo", añade el Estatuto. Sánchez Gordillo no puede renunciar a su condición de aforado mientras mantenga el acta de diputado autonómico.
En consecuencia, no podrá ser detenido por el asalto a los supermercados salvo en "flagrante" delito, es decir, cometiéndolo ese mismo momento.
Cabe recordar que este lunes anunció públicamente su disposción a renunciar a esa condición tras la polémica suscitada por el asalto a dos supermercados de Andalucía.
Sin embargo, la inviolabilidad y el aforamiento que el Estatuto garantiza a los parlamentarios autonómicos son prerrogativas que pretenden proteger a los ciudadanos a los que el diputado representa y, por tanto, a las que éste no puede renunciar.
Igual que la Constitución y los reglamentos del Congreso y del Senado establecen para diputados y senadores, el Estatuto de Autonomía lo establece para los parlamentarios autonómicos. Su artículo 101.3 dice que durante su mandato los diputados "no podrán ser detenidos por los actos delictivos cometidos en el territorio de Andalucía, sino en caso de flagrante delito, correspondiendo decidir, en todo caso, sobre su inculpación, prisión, procesamiento y juicio al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía".
"Fuera de dicho territorio, la responsabilidad penal será exigible, en los mismos términos, ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo", añade el Estatuto. Sánchez Gordillo no puede renunciar a su condición de aforado mientras mantenga el acta de diputado autonómico.
En consecuencia, no podrá ser detenido por el asalto a los supermercados salvo en "flagrante" delito, es decir, cometiéndolo ese mismo momento.
Hecha la ley,hecha la
trampa,y este vulgar Robin Hood, sabe mucho de eso.
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